<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><rss version="2.0"><channel><title>MERCADEANDO - Convocatorias</title>  <link>http://www.mercadeando.net/interes</link>  <description><![CDATA[Desarrollo de Convocatorias RSS de Mercadeando Andaluz]]></description>  <image>     <title><![CDATA[Mercadeando]]></title>     <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net]]></link>     <url><![CDATA[../_include/pagina/dibujos/logo_mercadeando.jpg]]></url>     <description><![CDATA[Mercadeando]]></description>  </image>  <language>es-es</language>  <webMaster><![CDATA[info@mercadeando.net]]></webMaster>   <item>      <title><![CDATA[Programa EMPLE@ - Diputación de Córdoba]]></title>      <title><![CDATA[Programa EMPLE@ - Diputación de Córdoba]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=266]]></link>      <description><![CDATA[Programa EMPLE@ - Diputación de Córdoba<br>Córdoba<br><br>Ayudas a la contrataci&oacute;n de mujeres del programa <strong>Emple@</strong>. <br />
Ayudas por la contrataci&oacute;n laboral, indefinida o temporal, realizada entre el 17 de octubre de 2.009 y el 31 de julio de 2.010, de mujeres que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: <br />
- Mujeres v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero, y especialmente aquellas que hayan pasado por un proceso de recuperaci&oacute;n y reinserci&oacute;n en centros especializados. <br />
- Mujeres con responsabilidades familiares no compartidas (hijos/as, personas mayores, y/o discapacitadas que impliquen dependencia de otra persona) y/o problem&aacute;tica espec&iacute;fica que les impida acceder a un empleo por los medios normalizados. <br />
- Mujeres con discapacidad. <br />
- Mujeres que hayan completado la fase formativa de los itinerarios de inserci&oacute;n organizados conjuntamente por la Delegaci&oacute;n de Igualdad y el Departamento de Promoci&oacute;n y Asuntos Europeos, programas Emple@ y Empleate. <br />
Fin del plazo de solicitud: 31 de julio de 2010 <br />
M&aacute;s informaci&oacute;n: Diputaci&oacute;n Provincial de C&oacute;rdoba-Delegaci&oacute;n de Igualdad- Plaza de Col&oacute;n s/n- 957 21 11 00 <br /><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria II Premios al trabajo autónomo en Andalucía]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria II Premios al trabajo autónomo en Andalucía]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=265]]></link>      <description><![CDATA[hasta el 1 Oct. 2010<br>Convocatoria II Premios al trabajo autónomo en Andalucía<br><br><p>La Junta Directiva de CEMPE ANDALUC&Iacute;A ha hecho p&uacute;blica la convocatoria de los II Premios al Trabajo Aut&oacute;nomo de Andaluc&iacute;a. <br />
<br />
En esta edici&oacute;n, y tras la exitosa entrega de 2009 en la ciudad de C&oacute;rdoba, los premios se entregar&aacute;n en octubre en la ciudad de Granada. Con esta iniciativa, CEMPE ANDALUC&Iacute;A reconoce por segundo a&ntilde;o la aportaci&oacute;n del trabajo aut&oacute;nomo al desarrollo econ&oacute;mico y social de Andaluc&iacute;a. Desde el mes de mayo, y hasta la primera semana de octubre, se espera recibir un importante n&uacute;mero de candidaturas para cada una de las modalidades que ser&aacute;n premiadas. <br />
</p>
<p>Bases de la convocatoria: <a href="http://www.cempe.es/descargas/CEMPE-bases%20II%20Premios%20Trabajo%20Autonomo.pdf">www.cempe.es/descargas/CEMPE-bases%20II%20Premios%20Trabajo%20Autonomo.pdf</a></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[hasta el 1 Oct. 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Apoyo a participación en Ferias Internacionales]]></title>      <title><![CDATA[Apoyo a participación en Ferias Internacionales]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=263]]></link>      <description><![CDATA[Apoyo a participación en Ferias Internacionales<br><br>Programa destinado a empresas andaluzas que deseen participar en FERIAS que se celebren FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL. <br />
Apoyo concedido: el importe de la ayuda no supondr&aacute; el 50% del presupuesto validado por EXTENDA por los conceptos considerados elegibles con un l&iacute;mite de 10.000 euros para una participaci&oacute;n en un m&aacute;ximo de dos ferias anuales por la empresa solicitante. <br />
Costes subvencionables; <br />
&bull; Coste reserva del suelo. <br />
&bull; Alquiler o construcci&oacute;n del stand. <br />
&bull; Montaje. <br />
&bull; Decoraci&oacute;n de stand. <br />
&bull; Viajes. <br />
&bull; Gastos de transporte de material expositivo. <br />
Ser&aacute;n elegibles las ferias de car&aacute;cter internacional, celebradas fuera de Espa&ntilde;a, que ocurran en el periodo que va desde el 24 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2010.<br />
<br />
M&aacute;s Informaci&oacute;n:<br />
Fernando D&iacute;az Orta <br />
Responsable T&eacute;cnico CADE Camas. <br />
CADE (Centro de Apoyo al Desarrollo Empresarial) Camas. <br />
Plaza Ntra Se&ntilde;ora de los Dolores, s/n. (Edificio Multifuncional). <br />
41900. Camas. <br />
Tlf: 955989210. Fax:954390348 <br />
fdiazo@andaluciaemprende.es <br />
www.andaluciaemprende.es<br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa COOP Erasmus - CEPES Andalucía]]></title>      <title><![CDATA[Programa COOP Erasmus - CEPES Andalucía]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=264]]></link>      <description><![CDATA[Programa COOP Erasmus - CEPES Andalucía<br><br>CEPES Andaluc&iacute;a, con el objetivo de promover e impulsar los fundamentos de la Econom&iacute;a Social, se ha embarcado en el proyecto Coop Erasmus, enmarcado dentro del proyecto piloto europeo &ldquo;Erasmus para Nuevos Emprendedores y Emprendedoras&rdquo;. Este proyecto se realiza por primera vez en Europa, est&aacute; financiado por la Comisi&oacute;n Europea, y CEPES Andaluc&iacute;a es una de las entidades europeas que participa y lo promueve con el proyecto Coop Erasmus. <br />
El proyecto Coop Erasmus, en el que participan entidades representativas de Econom&iacute;a Social en Europa, est&aacute; encaminado a ayudar a nuevos emprendedores y emprendedoras en el marco de la Econom&iacute;a Social para que adquieran conocimientos empresariales a trav&eacute;s de experiencias en empresas de otro Estado miembro de la Uni&oacute;n Europea, y a que empresarios/as de la Econom&iacute;a Social reciban a nuevos emprendedores/as de otros Estados miembros de la Uni&oacute;n con nuevas ideas y/o proyectos empresariales viables. CEPES A es la entidad encargada en Andaluc&iacute;a, de difundir, promover y ejecutar este proyecto. <br />
As&iacute; el proyecto estimula la iniciativa empresarial y la competitividad, la internacionalizaci&oacute;n y el crecimiento de empresas de Econom&iacute;a Social en la UE tanto en fase inicial como para empresas ya establecidas. Adem&aacute;s, contribuye a la transferencia de conocimientos t&eacute;cnicos y al desarrollo de la capacidad de gesti&oacute;n empresarial. <br />
Con este fin, CEPES Andaluc&iacute;a, &uacute;nica organizaci&oacute;n andaluza que promueve este programa dentro de la Econom&iacute;a Social, act&uacute;a como intermediaria facilitando a empresas del sector andaluzas la oportunidad de incorporar a nuevos emprendedores/as europeos con un proyecto viable en sus pa&iacute;ses de origen, as&iacute; como ofrecer la posibilidad de conocer otras experiencias empresariales en pa&iacute;ses del resto de Europa a emprendedoras y emprendedoras andaluzas de econom&iacute;a social que gestionen sus empresas desde hace menos de 3 a&ntilde;os. <br />
Los resultados esperados del proyecto piloto ERASMUS PARA NUEVOS EMPRENDEDORES Y EMPRENDEDORAS a nivel europeo son: <br />
&bull; Implementar la movilidad de nuevos emprendedores y emprendedoras hacia una empresa de acogida de otro Estado Miembro de la Uni&oacute;n Europea. <br />
&bull; Promoci&oacute;n de intercambios empresariales, y de conocimiento mutuo. <br />
&bull; Desarrollo de una red de nuevos empresarios y empresarias y organizaciones intermediarias. <br />
Los Nuevos Emprendedores/as de Econom&iacute;a Social andaluces que participen en un intercambio internacional pueden adquirir la ventaja de haberse enfrentado a la realidad empresarial de otros pa&iacute;ses y empezar a establecer contactos a nivel internacional. <br />
A su vez, las empresas de Econom&iacute;a Social andaluzas tambi&eacute;n pueden participar como empresa de acogida y beneficiarse de la presencia de una persona altamente motivada con ideas frescas, lo que les ayudar&aacute; a establecer contactos en los mercados internacionales. <br />
Coop Erasmus fomenta los intercambios de conocimientos y experiencias tanto de nuevas empresas de Econom&iacute;a Social como de las ya consolidadas. Por otro lado los intercambios representan un paso m&aacute;s en la creaci&oacute;n de una red social de nuevas empresas de Econom&iacute;a Social y peque&ntilde;as empresas en toda Europa. <br />
Perfil del participante en movilidad: <br />
Nuevos empresarios y empresarias (proyectos de menos de 3 a&ntilde;os) o emprendedores con un proyecto viable, pertenecientes al marco de la Econom&iacute;a Social andaluza que quieran complementar sus conocimientos empresariales incorpor&aacute;ndose a una empresa de otro Estado miembro de la Uni&oacute;n Europea, con estancias comprendidas entre 1 y 6 meses. <br />
Perfil del participante receptor: <br />
Empresarios y empresarias con experiencia pertenecientes al marco de la Econom&iacute;a Social en Andaluc&iacute;a que quieran complementar su actividad empresarial con la incorporaci&oacute;n de un emprendedor/a o nuevo empresario/a de otro Estado miembro de la Uni&oacute;n Europea a su actividad empresarial durante per&iacute;odos comprendidos entre 1 y 6 meses. <br />
Duraci&oacute;n: <br />
Entre 1 y 6 meses. <br />
Inscripciones: <a href="http://www.cepes-andalucia.es/index.php?id=346">http://www.cepes-andalucia.es/index.php?id=346</a><br />
M&aacute;s informaci&oacute;n en: M&aacute;s informaci&oacute;n: <a href="mailto:proyectos@cepes-andalucia.es">proyectos@cepes-andalucia.es</a><br />
<br /><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa MasPyme Málaga]]></title>      <title><![CDATA[Programa MasPyme Málaga]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=262]]></link>      <description><![CDATA[2 Junio 2010<br>Programa MasPyme Málaga<br><br><p>La C&aacute;mara de Comercio de M&aacute;laga, con el apoyo de Camerpyme, sociedad participada al 100% por las c&aacute;maras de comercio de Espa&ntilde;a, mantiene abierta la oferta del Programa Maspyme M&aacute;laga www.maspymemalaga.com enfocado a facilitar a peque&ntilde;as y medianas empresas el acceso de su negocio a Internet. <br />
<br />
Este programa est&aacute; compuesto fundamentalmente por: <br />
<br />
&bull; P&aacute;gina web de su empresa personalizada realizada por dise&ntilde;adores profesionales. <br />
&bull; Cesta de la compra para pedidos on-line y Pasarela de Pagos. <br />
&bull; Gestor Maspyme: Una persona que le ayudar&aacute; y guiar&aacute; en todo el proceso de producci&oacute;n de su web. <br />
&bull; Multi-idioma, &aacute;rea privada, galer&iacute;a de v&iacute;deo, galer&iacute;a de im&aacute;genes, etc. <br />
&bull; Registro / traslado de un dominio, 10 cuentas de correo electr&oacute;nico y alojamiento web. <br />
&bull; Control total sobre los contenidos con la licencia de uso del &ldquo;Gestor de contenidos&rdquo;. <br />
&bull; 6 primeros meses gratuitos de mantenimiento. <br />
<br />
El importe estimado del paquete en el mercado es de 2.490 &euro;, aunque a trav&eacute;s de Camerpyme el coste final para la empresa es de 995 &euro; + IVA. <br />
<br />
Para m&aacute;s informaci&oacute;n y participar en el programa consulte la p&aacute;gina <a href="http://www.maspymemalaga.com">www.maspymemalaga.com</a></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[2 Junio 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Nacional de Artesania]]></title>      <title><![CDATA[Premio Nacional de Artesania]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=261]]></link>      <description><![CDATA[25 mayo 2010<br>Premio Nacional de Artesania<br>Ministerio de Industria, Turismo y Comercio<br><br><p>Podr&aacute;n acceder a los premios personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas cuya actividad est&eacute; dedicada a la producci&oacute;n de objetos, de acuerdo con la definici&oacute;n de artesan&iacute;a contemplada en la correspondiente ley de la comunidad aut&oacute;noma donde se desarrolle la actividad y hayan sido propuestas por alguna de las entidades que se relacionan en el apartado tercero de la orden.</p>
<p><br />
a) Premio Nacional de Artesan&iacute;a: se reconoce el conjunto de una obra consolidada, <br />
b) Premio Producto: para aquellos productos o colecciones realizados y comercializados en los dos a&ntilde;os anteriores a la fecha de esta convocatoria. <br />
c) Premio Innova: destinado a premiar los productos, prototipos o actuaciones que supongan una apuesta decidida por la innovaci&oacute;n en la artesan&iacute;a. <br />
d) Premio Promociona: las entidades u organismos cuya finalidad &uacute;nica o principal sea la promoci&oacute;n de la artesan&iacute;a podr&aacute;n optar a este galard&oacute;n presentando sus programas, campa&ntilde;as o iniciativas de promoci&oacute;n finalizadas, al menos, en el a&ntilde;o anterior al de la fecha de publicaci&oacute;n de esta convocatoria. <br />
<br />
Podr&aacute;n acceder a este premio personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, as&iacute; como entidades p&uacute;blicas o privadas, que act&uacute;en en Espa&ntilde;a, que hayan sido propuestas por alguna de las entidades relacionadas en el apartado tercero de la presente orden. No ser&aacute;n admitidas las candidaturas propuestas por los propios candidatos. <br />
<br />
Se excluye la artesan&iacute;a alimentaria, as&iacute; como la elaboraci&oacute;n artesanal de perfumes, cosm&eacute;ticos y similares. <br />
<br />
Las candidaturas a cualquiera de las cuatro modalidades de los premios deber&aacute;n incluir, necesariamente, un informe de propuesta de alguna de las siguientes entidades: <br />
<br />
a) Departamentos de artesan&iacute;a y otros organismos pertenecientes a los gobiernos de las comunidades aut&oacute;nomas con competencias sobre artesan&iacute;a <br />
b) Centros de ense&ntilde;anza, tanto p&uacute;blicos como privados. <br />
c) Centros de artesan&iacute;a y centros tecnol&oacute;gicos dotados de personalidad jur&iacute;dica propia. <br />
d) C&aacute;maras de Comercio, Industria y Navegaci&oacute;n. <br />
e) Fundaciones, asociaciones y federaciones y otras entidades sin &aacute;nimo de lucro relacionadas con el sector artesano. <br />
f) Museos o cualquier otro organismo o entidad relacionados con el sector artesano <br />
<br />
Candidaturas y plazo de presentaci&oacute;n, podr&aacute;n presentarse las candidaturas hasta 45 d&iacute;as naturales despu&eacute;s de la fecha de publicaci&oacute;n (25 mayo) de la orden en el BOE. <br />
<br />
Los premiados en cada modalidad recibir&aacute;n un trofeo representativo, los finalistas de cada premio recibir&aacute;n un diploma acreditativo de su participaci&oacute;n., la dotaci&oacute;n econ&oacute;mica de las distintas modalidades ser&aacute; la siguiente: <br />
<br />
Premio Nacional de Artesan&iacute;a: 14.000 euros, Premio Producto: 7.000 euros. Premio Innova: 7.000 euros. Premio Promociona: 7.000 euros. <br />
Si el premio recae en una entidad p&uacute;blica no tendr&aacute; dotaci&oacute;n econ&oacute;mica. <br />
La obra galardonada quedar&aacute; en propiedad del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25 mayo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas a las Pymes para la elaboración e implantación Planes Igualdad]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas a las Pymes para la elaboración e implantación Planes Igualdad]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm 116 de 12 de Mayo 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=260]]></link>      <description><![CDATA[12 de mayo 2010<br>Ayudas a las Pymes para la elaboración e implantación Planes Igualdad<br>Ministerio de Igualdad<br><br><p>Ayudas a las Pymes para la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de Planes de Igualdad en la Empresa</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Tendr&aacute;n como beneficiarias las empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones de entre 30 y 250 trabajadoras y trabajadores que, en el &aacute;mbito de las relaciones laborales, adopten un plan de igualdad tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminaci&oacute;n por raz&oacute;n de sexo.</p>
<p>El plazo de presentaci&oacute;n ser&aacute; de treinta d&iacute;as naturales, contados a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n&nbsp;el Bolet&iacute;n Oficial del Estado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Acceso a la orden: </p>
<p><a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/12/pdfs/BOE-A-2010-7658.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/12/pdfs/BOE-A-2010-7658.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 de mayo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[La Comisión Europea lanza la convocatoria 2010 para presentar proyectos de eco-innovación]]></title>      <title><![CDATA[La Comisión Europea lanza la convocatoria 2010 para presentar proyectos de eco-innovación]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=259]]></link>      <description><![CDATA[La Comisión Europea lanza la convocatoria 2010 para presentar proyectos de eco-innovación<br><br>La Comisi&oacute;n Europea lanza la convocatoria 2010 para presentar proyectos de eco-innovaci&oacute;n. <br />
<br />
La convocatoria correspondiente a 2010 se destina a proyectos en las siguientes &aacute;reas: materiales reciclables; productos para la construcci&oacute;n sostenible, sector de bebidas y alimentaci&oacute;n, y buenas pr&aacute;cticas de empresas sostenibles. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de propuestas finaliza el 9 de septiembre de 2010. <br />
<br />
La informaci&oacute;n se encuentra disponible en: http://ec.europa.eu <br /><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[XIV Concurso Spin-off de la Universidad de Málaga]]></title>      <title><![CDATA[XIV Concurso Spin-off de la Universidad de Málaga]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=258]]></link>      <description><![CDATA[XIV Concurso Spin-off de la Universidad de Málaga<br><br><p>El Vicerrectorado de Relaciones Universidad-Empresa de la Universidad de M&aacute;laga pone en marcha la XIV edici&oacute;n del concurso Spin-Off de proyectos para la creaci&oacute;n de empresas por universitarios. <br />
<br />
El objetivo fundamental es impulsar la actividad emprendedora de los universitarios malague&ntilde;os, promoviendo la constituci&oacute;n de nuevas empresas innovadoras que se traduzcan en productos o procesos competitivos, con la consiguiente generaci&oacute;n de empleo y la ampliaci&oacute;n y modernizaci&oacute;n de la estructura productiva existente en M&aacute;laga. <br />
<br />
Como novedad este a&ntilde;o hay dos modalidades de participaci&oacute;n: <br />
<br />
a. Alumnos / Titulados universitarios de la UMA: Alumnos de los dos &uacute;ltimos a&ntilde;os de estudios y titulados que hayan finalizado &eacute;stos en los &uacute;ltimos dos a&ntilde;os (incluido postgrado y titulaciones propias), que conciban un proyecto empresarial que suponga una innovaci&oacute;n y diversificaci&oacute;n del tejido empresarial existente o la penetraci&oacute;n en nuevos segmentos de mercado. <br />
b. Personal Docente Investigador (PDI / Grupos de Investigaci&oacute;n): cuyo proyecto empresarial se base en la explotaci&oacute;n de resultados de investigaci&oacute;n, tecnolog&iacute;as o servicios tecnol&oacute;gicos desarrollados en la Universidad. <br />
<br />
Adem&aacute;s, se ampl&iacute;a a 12 el n&uacute;mero de proyectos premiados en esta convocatoria. <br />
<br />
El Programa Spin-Off cuenta con el patrocinio de las siguientes instituciones: C&aacute;mara de Comercio, Industria y Navegaci&oacute;n de M&aacute;laga, Confederaci&oacute;n de Empresarios de M&aacute;laga, Unicaja, Diputaci&oacute;n Provincial de M&aacute;laga, Ayuntamiento de M&aacute;laga a trav&eacute;s del Instituto para la Formaci&oacute;n y el Empleo (IMFE) Y PROM&Aacute;LAGA, la Fundaci&oacute;n General de la Universidad de M&aacute;laga y el Banco Santander. <br />
<br />
Adem&aacute;s, el Programa cuenta con la colaboraci&oacute;n del Parque Tecnol&oacute;gico de Andaluc&iacute;a, el Centro Europeo de Empresas e Innovaci&oacute;n de M&aacute;laga (Bic-Eruonva), la Red Andaluc&iacute;a Emprende (CADE), la Asociaci&oacute;n de J&oacute;venes Empresarios (AJE-M&aacute;laga), la Asociaci&oacute;n de Empresas de Base Tecnol&oacute;gica de M&aacute;laga (EBTecnos) y Acci&oacute;n MK.&nbsp;<br />
<br />
Plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes: del 26 de abril al 31 de mayo de 2010. <br />
<br />
Para informaci&oacute;n adicional o consultas a cerca del Programa Spin-Off: <a href="http://www.uma.es/spin-off">http://www.uma.es/spin-off</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Diputación Málaga Subvenciones Fomento y Consolidación Empleo Autonomo 2010]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Diputación Málaga Subvenciones Fomento y Consolidación Empleo Autonomo 2010]]></title>      <category><![CDATA[BOP núm 88  Página 54 y siguientes.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=257]]></link>      <description><![CDATA[11 de mayo 2010<br>Convocatoria Diputación Málaga Subvenciones Fomento y Consolidación Empleo Autonomo 2010<br>Diputación Provincial de Málaga<br><br>Subvenciones de la Diputaci&oacute;n Provincial de M&aacute;laga, para el Fomento y la Consolidaci&oacute;n del Empleo Aut&oacute;nomo. <br />
<br />
1. Fomento Empleo Aut&oacute;nomo. Solicitantes: <br />
Personas emprendedoras de la provincia de M&aacute;laga, teniendo preferencia aquellas con dificultades de acceso al mercado laboral. <br />
<br />
Gastos subvencionables: <br />
1. Gastos seguridad social persona contratada hasta m&aacute;ximo 3 meses <br />
2. Seguro aut&oacute;nomo hasta m&aacute;ximo 3 meses <br />
3. Arrendamiento local <br />
4. Acondicionamiento, mobiliario y maquinaria <br />
5. Bienes consumibles <br />
6. Publicidad e imagen corporativa <br />
<br />
2. Consolidaci&oacute;n del Empleo Aut&oacute;nomo. Solicitantes: <br />
Se entiende por consolidaci&oacute;n aquel que lleve menos de un a&ntilde;o de funcionamiento desde su alta en el impuesto de actividades econ&oacute;micas, y que creen un puesto de trabajo en el a&ntilde;o 2010 <br />
<br />
Gastos subvencionables <br />
1. Gastos seguridad social persona contratada hasta m&aacute;ximo 3 meses <br />
2. Acondicionamiento, mobiliario y maquinaria <br />
3. Bienes consumibles <br />
4. Publicidad e imagen corporativa <br />
<br />
No podr&aacute;n participar aquellas que est&eacute;n en alguno de los siguientes supuestos: <br />
<br />
a) Cualquier trabajador/a que forme parte de una sociedad <br />
b) Solicitantes extranjeros sin autorizaci&oacute;n para trabajar por cuenta ajena <br />
<br />
No se admitir&aacute;n solicitudes de proyectos cuyo &aacute;mbito de actuaci&oacute;n no incluya en parte o en su totalidad la provincia de M&aacute;laga y proyecto cuya inversi&oacute;n supere los 75.000 &euro;. <br />
<br />
Los proyectos no podr&aacute;n ser subvencionados con una cantidad superior a 6.000 &euro;, el pago ser&aacute; anticipado abon&aacute;ndose el 100% de la subvenci&oacute;n. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes es de veinte d&iacute;as naturales desde el siguiente a la publicaci&oacute;n, del 12 de mayo al 31 de mayo, en el Registro General de Diputaci&oacute;n, C/ Pacifico n&ordm; 54, 29004 M&aacute;laga. <br />
La documentaci&oacute;n a presentar se establece en el art&iacute;culo 6. <br />
<br />
El plazo de resoluci&oacute;n ser&aacute; como m&aacute;ximo 6 meses desde publicaci&oacute;n convocatoria. <br />
<br />
El plazo de ejecuci&oacute;n de las acciones ser&aacute; hasta el 31 de diciembre de 2010, la justificaci&oacute;n se har&aacute; en los tres meses siguientes. <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[11 de mayo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajadoro/a autónomo/a]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajadoro/a autónomo/a]]></title>      <category><![CDATA[Boja nº85 de 4 de Mayo de 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=256]]></link>      <description><![CDATA[4 mayo 2010<br>Ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajadoro/a autónomo/a<br><br><p>La Consejer&iacute;a de Empleo de la Junta de Andaluc&iacute;a abre una nueva l&iacute;nea de ayudas para el establecimiento y mantenimiento del trabajo aut&oacute;nomo en nuestra comunidad aut&oacute;noma.</p>
<p>El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes es:</p>
<p>- Con car&aacute;cter extraordinario: del 15 de mayo al 15 de junio de 2010 (ambos inclusive) <br />
- Con car&aacute;cter ordinario: En los meses de marzo y septiembre de cada a&ntilde;o</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Podeis encontar la redacci&oacute;n completa de la orden (Orden de 26 de abril de 2010) en el siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/85/d/1.html">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/85/d/1.html</a></p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[4 mayo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Subvenciones dirigida a Empresas de Mujeres para el Fomeno y Mejora Empresarial]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Subvenciones dirigida a Empresas de Mujeres para el Fomeno y Mejora Empresarial]]></title>      <category><![CDATA[Boletin Oficial de la Provincia de sevilla nº87]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=255]]></link>      <description><![CDATA[26 de Abril de 2010<br>Convocatoria de Subvenciones dirigida a Empresas de Mujeres para el Fomeno y Mejora Empresarial<br><br>Con el fin de promover la empleabilidad de las mujeres, favoreciendo el fortalecimiento de empresas creadas y gestionadas por mujeres, preferentemente en los sectores donde &eacute;stas se encuentran infrarrepresentadas, consolidar el tejido empresarial femenino, aumentar la competitividad de peque&ntilde;as y medianas empresas y, como consecuencia, propiciar el empleo y la generaci&oacute;n de riqeuza economica y social en el &aacute;mbito rural de la provincia de Sevilla. <br />
<br />
M&aacute;s informaci&oacute;n BOP de Sevilla n&ordm; 87 y pagina web Diputaci&oacute;n de Sevilla, &Aacute;rea de Igualdad y Ciudadan&iacute;a zona Convocatorias. <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[26 de Abril de 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Orden para concesión de distintivo "Igualdad en la empresa"]]></title>      <title><![CDATA[Orden para concesión de distintivo "Igualdad en la empresa"]]></title>      <category><![CDATA[BOE nº 86 de 9 de abril de 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=254]]></link>      <description><![CDATA[12 Abril 2010<br>Orden para concesión de distintivo "Igualdad en la empresa"<br>Ministerio de Igualdad<br><br><p>El objeto de esta orden (IGD/869/2010 de 30 de Marzo)&nbsp;es convocar el procedimiento para la concesi&oacute;n del distintivo &quot;Igualdad en la Empresa&quot; correspondiente al a&ntilde;o 2010&nbsp;establecer las bases reguladoras para la presente convocatoria, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas, comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicaci&oacute;n de pol&iacute;ticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organizaci&oacute;n y en otros &aacute;mbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Descargar la orden: <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/09/pdfs/BOE-A-2010-5721.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/09/pdfs/BOE-A-2010-5721.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 Abril 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[ResponsHabilizate: Concurso 2.0]]></title>      <title><![CDATA[ResponsHabilizate: Concurso 2.0]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=253]]></link>      <description><![CDATA[12-13 Abril 2010<br>ResponsHabilizate: Concurso 2.0<br><br><p>Responshabil&iacute;zate es un concurso 2.0 organizado por el Observatorio de la Econom&iacute;a Solidaria que tendr&aacute; lugar en facebook del 12 al 30 de Abril. <br />
El objetivo del concurso es buscar y visibilizar ideas creativas de Reponsabilidad Social para las empresas. <br />
Con las ideas que se aporten en el muro de la p&aacute;gina de facebook del concurso crearemos el libro electr&oacute;nico colaborativo y de difusi&oacute;n gratuita que cambiar&aacute; el rumbo de las estrategias de las organizaciones. &iexcl;Queremos inspirar a las empresas con las ideas de las personas! <br />
Las ideas aportadas, aparecer&aacute;n en el libro con el nombre del autor de las mismas. <br />
&iexcl;Las mejores ideas tienen grandes premios! El primer premio es un viaje al Caribe para dos personas 9 d&iacute;as / 7 noches en r&eacute;gimen de todo incluido, y hay m&aacute;s premios y regalos! <br />
Datos del concurso: <br />
&bull; Escenario del concurso: www.facebook.com/responshabilizate <br />
&bull; Fechas concurso: 12 al 30 de Abril <br />
&bull; Bases del concurso: antes de participar debes l&eacute;elas atentamente en nuestro blog: <a href="http://www.sersocialmenteresponsableesunaactitud.org">www.sersocialmenteresponsableesunaactitud.org</a></p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12-13 Abril 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Resolucion 22 Marzo 2010 - Iniciativa RSE-Pyme]]></title>      <title><![CDATA[Resolucion 22 Marzo 2010 - Iniciativa RSE-Pyme]]></title>      <category><![CDATA[BOE, 30 de Marzo de 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=252]]></link>      <description><![CDATA[Resolucion 22 Marzo 2010 - Iniciativa RSE-Pyme<br><br><p>Resoluci&oacute;n de 22 de marzo de 2010, de la Secretar&iacute;a General de Industria, por la que se efect&uacute;a para el a&ntilde;o 2010 la convocatoria de ayudas para la implantaci&oacute;n y desarrollo de la Responsabilidad Social en las Peque&ntilde;as y Medianas Empresas; iniciativa RSE-PYME.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n: <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/05/pdfs/BOE-A-2010-5462.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/05/pdfs/BOE-A-2010-5462.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Línea de Préstamos de hasta 50.000 € sin aval]]></title>      <title><![CDATA[Línea de Préstamos de hasta 50.000 € sin aval]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=251]]></link>      <description><![CDATA[26 Marzo 2010<br>Línea de Préstamos de hasta 50.000 € sin aval<br><br>AJE M&aacute;laga ayuda a todos los socios que necesiten financiaci&oacute;n para nuevos proyectos con la tramitaci&oacute;n de una l&iacute;nea de pr&eacute;stamos para j&oacute;venes empresarios gracias al acuerdo alcanzado entre CEAJE y ENISA (Empresa Nacional de Innovaci&oacute;n S.A.) <br />
<br />
<strong>Beneficiarios</strong> <br />
- Sociedades mercantiles (SL, SA, SLL, SCA y SAL). <br />
- Empresas ya constituidas que lleven en marcha como m&aacute;ximo 18 meses desde la fecha de presentaci&oacute;n de solicitud del pr&eacute;stamo o creaci&oacute;n de nueva empresa (siempre que vaya a constituirse como sociedad). <br />
<br />
<strong>Condiciones financieras <br />
</strong>- Instrumento: pr&eacute;stamo. <br />
- Importe m&aacute;ximo del pr&eacute;stamo: 50.000 &euro;. <br />
- Tipo de inter&eacute;s: Euribor a un a&ntilde;o + 1,5%; en ning&uacute;n caso el tipo de inter&eacute;s total superar&aacute; el 4%. <br />
- Comisi&oacute;n de apertura: 0%.2 <br />
- Gastos de estudio: 0,5%. <br />
- Per&iacute;odo m&aacute;ximo de amortizaci&oacute;n: 5 a&ntilde;os. <br />
- Carencia: 6 meses para la amortizaci&oacute;n del capital, no de los intereses. <br />
- Coste de las garant&iacute;as: no precisa aval. <br />
<br />
Todos los socios interesados en solicitar este pr&eacute;stamo pod&eacute;is pedir cita previa en el 952 22 50 45 o en <a href="mailto:coordinacion@ajemalaga.org">coordinacion@ajemalaga.org</a><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[26 Marzo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Publicada en el BOE la convocatoria de ayudas de InnoEmpresa de la DGPYME]]></title>      <title><![CDATA[Publicada en el BOE la convocatoria de ayudas de InnoEmpresa de la DGPYME]]></title>      <category><![CDATA[BOE nº59 de 9 de marzo de 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=250]]></link>      <description><![CDATA[25 de Marzo 2010<br>Publicada en el BOE la convocatoria de ayudas de InnoEmpresa de la DGPYME<br><br><p>El Ministerio de Industria Turismo y Comercio (MITYC) ha hecho p&uacute;blica su convocatoria 2010 de ayudas para proyectos de innovaci&oacute;n en los que participen y colaboren empresas de varias comunidades aut&oacute;nomas. <br />
<br />
Esta convocatoria de proyectos supraregionales, gestionada por la Direcci&oacute;n general de pol&iacute;tica de la PYME del MITYC, forman parte del programa InnoEmpresa puesto en marcha en 2007 y tienen como objetivo favorecer la capacidad innovadora de las peque&ntilde;as y medianas empresas tanto en el &aacute;mbito tecnol&oacute;gico como de gesti&oacute;n y organizaci&oacute;n empresarial. Desde 2007 se han beneficiado de estas ayudas para proyectos suprarregionales unas 5.000 PYMES, a las que se han concedido subvenciones por un montante de 38 millones de euros y han realizado inversiones en innovaci&oacute;n por m&aacute;s de 86 millones de euros. <br />
<br />
El programa InnoEmpresa contempla, asimismo, ayudas a proyectos en los que participen exclusivamente empresas de una sola comunidad aut&oacute;noma. Las ayudas a estos proyectos se financian con recursos del MITYC y con la cofinanciaci&oacute;n aportada por las CC.AA. que debe ascender como m&iacute;nimo a un 25% de los transferidos por el MITYC. <br />
<br />
En 2010, a trav&eacute;s del conjunto del Programa InnoEmpresa podr&aacute;n concederse subvenciones a la innovaci&oacute;n de las PYMES por un montante cercano a los 70 millones de euros. Desde 2007 hasta 2009 se han concedido subvenciones por un montante de 230 millones de euros, de las que se han beneficiado algo m&aacute;s de 21.000 empresas que han realizado inversiones en innovaci&oacute;n por un montante aproximado de 750 millones de euros.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n: http://www.ipyme.org/es-ES/SubvencionesAyudas/InnoEmpresa/MarcoLegal/Documents/ConvocatoriaSuprarregionales2010.pdf<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25 de Marzo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para el fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para el fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía]]></title>      <category><![CDATA[BOJA Nº 65 de 03/04/2009]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=249]]></link>      <description><![CDATA[16 Marzo 2010<br>Ayudas para el fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía<br><br><ul>
    <li><strong><u>Ayudas disponibles</u></strong>: <br />
    Ticket del Aut&oacute;nomo para el inicio de la actividad. <br />
    Financiaci&oacute;n para inicio de actividad de trabajo aut&oacute;nomo. <br />
    Medida para el apoyo y gesti&oacute;n necesarios en el ejercicio de la actividad econ&oacute;mica. <br />
    <br />
    <strong><u>Tipo de subvenci&oacute;n:</u></strong> <br />
    <br />
    <strong>Ticket del Aut&oacute;nomo para el inicio de la actividad</strong>. <br />
    Esta medida consiste en una ayuda econ&oacute;mica de hasta 9.000 euros, destinada a apoyar a mujeres, j&oacute;venes menores de treinta a&ntilde;os y personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo que, encontr&aacute;ndose en situaci&oacute;n de desempleo e inscritos como demandantes de empleo, inicien una actividad econ&oacute;mica como trabajador o trabajadora aut&oacute;nomos. Las personas beneficiarias de esta medida deber&aacute;n mantener la condici&oacute;n de trabajador o trabajadora aut&oacute;nomos al menos un a&ntilde;o, con los requisitos que reglamentariamente se establezcan. <br />
    <br />
    <strong>Medida de apoyo a la financiaci&oacute;n para inicio de actividad de trabajo aut&oacute;nomo.</strong> <br />
    Esta medida tiene como objetivo apoyar a trav&eacute;s de un sistema de financiaci&oacute;n a las personas que, partiendo de una situaci&oacute;n de desempleada demandante de empleo, quieran constituirse como trabajadores y trabajadoras aut&oacute;nomos, presenten un proyecto para la actividad econ&oacute;mica de su iniciativa de autoempleo y cumplan con los requisitos que se establezcan en la normativa de desarrollo. Se entender&aacute; por financiaci&oacute;n el apoyo a la obtenci&oacute;n del cr&eacute;dito sin aval o microcr&eacute;dito que otorguen las entidades financieras u otras entidades colaboradoras, as&iacute; como la bonificaci&oacute;n de los tipos de inter&eacute;s de los instrumentos financieros ordinarios. <br />
    <br />
    <strong>Medida para el apoyo y gesti&oacute;n necesarios en el ejercicio de la actividad econ&oacute;mica.</strong> <br />
    Con el objeto de facilitar el ejercicio de la actividad econ&oacute;mica al trabajador o trabajadora aut&oacute;nomos, se podr&aacute;n conceder ayudas para la contrataci&oacute;n de servicios externos de asesoramiento y gesti&oacute;n, tales como, an&aacute;lisis de mercado, marketing, publicidad, gesti&oacute;n financiera y comercial. Esta ayuda se podr&aacute; conceder desde el inicio de la actividad y hasta un m&aacute;ximo de 12 meses. La ayuda consistir&aacute; en una cantidad a tanto alzado cuya cuant&iacute;a m&aacute;xima para todo el periodo ser&aacute; de hasta 4.000 euros para financiar el coste de la contrataci&oacute;n de dichos servicios a terceros. <br />
    <br />
    <strong>Plazo para solicitar la ayuda</strong>: Durante todo 2010. <br />
    <br />
    <strong>Qui&eacute;n puede solicitar la ayuda:</strong> trabajadoras y trabajadores aut&oacute;nomos. <br />
    <br />
    <strong>Administraci&oacute;n o entidad que convoca la ayuda o subvenci&oacute;n</strong>: Consejer&iacute;a de Empleo <br />
    <br />
    <strong>&Aacute;mbito de las ayudas:</strong> Andaluc&iacute;a <br />
    <br />
    <strong>M&aacute;s informaci&oacute;n:</strong> BOJA n&ordm; 213 del 3 de noviembre de 2006, p&aacute;gina n&ordm; 8. y http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/65/d/1.html<br />
    </li>
</ul><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 Marzo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Emprendedor XXI]]></title>      <title><![CDATA[Premio Emprendedor XXI]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=248]]></link>      <description><![CDATA[18 Marzo 2010<br>Premio Emprendedor XXI<br><br><ul>
    <li>El premio EmprendedorXXI llega a la cuarta edici&oacute;n con el objetivo de identificar, reconocer y premiar a las empresas innovadoras de reciente creaci&oacute;n con mayor potencial de crecimiento en cada comunidad aut&oacute;noma. <br />
    <br />
    Esta competici&oacute;n nace en el marco de la iniciativa &ldquo;Emprendemos Juntos&rdquo;, promovida por la Direcci&oacute;n General de la Pol&iacute;tica de la Pyme, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con el objetivo de organizar en cada comunidad aut&oacute;noma junto a las administraciones regionales y locales una jornada entorno al emprendimiento y la innovaci&oacute;n bajo la denominaci&oacute;n &ldquo;d&iacute;a del emprendedor&rdquo;. <br />
    <br />
    En esta cuarta edici&oacute;n, la fase nacional se celebrar&aacute; en junio en Barcelona, coincidiendo con BIZ BCN, semana mundial de la emprendedur&iacute;a y la innovaci&oacute;n.<br />
    <br />
    Pueden participar en el premio todas aquellas empresas que cumplan con los requisitos formales siguientes: <br />
    Estar constituidas, con domicilio fiscal en la comunidad aut&oacute;noma en la que se presentan. <br />
    Haber dado inicio a su actividad no antes del 1 de enero de 2005. <br />
    Estar consideradas como PYMES</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n: <a href="http://www.emprendedorxxi.es/">http://www.emprendedorxxi.es/</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[18 Marzo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premios de Excelencia a la innovación para mujeres rurales]]></title>      <title><![CDATA[Premios de Excelencia a la innovación para mujeres rurales]]></title>      <category><![CDATA[BOE 49 de 25 de Febrero de 2010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=247]]></link>      <description><![CDATA[16 de Marzo de 2010<br>Premios de Excelencia a la innovación para mujeres rurales<br><br><p>El ministerio de medio ambiente, medio rural y marino publica en el BOE 49 de 25 de Febrero la Orden ARM/405/2010 de 23 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras de&nbsp;para la concesi&oacute;n de los premios de excelencia a la innovaci&oacute;n para mujeres rurales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n: <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/25/pdfs/BOE-A-2010-3081.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/25/pdfs/BOE-A-2010-3081.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 de Marzo de 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[XXII Edición premios Arco Iris al Cooperativismo Andaluz]]></title>      <title><![CDATA[XXII Edición premios Arco Iris al Cooperativismo Andaluz]]></title>      <category><![CDATA[BOJA nº 133]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=246]]></link>      <description><![CDATA[XXII Edición premios Arco Iris al Cooperativismo Andaluz<br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><p>La Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa pone en marcha la XXII edici&oacute;n del premio Arco Iris al Cooperativismo Andaluz. La fecha de presentaci&oacute;n de solicitudes es hasta el 30 de marzo de 2010.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Enlace a la publicaci&oacute;n en el BOJA: <a href="http://www.cepes-andalucia.es/fileadmin/media/noticias/Tripticos/20090710_Arco_IRIS.pdf">http://www.cepes-andalucia.es/fileadmin/media/noticias/Tripticos/20090710_Arco_IRIS.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas Públicas fomento igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ambito laboral]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas Públicas fomento igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ambito laboral]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 45]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=245]]></link>      <description><![CDATA[8 de marzo 2010<br>Ayudas Públicas fomento igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ambito laboral<br>Consejería de Empleo. Junta de Andalucía<br><br><p>La Orden contempla tres tipos de Programas:</p>
<p>a) Conciliaci&oacute;n vida personal, laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras en Andaluc&iacute;a y fomentar la creaci&oacute;n de empleo. </p>
<p>Entidades beneficiarias:&nbsp;las personas f&iacute;sicas que trabajen por cuenta propia y las personas jur&iacute;dicas privadas.<br />
b) Realizaci&oacute;n estudios, acciones innovadoras y actividades de sensibilizaci&oacute;n en materia de igualdad de oportunidades. </p>
<p>Entidades beneficiarias: Organizaciones sindicales y empresariales, entidades sin animo de lucro, con preferencia las asociaciones de mujeres, empresas privadas y las universidades para acciones de estudios e investigaci&oacute;n.&nbsp;<br />
c) Programa para financiar proyectos destinados a la creaci&oacute;n de servicios que faciliten la conciliaci&oacute;n de la vida laboral, personal y familiar. </p>
<p>Entidades beneficiarias: Municipios andaluces, mancomunidades, consorcios,&nbsp;diputaciones, entidades empleadoras.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Plazo para la solicitud: Para las contempladas en el apartado a) dos meses desde la relaci&oacute;n laboral, para b) y c) el mes de enero de cada a&ntilde;o, excepcionalmente para el ejercicio 2010 el mes de abril.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Acceso a la orden completa:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/45/d/updf/d6.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/45/d/updf/d6.pdf</a></p>
<p><br />
</p>
<p><br />
</p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[8 de marzo 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para Promoción del Empleo y Fomento del Autoempleo (Programa PEFA)]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para Promoción del Empleo y Fomento del Autoempleo (Programa PEFA)]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=244]]></link>      <description><![CDATA[3 de Marzo de 2010<br>Ayudas para Promoción del Empleo y Fomento del Autoempleo (Programa PEFA)<br>Málaga<br><br><p>El Instiuto para la Formaci&oacute;n y el Empleo (IMFE)&nbsp;del Ayuntamiento de M&aacute;laga abre el plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes&nbsp;a fondo perdido para la creaci&oacute;n de empleo estable dirigidas tanto a empresas de nueva creaci&oacute;n y empresarios aut&oacute;nomos recientemente dados de alta, como a empresas y empresarios aut&oacute;nomos en activo. <br />
<br />
Ayuda PEFA: de forma general se conceder&aacute; la cuant&iacute;a de 1.500 &euro; / 2.000 &euro; por puesto de trabajo estable, estableci&eacute;ndose el tope m&aacute;ximo de 9.000 &euro; por solicitud.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n:</p>
<p><a href="http://www.imfe.malaga.eu/opencms/opencms/imfe/portal/es/menuPrincipal/emprendedores/AyudasySubvenciones/masInformacion.html">http://www.imfe.malaga.eu/opencms/opencms/imfe/portal/es/menuPrincipal/emprendedores/AyudasySubvenciones/masInformacion.html</a></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[3 de Marzo de 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA["Iniciativa RSE - PYME"]]></title>      <title><![CDATA["Iniciativa RSE - PYME"]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=243]]></link>      <description><![CDATA["Iniciativa RSE - PYME"<br><br><ul>
    <li>La Iniciativa &ldquo;RSE-PYME&rdquo; es un programa de ayudas mediante el cual el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio pretende acercar de manera espec&iacute;fica el concepto de RSE a las peque&ntilde;as y medianas empresas, sensibilizarlas acerca de la importancia de incorporarla en sus pr&aacute;cticas empresariales, as&iacute; como hacerles llegar las ventajas competitivas que se derivan de esta integraci&oacute;n. La finalidad &uacute;ltima de esta Iniciativa es mejorar la competitividad de las PYME a trav&eacute;s de la incorporaci&oacute;n de la RSE en sus estrategias empresariales. <br />
    <br />
    Las ayudas que se contemplan en el programa adoptan la forma de subvenciones, y ser&aacute;n canalizadas a trav&eacute;s de organismos intermedios que desarrollen actuaciones en el &aacute;mbito de la RSE para PYME con objeto de explotar las econom&iacute;as de escala que proporciona la agrupaci&oacute;n de estas empresas por sectores y colectivos de similares problem&aacute;ticas y caracter&iacute;sticas. <br />
    <br />
    Podr&aacute;n ser objeto de subvenci&oacute;n las siguientes actividades: <br />
    <br />
    La elaboraci&oacute;n de informes/memorias de sostenibilidad a un n&uacute;mero determinado de PYME, que deber&aacute;n aparecer identificadas en la solicitud de ayuda. <br />
    La creaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de metodolog&iacute;as y herramientas espec&iacute;ficas para la elaboraci&oacute;n de los informes/memorias solicitados en el p&aacute;rrafo a). <br />
    La implantaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de RSE a un n&uacute;mero determinado de PYME. <br />
    La creaci&oacute;n o aplicaci&oacute;n de metodolog&iacute;as y herramientas espec&iacute;ficas para la implantaci&oacute;n de un sistema de gesti&oacute;n de la RSE dentro de las peque&ntilde;as y medianas empresas. <br />
    La organizaci&oacute;n de congresos, seminarios, jornadas, y otras actividades de naturaleza similar tendentes a iniciar, sensibilizar, formar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la RSE tanto a la PYME como al personal perteneciente a las organizaciones beneficiarias. <br />
    </li>
</ul>
<p>Se podr&aacute;n financiar los siguientes gastos: <br />
<br />
La adquisici&oacute;n de herramientas a utilizar en la elaboraci&oacute;n de los informes/memorias, y sistemas de gesti&oacute;n de RSE de las empresas, as&iacute; como la adaptaci&oacute;n de las mismas &oacute; creaci&oacute;n y desarrollo de otras nuevas para ese mismo fin. <br />
Gastos de personal t&eacute;cnico directamente involucrado en los planes de actuaci&oacute;n presentados y que tenga vinculaci&oacute;n laboral con la entidad solicitante. Las tarifas m&aacute;ximas aplicables por categor&iacute;as laborales se especificar&aacute;n en las convocatorias con el fin de poder actualizarlas anualmente. <br />
Coste de colaboraciones externas tales como asistencia t&eacute;cnica, gastos externos de consultor&iacute;a y tutorizaci&oacute;n y de aquellos otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la ejecuci&oacute;n de la actuaci&oacute;n prevista. <br />
Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realizaci&oacute;n de la actividad, por parte del personal t&eacute;cnico aludido en el apartado b). Los topes de los importes m&aacute;ximos aceptables se detallar&aacute;n en las correspondientes convocatorias. <br />
Gastos generales, que no podr&aacute;n superar el 10 por ciento del presupuesto subvencionable. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n:</p>
<p><a href="http://www.ipyme.org/es-ES/SubvencionesAyudas/Documents/Orden_Bases_RSE.pdf">http://www.ipyme.org/es-ES/SubvencionesAyudas/Documents/Orden_Bases_RSE.pdf</a></p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Microcréditos AJE Málaga - Diputación de Málaga]]></title>      <title><![CDATA[Microcréditos AJE Málaga - Diputación de Málaga]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=242]]></link>      <description><![CDATA[15 Febrero 2010<br>Microcréditos AJE Málaga - Diputación de Málaga<br><br>La Asociaci&oacute;n de J&oacute;venes Empresarios de M&aacute;laga (AJE) y la Diputaci&oacute;n han firmado un convenio para la difusi&oacute;n y sensabilizaci&oacute;n de los microcr&eacute;ditos en la provincia. Este producto financiero firmado entre Unicaja y Diputaci&oacute;n ofrece las siguientes condiciones de financiaci&oacute;n: <br />
<br />
1. Los cr&eacute;ditos se conceder&aacute;n por un m&aacute;ximo individual de 18.000 euros. <br />
2. A devolver en un plazo m&aacute;ximo de hasta 7 a&ntilde;os, incluyendo una carencia de capital, opcional, de 6 meses. <br />
3. No ser&aacute; necesaria la presentaci&oacute;n de aval. <br />
4. Sin comisiones de estudio, apertura y cancelaci&oacute;n. <br />
5. Amortizaci&oacute;n: Cuotas constantes de capital e intereses con periodicidad mensual, trimestral o semestral, a determinar en funci&oacute;n de los flujos econ&oacute;micos del proyecto financiado <br />
6. Con un inter&eacute;s m&aacute;ximo de Eur&iacute;bor anual+1,75% (con un m&iacute;nimo del 3,5% y m&aacute;ximo del 7%). <br />
Los socios de AJE M&aacute;laga interesados en conseguir financiaci&oacute;n para proyectos de mejora en sus empresas o la creaci&oacute;n de nuevas l&iacute;neas de negocio pueden solicitar cita previa en microcreditos@malaga.es <br />
<br />
AJE M&aacute;laga os ayudar&aacute; a desarrollar el plan de negocio e informar&aacute; a Diputaci&oacute;n y a Unicaja sobre la viabilidad del mismo, que es lo que determinar&aacute; la concesi&oacute;n del microcr&eacute;dito. <br />
<br />
M&aacute;s informaci&oacute;n: 952 22 50 45 o <a href="mailto:emprendedores@ajemalaga.org">emprendedores@ajemalaga.org</a><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[15 Febrero 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Cheque Innovación de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa]]></title>      <title><![CDATA[Cheque Innovación de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=239]]></link>      <description><![CDATA[10 Febrero 2010<br>Cheque Innovación de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><p>La Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa tiene en marcha el &quot;Cheque Innovaci&oacute;n&quot; para la incorporaci&oacute;n de elementos innovadores que permitan mejorar la actividad empresarial y competitividad en las pymes. Se incorpora a la Orden de Incentivos para el Fomento de la Innovaci&oacute;n y el Desarrollo Empresarial de Andaluc&iacute;a 2009-2013 para la contrataci&oacute;n de servicios avanzados de innovaci&oacute;n tecnol&oacute;gica y especialmente no tecnol&oacute;gica. El incentivo m&aacute;ximo por solicitante ser&aacute; de 9.000 euros y podr&aacute; incentivar hasta el cien por ciento del proyecto. <br />
<br />
<strong>Objetivo:</strong> La incorporaci&oacute;n en las peque&ntilde;as y medianas empresas de elementos innovadores que aporten valor, la mejora en la cualificaci&oacute;n de su actividad y el impulso de la modernizaci&oacute;n del sector empresarial andaluz. Consiste en una ayuda a formo perdido de hasta 9.000 euros para adquirir servicios de innovaci&oacute;n que les permitan mejorar su proceso productivo, contratar asistencia para desarrollar o fabricar un nuevo producto, utilizar el comercio electr&oacute;nico, asesorarse para mejorar su actividad o elaborar un plan comercial o estrategia de marketing. <br />
<br />
<strong>Beneficiarios:</strong> Pymes y micropymes que tengan su sede o centro operativo en Andaluc&iacute;a y que tengan menos de 50 trabajadores.</p>
<p><br />
Los tres servicios del Cheque de Innovaci&oacute;n son: <br />
<br />
1.- La Innovaci&oacute;n para la transformaci&oacute;n de los procesos de negocio. El incentivo es de 2.000 euros y las empresas tipo para esta soluci&oacute;n son las de menos de 20 trabajadores, con escasas o nulas tecnolog&iacute;as y/o procedimientos y que carezcan de sistema de calidad. <br />
<br />
2.- La Innovaci&oacute;n como consecuencia de la implantaci&oacute;n de una estrategia de comercializaci&oacute;n, que incentivar&aacute; con 3.000 euros a las empresas con el prop&oacute;sito de la diversificaci&oacute;n de su cartera de clientes y sus mercados geogr&aacute;ficos. <br />
<br />
3.- La Innovaci&oacute;n para el redise&ntilde;o o generaci&oacute;n de nuevos productos. El incentivo asciende a 6.000 euros m&aacute;s otros 3.000 si la empresa desarrolla la fase de implantaci&oacute;n. <br />
<br />
Todos los servicios deber&aacute;n ir acompa&ntilde;ados de tareas de formaci&oacute;n (coaching) vinculadas a la consultor&iacute;a espec&iacute;fica de cara a que los directivos de las empresas o empresarios adquieran las competencias en los conceptos del servicio prestado. Por ello, los servicios deber&aacute;n tener un enfoque pr&aacute;ctico y eficaz, as&iacute; como la utilidad y eficacia de los mismos y el nivel de satisfacci&oacute;n del empresario ser&aacute;n los elementos determinantes en la evaluaci&oacute;n del desempe&ntilde;o de cada Centro Proveedor, acreditado por RETA. <br />
<br />
<strong>SOLICITUD: <br />
</strong>De forma telem&aacute;tica ante la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa <a href="https://ws124.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/incentivosaempresas2007/">https://ws124.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/incentivosaempresas2007/</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[10 Febrero 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Plan de apoyo 2010 para empresas y autónomos - Líneas ICO]]></title>      <title><![CDATA[Plan de apoyo 2010 para empresas y autónomos - Líneas ICO]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=241]]></link>      <description><![CDATA[10 Febrero 2010<br>Plan de apoyo 2010 para empresas y autónomos - Líneas ICO<br><br><p>El pasado d&iacute;a 21 de diciembre el ICO y las Entidades Financieras han firmado un acuerdo de colaboraci&oacute;n para apoyar y financiar las necesidades de aut&oacute;nomos y empresas en 2010. <br />
<br />
Estas l&iacute;neas tienen como principal objetivo que los trabajadores aut&oacute;nomos y las empresas cuenten con la financiaci&oacute;n que necesitan para acometer sus proyectos de inversi&oacute;n y sus necesidades financieras corporativas y de liquidez. <br />
<br />
M&aacute;s informaci&oacute;n: <a href="http://www.ico.es">www.ico.es</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[10 Febrero 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvención del Instituto Andaluz de la Mujer]]></title>      <title><![CDATA[Subvención del Instituto Andaluz de la Mujer]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=240]]></link>      <description><![CDATA[10 Febrero 2010<br>Subvención del Instituto Andaluz de la Mujer<br><br>La Consejer&iacute;a para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andaluc&iacute;a ha publicado en el BOJA n&uacute;mero 21 de 02 de Febrero la Resoluci&oacute;n de 20 de Enero de 2010, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca la concesi&oacute;n de subvenciones a mujer y empresas de mujer para el fomento y mejora empresarial, para el a&ntilde;o 2010. <br />
<br />
Los requisitos a cumplir vienen regulados en la Orden de 3 de Junio de 2.009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial. <br />
<br />
A efectos de la Orden, se considera empresa de mujeres, aquella participada por mujeres al menos en el 51% de su capital y cuya administraci&oacute;n corresponda a una mujer. En el caso de empresas con varias administradoras y/o varios administradores deber&aacute;n ser mayor&iacute;a de mujeres. <br />
<br />
Ser&aacute;n Beneficiarias las empresas de mujeres, ya sean sus titulares personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, sociedades civiles o comunidades de bienes, que tengan abierta sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n en Andaluc&iacute;a, y que no posean m&aacute;s de diez trabajadoras y/o trabajadores y su volumen de negocios anual no supere los dos millones de euros; as&iacute; como las mujeres que est&eacute;n en fase de iniciar una actividad aut&oacute;noma o empresarial en Andaluc&iacute;a con estas caracter&iacute;sticas, cualquiera que sea su forma jur&iacute;dica. <br />
<br />
Las empresas de nueva creaci&oacute;n deber&aacute;n constituirse e iniciar su funcionamiento una vez que sea presentada la solicitud y antes de la finalizaci&oacute;n del per&iacute;odo de ejecuci&oacute;n de la respectiva convocatoria. <br />
<br />
Los requisitos que deben reunir las beneficiarias de las subvenciones deber&aacute;n mantenerse al menos durantes tres a&ntilde;os una vez finalizado el programa subvencionado. <br />
<br />
La Cuant&iacute;a de cada subvenci&oacute;n concedida no podr&aacute; superar el 50% del presupuesto aceptado. <br />
<br />
El plazo para presentaci&oacute;n de solicitudes empieza el d&iacute;a 3 de febrero de 2010, finalizando el d&iacute;a 2 de marzo de 2010. <br />
<br />
Las solicitudes deber&aacute;n formularse conforme al modelo establecido en el Anexo de la Orden reguladora. Dicho modelo podr&aacute; obtenerse en la p&aacute;gina web del Instituto Andaluz de la Mujer: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/ o en los Centros de la Mujer Provinciales y deber&aacute; cumplimentarse bien de forma electr&oacute;nica con certificado digital o bien de forma tradicional, para lo cual se presentar&aacute;n ante el Registro General del Instituto Andaluz de la Mujer o los Centros de la Mujer Provinciales, sin perjuicio de lo establecido en el art&iacute;culo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de R&eacute;gimen Jur&iacute;dico de las Administraciones P&uacute;blicas y del Procedimientos Administrativo Com&uacute;n. <br />
<br />
Junto con la solicitud no ser&aacute; necesario aportar ninguna otra documentaci&oacute;n aunque el Instituto Andaluz de la mujer se reserva la potestad de requerir, antes de la propuesta de resoluci&oacute;n, cuanta documentaci&oacute;n sea necesaria para la elaboraci&oacute;n de la misma.<br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[10 Febrero 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Presentación de candidaturas a los European Entrepreneurship Video Awards 2010]]></title>      <title><![CDATA[Presentación de candidaturas a los European Entrepreneurship Video Awards 2010]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=238]]></link>      <description><![CDATA[4 Febrero 2010<br>Presentación de candidaturas a los European Entrepreneurship Video Awards 2010<br>Málaga<br><br><p>El pasado 14 de diciembre se&nbsp;lanz&oacute; la edici&oacute;n 2010 de los European Entrepreneurship Video Awards, premios que pretenden fomentar la creatividad y las habilidades personales a trav&eacute;s de la creaci&oacute;n de un video innovador que fomente las actitudes emprendedoras. <br />
<br />
Los European Entrepreneurship Video Awards se enmarcan dentro de la Segunda Semana Europea de la PYME, que la Comisi&oacute;n Europea lanzar&aacute; pr&oacute;ximamente y cuya misi&oacute;n es fomentar el esp&iacute;ritu empresarial en Europa e informar de las ayudas disponibles para los emprendedores a escala nacional y supranacional. <br />
<br />
La Comisi&oacute;n Europea propone para 2010 tres categor&iacute;as: <br />
<br />
- Emprendedor: un modo de vida diferente. <br />
- Emprendedor: metas y premios. <br />
- Emprendedor: el camino hacia el futuro. <br />
Se establecen 3 galardones en cada categor&iacute;a. El primer premio de 3.333 &euro;, el segundo de 2.222 &euro; y el tercero premio de 1.111 &euro;. Adem&aacute;s se establecen 5 galardones especiales de 555 &euro; para j&oacute;venes con edades menores de 25 a&ntilde;os. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes finaliza el pr&oacute;ximo 9 de abril de 2010 y la entrega de premios ser&aacute; el d&iacute;a 25 de mayo de 2010 en la ceremonia de lanzamiento de la Segunda Semana Europea de la PYME. Informaci&oacute;n adicional sobre el concurso: <br />
</p>
<p><font face="Tahoma"><a href="http://ec.europa.eu/enterprise/policies/entrepreneurship/video-award/pdf/conditions_mt_en.pdf">http://ec.europa.eu/enterprise/policies/entrepreneurship/video-award/pdf/conditions_mt_en.pdf</a></font></p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[4 Febrero 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Red Europea de embajadoras del espíritu empresarial en femenino]]></title>      <title><![CDATA[Red Europea de embajadoras del espíritu empresarial en femenino]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=237]]></link>      <description><![CDATA[Red Europea de embajadoras del espíritu empresarial en femenino<br>Málaga<br><br><p>La Comisi&oacute;n Europea ha lanzado una segunda convocatoria para que aquellos pa&iacute;ses europeos que no disponen, todav&iacute;a, de Embajadoras del esp&iacute;ritu empresarial femenino, entre ellos Espa&ntilde;a, puedan presentar sus candidaturas. <br />
<br />
El objetivo de esta convocatoria es el de crear una red de destacadas empresarias en toda Europa que trabaje a nivel local y nacional, inspirando y animando a las mujeres a convertirse en empresarias. La convocatoria est&aacute; dirigida a las organizaciones que fomentan, promuevan o apoyan activamente el esp&iacute;ritu empresarial. <br />
<br />
El plazo para la presentaci&oacute;n de candidaturas finaliza el 12 de marzo de 2010. <br />
<br />
Informaci&oacute;n adicional <br />
<br />
<font face="Tahoma"><a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2009:311:0021:0023:ES:PDF">http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2009:311:0021:0023:ES:PDF</a></font></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para fomento y mejora empresarial]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para fomento y mejora empresarial]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 21 de 2 de febrero de 2.010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=236]]></link>      <description><![CDATA[2 de Febrero de 2.010<br>Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para fomento y mejora empresarial<br>Consejería para la Igualdad y Bienestar Social<br><br><p>Subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial</p>
<p>Podr&aacute;n tener la condici&oacute;n de beneficiarias de esta subvenci&oacute;n las <strong>empresas de mujeres</strong> ya sean sus titulares <strong>personas f&iacute;sicas</strong> o <strong>jur&iacute;dicas, sociedades civiles o comunidades de bienes</strong>, que tengan abierta sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n en Andaluc&iacute;a y que no posean m&aacute;s de 10 personas en plantilla y&nbsp;su volumen de negocios anual no supere los 2 millones de euros, as&iacute; como las <strong>mujeres que est&eacute;n en fase de iniciar una actividad</strong> aut&oacute;noma o empresarial en Andaluc&iacute;a. Tambi&eacute;n podr&aacute;n tener la condici&oacute;n de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos.</p>
<p>Se considera empresa de mujeres, aquella participada por mujeres al menos en el 51% de su capital y cuya administraci&oacute;n corresponda a una mujer.&nbsp;</p>
<p>Son objetos subvencionables:</p>
<p><strong>Bienes Materiales</strong>: Inversi&oacute;n en bienes de equipo, instalaciones, mobiliario, equipos inform&aacute;ticos. Adquisici&oacute;n de software y aplicaciones inform&aacute;ticas. <br />
<strong>Bienes Inmateriales</strong>: Servicios externos&nbsp;implantaci&oacute;n planes de comercializaci&oacute;n, dise&ntilde;o y elaboraci&oacute;n de imagen corporativa, dise&ntilde;o de marca, anagramas, cat&aacute;logos, logotipos. <br />
Gastos para&nbsp;elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de planes de igualdad, prevenci&oacute;n de riesgos laborales y sistemas de calidad. Gastos asistencia de proyectos que contribuyan a la generaci&oacute;n de empleo. Gastos de material de promoci&oacute;n de lanzamiento de nuevos productos. Adquisici&oacute;n de patentes. </p>
<p>El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes en el a&ntilde;o 2.010 ser&aacute; de un mes contado a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n de la orden en el BOJA, fecha de publicaci&oacute;n 2 de febrero 2.010</p>
<p>Acceso&nbsp;a las bases reguladoras:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/117/d/updf/d5.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/117/d/updf/d5.pdf</a></p>
<p>Acceso a la convocatoria 2.010:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/21/d/updf/d5.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/21/d/updf/d5.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[2 de Febrero de 2.010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Microcréditos para mujeres empresarias y emprendedoras]]></title>      <title><![CDATA[Microcréditos para mujeres empresarias y emprendedoras]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=235]]></link>      <description><![CDATA[Microcréditos para mujeres empresarias y emprendedoras<br><br><p>Programa de Microcr&eacute;ditos para mujeres empresarias y emprendedoras promovido por el Ministerio de Igualdad, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a trav&eacute;s de la Direcci&oacute;n General de la Peque&ntilde;a y Mediana Empresa (DGPYME), por la Confederaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Cajas de Ahorros (CECA) y por MicroBank (Banco Social de la Caixa).</p>
<p>El objetivo de este programa consiste en proporcionar financiaci&oacute;n a trav&eacute;s de microcr&eacute;ditos, en condiciones ventajosas y sin necesidades de avales, a proyectos empresariales promovidos por mujeres y que se consideren viables, proporcion&aacute;ndoles el asesoramiento necesario durante los dos a&ntilde;os siguientes a la concesi&oacute;n del microcr&eacute;dito.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>M&aacute;s informaci&oacute;n en:</p>
<p>http://www.ipyme.org/es-ES/CreacionEmpresas/Responsabilidad/Documents/MicrocreditosEmprendedoras.pdf</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para el período 2009-2013]]></title>      <title><![CDATA[Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para el período 2009-2013]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=234]]></link>      <description><![CDATA[Plazo del 10 al 30 de Enero<br>Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para el período 2009-2013<br><br><p><strong>Ayudas de la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa</strong></p>
<p><strong>- Los incentivos podr&aacute;n ser solicitados por cualquier persona</strong> que realice o vaya a realizar de forma habitual una actividad econ&oacute;mica por cuenta propia en todos los sectores econ&oacute;micos excepto agricultura, pesca y acuicultura y ayudas para la adquisici&oacute;n de veh&iacute;culos de transporte de mercanc&iacute;as por carretera. <br />
<br />
<strong>- Incentivos para la creaci&oacute;n de iniciativas emprendedoras:</strong> para personas que vayan a iniciar una actividad econ&oacute;mica por cuenta propia y que presenten un proyecto para una iniciativa emprendedora de trabajo aut&oacute;nomo. <br />
<br />
<strong>- Incentivos para la consolidaci&oacute;n y modernizaci&oacute;n:</strong> <br />
Proyectos promovidos por quienes desarrollan una actividad econ&oacute;mica por cuenta propia, y que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos, servicios, organizaci&oacute;n o modelo de negocio, de manera que de &eacute;sta se pueda derivar una mejora de la competitividad. <br />
<br />
<strong>- Plazo:</strong> del 10 al 30 de Enero. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Plazo del 10 al 30 de Enero]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones para el Comercio y la Artesanía para el 2010]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones para el Comercio y la Artesanía para el 2010]]></title>      <category><![CDATA[Orden de 9 de diciembre de 2009 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 247, de 21 de diciembre de 2009]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=233]]></link>      <description><![CDATA[Plazo solicitudes desde el 4 al 31 Enero de 2010<br>Subvenciones para el Comercio y la Artesanía para el 2010<br><br><ul>
    <li><strong>Fecha de inicio de la convocatoria:</strong> 04/01/2010 </li>
    <li><strong>Fecha de fin de la convocatoria:</strong> 31/01/2010 </li>
    <li><br />
    <strong>Introduccion:</strong> <br />
    Por medio de la Orden de 9 de diciembre de 2009 de la Consejer&iacute;a de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andaluc&iacute;a se procede a aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al Comercio y a la Artesan&iacute;a, y se procede a realizar su convocatoria para el a&ntilde;o 2010. </li>
    <li><strong>Beneficiarios: <br />
    </strong>Modalidad 2 (PYM): Modernizaci&oacute;n e implantaci&oacute;n de sistemas de calidad en la peque&ntilde;a y mediana empresa. Beneficiarios: Peque&ntilde;as y medianas empresas comerciales minoristas domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a. <br />
    Este a&ntilde;o como novedad se incluyen los proyectos de transformaci&oacute;n en PYME franquiciadora y franquiciada. <br />
    La Disposici&oacute;n Adicional 2&ordf; de la Orden recoge los Ep&iacute;grafes del Impuesto sobre Actividades Econ&oacute;micas que son subvencionables dentro de la Modalidad 2 (PYME). Deben tener una preexistencia como establecimiento comercial, de al menos dos a&ntilde;os ininterrumpidos de antig&uuml;edad. <br />
    Modalidad 3 (ASC): Fomento del asociacionismo comercial y el desarrollo de Centros Comerciales abiertos. Beneficiarios: Asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales de comerciantes minoristas, sin &aacute;nimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a. <br />
    Modalidad 4 (PRA/E): Promoci&oacute;n comercial. Beneficiarios: <br />
    a) Asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales de pymes productoras, sin &aacute;nimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a, que integren a un &uacute;nico sector productivo (PRA). <br />
    b) Peque&ntilde;as y medianas empresas (PYMES) productoras, domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a (PRE). <br />
    Modalidad 5 (FER): Promoci&oacute;n de Ferias Comerciales Oficiales. Beneficiarios: <br />
    Entidades, con domicilio en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a, que organicen Ferias Comerciales Oficiales de Andaluc&iacute;a de conformidad con la legislaci&oacute;n aplicable en esta materia. <br />
    Modalidad 6 (ARA/E): Modernizaci&oacute;n y fomento de la Artesan&iacute;a. Beneficiarios: <br />
    a) Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Peque&ntilde;as y medianas empresas artesanas, sin &aacute;nimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a (ARA). <br />
    b) Peque&ntilde;as y medianas empresas artesanas, personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, domiciliadas en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a (ARE). <br />
    <br />
    Este a&ntilde;o podr&aacute;n beneficiarse de las presentes ayudas las sociedades civiles, comunidades de bienes, as&iacute; como o cualquier otra agrupaci&oacute;n de personas f&iacute;sicas sin personalidad jur&iacute;dica siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en las bases reguladoras (art. 3.6 de la Orden) </li>
    <li><br />
    <strong>Tramitaci&oacute;n:</strong> <br />
    La solicitud deber&aacute; cumplimentarse a trav&eacute;s del acceso establecido al efecto en la p&aacute;gina web de la Consejer&iacute;a, en la direcci&oacute;n: <br />
    <a href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte">www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte</a> </li>
    <li><br />
    La solicitud junto con los Anexos y documentaci&oacute;n pertinente ser&aacute;n presentadas preferentemente en el Registro Telem&aacute;tico &Uacute;nico de la Administraci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a, a trav&eacute;s de la misma p&aacute;gina web en donde se ha cumplimentado, o bien en los Registros administrativos de la Delegaci&oacute;n Provincial de la Consejer&iacute;a de Turismo, Comercio y Deporte, sin perjuicio de que tambi&eacute;n puedan presentarse en los registros de los dem&aacute;s &oacute;rganos y en las oficinas que correspondan de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administraci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a, en cualquier caso, previa impresi&oacute;n y firma del documento generado una vez finalizada la cumplimentaci&oacute;n telem&aacute;tica de la solicitud. <br />
    <br />
    El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes se extender&aacute; desde el 4 al 31 de enero de 2010. <br />
    <br />
    </li>
</ul><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Plazo solicitudes desde el 4 al 31 Enero de 2010]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de comercio y artesanía]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de comercio y artesanía]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 247 de 21 de diciembre de 2.010]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=232]]></link>      <description><![CDATA[9 diciembre de 2.009<br>Subvenciones en materia de comercio y artesanía<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><p>La Orden de 9 de diciembre de 2.009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de subvenciones en materia de comercio&nbsp; ha sido publicada en el BOJA n&uacute;m. 247 de 21 de diciembre de 2.009.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El texto completo se encuentra en:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><font face="Tahoma"><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/247/d/updf/d1.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/247/d/updf/d1.pdf</a></font></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Las pueden solicitar las empresas comerciales con domicilio en la comunidad autonoma, inscritas en el registro de de comerciantes de andalucia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>El plazo finaliza el 31 de Enero de 2.010, cada a&ntilde;o se convocan del 4 al&nbsp;31 de enero.&nbsp;</strong></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[9 diciembre de 2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Concesión Subvenciones en materia de turismo.]]></title>      <title><![CDATA[Concesión Subvenciones en materia de turismo.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 233]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=231]]></link>      <description><![CDATA[12 noviembre 2.009<br>Concesión Subvenciones en materia de turismo.<br>Consejería Turismo, Comercio y Deporte<br><br><p>Se ha publicado las bases reguladoras en materia de turismo,&nbsp;las pymes se pueden acoger a la modalidad 2: ayudas para servicios turisticos y creaci&oacute;n de nuevos productos,&nbsp; modalidad 3: actuaciones que fomenten el uso sostenible de las playas, modalidad 5: Implantaci&oacute;n sistemas de calidad, modalidad 6: Formaci&oacute;n, fomento de la cultura de la calidad e investigaci&oacute;n en materia de turismo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>El plazo de presentaci&oacute;n es el comprendido entre el 4 y el 31 de&nbsp;enero&nbsp;de cada a&ntilde;o.</strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p>Para acceder al texto completo<strong>:</strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/233/d/updf/d7.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/233/d/updf/d7.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 noviembre 2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.008]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.008]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 135 Páginas núm. 24 y siguientes]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=229]]></link>      <description><![CDATA[14 julio de2.009<br>Convocatoria Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.008<br>Consejería de Innovación, ciencia y empresa<br><br><p>Orden de 19 junio de 2.009 convocatoria Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.008. BOJA n&uacute;m. 135, de 14 de julio, p&aacute;gina n&uacute;m. 24 y siguientes. <br />
<br />
Convocatoria y regulaci&oacute;n de las bases pora las que se rigen los Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.008, en su vig&eacute;simo primera edici&oacute;n. <br />
<br />
Modalidades: <br />
a) Mejor experiencia de cooperativa juvenil. <br />
b) Mejor experiencia de integraci&oacute;n cooperativa. <br />
c) Mejor labor de fomento del cooperativismo andaluz. <br />
d) Mejor labor de divulgaci&oacute;n del cooperativismo. <br />
e) Mejor cooperativa <br />
f) Mejor iniciativa cooperativa. <br />
g) Mejor cooperativa innovadora <br />
h) Mejor investigaci&oacute;n cooperativa. <br />
<br />
Podr&aacute;n optar a los premios todas las entidades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad econ&oacute;mica principalmente en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a, as&iacute; como las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas e instituciones p&uacute;blicas o privadas cuyas actuaciones por las que optan al premio est&eacute;n vinculadas a esta Comunidad Aut&oacute;noma, <br />
<br />
Las sociedades cooperativas que presenten candidaturas deber&aacute;n llevar inscritas al menos un a&ntilde;o en el Registro de Cooperativas de Andaluc&iacute;a en el momento de finalizaci&oacute;n del plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes. <br />
<br />
Las candidaturas a cualquiera de las modalidades, deber&aacute;n ser propuestas al Consejo Andaluz de Cooperaci&oacute;n, al menos por tres cooperativas andaluzas o por las Federaciones de cooperativas o sus Asociaciones. <br />
<br />
Plazo de presentaci&oacute;n de candidaturas ser&aacute; de un mes a contar desde el d&iacute;a siguiente al de publicaci&oacute;n en el Bolet&iacute;n Oficial de la Junta de Andaluc&iacute;a. </p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[14 julio de2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvención Formación negocios electronicos sectro Turismo]]></title>      <title><![CDATA[Subvención Formación negocios electronicos sectro Turismo]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 165, 9 de julio]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=230]]></link>      <description><![CDATA[9 de julio de 2.009<br>Subvención Formación negocios electronicos sectro Turismo<br>Ministerio Industria, Turismo y Comercio<br><br><p>El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha realizado la onvocatoria de 2009, para la concesi&oacute;n de ayudas para la realizaci&oacute;n de proyectos y acciones de formaci&oacute;n de profesionales en negocio electr&oacute;nico en el sector tur&iacute;stico, en el marco de la Acci&oacute;n estrat&eacute;gica de telecomunicaciones y sociedad de la informaci&oacute;n dentro del Plan Nacional de Investigaci&oacute;n Cient&iacute;fica, Desarrollo e Innovaci&oacute;n Tecnol&oacute;gica 2008-2011. <br />
Los proyectos o acciones susceptibles de recibir ayudas deber&aacute;n pertenecer al Subprograma Avanza Formaci&oacute;n, L&iacute;nea: Formaci&oacute;n de profesionales de negocio electr&oacute;nico en el sector tur&iacute;stico. <br />
<br />
Beneficiarios: <br />
<br />
a) Empresas. <br />
b) Otras entidades sin fines de lucro legalmente constituidas que tengan la finalidad de prestar servicios de formaci&oacute;n a las peque&ntilde;as y medianas empresas, mediante la realizaci&oacute;n de proyectos o acciones de formaci&oacute;n en telecomunicaciones y tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n. La carencia de fines de lucro debe encontrarse expl&iacute;citamente reconocida en los estatutos o normas de funcionamiento de la entidad. <br />
c) Agrupaciones o asociaciones empresariales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para acceder a la convocatoria completa pulsa el siguiente acceso:<br />
<br />
<a href="http://www.boe.es/boe/dias/2009/07/09/pdfs/BOE-A-2009-11404.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2009/07/09/pdfs/BOE-A-2009-11404.pdf</a> </p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[9 de julio de 2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[IV Edición de Premios de Investigación sobre Igualdad de Género]]></title>      <title><![CDATA[IV Edición de Premios de Investigación sobre Igualdad de Género]]></title>      <category><![CDATA[9 de Junio de 2009 ( BOP Huelva 109)]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=228]]></link>      <description><![CDATA[6-7-2009<br>IV Edición de Premios de Investigación sobre Igualdad de Género<br>Huelva<br><br>&nbsp;
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: center" align="center"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: maroon">IV</span><span style="COLOR: black"> PREMIO DE INVESTIGACION EN IGUALDAD DE G&Eacute;NERO<o:p></o:p></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: center" align="center"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: center" align="center"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">BASES<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: center" align="center"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">OBJETIVOS<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span><o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">La Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva convoca el </span><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: maroon">IV</span></strong><span style="COLOR: black"> Premio de Investigaci&oacute;n en Igualdad de G&eacute;nero, en la l&iacute;nea de promover medidas orientadas a obtener una mayor igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el &aacute;mbito de nuestra provincia.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span><o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 18pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">Esta convocatoria persigue, por tanto, los siguientes objetivos:<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 18pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Potenciar el desarrollo de estudios y an&aacute;lisis, con una perspectiva de g&eacute;nero.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Fomentar v&iacute;as de financiaci&oacute;n para esta &aacute;rea de investigaci&oacute;n.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Apoyar la publicaci&oacute;n de estudios que versen sobre igualdad de g&eacute;nero.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Favorecer el conocimiento de la realidad de nuestra provincia, en cuanto a la situaci&oacute;n de la mujer se refiere.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Propiciar estrategias de intervenci&oacute;n adaptadas a las necesidades o realidad de este colectivo.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">TEMATICA<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Se admitir&aacute;n trabajos de investigaci&oacute;n realizados sobre cualquier &aacute;rea de intervenci&oacute;n vinculada a la igualdad de g&eacute;nero (prevenci&oacute;n, educaci&oacute;n, empleo, participaci&oacute;n, violencia&hellip;), prioriz&aacute;ndose en aqu&eacute;llos que se realicen en el &aacute;mbito del territorio provincial.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span><o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">PARTICIPACION<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Podr&aacute; optar a esta convocatoria cualquier persona f&iacute;sica, de forma individual o colectivamente. En caso de varios/as autores/as, deber&aacute; designarse una persona como coordinadora o responsable del estudio.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">PRESENTACION DE LOS TRABAJOS<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Las personas interesadas podr&aacute;n entregar sus trabajos en un sobre cerrado en el Registro General de la Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva, desde el d&iacute;a siguiente a su publicaci&oacute;n en el Bolet&iacute;n Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del d&iacute;a 9 de Diciembre de 2009, indicando &ldquo;IV Premio de Investigaci&oacute;n en Igualdad de G&eacute;nero. Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva, 2.009,acompa&ntilde;ado con un oficio de remisi&oacute;n cuyo modelo figura en el Anexo de esta convocatoria.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Junto con los trabajos, que deber&aacute;n ser an&oacute;nimos e identificarse con un lema, se incluir&aacute; en sobre cerrado, identificado con el mismo lema, la siguiente documentaci&oacute;n o datos:<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 18pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Fotocopia DNI. autor/a o autores/as. En caso de varios/as, designar representante o coordinador/a.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Breve curr&iacute;culo vitae de autor/a o autores/as.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l1 level1 lfo1"><span style="COLOR: black"><span style="mso-list: Ignore">-<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Direcci&oacute;n, tel&eacute;fono u otros medios de contacto.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 18pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">Los trabajos deber&aacute;n ser originales e in&eacute;ditos y no podr&aacute;n haber sido objeto de otros premios, becas, ayudas y/o subvenciones de cualquier otra instituci&oacute;n publica o privada..<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">Se entregar&aacute;n cinco ejemplares, debi&eacute;ndose igualmente, aportar una copia del mismo en soporte inform&aacute;tico.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">La presentaci&oacute;n del documento se realizar&aacute; en formato Word, tipo de letra Times <st1:metricconverter w:st="on" productid="12, a">12, a</st1:metricconverter> doble espacio, en papel tama&ntilde;o folio a una cara, en lengua castellana, debidamente encuadernado y adaptado para su publicaci&oacute;n divulgativa<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-INDENT: 35.4pt; TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black">La extensi&oacute;n m&aacute;xima ser&aacute; de <st1:metricconverter w:st="on" productid="100 a">100 a</st1:metricconverter> 250 p&aacute;ginas (con no m&aacute;s de 2.500 caracteres por cada una) incluidos los ap&eacute;ndices, si los hubiera, y bibliograf&iacute;a.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">DOTACION DEL PREMIO<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>El premio estar&aacute; dotado con la cantidad de <strong style="mso-bidi-font-weight: normal">1.500 &euro;.</strong>pudi&eacute;ndose establecer, si el jurado lo considera conveniente, un segundo premio dotado de <strong style="mso-bidi-font-weight: normal">800 &euro;<o:p></o:p></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>La Excma. Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva se reserva el derecho a la publicaci&oacute;n del/os trabajo/s premiado/s En este caso, dicha/s publicaci&oacute;n/es contar&aacute;/n con la presentaci&oacute;n de la entidad organizadora e introducci&oacute;n de un/a experto/a que avale el trabajo.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">JURADO<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Constituir&aacute;n el Jurado cinco personas: tres representantes de la Excma. Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva y dos del Seminario de Estudios de la Mujer de la Universidad de Huelva, que ser&aacute;n designados/as mediante decreto de la Presidencia de esta Diputaci&oacute;n.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">FALLO<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>El fallo del jurado ser&aacute; inapelable, pudiendo declarar desierto el premio si lo estimara oportuno. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Adem&aacute;s de valorar especialmente que los trabajos respondan a los objetivos de estas bases, tendr&aacute; en cuenta el enfoque de g&eacute;nero, el uso de lenguaje no sexista, que contengan una parte de an&aacute;lisis y otra de propuestas, que se ci&ntilde;an al tema que desarrollan y la idoneidad de la bibliograf&iacute;a utilizada. Se contemplar&aacute; tambi&eacute;n el pensamiento innovador y la reflexi&oacute;n sobre la situaci&oacute;n social, hist&oacute;rica o vivencial de las mujeres, fundamentada en un s&oacute;lido conocimiento de las actuales teor&iacute;as en materia de igualdad, as&iacute; como la transversalidad de los trabajos con otras &aacute;reas y/o en relaci&oacute;n a otros grupos de poblaci&oacute;n, como la poblaci&oacute;n joven.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>El premio se har&aacute; p&uacute;blico y efectivo en un acto que se celebre para tal fin, en un plazo m&aacute;ximo de </span><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><span style="COLOR: maroon">seis</span></strong><span style="COLOR: black"> meses a partir de la fecha limite de presentaci&oacute;n de los trabajos.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><strong style="mso-bidi-font-weight: normal"><u><span style="COLOR: black">DEVOLUCION<o:p></o:p></span></u></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><span style="mso-tab-count: 1">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span>Los trabajos no premiados podr&aacute;n ser recuperados por sus respectivos autores en el plazo m&aacute;ximo de tres meses, a partir de la fecha de hacerse p&uacute;blica la resoluci&oacute;n del Jurado; excepto una copia que, en su caso, podr&aacute; quedar depositada en el Fondo Documental de esta Diputaci&oacute;n. Asimismo, podr&aacute; solicitarse a los autores/as de aquellos trabajos presentados que se pudieren estimar de inter&eacute;s cient&iacute;fico, una recensi&oacute;n de los mismos para su publicaci&oacute;n.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l0 level1 lfo2"><span style="COLOR: black; FONT-FAMILY: Wingdings; mso-fareast-font-family: Wingdings; mso-bidi-font-family: Wingdings"><span style="mso-list: Ignore">&uuml;<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">Las incidencias no previstas en esta Convocatoria ser&aacute;n resueltas por el Jurado.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="MARGIN-LEFT: 36pt; TEXT-INDENT: -18pt; TEXT-ALIGN: justify; tab-stops: list 36.0pt; mso-list: l0 level1 lfo2"><span style="COLOR: black; FONT-FAMILY: Wingdings; mso-fareast-font-family: Wingdings; mso-bidi-font-family: Wingdings"><span style="mso-list: Ignore">&uuml;<span style="FONT: 7pt 'Times New Roman'">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </span></span></span><span style="COLOR: black">El hecho de concurrir a este premio supone la aceptaci&oacute;n de las presentes bases.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><u><span style="COLOR: black">ORGANIZA Y<span style="mso-spacerun: yes">&nbsp; </span>PATROCINA</span></u><span style="COLOR: black">: Excma. Diputaci&oacute;n Provincial de Huelva. &Aacute;rea Bienestar Social<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><u><span style="COLOR: black">COLABORA</span></u><span style="COLOR: black">: Universidad de Huelva (Seminario de Estudios de La Mujer).<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="TEXT-ALIGN: justify"><span style="COLOR: black"><o:p>&nbsp;</o:p></span></p>
<p class="MsoNormal"><o:p>&nbsp;</o:p></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[6-7-2009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones implantación sistemas de gestión de calidad industria agroalimentaria 2.009]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones implantación sistemas de gestión de calidad industria agroalimentaria 2.009]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 126 pág. 6 y siguientes]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=227]]></link>      <description><![CDATA[1 de julio 2009<br>Subvenciones implantación sistemas de gestión de calidad industria agroalimentaria 2.009<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p>Orden de 22 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de subvenciones para la implantaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de calidad y mejora de la trazabilidad en industrias agroalimentarias y se efect&uacute;a su convocatoria para 2009.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Objeto: Conceder subvenciones para la implantaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de la calidad y para la mejora de los sistemas de trazabilidad en las industrias de transformaci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de productos agr&iacute;colas. <br />
<br />
<u>Beneficiarias</u>: Personas f&iacute;sicas y jur&iacute;dicas que transformen y comercialicen productos agr&iacute;colas en Andaluc&iacute;a., microempresas, peque&ntilde;as y medianas empresas y macroempresas. <br />
<br />
<u>Excluidas:</u> Las sociedades civiles, comunidades de bienes, as&iacute; como cualquier otra agrupaci&oacute;n de personas que carezcan de personalidad jur&iacute;dica. Tampoco se incluyen las inversiones en el sector minorista y las destinadas a la transformaci&oacute;n o comercializaci&oacute;n de productos de la pesca y forestales. <br />
<br />
<u>Inversiones subvencionables:</u> <br />
a) Proyectos para implantar sistemas de gesti&oacute;n de la calidad de procesos: ISO 9000; ISO 22000. <br />
b) Proyectos para implantar sistemas de gesti&oacute;n de la calidad de productos: Producci&oacute;n Integrada, UNE 155000, Protocolos privados de calidad (BRC, IFS, GLOBAL-GAP, Nature&rsquo;s Choice). <br />
c) Implantaci&oacute;n del sistema de excelencia EFQM de los productos que elabora la empresa <br />
d) Mejora del sistema de trazabilidad de la empresa. <br />
<br />
<u>Gastos subvencionables:</u> <br />
a) Contrataci&oacute;n de consultor&iacute;a externas. <br />
b) Derivados de la adquisici&oacute;n de equipos de control y registro y sus programas inform&aacute;ticos. <br />
c) Gastos derivados de la Certificaci&oacute;n del Sistema de Calidad. <br />
<br />
<u>Requisitos para ser subvencionable: <br />
</u>a) Haber realizado la solicitud y no haber iniciado las inversiones. <br />
b) La Delegaci&oacute;n Provincial de la Consejer&iacute;a de Agricultura y Pesca de la provincia debe haber confirmado por escrito la subvencionalidad del proyecto. <br />
<br />
Las subvenciones totales que se conceder&aacute;n no podr&aacute;n superar el 50% de la inversi&oacute;n subvencionable, en el caso de micro, peque&ntilde;a y mediana empresa.&nbsp;<br />
<br />
El plazo de ejecuci&oacute;n de las actividades objeto de subvenci&oacute;n se iniciar&aacute; en todo caso con posterioridad a la presentaci&oacute;n de la solicitud. <br />
<br />
<strong>Plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes:</strong> Dos meses, contados a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n en el BOJA (publicaci&oacute;n 1 de julio de 2009) <br />
<br />
Lugar: Delegaci&oacute;n Provincial de la Consejer&iacute;a de Agricultura y Pesca de la provincia. Preferentemente en el Registro Telem&aacute;tico a trav&eacute;s del apartado de administraci&oacute;n electr&oacute;nica de la Web de la Consejer&iacute;a www.cap.junta-andalucia.es <br />
<br />
<u>Actuaciones prioritarias y valoraci&oacute;n:<br />
</u>a) Inversiones realizadas por entidades asociativas agrarias. <br />
b) Proyecto relativos a productos amparados por indicaciones geogr&aacute;ficas, denominaciones de origen, indicaciones de calidad o por otros signos distintivos de calidad o de forma de producci&oacute;n, que lleve consigo una diferenciaci&oacute;n del producto, sometidos a reglamentaciones voluntarias de calidad. <br />
c) <strong>Inversiones realizadas por empresas constituidas mayoritariamente por mujeres. </strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p>Acceso al bolet&iacute;n con el contenido de la orden:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/126/d/updf/d1.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/126/d/updf/d1.pdf</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[1 de julio 2009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la implantación de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombr]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la implantación de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombr]]></title>      <category><![CDATA[Boletín Oficial del Estado núm.157]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=226]]></link>      <description><![CDATA[30/06/2009<br>Convocatoria ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la implantación de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombr<br>Ministerio de Igualdad<br><br>La orden tiene por objeto la concesi&oacute;n de subvenciones en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva destinadas a peque&ntilde;as y medianas empresas y entidades de entre 30 y 250 trabajadores y trabajadoras que implanten proyectos para fomentar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en su organizaci&oacute;n a trav&eacute;s de la adopci&oacute;n de planes de igualdad. <br />
<br />
Los planes deben impulsar acciones en relaci&oacute;n con las &aacute;reas siguientes: <br />
a) &Aacute;rea de acceso al empleo. <br />
b) &Aacute;rea de condiciones de trabajo <br />
c) &Aacute;rea de promoci&oacute;n profesional y formaci&oacute;n. <br />
d) &Aacute;rea de ordenaci&oacute;n del tiempo de trabajo. <br />
e) &Aacute;rea de prevenci&oacute;n del acoso sexual y del acoso por raz&oacute;n de sexo. <br />
<br />
Los planes de igualdad a presentar deben incluir las siguientes fases: <br />
a) Elaboraci&oacute;n de un diagnostico de situaci&oacute;n en la entidad en materia de igualdad entre hombres y mujeres. <br />
b) Elaboraci&oacute;n de un plan de igualdad que recoja medidas que corrijan las deficiencias detectadas en el diagnostico <br />
c) La primera fase de aplicaci&oacute;n de las medidas previstas en el plan de igualdad. <br />
<br />
Son gastos susceptibles de subvenci&oacute;n: <br />
a) Importe correspondiente al coste derivado de la asistencia t&eacute;cnica para la elaboraci&oacute;n del diagnostico de la situaci&oacute;n de la entidad <br />
b) Gastos derivados de la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n del plan de igualdad, como el asesoramiento t&eacute;cnico que se requiera <br />
c) Gastos derivados de la implantaci&oacute;n de la primera fase de aplicaci&oacute;n, tales como los derivados de campa&ntilde;as de sensibilizaci&oacute;n interna y/o externa, acciones de formaci&oacute;n, promociones internas, nuevas contrataciones relacionadas con el plan. <br />
<br />
El Plan de Igualdad puede ser elaborado por personal de la propia entidad o por encargo a una entidad externa especializada hasta un porcentaje, en este &uacute;ltimo caso que no exceda del 50% del importe de la subvenci&oacute;n. La cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n no podr&aacute; ser superior a 10.000 &euro;. <br />
<br />
Entidades Beneficiarias: Las empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones de entre 30 y 250 trabajadores y trabajadoras que adopten voluntariamente un plan de igualdad tendente a alcanzar en las empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar al discriminaci&oacute;n por raz&oacute;n de sexo. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes ser&aacute; de treinta d&iacute;as naturales, contados a partir del d&iacute;a siguientes a la publicaci&oacute;n, fecha de publicaci&oacute;n 30 de junio de 2.009. <br />
<br />
Los modelos normalizados de los anexos necesarios se encuentran disponibles en www.migualdad.es <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[30/06/2009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Fomento y Consolidación de Empleo Autonomo Provincia Málaga]]></title>      <title><![CDATA[Fomento y Consolidación de Empleo Autonomo Provincia Málaga]]></title>      <category><![CDATA[BOP Málaga núm. 118, 22 junio 2.009]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=225]]></link>      <description><![CDATA[22 junio 2.009<br>Fomento y Consolidación de Empleo Autonomo Provincia Málaga<br>Área Derechos Sociales. Diputación Málaga<br><br>Convocatoria de concesi&oacute;n de subvenciones en materia de Fomento y Consolidaci&oacute;n de Empleo Aut&oacute;nomo en la provincia de M&aacute;laga 2009. &Aacute;rea Derechos Sociales. Diputaci&oacute;n de M&aacute;laga <br />
<br />
El objeto de esta convocatoria es fijar las bases y el procedimiento para conceder las subvenciones, en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva para el fomento y la consolidaci&oacute;n del empleo aut&oacute;nomo. <br />
<br />
La finalidad es favorecer la inserci&oacute;n sociolaboral de los colectivos m&aacute;s desfavorecidos de la provincia de M&aacute;laga a trav&eacute;s de la concesi&oacute;n de ayudas a las iniciativas de fomento y consolidaci&oacute;n del empleo aut&oacute;nomo. <br />
<br />
Podr&aacute;n solicitar estas subvenciones las personas f&iacute;sicas y/o jur&iacute;dicas de la provincia de M&aacute;laga siguientes: <br />
<br />
a) Personas emprendedoras con proyecto de autoempleo, teniendo preferencia aquellas en situaci&oacute;n de desventaja social. <br />
b) Personas aut&oacute;nomas que tengan como finalidad la consolidaci&oacute;n de proyectos de autoempleo y que no haga un a&ntilde;o que han iniciado la actividad. <br />
<br />
Se entender&aacute;n personas en desventaja social: <br />
- Mujeres, en especial victima de violencia de g&eacute;nero. <br />
- J&oacute;venes menores de 30 a&ntilde;os. <br />
- Personas con discapacidad. <br />
- Emigrantes espa&ntilde;oles retornados. <br />
- Poblaci&oacute;n inmigrante, solicitante de asilo y refugiados. Minor&iacute;as &eacute;tnicas. <br />
- Personas pertenecientes a familias vulnerables: entendi&eacute;ndose como hogares monoparentales especialmente en los que la cabeza de familia es una mujer. <br />
- Personas drogodependientes. <br />
- Poblaci&oacute;n exreclusa. <br />
- Personas paradas de larga duraci&oacute;n, especialmente las mayores de 40 a&ntilde;os. <br />
- Personas enfermas de sida. <br />
- Personas sin hogar. <br />
<br />
Se establece el compromiso de mantener la actividad aut&oacute;noma al menos un a&ntilde;o en el caso de recibir la ayuda. <br />
<br />
Se abre el <strong>plazo de presentaci&oacute;n de 30 d&iacute;as naturales contados desde el 23 de junio</strong> de 2009 y se presentaran las solicitudes y la documentaci&oacute;n establecida en la convocatoria, en el Registro General de Diputaci&oacute;n sito en la Calle Pac&iacute;fico n&uacute;mero 54 de M&aacute;laga. <br />
<br />
Se determinan unos criterios de valoraci&oacute;n para la concesi&oacute;n de subvenciones y para determinar la cuant&iacute;a se tendr&aacute;n en cuenta dos tipos de criterios. <br />
<br />
<strong>1.- Criterios Generales:</strong> <br />
- Viabilidad t&eacute;cnica y econ&oacute;mica del proyecto. <br />
- Adecuaci&oacute;n de costes del proyecto a los objetivos del mismo y al n&uacute;mero de beneficiarios. <br />
- Proporcionar alternativas de acceso al mercado de trabajo a trav&eacute;s del empleo aut&oacute;nomo, en aquellos sectores, en los que por la desaceleraci&oacute;n de la econom&iacute;a de hace necesario facilitar la creaci&oacute;n de empleo en sectores emergentes y sostenibles. <br />
- El equilibrio territorial y sectorial en la distribuci&oacute;n de las subvenciones. <br />
- Iniciativa emprendedora que no haya percibido otras ayudas para el mismo fin y que cumplan con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria. <br />
- El car&aacute;cter innovador y creativo de los proyectos. <br />
<br />
<strong>2.- Criterios espec&iacute;ficos: <br />
</strong>- Para las personas f&iacute;sicas emprendedoras, se valorar&aacute; el desarrollo de la actividad aut&oacute;noma por la persona solicitante de la subvenci&oacute;n y su situaci&oacute;n social. <br />
- Para la consolidaci&oacute;n del empleo aut&oacute;nomo, se valorar&aacute;, la creaci&oacute;n de al menos un nuevo puesto de trabajo cubierto por personas en desventaja social y la situaci&oacute;n social tanto de la persona aut&oacute;noma como de la persona a contratar. <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[22 junio 2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvención a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial 2.009]]></title>      <title><![CDATA[Subvención a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial 2.009]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 117 página 29 y siguientes]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=224]]></link>      <description><![CDATA[19 junio 2.009<br>Subvención a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial 2.009<br>Consejería para la Igualdad y Bienestar Social<br><br><p>Orden 3 de junio de 2.009 Bases reguladoras concesi&oacute;n de subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para fomento y mejora empresarial. Convocatoria 2.009. Consejer&iacute;a para la Igualdad y Bienestar Social. Boja n&uacute;m. 117 de 19 junio de 2.009. <br />
(Extracto de la Orden) <br />
<a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/117/d/updf/d5.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/117/d/updf/d5.pdf</a></p>
<p><br />
El objeto es establecer las bases reguladoras de subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial en Andaluc&iacute;a. <br />
<br />
Se considera empresa de mujeres, aquella participada por mujeres al menos en el 51% de su capital y cuya administraci&oacute;n corresponda a una mujer. <br />
<br />
Podr&aacute;n tener la condici&oacute;n de beneficiarias de esta subvenci&oacute;n las empresas de mujeres ya sean sus titulares personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, sociedades civiles o comunidades de bienes, que tengan abierta sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n en Andaluc&iacute;a y que no posean m&aacute;s de 10 trabajadoras y/ trabajadores y su volumen de negocios anual no supere los 2s millones de euros, as&iacute; como las mujeres que est&eacute;n en fase de iniciar una actividad aut&oacute;noma o empresarial en Andaluc&iacute;a. Tambi&eacute;n podr&aacute;n tener la condici&oacute;n de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos. <br />
<br />
<strong><u>Conceptos subvencionables</u></strong>: <br />
<strong>Bienes Materiales</strong>: Inversi&oacute;n en bienes de equipo, instalaciones, mobiliario, equipos inform&aacute;ticos. Adquisici&oacute;n de software y aplicaciones inform&aacute;ticas. <br />
<br />
<strong>Bienes Inmateriales</strong>: Servicios externos para implantaci&oacute;n planes de comercializaci&oacute;n, dise&ntilde;o y elaboraci&oacute;n de imagen corporativa, dise&ntilde;o de marca, anagramas, cat&aacute;logos, logotipos. <br />
Gastos para la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de planes de igualdad, prevenci&oacute;n de riesgos laborales y sistemas de calidad. <br />
Gastos asistencia de proyectos que contribuyan a la generaci&oacute;n de empleo. <br />
Gastos de material de promoci&oacute;n de lanzamiento de nuevos productos. Adquisici&oacute;n de patentes. <br />
<br />
La cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n no podr&aacute; superar el 50% de presupuesto aceptado. <br />
<br />
En el articulo 7 se establecen los criterios de valoraci&oacute;n de las solicitudes, entre los que se encuentran: mujeres inmigrantes, mujeres demandantes de empleo en los &uacute;ltimos seis meses, victimas violencia de g&eacute;nero, mujeres con discapacidad, mujeres con cargas familiares e ingresos inferiores al 75% SMI, empresas o proyectos que creen trabajo para mujeres, proyectos en municipios de poblaci&oacute;n inferior a 10.000 habitantes, empresas o proyectos relativos a sectores en que la mujer est&eacute; subrepresentada y por ultimo empresas que no hayan sido beneficiarias en los dos ultimas convocatorias. <br />
<br />
El <strong>plazo</strong> de presentaci&oacute;n de solicitudes en el a&ntilde;o 2.009 ser&aacute; de <strong>un mes</strong> contado a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n de la orden en el BOJA, fecha de publicaci&oacute;n 19 de junio de 2.009. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[19 junio 2.009]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Artesanía 2.009]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Artesanía 2.009]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=221]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones Artesanía 2.009<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br>Subvenciones Artesan&iacute;a 2.009 <br />
<br />
En el siguiente acceso puedes encontrar los formularios de las subvenciones, pinchando en comercio y a continuaci&oacute;n en solicitud parte com&uacute;n y anexo ARE <br />
http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/subvenciones2009/ <br />
<br />
(Extracto)<br />
<br />
Modalidad 7. (ARE). Modernizaci&oacute;n y Fomento de la Artesan&iacute;a. <br />
<br />
Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones para esta modalidad, El Artesano o Artesana individual, la persona f&iacute;sica que ejerce su actividad por cuenta propia, mediante su intervenci&oacute;n personal en el proceso de producci&oacute;n o acabado del producto y de empresas artesanas aquella organizaci&oacute;n de capital, bienes y personas que realiza una actividad productiva de productos elaborados conforme al Art. 3 de la ley 15/2005 de 22 de diciembre, de artesan&iacute;a de Andaluc&iacute;a. <br />
Dichas empresas no podr&aacute;n tener m&aacute;s de 10 personas en plantilla y no podr&aacute;n tener una facturaci&oacute;n superior a 300.000&euro;. <br />
<br />
Quedan excluidas, las empresas agroalimentarias.&nbsp;<br />
<br />
Los proyectos no podr&aacute;n iniciarse antes de recibir la comunicaci&oacute;n. Las inversiones deber&aacute;n mantenerse al menos durante 3 a&ntilde;os.&nbsp;<br />
<br />
<strong>L&iacute;nea 1. En materia de modernizaci&oacute;n de la empresa artesana</strong>: Adquisici&oacute;n maquinaria auxiliar (inversi&oacute;n). Adquisici&oacute;n equipos inform&aacute;ticos y programas gesti&oacute;n (inversi&oacute;n). Realizaci&oacute;n estudio calidad de la empresa. Implantaci&oacute;n sistema normalizado de calidad. Realizaci&oacute;n Estudio adaptaci&oacute;n normativa medioambiental. Implantaci&oacute;n equipos adaptaci&oacute;n normativa medioambiental. Realizaci&oacute;n estudio adaptaci&oacute;n normativa accesibilidad. Implantaci&oacute;n sistemas o equipos adaptarse normativa accesibilidad. Realizaci&oacute;n estudios adaptaci&oacute;n normativa prevenci&oacute;n riesgos laborales. Implantaci&oacute;n sistemas o equipos adaptar a normativa de riesgos laborales. <br />
<br />
<strong>L&iacute;nea 2. En materia Promoci&oacute;n Comercial</strong>, gastos limitados al lanzamiento de un producto sea nuevo o ya existente ambos en nuevo mercado: Dise&ntilde;o, edici&oacute;n cat&aacute;logos en soporte papel, magn&eacute;ticos o CD/DVD. Dise&ntilde;o logotipo. Construcci&oacute;n de p&aacute;gina Web. Participaci&oacute;n en ferias y cert&aacute;menes comerciales, gastos de inscripci&oacute;n y alquiler de espacio ser&aacute; subvencionable la participaci&oacute;n en 4 ferias. <br />
<br />
<strong>L&iacute;nea 3. En materia de Perfeccionamiento profesional</strong>. Gastos de inscripci&oacute;n y asistencia a programas formativos relacionados con la actividad, la adquisici&oacute;n de material did&aacute;ctico as&iacute; como los desplazamientos y alojamiento de un representante de la entidad. <br />
<br />
<strong>L&iacute;nea 4. En materia de adaptaci&oacute;n de productos</strong>: Contrataci&oacute;n de proyectos de dise&ntilde;o de productos artesanales. <br />
<br />
<strong>L&iacute;nea 5. En materia de comercializaci&oacute;n</strong>: Contrataci&oacute;n de estudios o proyectos de comercializaci&oacute;n de productos artesanales. <br />
<br />
El importe de la ayuda a conceder ser&aacute; de hasta un 50% salvo la l&iacute;nea 3 que ser&aacute; hasta un 45% del importe de la inversi&oacute;n aprobada subvencionable. Los conceptos subvencionables podr&aacute;n realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada a&ntilde;o. <br />
<br />
<strong>El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes ser&aacute; del 1 al 31 de enero de cada a&ntilde;o. <br />
</strong><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Comercio 2.009]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Comercio 2.009]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=222]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones Comercio 2.009<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br><p>Subvenciones Comercio 2.009 <br />
<br />
En el siguiente acceso puedes encontrar los formularios de las subvenciones, pinchando en comercio y a continuaci&oacute;n en solicitud parte com&uacute;n y anexo PYM <br />
http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/subvenciones2009/ <br />
<br />
(Este extracto hace referencia a la Actividad Comercial de establecimientos de Comercio Menor). <br />
<br />
Modalidad 2. (PYM). Modernizaci&oacute;n de peque&ntilde;a y mediana empresa comercial e implantaci&oacute;n de sistemas de calidad. <br />
<br />
Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones previstas en la orden, las peque&ntilde;as y medianas empresas comerciales minoristas radicadas en Andaluc&iacute;a. <br />
<br />
Otros requisitos son: <br />
<br />
a) Ejercer una actividad comercial en Andaluc&iacute;a con establecimiento comercial permanente en el territorio antes de la fecha de solicitud de la subvenci&oacute;n y que cuenten con una preexistencia como establecimiento comercial de al menos dos a&ntilde;os ininterrumpidos de antig&uuml;edad. <br />
b) Estar inscrita en la Secci&oacute;n I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andaluc&iacute;a antes de la fecha de solicitud. <br />
c) Que su actividad principal est&eacute; incluida en alguna de las agrupaciones de actividad de la disposici&oacute;n adicional segunda de la orden. Agrupaci&oacute;n 64, 65, 66, salvo Grupo 646, 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.5., 659.8, 663, 664, 665. <br />
d) Que no hayan obtenido de la Consejer&iacute;a subvenciones para la misma actuaci&oacute;n en los dos ejercicios anteriores a la solicitud. <br />
<br />
Podr&aacute;n ser objeto de subvenci&oacute;n respet&aacute;ndose los l&iacute;mites m&aacute;ximos de inversi&oacute;n: <br />
a) <strong>Renovaci&oacute;n y mejora tecnol&oacute;gica de al peque&ntilde;a y mediana empresa comercial</strong>. La totalidad de los centros dependientes no pueden superar 15 personas en plantilla. Adquisici&oacute;n equipos inform&aacute;ticos, (limite 3.000&euro;). Adquisici&oacute;n de software (hasta 1.500&euro;). Adquisici&oacute;n equipo tecnol&oacute;gico (hasta 3.000&euro;). Conexi&oacute;n Internet (hasta 500&euro;). Gastos asistencia a ferias de nuevas tecnolog&iacute;as de informaci&oacute;n comercial (hasta 600&euro;). Dise&ntilde;o e implantaci&oacute;n sistemas de ventas no presenciales (hasta 2.000&euro;). Servicios asociados a la venta. (Hasta 1.200&euro;). Adecuaci&oacute;n f&iacute;sica de los establecimientos para implantaci&oacute;n de nuevos sistemas de venta (hasta 18.000&euro;). Ampliaci&oacute;n y reforma del establecimiento (hasta 60.000 &euro;). Gastos equipamientos y mobiliario comercial (hasta 15.000 &euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>b) Innovaci&oacute;n en la gesti&oacute;n de la peque&ntilde;a y mediana empresa comercial</strong>. Que no supere 15 personas en plantilla. Dise&ntilde;o de proyectos de gesti&oacute;n que estimulen la innovaci&oacute;n y su puesta en marcha (hasta 30.000&euro;). Desarrollo programas de an&aacute;lisis e incorporaci&oacute;n de innovaci&oacute;n (hasta 30.000&euro;). Apertura de nuevos centros en grandes establecimiento (hasta 30.000&euro;). </p>
<p><br />
<strong>c) Crecimiento interno de la peque&ntilde;a y mediana empresa</strong>. No superen 25 personas en plantilla. Estudios de mercado para la apertura segundo y posterior punto de venta en la misma localidad (hasta 30.000 &euro;). Estudios mercado para extender a otras localidades (hasta 30.000 &euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>d) Actuaciones derivadas de la implantaci&oacute;n de norma de calidad</strong> UNE 175001/1. La totalidad de personas en plantilla no puede superar a 15 personas. Gastos de auditorias y consultar&iacute;as externas para obtenci&oacute;n de certificaci&oacute;n (hasta 1.000 &euro;). Gastos emisi&oacute;n certificado de calidad (hasta 500 &euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>e) Fomento de la transferencia horizontal</strong> entre empresas innovadoras y comerciales andaluzas. M&aacute;ximo 25 de plantilla, (hasta 15.000&euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>f) Cambio o ampliaci&oacute;n a nuevas actividades comerciales</strong>, que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>g) Apertura de un segundo o posterior punto de venta</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 60.000&euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>h) Dise&ntilde;o planes estrat&eacute;gicos crecimiento</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 15.000&euro;). </p>
<p><br />
<strong>i) Inversiones en trasformar establecimiento comercial polivalente en especializado</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000 euros). </p>
<p><br />
j) Inversiones destinadas a que establecimiento especializados puedan ofrecer gama mas estrecha y profunda de productos. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;). </p>
<p><br />
k) Articulaci&oacute;n estrategias ventas basadas en la diferenciaci&oacute;n de servicios. que no supere 25 de plantilla (hasta 15.000 &euro;).</p>
<p>&nbsp;<br />
l) Adecuaci&oacute;n f&iacute;sica de las pymes comerciales para su conversi&oacute;n en franquiciadora. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;). <br />
<br />
<strong>m) Apoyo a las pymes comerciales en municipios de &aacute;mbito rural menores de 5.000 habitantes</strong> y que la totalidad de sus centros dependientes no superen 15 personas en plantilla. Acondicionamiento y optimizaci&oacute;n de la imagen de los comercios. Implantaci&oacute;n nuevas t&eacute;cnicas de venta (hasta 18.000&euro;). Implantaci&oacute;n de nuevas t&eacute;cnicas de venta (hasta 18.000&euro;). Adopci&oacute;n de din&aacute;micas de multiservicio (hasta 12.000&euro;). Diversificaci&oacute;n oferta comercial con productos aut&oacute;ctonos (hasta 12.000&euro;). Desarrollo actividades fomentar la calidad de las pymes (hasta 15.000&euro;). <br />
<br />
El importe de la subvenci&oacute;n a conceder ser&aacute; de hasta el 50% del total de la inversi&oacute;n aprobada subvencionable. No ser&aacute; subvencionable el IVA cuando sea recuperable. <br />
<br />
El plazo para la realizaci&oacute;n del proyecto objeto de la subvenci&oacute;n ser&aacute; de tres meses a contar desde la notificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n. <br />
<br />
<strong>El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes ser&aacute; del 1 al 31 de enero de cada a&ntilde;o. <br />
</strong><br />
</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subveniones Turismo 2.009]]></title>      <title><![CDATA[Subveniones Turismo 2.009]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=223]]></link>      <description><![CDATA[Subveniones Turismo 2.009<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br><p>En el siguiente acceso puedes encontrar los formularios de las subvenciones, pinchando en Turismo y a continuaci&oacute;n en solicitud parte com&uacute;n y anexo ITP <br />
http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/subvenciones2009/ <br />
<br />
(Extracto)&nbsp;<br />
<strong>Modalidad 2. (ITP )Servicios tur&iacute;sticos y creaci&oacute;n de nuevos productos</strong>. <br />
<br />
Podr&aacute;n acogerse las peque&ntilde;as y medianas empresa, personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, las agrupaciones de personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, comunidades de bienes, con sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n en Andaluc&iacute;a y que est&eacute;n inscritas en el Registro de Turismo de Andaluc&iacute;a.&nbsp;<br />
<br />
Las inversiones deber&aacute;n mantenerse al menos durante 5 a&ntilde;os. <br />
<br />
Podr&aacute;n recibir subvenciones los gastos derivados de: <br />
a) Construcciones, excluidos los terrenos. <br />
b) Trabajos de proyecto y direcci&oacute;n facultativa. <br />
c) Mobiliario, instalaci&oacute;n y decoraci&oacute;n. <br />
d) Equipos para proceso de informaci&oacute;n. <br />
e) Maquinaria. <br />
f) Utillaje. <br />
g) Cualquier otra actuaci&oacute;n que pueda ser catalogada como de infraestructura tur&iacute;stica. <br />
<br />
Los gastos anteriormente relacionados se incluir&aacute;n en alguno o algunos de los proyectos subvencionables siguientes: <br />
<br />
<strong>1. Establecimientos de Alojamiento tur&iacute;stico.</strong> <br />
<strong>a) Establecimientos hoteleros</strong>: Reforma y modernizaci&oacute;n dirigidas a la implantaci&oacute;n de tecnolog&iacute;as y sistemas de organizaci&oacute;n para la mejora de los sistemas de gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Reforma y modernizaci&oacute;n de establecimientos prioriz&aacute;ndose las necesarias para obtener categor&iacute;a superior a 3 estrellas y para incrementar la accesibilidad. <br />
<br />
<strong>b) Campamentos de Turismo</strong>: Reforma y modernizaci&oacute;n instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamiento, cerramientos, sistemas seguridad, instalaci&oacute;n el&eacute;ctrica, agua potable, tratamiento y eliminaci&oacute;n de residuos s&oacute;lidos, servicios higi&eacute;nicos. <br />
Se priorizar&aacute;n: Las necesarias para incrementar la categor&iacute;a del establecimiento. Las obras dirigidas a incrementar la accesibilidad. Reforma y modernizaci&oacute;n para implantar tecnolog&iacute;as y sistemas de mejora de la gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales <br />
<br />
<strong>c) Balnearios: Creaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n</strong>. <br />
<br />
<strong>2. Alojamientos en el medio rural</strong>. <br />
<strong>a) Casas rurales, establecimientos hoteleros, complejos tur&iacute;sticos rurales y apartamentos tur&iacute;sticos rurales:</strong> Creaci&oacute;n, ampliaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n, prioriz&aacute;ndose: El acondicionamiento de conjuntos arquitect&oacute;nicos singulares. Reforma y modernizaci&oacute;n para implantar tecnolog&iacute;as y sistemas para mejorar la gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Las necesarias para mejorar la categor&iacute;a del establecimiento. Las dirigidas a incrementar accesibilidad. <br />
<br />
<strong>b) Viviendas tur&iacute;sticas de alojamiento rural:</strong> Reformas para su transformaci&oacute;n en alg&uacute;n tipo de establecimiento tur&iacute;stico de superior categor&iacute;a. <br />
<br />
<strong>3. Establecimientos de restauraci&oacute;n con gastronom&iacute;a t&iacute;pica andaluza.</strong> <br />
<strong>a) Restaurantes y Mesones rurales</strong>: Creaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Mejora de la accesibilidad <br />
<br />
<strong>4. Agencias de viajes: <br />
</strong>Desarrollo e implantaci&oacute;n de aplicaciones inform&aacute;ticas que faciliten la reserva electr&oacute;nica de productos tur&iacute;sticos <br />
<br />
<strong>5. Servicios de informaci&oacute;n tur&iacute;stica</strong> <br />
<strong>6. Creaci&oacute;n de nuevos productos</strong>. Son prioritarias las iniciativas de la industria de ocio, el turismo de salud, y la creaci&oacute;n de circuitos tur&iacute;sticos ligados a la naturaleza, la cultura y el deporte. <br />
<strong>7. Dotaci&oacute;n de instalaciones para la escenificaci&oacute;n de hechos hist&oacute;ricos. <br />
8 Implantaci&oacute;n rutas tur&iacute;sticas. <br />
9. Creaci&oacute;n de oferta tur&iacute;stica complementaria. <br />
10. Creaci&oacute;n de establecimientos con ofertas de turismo espec&iacute;ficos. <br />
11. Implantaci&oacute;n sistemas gesti&oacute;n para obtener certificaciones</strong> y distintivos de gesti&oacute;n medioambiental. <br />
<strong>12. Fortalecimiento de la competitividad del sector tur&iacute;stico local. <br />
13 otros proyectos subvencionables (consultar orden</strong>) <br />
<br />
La cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n concedida ser&aacute; de hasta un 50% o 60% del proyecto de inversi&oacute;n aceptada, seg&uacute;n se trate de medianas o peque&ntilde;as empresas.</p>
<p>&nbsp;<br />
<strong>Plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes del 1 de enero al 31 de enero de cada a&ntilde;o</strong> <br />
</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[INNOVÍA 2008]]></title>      <title><![CDATA[INNOVÍA 2008]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=220]]></link>      <description><![CDATA[12 de Noviembre 2008<br>INNOVÍA 2008<br>HOTEL AR ALMERIMAR de El Ejido, Almeria<br><br><p>Encuentro Innov&iacute;a 2008. Programa puesto en marcha&nbsp; por la Consejeria de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa a trav&eacute;s de la Red de Espacios Tecnol&oacute;gicos de Andalucia, que trata de estimular el espirit&uacute; innovador entre los empresarios.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Las inscripciones para acudir a Innov&iacute;a pueden realizarse a trav&eacute;s de la p&aacute;gina Web <a href="http://www.innovíaandalucia.es/participa.php">www.innov&iacute;aandalucia.es/participa.php</a> o bien remitiendo un correo electr&oacute;nico a la direcci&oacute;n </p>
<p><a href="mailto:inscripcion@innoviaandalucia.es">inscripcion@innoviaandalucia.es</a>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 de Noviembre 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Apicultura 2.008]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Apicultura 2.008]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 156 de 6 de agosto]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=219]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 28 de julio de 2.008<br>Subvenciones Apicultura 2.008<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br>Orden de 28 de julio de 2.008 por la que se regulan las ayudas a la apicultura y se efect&uacute;a su convocatoria para 2.008. BOJA n&uacute;m. 156 de 6 de agosto de 2.008, pagina 17 y siguientes. <br />
Acceso a bolet&iacute;n con la norma: <br />
http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2008/156/d/3.html <br />
<br />
(Extracto de la orden) <br />
<br />
Las ayudas contempladas en este Programa est&aacute;n destinadas a mejorara la producci&oacute;n y la comercializaci&oacute;n de los productos de la apicultura en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a. <br />
<br />
Tipos de Ayudas: <br />
<strong>Medida A</strong>. Informaci&oacute;n y asistencia t&eacute;cnica a los apicultores, tiene varias l&iacute;neas, Formaci&oacute;n de los apicultores. Contrataci&oacute;n de t&eacute;cnicos y asistencia t&eacute;cnica. Sistemas de divulgaci&oacute;n t&eacute;cnica. <br />
<br />
<strong>Medida B</strong>. Lucha contra la varrosis: Tratamientos quimioter&aacute;picos. M&eacute;todos de lucha biol&oacute;gica. Sustituci&oacute;n de envases de colmenas. Sobrealimentaci&oacute;n de los enjambres. <br />
<br />
<strong>Medida C</strong>. Racionalizaci&oacute;n de la trashumancia. Adquisici&oacute;n de material para identificaci&oacute;n de colmenas y cuadros. Inversiones en equipamiento de manipulaci&oacute;n y transporte. Suscripci&oacute;n de p&oacute;lizas de seguros por da&ntilde;os propios y responsabilidad civil de las colmenas. <br />
<br />
<strong>Medida D</strong>. Apoyo a los an&aacute;lisis de miel. <br />
<br />
<strong>Medida E</strong>. Repoblaci&oacute;n de la caba&ntilde;a ap&iacute;cola. Inversiones para cr&iacute;as de reinas aut&oacute;ctonas. Reposici&oacute;n de reinas aut&oacute;ctonas por baja, mejora o renovaci&oacute;n de las mismas. Compra de enjambres de abejas aut&oacute;ctonas. <br />
<br />
Podr&aacute;n ser beneficiarias de las ayudas, las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas que sena titulares de una explotaci&oacute;n ap&iacute;cola en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a, tenga inscrita la explotaci&oacute;n en el Registro General de Explotaciones Ganaderas en el sector ap&iacute;cola (SIGGAN). <br />
<br />
Ser&aacute;n objeto de ayuda las colmenas que consten en el SIGGAN el d&iacute;a siguiente al de la finalizaci&oacute;n del plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes, debiendo ser mantenidas hasta la fecha de la resoluci&oacute;n. <br />
<br />
<strong>El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes ser&aacute; de 17 d&iacute;as h&aacute;biles</strong> contados a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n de la orden en el BOJA. <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 28 de julio de 2.008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Ayudas Lanzamiento Iniciativas Autoempleo. Nuevos yacimientos de Empleo]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Ayudas Lanzamiento Iniciativas Autoempleo. Nuevos yacimientos de Empleo]]></title>      <category><![CDATA[Boletín Oficial Provincia de Málaga núm.  140]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=218]]></link>      <description><![CDATA[21 julio de 2.008<br>Convocatoria Ayudas Lanzamiento Iniciativas Autoempleo. Nuevos yacimientos de Empleo<br>Diputación Provincial de Málaga<br><br>Bases reguladoras convocatoria ayudas directas al lanzamiento y puesta en marcha de iniciativas de autoempleo en el marco de los nuevos yacimientos de empleo. <br />
<br />
BOP n&uacute;m. 140 de 21 de julio de 2.008 <br />
<br />
Concesi&oacute;n de ayudas directas al lanzamiento y puesta en marcha de las iniciativas de autoempleo que se creen bajo la figura del aut&oacute;nomo/a individual en los siguientes municipios: <br />
<br />
Alameda, Alhaur&iacute;n el Grande, Almargen, Alozaina, Archidona, Ardales, Campillos, Canillas de Aceituno, Ca&ntilde;ete la Real, Casabermeja, Comares, Cortes de la Frontera, Cuevas del Becerro, C&uacute;tar, La Vi&ntilde;uela, Mollina, Oj&eacute;n, Periana, Riogordo, Sierra de Yeguas, Teba, V&eacute;lez M&aacute;laga. <br />
<br />
Requisitos: <br />
<br />
Domicilio social en alguno de los municipios anteriores. <br />
Beneficiarios inscritos como desempleados <br />
Que la actividad est&eacute; dentro de los nuevos yacimientos de empleo. <br />
Que est&eacute;n inscritos en el Proyecto Genera nuevos empleos y siga el itinerario. <br />
Que est&eacute;n dados de alta en el R&eacute;gimen Especial de Trabajadores Aut&oacute;nomos en el momento de recibir la ayuda. <br />
Que el Plan de Negocio, evaluado, valorado y visado por el t&eacute;cnico tutor del proyecto. <br />
<br />
Los Proyectos subvencionados no podr&aacute;n superar la cuant&iacute;a de 6.000 euros. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes ser&aacute; de 15 d&iacute;as naturales a contar desde el siguiente a la publicaci&oacute;n en el Bolet&iacute;n Oficial de al Provincia. <br /><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[21 julio de 2.008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para elaborar e implantar planes de igualdad]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para elaborar e implantar planes de igualdad]]></title>      <category><![CDATA[BOE nº 164 de 8 de julio de 2008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=217]]></link>      <description><![CDATA[8 de julio de 2008<br>Ayudas para elaborar e implantar planes de igualdad<br><br><p>El Ministerio de Igualdad, a trav&eacute;s del Instituto de la Mujer, ha publicado una Resoluci&oacute;n (BOE n&ordm; 164 de 8 de julio de 2008) por la que se convocan <strong>subvenciones</strong>, para el <strong>per&iacute;odo 2008-2009</strong>, destinadas al <strong>establecimiento voluntario de</strong> <strong>planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en empresas de menos de 250 personas trabajadoras</strong>, de acuerdo con lo dispuesto en el art&iacute;culo 49 de la Ley para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres. <br />
<br />
Los Proyectos de promoci&oacute;n de la igualdad en las empresas para los que se soliciten las subvenciones reguladas en la presente resoluci&oacute;n deber&aacute;n incluir las siguientes fases: <br />
<br />
a) La elaboraci&oacute;n de un diagn&oacute;stico sobre la situaci&oacute;n en la empresa en materia de igualdad entre hombres y mujeres. <br />
<br />
b) La elaboraci&oacute;n de un plan de igualdad que corrija las deficiencias detectadas. <br />
<br />
c) La primera fase de aplicaci&oacute;n del plan de igualdad. <br />
<br />
El plan de igualdad debe ser un conjunto de medidas tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa, y en &eacute;l se fijar&aacute;n las estrategias y las acciones que se tienen que adoptar para conseguir dicho objetivo. <br />
<br />
En concreto, se desarrollar&aacute;n iniciativas para favorecer la conciliaci&oacute;n de la vida personal y laboral de trabajadores y para que las mujeres puedan ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a aquellos en los que est&aacute;n poco representadas. <br />
<br />
La subvenci&oacute;n puede alcanzar hasta 10.000 ? , siendo los gastos susceptibles de subvenci&oacute;n los siguientes: <br />
<br />
a) Importe correspondiente al coste derivado de la asistencia t&eacute;cnica para la elaboraci&oacute;n del estudio de diagn&oacute;stico de la situaci&oacute;n de la empresa en relaci&oacute;n con la igualdad de oportunidades. <br />
<br />
b) Gastos derivados de la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n del plan de igualdad, como pueden ser los que provengan del asesoramiento t&eacute;cnico que pudiera requerirse para elaborar el plan de igualdad. <br />
<br />
c) Gastos derivados de la implantaci&oacute;n de la primera fase de aplicaci&oacute;n del plan, como los derivados de campa&ntilde;as de sensibilizaci&oacute;n interna y/o externa, acciones de formaci&oacute;n, de promociones internas, nuevas contrataciones relacionadas con el plan de igualdad u otros. <br />
<br />
<strong>Recordar que el plazo finaliza el 12 de agosto</strong> <br />
<br />
Pod&eacute;is descargaros la resoluci&oacute;n en <a href="http://www.boe.es">www.boe.es</a>&nbsp;o pedir que os la enviemos a <a href="mailto:info@e-empresarias.net">info@e-empresarias.net</a>&nbsp;<br />
<br />
Si ten&eacute;is dudas pod&eacute;is consultar directamente en el Instituto de la Mujer <a href="http://www.migualdad.es/mujer/">www.migualdad.es/mujer/</a> o escribirnos a <a href="mailto:info@e-empresarias.net">info@e-empresarias.net</a> </p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[8 de julio de 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Planes de Igualdad de Oportunidades en empresas]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Planes de Igualdad de Oportunidades en empresas]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 164]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=216]]></link>      <description><![CDATA[13 de junio de 2.008<br>Convocatoria Subvenciones Planes de Igualdad de Oportunidades en empresas<br>Ministerio de Igualdad. Instituto de la Mujer<br><br><p>&nbsp;</p>
<p>La convocatoria tiene por objeto promover la concesi&oacute;n de subvenciones p&uacute;blicas en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva destinadas a peque&ntilde;as y medianas empresas que adopten planes para fomentar la igualdad de oportunidades en su organizaci&oacute;n. <br />
<br />
La subvenci&oacute;n tiene por finalidad dar apoyo a las empresas de menos de 250 personas trabajadoras que adopten voluntariamente un plan de igualdad tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trata y oportunidades entre mujeres y hombres. <br />
<br />
La cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n vendr&aacute; determinada por el importe total sin incluir el IVA, de los gastos justificados y con un m&aacute;ximo de 10.000 euros cada una. <br />
<br />
Gastos susceptibles de subvenci&oacute;n: <br />
<br />
a) Importe coste de la asistencia t&eacute;cnica de elaboraci&oacute;n del estudio de diagnostico de la situaci&oacute;n empresa en relaci&oacute;n con la igualdad de oportunidades. <br />
b) Gastos elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n del plan de igualdad <br />
c) Gastos de la implantaci&oacute;n de la primera fase de aplicaci&oacute;n como los derivados de campa&ntilde;as de sensibilizaci&oacute;n interna y/o externa, acciones de formaci&oacute;n, de promociones internas u otros. <br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes ser&aacute; de treinta d&iacute;as h&aacute;biles contados a partir del d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n de la convocatoria. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[13 de junio de 2.008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Fomento Empleo Autónomo]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Fomento Empleo Autónomo]]></title>      <category><![CDATA[BOP Málaga nº 125, 2.008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=215]]></link>      <description><![CDATA[30 junio de 2.008<br>Convocatoria Subvenciones Fomento Empleo Autónomo<br>Área Derechos Sociales<br><br><p>Convocatoria Promoci&oacute;n Empleo Aut&oacute;nomo &Aacute;rea Derechos Sociales. Diputaci&oacute;n de M&aacute;laga <br />
<br />
Podr&aacute;n ser Subvencionadas: <br />
<br />
Solicitudes presentadas por personas EMPRENDEDORAS, teniendo preferencia aquellas en situaci&oacute;n de desventaja social, que tengan como finalidad el establecimiento y desarrollo de proyectos de autoempleo. <br />
<br />
Solicitudes presentadas por personas aut&oacute;nomas que tengan como finalidad la CONSOLIDACI&Oacute;N de proyectos de autoempleo, entendi&eacute;ndose por tal aquellas que lleve menos de un a&ntilde;o de funcionamiento desde el alta en el IAE. <br />
<br />
Las personas beneficiarias se deber&aacute;n de comprometer al mantenimiento de la actividad aut&oacute;noma al menos durante un a&ntilde;o. <br />
<br />
Plazo de presentaci&oacute;n ser&aacute; de 30 d&iacute;as naturales desde el d&iacute;a siguiente a su publicaci&oacute;n en el BOP (d&iacute;a de publicaci&oacute;n 30 de junio). <br />
<br />
Las personas solicitantes deber&aacute;n presentar la documentaci&oacute;n que se establece en el art&iacute;culo 6 y que se puede descargar de la p&aacute;gina Web de diputaci&oacute;n de m&aacute;laga en el siguiente acceso: <br />
<br />
http://www.malaga.es/actividades/ficha.asp?are=0&amp;ser=0&amp;tip=3&amp;fec=1&amp;pag=1 <br />
<br />
Son criterios de valoraci&oacute;n para la concesi&oacute;n de subvenci&oacute;n. <br />
1. Viabilidad econ&oacute;mica y t&eacute;cnica del proyecto. <br />
2. La adecuaci&oacute;n de los costes del proyecto a los objetivos del mismo <br />
3. Proporcionar alternativas de acceso al mercado de trabajo a trav&eacute;s <br />
4. Equilibrio territorial y sectorial en la distribuci&oacute;n. <br />
5. Iniciativa emprendedora que no haya percibido otras ayudas para el mismo fin. <br />
6. Car&aacute;cter innovador y creativo de los proyectos. <br />
<br />
Si la solicitud no reuniera la requisitos exigidos o no se acompa&ntilde;a de los documentos preceptivos, se requerir&aacute; para que en el plazo de 10 d&iacute;as se subsanen. <br />
<br />
Se considerar&aacute;n gastos subvencionables los gastos necesarios para la ejecuci&oacute;n del proyecto, destinados a: <br />
Arrendamiento de local de 1 mes <br />
Acondicionamiento Local, Mobiliario, Herramientas y equipos, Material did&aacute;ctico, Material fungible. <br />
Seguridad Social persona emprendedora y/o trabajador/a contratado/a <br />
Gastos de constituci&oacute;n de la empresa cuando se preciso <br />
Seguro Aut&oacute;nomo con el m&aacute;ximo de 3 primeros meses <br />
Publicidad e imagen corporativa <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[30 junio de 2.008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa de Ayudas "Sevilla Tecnología Abierta II" para la implantación de soluciones CRM en PYMES.]]></title>      <title><![CDATA[Programa de Ayudas "Sevilla Tecnología Abierta II" para la implantación de soluciones CRM en PYMES.]]></title>      <category><![CDATA[Sevilla Global, la Agencia Urbana de Desarrollo Integral del Ayuntamiento de Sevilla]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=214]]></link>      <description><![CDATA[Programa de Ayudas "Sevilla Tecnología Abierta II" para la implantación de soluciones CRM en PYMES.<br>Sevilla<br><br><p>Sevilla Global, la Agencia Urbana de Desarrollo Integral del Ayuntamiento de Sevilla pone de nuevo en marcha el <strong>Programa Sevilla Tecnolog&iacute;a Abierta</strong> cuyo objetivo es facilitar la implantaci&oacute;n en las PYMES de nuevos procesos y mecanismos para la mejora de la gesti&oacute;n y organizaci&oacute;n basados en las nuevas tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y las comunicaciones. Intervendr&aacute; en la cofinanciaci&oacute;n del presente Programa la Agencia de Innovaci&oacute;n y Desarrollo de Andaluc&iacute;a a trav&eacute;s del Programa de apoyo a la innovaci&oacute;n de las PYMES, Innoempresa, y la Orden de incentivos de la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa de 19 de abril de 2007 (BOJA 91 de 9 de mayo de 2007). </p>
<p>Podr&aacute;n solicitar las ayudas reguladas por las presentes Bases las sociedades mercantiles con car&aacute;cter de PYME, con sede social en Sevilla con personalidad jur&iacute;dica propia. </p>
<p>A los efectos del Programa Sevilla Tecnolog&iacute;a Abierta II se considera PYME la recogida en la Recomendaci&oacute;n 2003/361/CE de la Comisi&oacute;n de la Uni&oacute;n Europea de 6 de mayo, sobre la definici&oacute;n de peque&ntilde;a y mediana empresa. </p>
<p>Las solicitudes de las ayudas ir&aacute;n dirigidas a Sevilla Global y se formular&aacute;n conforme a los modelos establecidos en los anexos de las Bases, y se presentar&aacute;n de lunes a viernes laborables en las oficinas de Sevilla Global, edificio CREA, sito en Avd./ Jos&eacute; Gal&aacute;n Merino, s/n, , 41015 Sevilla, en horario de 9.00 a 14.00 horas. </p>
<p>Dicho <strong>impreso de solicitud</strong> se podr&aacute; obtener en las dependencias de Sevilla Global, o en la p&aacute;gina web de esta entidad (<strong><a href="http://www.sevillaglobal.es">www.sevillaglobal.es</a></strong>). </p>
<p>Las solicitudes para participar en el Programa Sevilla Tecnolog&iacute;a Abierta se podr&aacute;n presentar desde el d&iacute;a siguiente al de la publicaci&oacute;n de las presentes Bases <strong>hasta</strong> <strong>el 30 de marzo de 2009</strong>. Se establecen dos plazos intermedios para la presentaci&oacute;n y para la evaluaci&oacute;n de solicitudes: </p>
<ul>
    <li>a) Desde el d&iacute;a siguiente al de la entrada en vigor hasta el 30 de noviembre de 2008 <br />
    b) Desde el 1 de diciembre de 2008 hasta el 30 de marzo de 2009. <br />
    <br />
    </li>
</ul><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas al Turismo]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas al Turismo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 115]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=213]]></link>      <description><![CDATA[11/06/2008<br>Ayudas al Turismo<br><br><p>Se abre un <strong>plazo extraordinario de esta subvenci&oacute;n</strong> (<strong>Hasta el 11/08/2008</strong>).</p>
<p>Las <strong>modalidades y beneficiarios/as</strong> se muestran a continuaci&oacute;n. <br />
a) Modalidad 1 (ITL): Infraestructuras Tur&iacute;sticas. <br />
b) Modalidad 2 (ITP): Servicios tur&iacute;sticos y creaci&oacute;n de nuevos productos. <br />
c) Modalidad 3 (PLY/PPY): Actuaciones integrales que fomenten el uso de las playas. <br />
d) Modalidad 4 (FTE): Fortalecimiento del tejido empresarial tur&iacute;stico andaluz. <br />
e) Modalidad 5 (SCT): Implantaci&oacute;n de sistemas de calidad. <br />
f) Modalidad 6 (FFI): Formaci&oacute;n, fomento de la cultura de la calidad e investigaci&oacute;n en materia de turismo. </p>
<p><br />
<strong>Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden</strong>:&nbsp; </p>
<p><br />
a) Modalidad 1 (ITL): Entidades Locales de Andaluc&iacute;a. <br />
b) Modalidad 2 (ITP): Peque&ntilde;as y medianas empresas (pymes). <br />
c) Modalidad 3 (PLY/PPY): Entidades Locales costeras de Andaluc&iacute;a (PLY) y peque&ntilde;as y medianas empresas (PPY). <br />
d) Modalidad 4 (FTE): Entidades asociativas sin &aacute;nimo de lucro de &aacute;mbito regional o supraprovincial andaluz. <br />
e) Modalidad 5 (SCT): Entidades Locales de Andaluc&iacute;a y peque&ntilde;as y medianas empresas (pymes). <br />
f) Modalidad 6 (FFI): Personas f&iacute;sicas y los entes p&uacute;blicos y privados siempre que entre sus actividades se pueda encuadrar la realizaci&oacute;n de programas de formaci&oacute;n, sensibilizaci&oacute;n de la cultura de la calidad e investigaci&oacute;n en materia de turismo. </p>
<p><br />
<strong>Para m&aacute;s informaci&oacute;n ver: BOJA 115, del 11/06/2008</strong> </p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[11/06/2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Pública de subvenciones del Área de Igualdad y Ciudadanía 2008, para Consolidación y/o Mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Pública de subvenciones del Área de Igualdad y Ciudadanía 2008, para Consolidación y/o Mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 122, 28/05/2008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=212]]></link>      <description><![CDATA[Convocatoria Pública de subvenciones del Área de Igualdad y Ciudadanía 2008, para Consolidación y/o Mejora de la actividad empresarial de mujeres<br>Sevilla<br><br><p><strong>T&iacute;tulo: </strong>Convocatoria P&uacute;blica de subvenciones del &Aacute;rea de Igualdad y Ciudadan&iacute;a, correspondiente al ejercicio 2008.</p>
<p><strong>Materias:</strong>&nbsp; Mujer; </p>
<p><strong>Solicitantes:</strong> Dirigidas a entidades privadas de la Provincia de Sevilla: Empresas de Mujeres para el fomento y mejora empresarial.</p>
<p><strong>Observaciones:</strong> El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes ser&aacute; de 30 d&iacute;as<br />
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicaci&oacute;n<br />
de estas Bases en el &laquo;Bolet&iacute;n Oficial&raquo; de la provincia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong></strong><br />
</p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red Natura 2000]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red Natura 2000]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 106 del 29/05/08]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=211]]></link>      <description><![CDATA[29/05/08<br>Subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red Natura 2000<br>Sevilla<br><br><p>Subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andaluc&iacute;a incluidos en la Red Natura 2000 y sus &aacute;reas de influencia socioecon&oacute;mica. </p>
<p><br />
<strong>Objeto</strong> </p>
<p><br />
Podr&aacute;n ser objeto de subvenci&oacute;n en los Parques Naturales y Nacionales de Andaluc&iacute;a incluidos en la Red Natura 2000 y sus &Aacute;reas de Influencia Socioecon&oacute;mica los siguientes proyectos e iniciativas:</p>
<p>&nbsp;<br />
1. Iniciativas privadas encaminadas a la diversificaci&oacute;n socioecon&oacute;mica hacia actividades no agr&iacute;colas. Desarrollo de iniciativas y actividades privadas no agr&iacute;colas siempre que supongan la evoluci&oacute;n de una explotaci&oacute;n agr&iacute;cola o forestal a otra fuera de estos campos, especialmente aquellas encaminadas al desarrollo de los sectores industriales y de servicios.</p>
<p>a) Puesta en valor, conservaci&oacute;n y aprovechamiento del patrimonio cultural. </p>
<p>b) Fomento del sistema productivo local. </p>
<p><br />
2. Iniciativas privadas destinadas a la creaci&oacute;n y desarrollo de microempresas.</p>
<p>&nbsp;<br />
a) Diversificaci&oacute;n y transformaci&oacute;n productiva local. <br />
b) Comercializaci&oacute;n y calidad de los productos end&oacute;genos. <br />
c) Mejora de infraestructuras, fomento de la I+D+i y de las energ&iacute;as renovables. <br />
d) Adaptaci&oacute;n de las empresas para su mejora ambiental. <br />
<br />
3. Iniciativas p&uacute;blicas y privadas dirigidas al fomento de actividades tur&iacute;sticas. </p>
<p><br />
a) Mejora de servicios fomentando las energ&iacute;as renovables. <br />
b) Desarrollo de nuevas tecnolog&iacute;as. <br />
<br />
4. Iniciativas p&uacute;blicas tendentes a la mejora de servicios b&aacute;sicos para las poblaciones rurales. </p>
<p><br />
a) Mejora de equipamientos y servicios. <br />
b) Difusi&oacute;n. <br />
c) Formaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n rural. <br />
d) Gesti&oacute;n de usos. <br />
e) Fomento del asociacionismo y la participaci&oacute;n social. <br />
f) Fomento de la integraci&oacute;n de la mujer en el &aacute;mbito socioecon&oacute;mico. <br />
<br />
5. Iniciativas p&uacute;blicas tendentes al embellecimiento, renovaci&oacute;n y desarrollo de las poblaciones rurales. </p>
<p><br />
6. Iniciativas privadas para la formaci&oacute;n e informaci&oacute;n. </p>
<p><br />
a) Educaci&oacute;n y sensibilizaci&oacute;n ambiental. <br />
b) Vinculaci&oacute;n de la oferta de formaci&oacute;n a las necesidades del sistema. <br />
c) Fomento de la cultura emprendedora local. </p>
<p><br />
7. Iniciativas p&uacute;blicas y privadas tendentes a la adquisici&oacute;n de capacidades.</p>
<p>&nbsp;<br />
a) Mejora de la gesti&oacute;n del medio natural. <br />
b) Intervenci&oacute;n, gesti&oacute;n y aprovechamiento del patrimonio cultural. <br />
<br />
<strong>Beneficiarios</strong>: </p>
<p><br />
Empresas, asociaciones sin fines de lucro y entidades p&uacute;blicas <br />
<br />
<strong>Cuant&iacute;a</strong>: var&iacute;a en funci&oacute;n de los beneficiarios y actividades a desarrollar. (ver orden) </p>
<p><br />
Para <strong>m&aacute;s informaci&oacute;n</strong> ver ORDEN de 25 de febrero de 2008, BOJA 106 29/05/08. </p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[29/05/08]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones a la producción de productos agroalimentarios]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones a la producción de productos agroalimentarios]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 102]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=210]]></link>      <description><![CDATA[13 de mayo de 2008<br>Subvenciones a la producción de productos agroalimentarios<br>Sevilla, 23 de mayo 2008<br><br><p><strong>ORDEN de 13 de mayo de 2008, por la que se establecen normas para la concesi&oacute;n de subvenciones a la producci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal, previstas en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, y se efect&uacute;a su convocatoria para 2008.</strong> </p>
<p>La demanda por los consumidores de adquirir alimentos que posean mayor calidad e informaci&oacute;n acerca del proceso de elaboraci&oacute;n, va en aumento y requiere en ciertos casos apoyo por parte de la Administraci&oacute;n. Los productores de estos alimentos han desarrollado programas para dar a conocer la trazabilidad de sus productos, esto es, el origen, la transformaci&oacute;n y elaboraci&oacute;n, almacenamiento, distribuci&oacute;n y comercializaci&oacute;n, dando as&iacute; la m&aacute;xima informaci&oacute;n al consumidor y en el mismo sentido la Uni&oacute;n Europea hace en sus nuevas normas especial hincapi&eacute; en la importancia de controles en todas las fases de producci&oacute;n y comercializaci&oacute;n, que se est&aacute; llevando a cabo por entidades independientes...</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[13 de mayo de 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas al Empleo Emprender en Femenino]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas al Empleo Emprender en Femenino]]></title>      <category><![CDATA[BOE de 19 de mayo ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=209]]></link>      <description><![CDATA[19 de mayo<br>Ayudas al Empleo Emprender en Femenino<br><br><p><strong>Subvenciones al empleo emprender en femenino</strong>: </p>
<p>Dependiendo de los gastos justificados, oscilar&aacute; entre 6.000 y 12.000 ? </p>
<p><strong>Requisitos</strong>: </p>
<p>a) Que se haya iniciado la actividad entre el 1 de enero de 2007 y el 19 de mayo de 2008. </p>
<p>b) Que la actividad est&eacute; relacionada con alguno de los siguientes sectores: industria, construcci&oacute;n, tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y de la comunicaci&oacute;n, sector tecnol&oacute;gico (I+D), desarrollo sostenible y conciliaci&oacute;n de la vida familiar y laboral (servicios a personas dependientes).</p>
<p>c) Que hayan creado su propio puesto de trabajo y se encuentren realizando la actividad. </p>
<p>d) Que est&eacute;n dadas de alta en el r&eacute;gimen correspondiente de la Seguridad Social. </p>
<p>e) Que hayan realizado unos gastos m&iacute;nimos de 6.000 ?. </p>
<p>f) Que se hallen al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. </p>
<p>g) En el caso de mujeres que hayan constituido sociedades o comunidades de bienes, s&oacute;lo podr&aacute;n presentarse aqu&eacute;llas que tengan una plantilla inferior a 50 personas, siempre que la administraci&oacute;n sea ejercida &uacute;nicamente por mujeres y que el 100% del capital social est&eacute; suscrito por mujeres. </p>
<p><strong>Documentaci&oacute;n</strong>: </p>
<p>En el art&iacute;culo 7 de la resoluci&oacute;n se espec&iacute;fica la documentaci&oacute;n obligatoria que hay que presentar. </p>
<p><strong>Gastos</strong>: </p>
<p>En el art&iacute;culo 9 se especifican los gastos a justificar, que tienen que estar directamente relacionados con la actividad subvencionada y ser indispensables para la empresa. </p>
<p><strong>Solicitud</strong>: </p>
<p>Puede descargarse en la p&aacute;gina web del Instituto de la Mujer www.migualdad.es/mujer o solicitar que os la enviemos a <a href="mailto:info@e-empresarias.net">info@e-empresarias.net</a> </p>
<p><strong>Plazo</strong>: </p>
<p>Las solicitudes hay que presentarlas antes del 29 de mayo. </p>
<p><strong>Informaci&oacute;n</strong>: </p>
<p>El tel&eacute;fono de informaci&oacute;n gratuito del Instituto de la Mujer es el 900 19 10 10 o pod&eacute;is enviarnos vuestra consulta a <a href="mailto:info@e-empresarias.net">info@e-empresarias.net</a></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[19 de mayo]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Pública, para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2008]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Pública, para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2008]]></title>      <category><![CDATA[BOP núm. 112 Viernes 16 de mayo de 2008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=208]]></link>      <description><![CDATA[16 de mayo de 2008<br>Convocatoria Pública, para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2008<br>Sevilla<br><br><p><strong>Convocatoria P&uacute;blica, para la concesi&oacute;n de subvenciones correspondientes al a&ntilde;o 2008, del Programa de Ayudas para la Consolidaci&oacute;n de Empresas&nbsp;Artesanales</strong>.</p>
<p>Plazo presentaci&oacute;n: un mes desde el d&iacute;a siguiente de la publicaci&oacute;n (hasta el 17 de junio de 2008) </p>
<p>Dirigido: las empresas artesanales, ya sean personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, establecidas en la ciudad de Sevilla, con la condici&oacute;n de Pyme, seg&uacute;n lo dispuesto en la Recomendaci&oacute;n de la Comisi&oacute;n Europea.</p>
<p><br />
<strong>Texto de la convocatoria</strong></p>
<p>Sevilla</p>
<p>Por la Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesi&oacute;n celebrada el d&iacute;a 27 de marzo de 2008, a propuesta del Delegado de Econom&iacute;a y Empleo, ha sido aprobada la Convocatoria P&uacute;blica del Programa de Ayudas para Consolidaci&oacute;n de Empresas Artesanales para el a&ntilde;o 2008 (expediente 10/2008).</p>
<p>&nbsp;<br />
La finalidad de este Programa, dada la importancia que la artesan&iacute;a representa para el tejido socioecon&oacute;mico de la ciudad, es la de promover la consolidaci&oacute;n de las empresas artesanales que operan en la ciudad como forma de contribuir a la continuidad y reactivaci&oacute;n de los oficios artesanos que desempe&ntilde;an.</p>
<p>&nbsp;<br />
La Convocatoria se regular&aacute; por lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla (&laquo;Bolet&iacute;n Oficial&raquo; de la provincia n&uacute;mero 161, de 14 de julio de 2005)...</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 de mayo de 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones a empresas (Pyme) del sector de la construcción ]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones a empresas (Pyme) del sector de la construcción ]]></title>      <category><![CDATA[Boja núm. 93  de 12/05/2008 ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=203]]></link>      <description><![CDATA[12 de Mayo de 2008<br>Subvenciones a empresas (Pyme) del sector de la construcción <br>Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico <br><br><p>ORDEN de 8 de mayo de 2006. <br />
<br />
Subvenciones por la Consejer&iacute;a de Empleo a Microempresas, peque&ntilde;as y medianas empresas (Pyme) del sector de la construcci&oacute;n que realicen proyectos e inversiones en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Plazo: 11/7/2008</strong>. </p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 de Mayo de 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas públicas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el año 2008 ]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas públicas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el año 2008 ]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 46 Orden itc/435/2008  ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=205]]></link>      <description><![CDATA[22 febrero 2008<br>Ayudas públicas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el año 2008 <br>Ministerio de Industria, Turismo y Comercio<br><br><p>Orden itc/435/2008, de 19 de febrero, por la que se aprueba el plan anual integrado de ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el a&ntilde;o 2008 y se establecen las medidas dirigidas a mejorar su tramitaci&oacute;n. </p>
<p><br />
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, competente en la propuesta y ejecuci&oacute;n de la pol&iacute;tica del Gobierno en materia de innovaci&oacute;n industrial, pol&iacute;tica comercial, de la peque&ntilde;a y mediana empresa, energ&eacute;tica y minera, de turismo, de telecomunicaciones, medios audiovisuales y de desarrollo de la sociedad de la informaci&oacute;n, desarrolla en estos &aacute;mbitos de actuaci&oacute;n un ambicioso conjunto de programas de ayudas p&uacute;blicas. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[22 febrero 2008]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Meridiana 2008]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Meridiana 2008]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 7 de 10 de enero de 2008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=197]]></link>      <description><![CDATA[Resolución 21 Diciembre 2.007<br>Convocatoria Premios Meridiana 2008<br>Consejería para la Igualdad y Bienestar Social<br><br>Resoluci&oacute;n de 21 de diciembre de 2.007, del Instituto Andaluz de la Mujer por el que se convocan los <strong>Premios Meridiana 2.008</strong>.

Se convoca la und&eacute;cima edici&oacute;n de los Premios Meridiana 2.008, con la finalidad de otorgar reconocimiento p&uacute;blico a la labor desarrollada por personas, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

<strong>Modalidades: </strong>
<br />
<br />
Iniciativas privadas o p&uacute;blicas en defensa de la igualdad. <br />
Iniciativas en los medios de comunicaci&oacute;n o publicitarias a favor de al igualdad. <br />
Iniciativas de programas educativos, de sensibilizaci&oacute;n social o de cooperaci&oacute;n al desarrollo. <br />
Iniciativas empresariales o tecnol&oacute;gicas a favor de la igualdad. <br />
Iniciativas de producci&oacute;n art&iacute;stica, cultural o deportiva. <br />
Iniciativas que contribuyan a la erradicaci&oacute;n de la violencia de g&eacute;nero.

Podr&aacute;n optar todas aquellas personas mayores de edad, colectivos, entidades o instituciones, tanto p&uacute;blicas como privadas que con su trayectoria hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. 

Las persona o entidades candidatas podr&aacute;n ser propuestas por cualquier persona o entidad no pudiendo postularse a s&iacute; mismas, el jurado tambi&eacute;n podr&aacute; proponer las candidaturas que sin haber concurrido al certamen, considere merecedoras de los remios. 

Las candidaturas se formalizar&aacute;n presentando la siguiente documentaci&oacute;n: 
<br />
<br />

Instancia de la persona, colectivo, entidad o instituci&oacute;n que haga la propuesta con expresi&oacute;n de sus datos significativos y memoria justificativa de los m&eacute;ritos y razones que han motivado la presentaci&oacute;n de la candidatura as&iacute; como curr&iacute;culo vitae y/o memoria del proyecto o actividad desarrollada. 

Los premios en sus seis modalidades consistir&aacute;n en una escultura, en cuya base aparecer&aacute; el lema &ldquo;Premios Meridiana 2.008&rdquo; y diploma acreditativo. 

La documentaci&oacute;n se dirigir&aacute; a la Directora de Instituto Andaluz de la Mujer, y se presentar&aacute; preferentemente en el Registro General en Sevilla C/ Alfonso XII n&uacute;m. 52 o en los lugares o medios establecidos en el Art. 38.4 de la ley 30/1992.

<strong>El plazo de presentaci&oacute;n finaliza el 7 de febrero de 2.008</strong><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Resolución 21 Diciembre 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Artesanía 2.008]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Artesanía 2.008]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 243 Pág. 167]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=196]]></link>      <description><![CDATA[12 diciembre 2.007<br>Subvenciones en materia de Artesanía 2.008<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deportes<br><br><p><strong>Subvenciones Artesan&iacute;a 2.008 <br />
</strong>Orden de 9 de noviembre de 2.006,&nbsp; establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de subvenciones en materia de Comercio y Artesan&iacute;a. BOJA n&uacute;m. 239 de 13 de diciembre 2.006. Acceso a BOJA: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D691307339886,00.html">www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D691307339886,00.html</a> </p>
<p><strong>MODIFICADA por la Orden de 27 de noviembre 2.007</strong>, Acceso a BOJA: <a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=696271992883,00.html">www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=696271992883,00.html</a> </p>
<p>(Extracto). Se hace referencia a la Modernizaci&oacute;n y fomento de la Artesan&iacute;a. La Orden incluye: Urbanismo Comercial a Ayuntamientos. Actividad Comercial de establecimientos de Comercio Menor. Fomento Asociacionismo. Promoci&oacute;n Comercial. Promoci&oacute;n ferias comerciales oficiales. Promoci&oacute;n Eventos Comerciales.</p>
<p><strong>Modalidad 7. (ARE). Modernizaci&oacute;n y Fomento de la Artesan&iacute;a. <br />
</strong><br />
Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones para esta modalidad, El Artesano o Artesana individual, la persona f&iacute;sica que ejerce su actividad por cuenta propia, mediante su intervenci&oacute;n personal en el proceso de producci&oacute;n o acabado del producto y de empresas artesanas aquella organizaci&oacute;n de capital, bienes y personas que realiza una actividad productiva de productos elaborados conforme al Art. 3 de la ley 15/2005 de 22 de diciembre, de artesan&iacute;a de Andaluc&iacute;a. </p>
<p>Dichas empresas no podr&aacute;n tener m&aacute;s de 10 personas en plantilla y no podr&aacute;n tener una facturaci&oacute;n superior a 300.000&euro;. </p>
<p>Quedan excluidas, las empresas agroalimentarias. </p>
<p>La documentaci&oacute;n a presentar se establece en el art&iacute;culo 7 y 8de la orden. El procedimiento de concesi&oacute;n ser&aacute; en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva. </p>
<p>Para que los proyectos de inversi&oacute;n sean objeto de ayuda, deber&aacute;n ser considerados viables desde el punto de vista t&eacute;cnico, econ&oacute;mico y financiero. La aportaci&oacute;n m&iacute;nima del beneficiario ser&aacute; del 25% y adem&aacute;s se requerir&aacute;: Haber presentado solicitud y que la autoridad competente notifique que el proyecto cumple las condiciones de la convocatoria. Los proyectos no podr&aacute;n iniciarse antes de recibir la comunicaci&oacute;n. Las inversiones deber&aacute;n mantenerse al menos durante 3 a&ntilde;os.</p>
<p>Conceptos subvencionables: en el anexo 1, figuran los topes de inversi&oacute;n. <br />
<strong>L&iacute;nea 1. En materia de modernizaci&oacute;n de la empresa artesana:</strong> Adquisici&oacute;n maquinaria auxiliar (inversi&oacute;n). Adquisici&oacute;n equipos inform&aacute;ticos y programas gesti&oacute;n (inversi&oacute;n). Realizaci&oacute;n estudio calidad de la empresa. Implantaci&oacute;n sistema normalizado de calidad. Realizaci&oacute;n Estudio adaptaci&oacute;n normativa medioambiental. Implantaci&oacute;n equipos adaptaci&oacute;n normativa medioambiental. Realizaci&oacute;n estudio adaptaci&oacute;n normativa accesibilidad. Implantaci&oacute;n sistemas o equipos adaptarse normativa accesibilidad. Realizaci&oacute;n estudios adaptaci&oacute;n normativa prevenci&oacute;n riesgos laborales. Implantaci&oacute;n sistemas o equipos adaptar a normativa de riesgos laborales. </p>
<p><strong>L&iacute;nea 2. En materia Promoci&oacute;n Comercial</strong>, gastos limitados al lanzamiento de un producto sea nuevo o ya existente ambos en nuevo mercado: Dise&ntilde;o, edici&oacute;n cat&aacute;logos en soporte papel, magn&eacute;ticos o CD/DVD. Dise&ntilde;o logotipo. Construcci&oacute;n de p&aacute;gina Web. Participaci&oacute;n en ferias y cert&aacute;menes comerciales, gastos de inscripci&oacute;n y alquiler de espacio ser&aacute; subvencionable la participaci&oacute;n en 4 ferias.</p>
<p><strong>L&iacute;nea 3. En materia de Perfeccionamiento profesional</strong>. Gastos de inscripci&oacute;n y asistencia a programas formativos relacionados con la actividad, la adquisici&oacute;n de material did&aacute;ctico as&iacute; como los desplazamientos y alojamiento de un representante de la entidad.</p>
<p><strong>L&iacute;nea 4. En materia de adaptaci&oacute;n de productos</strong>: Contrataci&oacute;n de proyectos de dise&ntilde;o de productos artesanales.</p>
<p><strong>L&iacute;nea 5. En materia de comercializaci&oacute;n</strong>: Contrataci&oacute;n de estudios o proyectos de comercializaci&oacute;n de productos artesanales.</p>
<p>El importe de la ayuda a conceder ser&aacute; de hasta un 50% salvo la l&iacute;nea 3 que ser&aacute; hasta un 45% del importe de la inversi&oacute;n aprobada subvencionable. Los conceptos subvencionables podr&aacute;n realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada a&ntilde;o. </p>
<p><strong>El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes ser&aacute; del 1 al 31 de enero de cada a&ntilde;o. <br />
</strong></p>
<p><br />
<br />
<br />
<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 diciembre 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Aceite de Oliva Virgen Extra Provincia de Málaga]]></title>      <title><![CDATA[Premio Aceite de Oliva Virgen Extra Provincia de Málaga]]></title>      <category><![CDATA[BOP núm. 242 Pág. 5]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=194]]></link>      <description><![CDATA[17 Diciembre de 2007<br>Premio Aceite de Oliva Virgen Extra Provincia de Málaga<br>Diputación Málaga. Recursos e Iniciativas Locales<br><br><p><strong>Premio Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Provincia de M&aacute;laga VII Edici&oacute;n</strong>, cosecha 2007 2.007. BOP n&uacute;m. 242 de 17 de diciembre 2007. </p>
<p>Podr&aacute;n participar en el concurso los titulares de almazaras autorizadas que tengan su domicilio social y actividad principal en la provincia de M&aacute;laga. </p>
<p>Las almazaras interesadas en participar en la convocatoria deber&aacute;n presentar, debidamente cumplimentados los modelos que se acompa&ntilde;an en los anexos I, II y III de las bases. </p>
<p>Se admitir&aacute;n a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campa&ntilde;a 2.007-2008. Cada muestra de aceite presentada al concurso deber&aacute; proceder de un lote homog&eacute;neo de al menos 5.000 litros, obtenidos de aceitunas recolectadas en el territorio de la provincia de M&aacute;laga durante la campa&ntilde;a 2007-2008. </p>
<p>Se entregar&aacute;n tres trofeos acreditativos de la distinci&oacute;n correspondientes a los tres Grupos de Aceite creados a los efectos de valoraci&oacute;n: </p>
<p>Grupo I: Aceites procedentes de olivares y almazaras ubicadas en alguno de los t&eacute;rminos municipales que comprende la Comarca Agraria de Antequera. </p>
<p>Grupo II: Aceites procedentes de olivares y almazaras ubicadas en alguno de los t&eacute;rminos municipales que comprende la Comarca Agraria de V&eacute;lez M&aacute;laga. </p>
<p>Grupo III: Aceites procedentes de olivares y almazaras ubicadas en alguno de los t&eacute;rminos municipales que comprende la Comarca Agraria de Ronda, Guadalhorce, M&aacute;laga y Estepona. </p>
<p>Las almazaras ganadoras har&aacute;n menci&oacute;n del premio en el etiquetado de los envases de aceite de oliva virgen extra correspondientes al mismo lote de la muestra ganadora. </p>
<p>Las solicitudes se presentar&aacute;n, preferentemente en el Registro General de la Diputaci&oacute;n Provincial de M&aacute;laga, sito en M&aacute;laga, C/ Pac&iacute;fico n&ordm; 54, sin perjuicio de lo establecido en art. 38.4 de la Ley 30/92. </p>
<p>El plazo de inscripci&oacute;n ser&aacute; de <strong>dos meses contados a partir del d&iacute;a siguiente a la publicaci&oacute;n de las Bases en el BOP. <br />
</strong></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[17 Diciembre de 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Comercio 2.008]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Comercio 2.008]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm243]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=195]]></link>      <description><![CDATA[12 Diciembre 2.007<br>Subvenciones en materia de Comercio 2.008<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deportes<br><br><p><strong>Subvenciones Comercio 2.008 <br />
</strong>Orden de 9 de noviembre de 2.006,&nbsp; establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de subvenciones en materia de Comercio y Artesan&iacute;a. BOJA n&uacute;m. 239 de 13 de diciembre 2.006. Acceso al BOJA. <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D691307339886,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D691307339886,00.html</a></p>
<p><strong>MODIFICADA por Orden de 27 de noviembre 2007,</strong> BOJA n&uacute;m. 243. Acceso&nbsp; BOJA: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=696271992883,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=696271992883,00.html</a> </p>
<p>(Este extracto hace referencia a la Actividad Comercial de establecimientos de Comercio Menor. La Orden incluye: Urbanismo Comercial a Ayuntamientos. Fomento Asociacionismo. Promoci&oacute;n Comercial. Promoci&oacute;n Ferias Comerciales Oficiales. Promoci&oacute;n Eventos Comerciales. Modernizaci&oacute;n y fomento de la Artesan&iacute;a). </p>
<p><strong>Modalidad 2. (PYM). Modernizaci&oacute;n de peque&ntilde;a y mediana empresa comercial e implantaci&oacute;n de sistemas de calidad. <br />
<br />
</strong>Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones previstas en la orden, las peque&ntilde;as y medianas empresas comerciales minoristas radicadas en Andaluc&iacute;a. Otros requisitos son:</p>
<p>a) Ejercer una actividad comercial en Andaluc&iacute;a con establecimiento comercial permanente en el territorio antes de la fecha de solicitud de la subvenci&oacute;n y que cuenten con una preexistencia como establecimiento comercial de al menos dos a&ntilde;os ininterrumpidos de antig&uuml;edad. <br />
b) Estar inscrita en la Secci&oacute;n I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andaluc&iacute;a antes de la fecha de solicitud. <br />
c) Que su actividad principal est&eacute; incluida en alguna de las agrupaciones de actividad de la disposici&oacute;n adicional segunda de la orden. Agrupaci&oacute;n 64, 65, 66, salvo Grupo 646, 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.5., 659.8, 663, 664, 665. <br />
d) Que no hayan obtenido de la Consejer&iacute;a subvenciones para la misma actuaci&oacute;n en los dos ejercicios anteriores a la solicitud. </p>
<p>La documentaci&oacute;n a presentar se establece en el art&iacute;culo 7 y 8 de la orden. El procedimiento de concesi&oacute;n de subvenciones se realizar&aacute; sin establecer comparaci&oacute;n entre las solicitudes ni prelaci&oacute;n entre las mismas.</p>
<p>Podr&aacute;n ser objeto de subvenci&oacute;n respet&aacute;ndose los l&iacute;mites m&aacute;ximos de inversi&oacute;n: <br />
<strong>a) Renovaci&oacute;n y mejora tecnol&oacute;gica de al peque&ntilde;a y mediana empresa comercial.</strong> La totalidad de los centros dependientes no pueden superar 15 personas en plantilla. Adquisici&oacute;n equipos inform&aacute;ticos, (limite 3.000&euro;). Adquisici&oacute;n de software (hasta 1.500&euro;). Adquisici&oacute;n equipo tecnol&oacute;gico (hasta 3.000&euro;). Conexi&oacute;n Internet (hasta 500&euro;). Gastos asistencia a ferias de nuevas tecnolog&iacute;as de informaci&oacute;n comercial (hasta 600&euro;). Dise&ntilde;o e implantaci&oacute;n sistemas de ventas no presenciales (hasta 2.000&euro;). Servicios asociados a la venta. (Hasta 1.200&euro;). Adecuaci&oacute;n f&iacute;sica de los establecimientos para implantaci&oacute;n de nuevos sistemas de venta (hasta 18.000&euro;). Ampliaci&oacute;n y reforma del establecimiento (hasta 60.000 &euro;). Gastos equipamientos y mobiliario comercial (hasta 15.000 &euro;). </p>
<p><strong>b) Innovaci&oacute;n en la gesti&oacute;n de la peque&ntilde;a y mediana empresa comerc</strong>ial. Que no supere 15 personas en plantilla. Dise&ntilde;o de proyectos de gesti&oacute;n que estimulen la innovaci&oacute;n y su puesta en marcha (hasta 30.000&euro;). Desarrollo programas de an&aacute;lisis e incorporaci&oacute;n de innovaci&oacute;n (hasta 30.000&euro;). Apertura de nuevos centros en grandes establecimiento (hasta 30.000&euro;). <br />
<strong>c) Crecimiento interno de la peque&ntilde;a y mediana empresa</strong>. No superen 25 personas en plantilla. Estudios de mercado para la apertura segundo y posterior punto de venta en la misma localidad (hasta 30.000 &euro;). Estudios mercado para extender a otras localidades (hasta 30.000 &euro;). <br />
<strong>d) Actuaciones derivadas de la implantaci&oacute;n de norma de calidad UNE 175001/1.</strong> La totalidad de personas en plantilla no puede superar a 15 personas. Gastos de auditorias y consultar&iacute;as externas para obtenci&oacute;n de certificaci&oacute;n (hasta 1.000 &euro;). Gastos emisi&oacute;n certificado de calidad (hasta 500 &euro;). <br />
<strong>e) Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadoras y comerciales andaluzas</strong>. M&aacute;ximo 25 de plantilla, (hasta 15.000&euro;) <br />
<strong>f) Cambio o ampliaci&oacute;n a nuevas actividades come</strong>rciales, que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;) <br />
<strong>g) Apertura de un segundo o posterior punto de venta</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 60.000&euro;) <br />
<strong>h) Dise&ntilde;o planes estrat&eacute;gicos crecimiento</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 15.000&euro;). <br />
<strong>i) Inversiones en trasformar establecimiento comercial polivalente en especializado</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000 euros). <br />
<strong>j) Inversiones destinadas a que establecimiento especializados</strong> puedan ofrecer gama mas estrecha y profunda de productos. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;). <br />
<strong>k) Articulaci&oacute;n estrategias ventas basadas en la diferenciaci&oacute;n de servicios</strong>. que no supere 25 de plantilla (hasta 15.000 &euro;) <br />
l<strong>) Adecuaci&oacute;n f&iacute;sica de las pymes comerciales para su conversi&oacute;n en franquiciadora</strong>. que no supere 15 de plantilla (hasta 18.000&euro;). </p>
<p><strong>m) Apoyo a las pymes comerciales en municipios de &aacute;mbito rural menores de 5.000 habitantes</strong> y que la totalidad de sus centros dependientes no superen 15 personas en plantilla. Acondicionamiento y optimizaci&oacute;n de la imagen de los comercios. Implantaci&oacute;n nuevas t&eacute;cnicas de venta (hasta 18.000&euro;). Implantaci&oacute;n de nuevas t&eacute;cnicas de venta (hasta 18.000&euro;). Adopci&oacute;n de din&aacute;micas de multiservicio (hasta 12.000&euro;). Diversificaci&oacute;n oferta comercial con productos aut&oacute;ctonos (hasta 12.000&euro;). Desarrollo actividades fomentar la calidad de las pymes (hasta 15.000&euro;). </p>
<p>El importe de la subvenci&oacute;n a conceder ser&aacute; de hasta el 50% del total de la inversi&oacute;n aprobada subvencionable. No ser&aacute; subvencionable el IVA cuando sea recuperable. </p>
<p>El plazo para la realizaci&oacute;n del proyecto objeto de la subvenci&oacute;n ser&aacute; de tres meses a contar desde la notificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n. </p>
<p><strong>El plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes ser&aacute; del 1 al 31 de enero de cada a&ntilde;o. <br />
</strong><br />
<br />
<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 Diciembre 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Turismo]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Turismo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm, 243]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=193]]></link>      <description><![CDATA[12 diciembre 2007<br>Subvenciones en materia de Turismo<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><p><strong>ORDEN de 9 de noviembre</strong> de 2.006 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de subvenciones en materia de turismo. BOJA n&uacute;m. 239 de 13 de diciembre 2.006. P&aacute;g, 173 y siguientes. <br />
Acceso a BOJA: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D693595739889,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/12/aj-bojaVerPagina-2006-12/0,23168,bi%253D693595739889,00.html</a> </p>
<p><strong>MODIFICADA por la Orden de 27</strong> de noviembre 2007, Boja n&uacute;m. 243 de 12 de diciembre 2007 p&aacute;g. 114 <br />
Acceso BOJA: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=690869992884,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/12/aj-bojaVerPagina-2007-12/0,,bi=690869992884,00.html</a> </p>
<p>(Extracto) La orden contempla: Modalidad 1: Infraestructura Tur&iacute;sticas. Modalidad 2. Servicios tur&iacute;sticos y creaci&oacute;n de nuevos productos. Modalidad 3. Actuaciones integrales que fomenten uso de las playas. Modalidad 4: Fortalecimiento del tejido empresarial tur&iacute;stico andaluz. Modalidad 5: Implantaci&oacute;n de sistemas de calidad. Modalidad 6: Formaci&oacute;n, fomento de la cultura de la calidad e investigaci&oacute;n en materia de turismo.</p>
<p>Aqu&iacute; se hace referencia a la <strong>Modalidad 2.</strong> Servicios tur&iacute;sticos y creaci&oacute;n de nuevos productos. </p>
<p>Podr&aacute;n acogerse las peque&ntilde;as y medianas empresa, personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, las agrupaciones de personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas, comunidades de bienes, con sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n en Andaluc&iacute;a y que est&eacute;n inscritas en el Registro de Turismo de Andaluc&iacute;a. </p>
<p>Para que los proyectos sean objeto de ayuda, deber&aacute;n ser considerados viables desde el punto de vista t&eacute;cnico, econ&oacute;mico y financiero. La aportaci&oacute;n m&iacute;nima del beneficiario ser&aacute; del 25% y adem&aacute;s se requerir&aacute;: Haber presentado solicitud y que la autoridad competente notifique que el proyecto cumple las condiciones de la convocatoria. Los proyectos no podr&aacute;n iniciarse antes de recibir la comunicaci&oacute;n. Las inversiones deber&aacute;n mantenerse al menos durante 5 a&ntilde;os. </p>
<p>El procedimiento de concesi&oacute;n de subvenciones se tramitar&aacute; en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva. La documentaci&oacute;n a presentar, se establece en el articulo 7 y 8 de la orden. <br />
<br />
Podr&aacute;n recibir subvenciones los gastos derivados de: <br />
a) Construcciones, excluidos los terrenos. <br />
b) Trabajos de proyecto y direcci&oacute;n facultativa. <br />
c) Mobiliario, instalaci&oacute;n y decoraci&oacute;n. <br />
d) Equipos para proceso de informaci&oacute;n. <br />
e) Maquinaria. <br />
f) Utillaje. <br />
g) Cualquier otra actuaci&oacute;n que pueda ser catalogada como de infraestructura tur&iacute;stica. <br />
<br />
Los gastos anteriormente relacionados se incluir&aacute;n en alguno o algunos de los proyectos subvencionables siguientes: </p>
<p><u>1. Establecimientos de Alojamiento tur&iacute;stico. <br />
</u><br />
a) Establecimientos hoteleros: Reforma y modernizaci&oacute;n dirigidas a la implantaci&oacute;n de tecnolog&iacute;as y sistemas de organizaci&oacute;n para la mejora de los sistemas de gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Reforma y modernizaci&oacute;n de establecimientos prioriz&aacute;ndose las necesarias para obtener categor&iacute;a superior a 3 estrellas y para incrementar la accesibilidad. <br />
<br />
b) Campamentos de Turismo: Reforma y modernizaci&oacute;n instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamiento, cerramientos, sistemas seguridad, instalaci&oacute;n el&eacute;ctrica, agua potable, tratamiento y eliminaci&oacute;n de residuos s&oacute;lidos, servicios higi&eacute;nicos. <br />
Se priorizar&aacute;n: Las necesarias para incrementar la categor&iacute;a del establecimiento. Las obras dirigidas a incrementar la accesibilidad. Reforma y modernizaci&oacute;n para implantar tecnolog&iacute;as y sistemas de mejora de la gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales <br />
<br />
c) Balnearios: Creaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n. </p>
<p><u>2. Alojamientos en el medio rural. <br />
<br />
</u>a) Casas rurales, establecimientos hoteleros, complejos tur&iacute;sticos rurales y apartamentos tur&iacute;sticos rurales: Creaci&oacute;n, ampliaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n, prioriz&aacute;ndose: El acondicionamiento de conjuntos arquitect&oacute;nicos singulares. Reforma y modernizaci&oacute;n para implantar tecnolog&iacute;as y sistemas para mejorar la gesti&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Las necesarias para mejorar la categor&iacute;a del establecimiento. Las dirigidas a incrementar accesibilidad. <br />
<br />
b) Viviendas tur&iacute;sticas de alojamiento rural: Reformas para su transformaci&oacute;n en alg&uacute;n tipo de establecimiento tur&iacute;stico de superior categor&iacute;a. </p>
<p><u>3. Establecimientos de restauraci&oacute;n con gastronom&iacute;a t&iacute;pica andaluza. <br />
</u><br />
a) Restaurantes y Mesones rurales: Creaci&oacute;n, reforma y modernizaci&oacute;n. Implantaci&oacute;n o adaptaci&oacute;n de instalaciones de energ&iacute;as no contaminantes, ahorro energ&eacute;tico y de agua, depuraci&oacute;n, reciclado, reducci&oacute;n contaminaci&oacute;n ac&uacute;stica o lum&iacute;nica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Mejora de la accesibilidad.</p>
<p><u>4. Agencias de viajes: <br />
</u><br />
Desarrollo e implantaci&oacute;n de aplicaciones inform&aacute;ticas que faciliten la reserva electr&oacute;nica de productos tur&iacute;sticos <br />
<br />
<u>5. Servicios de informaci&oacute;n tur&iacute;stica</u>.<br />
6. Creaci&oacute;n de nuevos productos. Son prioritarias las iniciativas de la industria de ocio, el turismo de salud, y la creaci&oacute;n de circuitos tur&iacute;sticos ligados a la naturaleza, la cultura y el deporte. <br />
7. Dotaci&oacute;n de instalaciones para la escenificaci&oacute;n de hechos hist&oacute;ricos. <br />
8 Implantaci&oacute;n rutas tur&iacute;sticas. <br />
9. Creaci&oacute;n de oferta tur&iacute;stica complementaria. <br />
10. Creaci&oacute;n de establecimientos con ofertas de turismo espec&iacute;ficos. <br />
11. Implantaci&oacute;n sistemas gesti&oacute;n para obtener certificaciones y distintivos de gesti&oacute;n medioambiental. <br />
12. Fortalecimiento de la competitividad del sector tur&iacute;stico local. <br />
13 otros proyectos subvencionables (consultar orden) <br />
<br />
La cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n concedida ser&aacute; de hasta un 50% o 60% del proyecto de inversi&oacute;n aceptada, seg&uacute;n se trate de medianas o peque&ntilde;as empresas. <br />
Plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes del <strong>1 de enero al 31 de enero de cada a&ntilde;o</strong> <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 diciembre 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal]]></title>      <category><![CDATA[BOE num. 105 de 1/5/2008]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=202]]></link>      <description><![CDATA[7 de Diciembre de 2007<br>Ayudas para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación <br><br><p>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci&oacute;n (BOE n. 304 de 20/12/2007) Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesi&oacute;n de las subvenciones para fomentar la producci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. </p>
<ul>
    <li>Rango: Real Decreto <br />
    <br />
    P&aacute;ginas: 52391 - 52395 <br />
    <br />
    Referencia: 2007/21916</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>La exigencia social de adquirir alimentos inocuos y la demanda por parte del consumidor de mayor informaci&oacute;n relativa a la procedencia y los procesos de elaboraci&oacute;n a los que son sometidos est&aacute;n dando lugar a trascendentales cambios en la manera de producir y transformar los alimentos. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Tanto es as&iacute; que las crisis sanitarias experimentadas por algunos sectores durante la &uacute;ltima d&eacute;cada originaron la p&eacute;rdida de confianza de los consumidores en ciertos productos de origen animal. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En los &uacute;ltimos a&ntilde;os se han desarrollado e implantado programas de trazabilidad y autocontrol en todas las etapas de la producci&oacute;n, transformaci&oacute;n, almacenamiento, distribuci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de los alimentos como herramientas para el aseguramiento de su calidad higi&eacute;nica y nutricional, y al mismo tiempo proporcionando la informaci&oacute;n demandada por los consumidores. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por otro lado, la publicaci&oacute;n de nuevas normas comunitarias y nacionales refuerzan estos nuevos sistemas, subrayando la importancia de los controles en todas las fases de la producci&oacute;n y la comercializaci&oacute;n, parte de los cuales son realizados por terceros, esto es, por entidades independientes de aquellas que producen y comercializan, como garantes adicionales de calidad. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La existencia de acreditados medios de verificaci&oacute;n de los resultados obtenidos en los programas de autocontrol constituye un instrumento v&aacute;lido para mejorar la evaluaci&oacute;n del funcionamiento de los mecanismos de trazabilidad. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Adem&aacute;s, ante la demanda creciente de productos agroalimentarios de calidad es crucial estimular desde las administraciones p&uacute;blicas la respuesta del sector productor, con esfuerzos encaminados a la mejora de las formas de producci&oacute;n que redunden en el aumento de la calidad final de los productos, tal y como demandan los consumidores. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Como consecuencia de lo anterior, es conveniente establecer l&iacute;neas de ayudas estatales destinadas a incentivar la aplicaci&oacute;n de sistemas de control de la trazabilidad a aquellos que apliquen programas de producci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal que impliquen a todas y cada una de las fases de producci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de productos agroalimentarios, desde la granja hasta el consumidor final, mediante la contribuci&oacute;n a la financiaci&oacute;n de los gastos derivados de la asistencia t&eacute;cnica necesaria para el desarrollo y puesta en funcionamiento de estos sistemas, as&iacute; como de ciertos gastos que supone la implantaci&oacute;n de los mismos, entre ellos los costes derivados de la realizaci&oacute;n de los controles de calidad efectuados por terceros. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Estas ayudas se ajustan a lo establecido en el Reglamento (CE) n.&ordm; 1857/2006 de la Comisi&oacute;n, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicaci&oacute;n de los art&iacute;culos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las peque&ntilde;as y medianas empresas dedicadas a la producci&oacute;n de productos agr&iacute;colas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.&ordm; 70/2001 (DOUE L-358, de 16 de diciembre de 2006). </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>De acuerdo con lo anterior, mediante este real decreto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la producci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. </p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La finalidad de las ayudas responde a una coyuntura econ&oacute;mica concreta que, por su propio car&aacute;cter, justifica el establecimiento de la presente regulaci&oacute;n mediante real decreto. En la elaboraci&oacute;n de este real decreto han sido consultadas las comunidades aut&oacute;nomas y las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados. <br />
<br />
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentaci&oacute;n, y previa deliberaci&oacute;n del Consejo de Ministros en su reuni&oacute;n del d&iacute;a 7 de diciembre de 2007, <br />
</p>
<p>D I S P O N G O : </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 1. Objeto.</strong> </p>
<p>Este real decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesi&oacute;n en r&eacute;gimen de concurrencia competitiva de las subvenciones para fomentar la producci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 2. Definiciones.</strong> </p>
<p>1. A los efectos de este real decreto ser&aacute;n de aplicaci&oacute;n las definiciones previstas en el art&iacute;culo 3 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal y en el art&iacute;culo 2 del Reglamento (CE) n.&ordm; 1857/2006 de la Comisi&oacute;n, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicaci&oacute;n de los art&iacute;culos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las peque&ntilde;as y medianas empresas dedicadas a la producci&oacute;n de productos agr&iacute;colas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.&ordm; 70/2001. </p>
<p>2. Asimismo, se entender&aacute; como: </p>
<p>a) Productos agroalimentarios de calidad de origen animal: Carne, leche, huevos, miel y caracoles de tierra destinados al consumo humano, obtenidos a partir de animales de producci&oacute;n provenientes de explotaciones que participen en programas de producci&oacute;n de calidad y que han sido criados con arreglo a lo dispuesto en los mismos. </p>
<p>b) Programa de producci&oacute;n de calidad: Es aquel aplicado por los beneficiarios previstos en el art&iacute;culo 3 de este real decreto, con la finalidad de que, mediante mecanismos de control encomendados a entidades independientes, se aporte la m&aacute;xima garant&iacute;a de trazabilidad, calidad e informaci&oacute;n al consumidor sobre los productos agroalimentarios de calidad de origen animal comercializados, con exigencias diferentes a las establecidas por la legislaci&oacute;n b&aacute;sica sobre producci&oacute;n ganadera, y que impliquen todas las fases de la producci&oacute;n y la comercializaci&oacute;n. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 3. Beneficiarios. </strong></p>
<p>Podr&aacute;n ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas jur&iacute;dicas asociativas del &aacute;mbito agrario, incluidas las asociaciones o agrupaciones de productores, que apliquen programas de producci&oacute;n de calidad y cumplan los requisitos establecidos en este real decreto. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 4. Requisitos.</strong> </p>
<p>1. Para obtener las subvenciones establecidas en este real decreto, los solicitantes deber&aacute;n desarrollar un programa de producci&oacute;n de calidad en cuya memoria descriptiva se haga constar, como m&iacute;nimo, lo siguiente: </p>
<p>a) Explicaci&oacute;n general de los sistemas de producci&oacute;n y procesado empleados a lo largo de toda la cadena. <br />
<br />
b) Explicaci&oacute;n detallada del sistema de trazabilidad empleado para el seguimiento de animales y productos y, en su caso, del sistema de identificaci&oacute;n animal utilizado. <br />
<br />
c) Relaci&oacute;n en la que aparezcan identificadas las explotaciones, mataderos, industrias agroalimentarias y otros establecimientos participantes en el programa, incluyendo el c&oacute;digo de autorizaci&oacute;n o registro oficial atribuido por la autoridad competente a cada agente participante. En el caso de carne y huevos, deber&aacute;n indicarse la relaci&oacute;n de los puntos de venta o la relaci&oacute;n de destinatarios finales. <br />
<br />
d) C&oacute;digo de autorizaci&oacute;n o registro oficial atribuido por la autoridad competente a cada agente participante, que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente para el ejercicio de la actividad correspondiente. <br />
<br />
e) Descripci&oacute;n detallada de la distribuci&oacute;n de responsabilidades entre los distintos agentes participantes en el programa, lo que implicar&aacute; la aportaci&oacute;n de copia de sus estatutos o reglamento interno y la descripci&oacute;n de las medidas aplicables en caso de incumplimiento de los mismos. Cuando no se disponga de estatutos o reglamento interno, se aportar&aacute; copia de los correspondientes contratos entre los agentes participantes en el programa. <br />
<br />
f) Reglamento de control, en el que se especifiquen: </p>
<p>1.&ordm; Programa de visitas de inspecci&oacute;n y periodicidad de las mismas en explotaciones, mataderos, industrias agroalimentarias, puntos de venta y otros establecimientos participantes en el programa. <br />
<br />
</p>
<p>2.&ordm; Sistema de muestreo y n&uacute;mero de muestras a tomar previstas en cada fase del proceso. <br />
<br />
</p>
<p>3.&ordm; Protocolo de realizaci&oacute;n de los controles en todas las fases de producci&oacute;n: explotaci&oacute;n, matadero, industria agroalimentaria, puntos de venta y otros establecimientos participantes en el programa. </p>
<p>2. Los solicitantes deber&aacute;n cumplir los requisitos del anexo I del Reglamento (CE) n&deg; 70/2001 de la Comisi&oacute;n, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicaci&oacute;n de los art&iacute;culos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las peque&ntilde;as y medianas empresas. <br />
<br />
</p>
<p>3. Los solicitantes deber&aacute;n encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a la normativa vigente, que deber&aacute; acreditarse mediante las certificaciones que se regulan en el art&iacute;culo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo deber&aacute;n cumplir los dem&aacute;s requisitos contenidos en el art&iacute;culo 13 de la mencionada Ley 38/2003. </p>
<p>4. La entidad a la que se encomiende la aplicaci&oacute;n de las acciones previstas en el reglamento de control establecido en el art&iacute;culo 4.1.f) deber&aacute; ser un organismo independiente de control que est&eacute; acreditado por una entidad de acreditaci&oacute;n seg&uacute;n el Real Decreto 2200/1995, de 28 di-ciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y seguridad industrial, conforme a la norma EN 45011, relativa a los requisitos generales para entidades que realizan la certificaci&oacute;n de productos, en el &aacute;mbito agroalimentario. </p>
<p>5. Los laboratorios donde se realicen los an&aacute;lisis de las muestras para la evaluaci&oacute;n de los par&aacute;metros f&iacute;sicos, qu&iacute;micos y sanitarios de los animales y de los productos agroalimentarios de calidad de origen animal que se consideren en los respectivos reglamentos de control, deber&aacute;n cumplir con la norma UNE EN ISO/IEC 17025, por la que se establecen los requisitos generales relativos a la competencia t&eacute;cnica de los laboratorios de ensayo y calibraci&oacute;n para su acreditaci&oacute;n. </p>
<p>6. Para beneficiarse del importe m&aacute;ximo de la ayuda deber&aacute;n comercializarse en establecimientos incluidos en el programa de producci&oacute;n de calidad, al menos un 75 por ciento de los animales y de los productos agroalimentarios de calidad de origen animal inscritos en dicho programa. </p>
<p>En aquellos casos en que los animales y productos agroalimentarios de calidad de origen animal finalmente destinados al consumo no alcancen dicho porcentaje, la ayuda se reducir&aacute; hasta la proporci&oacute;n de animales y productos agroalimentarios de calidad de origen animal realmente comercializados. </p>
<p>7. El programa de producci&oacute;n de calidad deber&aacute; contar con un sistema de etiquetado facultativo. En el caso de carne de vacuno, de carne de ave y de huevos, este sistema de etiquetado facultativo ser&aacute; el establecido en la legislaci&oacute;n vigente. En el caso de la leche, el programa de producci&oacute;n de calidad deber&aacute; cumplir la normativa sobre implantaci&oacute;n de sistemas de aseguramiento para la mejora integral de la calidad de la leche. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 5. Actividad subvencionable</strong>. </p>
<p>1. A los efectos de lo dispuesto en este real decreto, podr&aacute;n concederse ayudas para financiar las siguientes actividades del programa de producci&oacute;n de calidad: </p>
<p>a) Asistencia t&eacute;cnica para el estudio de mercados, y para el dise&ntilde;o y creaci&oacute;n de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. <br />
<br />
b) Implantaci&oacute;n de programas de producci&oacute;n de calidad. <br />
<br />
c) Formaci&oacute;n del personal, espec&iacute;ficamente relacionada con el programa de producci&oacute;n de calidad. <br />
<br />
d) Certificaci&oacute;n de los programas de producci&oacute;n de calidad implantados. </p>
<p>2. Las subvenciones previstas en este real decreto se conceder&aacute;n a actividades realizadas durante todo el ejercicio presupuestario correspondiente. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 6. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvenci&oacute;n. </strong></p>
<p>1. En la concesi&oacute;n de las subvenciones previstas en este real decreto, las solicitudes de ayudas se ordenar&aacute;n de acuerdo a los siguientes criterios objetivos, con una valoraci&oacute;n de uno a cinco puntos para cada uno de los siguientes criterios: </p>
<p>a) Aquellos programas de producci&oacute;n de calidad que comercialicen un mayor volumen, seg&uacute;n la especie, de productos agroalimentarios de calidad de origen animal. <br />
<br />
b) Aquellos programas de producci&oacute;n de calidad que tengan un mayor n&uacute;mero de explotaciones ganaderas. <br />
<br />
c) Aquellos programas de producci&oacute;n de calidad cuyas explotaciones mantengan razas ganaderas aut&oacute;ctonas en reg&iacute;menes extensivos, de acuerdo con lo establecido en la norma reglamentaria correspondiente. <br />
<br />
Adem&aacute;s, cada comunidad aut&oacute;noma dispondr&aacute; de hasta seis puntos para valorar otros criterios objetivos complementarios en las solicitudes. </p>
<p>2. Aquellos solicitantes que no obtengan una puntuaci&oacute;n m&iacute;nima de diez puntos no podr&aacute;n beneficiarse de estas subvenciones. <br />
<br />
</p>
<p>3. En el caso de que m&aacute;s de un solicitante obtuviera la misma puntuaci&oacute;n, se aplicar&aacute;, para establecer la prioridad de las solicitudes, los criterios del apartado 1 de este art&iacute;culo, en el orden all&iacute; establecido. <br />
<br />
</p>
<p>4. En el caso de que alguno de los beneficiarios renunciase a la subvenci&oacute;n, el &oacute;rgano concedente acordar&aacute;, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesi&oacute;n de la subvenci&oacute;n al solicitante o solicitantes siguientes a aqu&eacute;l en orden de su puntuaci&oacute;n, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios se haya liberado cr&eacute;dito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 7. Presentaci&oacute;n de solicitudes. </strong></p>
<p>1. Las solicitudes para obtener la ayuda se dirigir&aacute;n al &oacute;rgano competente de la comunidad aut&oacute;noma en la que el solicitante tenga su domicilio social y deber&aacute;n acompa&ntilde;arse, al menos, de la siguiente documentaci&oacute;n:</p>
<p>a) Estatuto o Reglamento interno de la persona jur&iacute;dica solicitante. <br />
<br />
b) Programa de producci&oacute;n de calidad, que deber&aacute; incluir: </p>
<p>1.&ordm; Memoria descriptiva del programa. <br />
<br />
2.&ordm; Presupuesto detallado del programa. <br />
<br />
3.&ordm; Reglamento de control. <br />
</p>
<p>c) Para el caso en que se soliciten subvenciones destinadas a financiar las actividades previstas en los p&aacute;rrafos a), b) y c) del art&iacute;culo 5.1, documentaci&oacute;n precisa que justifique las actividades previstas objeto de la subvenci&oacute;n, acompa&ntilde;adas de su contenido y el presupuesto previsto para su realizaci&oacute;n. <br />
<br />
d) Para el caso en que se soliciten subvenciones destinadas a financiar la actividad prevista en el p&aacute;rrafo d) del art&iacute;culo 5.1, documentos que identifiquen la entidad de control y los laboratorios donde se analizar&aacute;n las muestras acompa&ntilde;adas de su contenido y el presupuesto previsto para su realizaci&oacute;n. <br />
<br />
e) Documentaci&oacute;n justificativa de la condici&oacute;n de PYME del beneficiario, que podr&aacute; consistir en una declaraci&oacute;n responsable del &oacute;rgano de direcci&oacute;n de la entidad solicitante. <br />
<br />
</p>
<p>2. En el caso de que la ayuda se solicite para la actividad prevista en el p&aacute;rrafo a) del art&iacute;culo 5.1, y esta actividad sea previa a la implantaci&oacute;n del programa de producci&oacute;n de calidad, s&oacute;lo ser&aacute; exigible el cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1.a), 1.b) y 2 del art&iacute;culo 4 de este real decreto. </p>
<p>3. Las solicitudes de ayudas podr&aacute;n presentarse anualmente hasta el 1 de mayo de cada a&ntilde;o. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 8. L&iacute;mites y cuant&iacute;as de las subvenciones. <br />
</strong><br />
</p>
<p>1. Las subvenciones concedidas para la financiaci&oacute;n de las actividades contempladas en el art&iacute;culo 5 no superar&aacute;n los l&iacute;mites establecidos en el art&iacute;culo 14 del Reglamento (CE) n.&ordm; 1857/2006 de la Comisi&oacute;n, de 15 de diciembre de 2006. <br />
<br />
El importe total de las subvenciones concedidas por las Administraciones p&uacute;blicas, podr&aacute; llegar hasta el 100 por cien de los costes de tales actividades, sin que en ning&uacute;n caso se superen las disponibilidades presupuestarias. <br />
<br />
</p>
<p>2. Los programas que se presenten de conformidad con lo establecido en este real decreto se ajustar&aacute;n a las siguientes limitaciones: <br />
<br />
</p>
<p>a) Como m&aacute;ximo un programa podr&aacute; percibir estas subvenciones durante cinco ejercicios. <br />
<br />
b) Cada programa s&oacute;lo podr&aacute; recibir durante tres ejercicios el porcentaje m&aacute;ximo de ayuda que se fije para cada ejercicio. <br />
<br />
c) Cuando un programa reciba estas subvenciones cuatro o cinco ejercicios, el importe que podr&aacute; percibirse ser&aacute;, como m&aacute;ximo, del 40 por ciento de los gastos el cuarto ejercicio, y del 30 por ciento, el quinto. <br />
<br />
d) Las subvenciones destinadas a la financiaci&oacute;n de las actividades previstas en los p&aacute;rrafos a) y c) del art&iacute;culo 5 s&oacute;lo se podr&aacute;n conceder durante un ejercicio. <br />
<br />
e) Las subvenciones destinadas a financiar la actividad prevista en el p&aacute;rrafo b) del art&iacute;culo 5 s&oacute;lo podr&aacute;n percibirse durante dos ejercicios consecutivos, y siempre y cuando se trate de programas de nueva creaci&oacute;n. </p>
<p><strong>Art&iacute;culo 9. Transferencia de fondos.</strong> <br />
<br />
</p>
<p>1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci&oacute;n transferir&aacute; a las comunidades aut&oacute;nomas las cantidades que correspondan para atender al pago de las subvenciones reguladas por este real decreto, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a lo establecido en el art&iacute;culo 86 de la Ley 47/2003, de 23 de noviembre, General Presupuestaria. <br />
<br />
</p>
<p>Para cada ejercicio se establecer&aacute;, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y teniendo en cuenta, en su caso, los remanentes de los fondos resultantes al finalizar cada ejercicio presupuestario que se encuentren en poder de las comunidades aut&oacute;nomas, la cantidad m&aacute;xima correspondiente a cada comunidad aut&oacute;noma. <br />
<br />
</p>
<p>2. Los remanentes de fondos resultantes al finalizar cada ejercicio presupuestario que se encuentren en poder de las comunidades aut&oacute;nomas, seguir&aacute;n manteniendo el destino espec&iacute;fico para el que fueron transferidos y se utilizar&aacute;n en el siguiente ejercicio como situaci&oacute;n de tesorer&iacute;a en el origen para la concesi&oacute;n de nuevas subvenciones. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Art&iacute;culo 10. Instrucci&oacute;n, resoluci&oacute;n y pago. <br />
</strong><br />
</p>
<p>1. Los &oacute;rganos competentes de la comunidad aut&oacute;noma en cuyo territorio se localice el domicilio social del solicitante, instruir&aacute;n el procedimiento y resolver&aacute;n motivadamente en el plazo que al efecto se establezca en cada convocatoria, que en ning&uacute;n caso ser&aacute; superior a seis meses de iniciarse el procedimiento. Asimismo, corresponder&aacute; a dichos &oacute;rganos el pago de la subvenci&oacute;n. <br />
<br />
</p>
<p>2. En las resoluciones de concesi&oacute;n de las subvenciones se tendr&aacute;n en cuenta las disponibilidades presupuestarias y se har&aacute; constar expresamente qu&eacute; fondos proceden de los Presupuestos Generales del Estado. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Art&iacute;culo 11. Compatibilidad de las subvenciones.</strong> <br />
<br />
</p>
<p>Sin perjuicio de lo previsto en el art&iacute;culo 19 del Reglamento (CE) n.&ordm; 1857/2006 de la Comisi&oacute;n, de 15 de diciembre de 2006, el importe de las subvenciones reguladas en el presente real decreto, en ning&uacute;n caso podr&aacute; superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones P&uacute;blicas o entes p&uacute;blicos o privados, nacionales o internacionales, destinadas al mismo fin, el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Art&iacute;culo 12. Modificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n, incumplimiento y reintegro. <br />
</strong><br />
</p>
<p>1. Toda alteraci&oacute;n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi&oacute;n de la subvenci&oacute;n, podr&aacute; dar lugar a la modificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n de concesi&oacute;n. Asimismo, la obtenci&oacute;n concurrente de subvenciones otorgadas por otras Administraciones o entes p&uacute;blicos o privados, nacionales o internacionales, podr&aacute; dar lugar a la modificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n de concesi&oacute;n. <br />
<br />
</p>
<p>2. Si el beneficiario incumpliera la legislaci&oacute;n b&aacute;sica en materia de medio ambiente, sanidad, bienestar, alimentaci&oacute;n o identificaci&oacute;n animal, as&iacute; como los requisitos exigidos para la concesi&oacute;n de la subvenci&oacute;n, con independencia de otras responsabilidades en que hubiera podido incurrir, perder&aacute; el derecho a la subvenci&oacute;n concedida, con la obligaci&oacute;n de rembolsar las cantidades ya percibidas, incrementado con el inter&eacute;s de demora. <br />
<br />
</p>
<p>3. Asimismo, proceder&aacute; el reintegro de las cantidades percibidas, as&iacute; como la exigencia del inter&eacute;s de demora desde el momento del pago de la subvenci&oacute;n, en los dem&aacute;s supuestos contemplados en el art&iacute;culo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Art&iacute;culo 13. Justificaci&oacute;n del cumplimiento y controles.</strong> <br />
<br />
</p>
<p>Los beneficiarios de las subvenciones deber&aacute;n justificar el cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas, y la aplicaci&oacute;n de los fondos percibidos, mediante la presentaci&oacute;n de la documentaci&oacute;n justificativa correspondiente, en el plazo y forma que determine la autoridad que las otorg&oacute;, sin perjuicio de los controles, administrativos o sobre el terreno, que pueda realizar la autoridad competente. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Art&iacute;culo 14. Deber de informaci&oacute;n. <br />
</strong><br />
</p>
<p>Las comunidades aut&oacute;nomas remitir&aacute;n anualmente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci&oacute;n, antes del 1 de abril de cada a&ntilde;o, los datos relativos a las subvenciones concedidas y pagadas en el ejercicio anterior. </p>
<p><strong>Disposici&oacute;n transitoria &uacute;nica.</strong> <strong>Acreditaci&oacute;n de los organismos independientes de control. </strong></p>
<p>No obstante lo establecido en el art&iacute;culo 4.4 y para los ejercicios presupuestarios 2008 y 2009, si el organismo de control a&uacute;n no ha obtenido la prefijada acreditaci&oacute;n, para poder acogerse a las subvenciones contempladas en este real decreto, la Autoridad Competente deber&aacute; certificar que dicho organismo de control cumple la norma EN 45.011, as&iacute; como que cuenta con un sistema de control objetivo e imparcial y que dispone de personal cualificado y de los recursos necesarios para desarrollar su funci&oacute;n. </p>
<p>En este caso, en el momento de la justificaci&oacute;n prevista en el art&iacute;culo 13 y relativa a 2008, el organismo de control habr&aacute; de documentar ante la Autoridad Competente tener cursada la solicitud de acreditaci&oacute;n y admitida a tr&aacute;mite, conforme a los procedimientos establecidos, en&nbsp;una entidad de acreditaci&oacute;n seg&uacute;n el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. </p>
<p><strong>Disposici&oacute;n derogatoria &uacute;nica. Derogaci&oacute;n normativa. <br />
</strong><br />
</p>
<p>Queda derogado el Real Decreto 1097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad. </p>
<p><strong>Disposici&oacute;n final primera. T&iacute;tulo competencial.</strong> </p>
<p>Este real decreto se dicta al amparo del art&iacute;culo 149.1.13.&ordf; de la Constituci&oacute;n, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci&oacute;n de la planificaci&oacute;n general de la actividad econ&oacute;mica. <br />
<br />
</p>
<p><strong>Disposici&oacute;n final segunda. Facultad de desarrollo y aplicaci&oacute;n</strong>.</p>
<p>Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentaci&oacute;n a adoptar las medidas precisas que exija la normativa comunitaria y, concretamente, a modificar el plazo de presentaci&oacute;n de las solicitudes previsto en el art&iacute;culo 7.3. </p>
<p><strong>Disposici&oacute;n final tercera. Entrada en vigor. </strong></p>
<p>El presente real decreto entrar&aacute; en vigor el d&iacute;a siguiente al de su publicaci&oacute;n en el &laquo;Bolet&iacute;n Oficial del Estado&raquo;. <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[7 de Diciembre de 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el Fomento y Mejora empresarial ]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el Fomento y Mejora empresarial ]]></title>      <category><![CDATA[BOJA nº 176]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=192]]></link>      <description><![CDATA[26 julio 2007<br>Subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el Fomento y Mejora empresarial <br>Consejería para la Igualdad y Bienestar Social<br><br><p>Orden de 26 de julio de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el Fomento y la Mejora empresarial y se efect&uacute;a su convocatoria para el a&ntilde;o 2007. (Extracto de la Orden)</p>
<p>Beneficiarias: <br />
<br />
1.- Empresas de mujeres, ya sean sus titulares personas f&iacute;sicas (aut&oacute;nomas) o jur&iacute;dicas (sociedades) o comunidad de bienes, que tengan abierta sede social, delegaci&oacute;n o establecimiento de producci&oacute;n de Andaluc&iacute;a. <br />
2.- Mujeres que est&eacute;n en fase de iniciar un proyecto de actividad aut&oacute;noma o empresarial en Andaluc&iacute;a con el car&aacute;cter de empresa de mujeres. </p>
<p>Requisitos: <br />
<br />
1- Tener la consideraci&oacute;n de PYME. <br />
2.- Mantener las subvenciones realizadas durante al menos tres a&ntilde;os, una vez finazalizado el programa subvencionado. </p>
<p>Conceptos subvencionables: <br />
<br />
a) Gastos de acondicionamiento de local. <br />
b) Reforma y modernizaci&oacute;n dirigidas a la implantaci&oacute;n de tecnolog&iacute;as y sistemas de organizaci&oacute;n relativos a la mejora de los sistemas de gesti&oacute;n. <br />
b) Inversiones en bienes de equipos nuevos, instalaciones, mobiliario y equipos inform&aacute;ticos. <br />
c) Gastos derivados de la constituci&oacute;n formal de la empresa, tales como notaria, registro y gestor&iacute;a. <br />
d) Gastos derivados del Registro de Patentes y Marcas. <br />
e) Gastos derivados de la adquisici&oacute;n de software y aplicaciones inform&aacute;ticas necesarias para el desarrollo de la actividad. <br />
f) Gastos derivados del dise&ntilde;o y elaboraci&oacute;n de la imagen corporativa de la empresa, as&iacute; como los relativos al dise&ntilde;o en marcas, anagramas, cat&aacute;logos y logotipos de los productos y servicios incluidos los soportes telem&aacute;ticos. <br />
g) Elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de Planes de Prevenci&oacute;n de riesgos laborales, de igualdad y sistemas de calidad <br />
h) Gastos derivados de la asistencia t&eacute;cnica para la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de los proyectos que contribuyan a la generaci&oacute;n de empleo, la estabilidad, y el crecimiento de las empresas, valor&aacute;ndose especialmente aquellos que supongan la cooperaci&oacute;n entre empresas de mujeres. <br />
i) Gastos derivados de la puesta en marcha de un Plan de Comercializaci&oacute;n para la empresa, relativo al desarrollo de acciones como son: nuevas tecnolog&iacute;as, material gr&aacute;fico y relaciones p&uacute;blicas y promoci&oacute;nales. </p>
<p>La solicitud deber&aacute; ir acompa&ntilde;ada de la documentaci&oacute;n que se especifica en el Art. 8 de la Orden. </p>
<p>Plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes: veinte d&iacute;as h&aacute;biles desde d&iacute;a siguiente a su publicaci&oacute;n, fecha publicaci&oacute;n 6 de septiembre. </p>
<p>Lugar: Instituto Andaluz de la Mujer y Centros de la Mujer provinciales o en p&aacute;gina web: www.juntadeandalucia.es/instituto dela mujer </p>
<p>Cuant&iacute;a: La subvenci&oacute;n concedida no podr&aacute; ser superior al 50% del presupuesto del proyecto de inversi&oacute;n, salvo en los supuestos de gastos derivados de la constituci&oacute;n formal de la empresa, en cuyo caso el tope se sit&uacute;a en 200.000&euro;.</p>
<p><a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/09/aj-bojaVerPagina-2007-09/0,,bi=697251082890,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/09/aj-bojaVerPagina-2007-09/0,,bi=697251082890,00.html</a> <br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[26 julio 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones empresas sector construcción prevención riesgos laborales.]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones empresas sector construcción prevención riesgos laborales.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 109 de 4 junio de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=190]]></link>      <description><![CDATA[14 de mayo de 2.007<br>Convocatoria subvenciones empresas sector construcción prevención riesgos laborales.<br>Consejería de Empleo<br><br><p>Convocatoria de subvenciones a microempresas, peque&ntilde;as y medianas <strong>empresas del sector de la Construcci&oacute;n</strong> que realicen proyectos e inversiones en materia de <strong>prevenci&oacute;n de riesgos laborales</strong> para 2.007 con sujeci&oacute;n a las bases reguladoras de Orden de 8 de mayo de 2006, BOJA n&uacute;m. 106 de 5 de junio de 2.006. </p>
<p>(Extracto) <br />
Son beneficiarias las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas que tengan legalmente constituidas empresas, pertenecientes al sector de la construcci&oacute;n, que ocupen trabajadores por cuenta ajena. </p>
<p>Modalidad y conceptos subvencionables. <br />
<br />
<strong>A) Modalidad 1</strong>. Proyectos dirigidos a establecer estructura preventiva especializad de la empresa y facilitar el cumplimiento de la normativa de prevenci&oacute;n de riesgos laborales, que incluyan alguna de las actividades siguientes: <br />
1. Elaboraci&oacute;n programas de actuaci&oacute;n espec&iacute;fico en prevenci&oacute;n riesgos laborales <br />
2. Dise&ntilde;o implantaci&oacute;n y certificaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de seguridad y saludo laboral <br />
3. implantaci&oacute;n del Plan de Prevenci&oacute;n de riesgos laborales <br />
4. Primer establecimiento de servicios de prevenci&oacute;n mancomunadas <br />
5. Formaci&oacute;n especializada preventiva <br />
6. Realizaci&oacute;n auditorias reglamentarias y diagn&oacute;sticos preventivos <br />
7. Desarrollo de planes de formaci&oacute;n espec&iacute;fica <br />
8. Asesoramiento para la realizaci&oacute;n de estudios de adecuaci&oacute;n de equipos de trabajo. <br />
9. Realizaci&oacute;n de estudios ergon&oacute;micos y psicosociales </p>
<p><strong>B) Modalidad 2.</strong> Inversiones para la sustituci&oacute;n de andamios de trabajo antiguos o defectuosos por sistemas de andamios modulares. Son conceptos subvencionables los costes de adquisici&oacute;n e instalaci&oacute;n de andamios especificados. <br />
<strong>C) Modalidad 3.</strong> Proyectos de adquisici&oacute;n y renovaci&oacute;n de equipos y maquinaria auxiliar de obra, tales como sistemas y equipos para la entibaci&oacute;n de zanjas, andamios motorizados, cuadros el&eacute;ctricos m&oacute;viles, peque&ntilde;as hormigoneras, sierras circular de mesa, cortadoras ...... Son conceptos subvencionables los costes de adquisici&oacute;n de la maquinaria y equipos anteriormente relacionados. <br />
<strong>D) Modalidad 4.</strong> Proyectos innovadores de dise&ntilde;o y desarrollo de protecciones colectivas y m&eacute;todos de trabajo y de atrapamiento de zanjas. </p>
<p>No se considerar&aacute;n susceptibles de subvenci&oacute;n las inversiones efectuadas bajo la f&oacute;rmula de arrendamiento financiero, el alquiler por obra o figuras similares, el IVA satisfecho por la adquisici&oacute;n de bienes o servicios facturados y cualquier tasa o impuesto.</p>
<p>Los proyectos acogidos a las modalidades 2 y 3 no podr&aacute;n estar iniciados antes de la fecha de solicitud de la ayuda, los de modalidad 1 y 4 podr&aacute;n estar iniciados a la fecha de solicitud pero solo ser&aacute;n subvencionables las actividades y gastos realizados con posterioridad a la fecha de solicitud de subvenci&oacute;n.</p>
<p><strong>Plazo 2.007:</strong> 60 d&iacute;as naturales a partir del d&iacute;a siguiente a la publicaci&oacute;n de la Orden de convocatoria, hasta 3 de agosto. 2.007. </p>
<p>BOJA Bases reguladoras: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/06/aj-bojaVerPagina-2006-06/0,23162,bi%253D697992330890,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/06/aj-bojaVerPagina-2006-06/0,23162,bi%253D697992330890,00.html</a> </p>
<p>BOJA Convocatoria 2.007: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/06/aj-bojaVerPagina-2007-06/0,23344,bi%253D694360531888,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/06/aj-bojaVerPagina-2007-06/0,23344,bi%253D694360531888,00.html</a><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[14 de mayo de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Subveniones a Empresas para Proyectos Prevención Riesgos Laborales]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Subveniones a Empresas para Proyectos Prevención Riesgos Laborales]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 109 de 4 de junio de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=191]]></link>      <description><![CDATA[14 de mayo de 2007<br>Convocatoria Subveniones a Empresas para Proyectos Prevención Riesgos Laborales<br>Consejería de Empleo.<br><br><p>Convocatoria de subvenciones a microempresas, peque&ntilde;as y medianas empresas que realicen proyectos e inversiones&nbsp;en&nbsp;prevenci&oacute;n de riesgos laborales, a&ntilde;o 2.007, con sujeci&oacute;n a las bases de Orden de 8 de mayo de 2.006 de. BOJA n&uacute;m. 106 de 5 de junio de 2.006. </p>
<p>(Extracto de la Orden) <br />
Bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones por la Consejer&iacute;a de Empleo a micro empresas, peque&ntilde;as y medianas que realicen proyectos e inversiones en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales. </p>
<p>Son beneficiarias las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas que tengan legalmente constituida la empresa, que ocupen a trabajadores por cuenta ajena y que re&uacute;nan las siguientes caracter&iacute;sticas:</p>
<p>Para la Modalidad de Subvenci&oacute;n 1. Las microempresas y peque&ntilde;as empresas con las siguientes actividad econ&oacute;mica: <br />
1. Agricultura, ganader&iacute;a, caza. <br />
2. Industrias de productos alimenticios, bebidas y tabacos. <br />
3. Industria de la confecci&oacute;n y de la peleter&iacute;a. <br />
4. Industria de la madera y corcho <br />
5. Fabricaci&oacute;n productos caucho y materias pl&aacute;sticas. <br />
6. Fabricaci&oacute;n productos minerales no met&aacute;licos <br />
7. Metalurgia <br />
8. Fabricaci&oacute;n productos met&aacute;licos excepto maquinaria <br />
9. Construcci&oacute;n maquinaria y equipo mec&aacute;nico <br />
10. Fabricaci&oacute;n otro material transporte. <br />
11. Fabricaci&oacute;n muebles y otras industrias manufactureras. <br />
12. Hosteler&iacute;a. <br />
13. Transporte por carretera. </p>
<p>Para la Modalidad de Subvenci&oacute;n 2 y 3, las microempresas y las peque&ntilde;as y medianas empresas con actividades encuadras en el apartado anterior.</p>
<p>Actividades susceptibles de subvenci&oacute;n (Art. 2): <br />
<strong>Modalidad 1:</strong> Proyectos de establecimiento de estructuras preventivas y a facilitar el cumplimiento de la normativa.</p>
<p><strong>Modalidad 2.</strong> Proyectos dirigidos a la incorporaci&oacute;n de medidas especificas en la planificaci&oacute;n preventiva de la empresa: entre otros, adquisici&oacute;n, adaptaci&oacute;n y renovaci&oacute;n equipos, adaptaci&oacute;n puestos trabajo, instalaciones control contaminantes etc. </p>
<p><strong>Modalidad 3.</strong> Proyectos innovadores y de desarrollo de buenas practicas preventivas que contribuyan a la mejora de la seguridad, entre otros: gastos externos, asistencia t&eacute;cnica, gastos contrataci&oacute;n t&eacute;cnicos superiores, etc.</p>
<p><strong>Plazo presentaci&oacute;n solicitudes 2.007</strong>, 60 d&iacute;as naturales desde d&iacute;a siguiente publicaci&oacute;n orden de convocatoria, del 5 de junio a <strong>3 de Agosto de 2.007,</strong> en la Delegaciones Provinciales de la Consejer&iacute;a de Empleo.</p>
<p>Boja Bases reguladoras: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/06/aj-bojaVerPagina-2006-06/0,23162,bi%253D693432330889,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/06/aj-bojaVerPagina-2006-06/0,23162,bi%253D693432330889,00.html</a></p>
<p>Boja Convocatoria 2.007: <br />
<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/06/aj-bojaVerPagina-2007-06/0,23344,bi%253D698660531882,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/06/aj-bojaVerPagina-2007-06/0,23344,bi%253D698660531882,00.html</a> </p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[14 de mayo de 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Ayudas Directas para la puesta en marcha de Proyectos y  Lanzamineto de Proyectos de Autoempleo. Proyecto Emprender + ]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Ayudas Directas para la puesta en marcha de Proyectos y  Lanzamineto de Proyectos de Autoempleo. Proyecto Emprender + ]]></title>      <category><![CDATA[BOP nº 97. Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.  Lunes, 21 de Mayo de 2007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=189]]></link>      <description><![CDATA[Convocatoria de Ayudas Directas para la puesta en marcha de Proyectos y  Lanzamineto de Proyectos de Autoempleo. Proyecto Emprender + <br><br><p><font face="Verdana" color="#353535"><strong>Convocatoria de Ayudas Directas para la puesta en marcha de Proyectos y&nbsp; Lanzamineto de Proyectos de Autoempleo. Proyecto Emprender +</strong></font></p>
<ul>
    <li>Se pretende fomentar el autoempleo. </li>
    <li>El plazo de presentaci&oacute;n est&aacute; abierto y es de dos meses contados a partir del d&iacute;a siguiente a la publicaci&oacute;n en el BOP . </li>
    <li>Est&aacute; dirigido a personas desempleadas que vayan a desarrollar su actividad en la provincia de Huelva. </li>
    <li>Participantes: <br />
    Las personas que hayan cumplido con los requisitos de la solicitud. <br />
    <br />
    Quienes hayan realizado el itinerario formativo cuyo contenido m&iacute;nimo contemple acciones formativas relacionadas con la Formaci&oacute;n Gerencial, M&oacute;dulos de Formaci&oacute;n Transversal: Prevenci&oacute;n de Riesgos, Medio Ambiente e Igualdad de oportunidades, y las nuevas tecnolog&iacute;as aplicadas a los negocios, con un m&iacute;nimo de 80 horas. </li>
    <li>Bases de la Convocatoria y Solicitudes: <a href="http://www.diphuelva.es/asp/BOP/pdf/20070521-1.pdf">http://www.diphuelva.es/asp/BOP/pdf/20070521-1.pdf</a> </li>
    <li>&Aacute;rea de Desarrollo Local de Diputaci&oacute;n de Huelva. <br />
    <br />
    <br />
    </li>
</ul><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Incentivos Programa Hogar Digital]]></title>      <title><![CDATA[Incentivos Programa Hogar Digital]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 97 de 17 de mayo de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=188]]></link>      <description><![CDATA[11 de mayo de 2.007<br>Incentivos Programa Hogar Digital<br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><p>Orden de 11 de mayo de 2.007 incentivos para la incorporaci&oacute;n de las familias andaluzas al uso de las nuevas tecnolog&iacute;as, programa Hogar Digital. BOJA n&uacute;m. 97 de 17 de mayo de 2.007. Acceso a bolet&iacute;n con la orden completa.: <a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/05/aj-bojaVerPagina-2007-05/0,23343,bi%253D695077541881,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/05/aj-bojaVerPagina-2007-05/0,23343,bi%253D695077541881,00.html</a></p>
<p>(Extracto de la orden) <br />
Podr&aacute;n se objeto de subvenci&oacute;n: <br />
1. Conexi&oacute;n a Internet de banda ancha a trav&eacute;s de una operadora que act&uacute;e como entidad colaboradora. Se entiende por banda ancha, la conexi&oacute;n a una velocidad de descenso igual o superior a 512 kbps. </p>
<p>2. Cursos de formaci&oacute;n b&aacute;sica que permita facilitar el manejo y utilizaci&oacute;n de equipos inform&aacute;ticos y la navegaci&oacute;n por Internet.</p>
<p>Podr&aacute;n beneficiarse: <br />
Las personas f&iacute;sicas con residencia en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a, con mayor&iacute;a de edad que formen parte de una unidad familiar. Se considera unidad familiar la formada por una o varias personas que convivan en el mismo domicilio y relacionadas entre s&iacute;, por vinculo de matrimonio o parejas de hecho inscritas, por parentesco de consanguinidad, adopci&oacute;n o afinidad hasta segundo grado, por situaci&oacute;n derivada de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.</p>
<p>Solo se concede un incentivo por unidad familiar. </p>
<p>Quedan exceptuadas las unidades familiares que hayan desfrutado de una conexi&oacute;n a Internet de banda ancha incentivada por convocatorias anteriores, las unidades familiares que tengan en vigor un contrato de conexi&oacute;n a Internet de banda ancha, o bien se haya dad de baja de un contrato en los tres meses anteriores la fecha de presentaci&oacute;n de solicitudes. </p>
<p>Las personas beneficiarias tendr&aacute;n que <strong>haber contratado a su nombre en el domicilio de la unidad familiar, con una operadora adherida al programa, la contrataci&oacute;n deber&aacute; realizarse con posterioridad a la apertura del plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes y previamente a la presentaci&oacute;n de la solicitud.</strong></p>
<p>Cuant&iacute;a: 50% del coste de la tarifa que comprende los costes de conexi&oacute;n propiamente y la cuota de servicio, por un periodo no superior a 12 meses, la cuant&iacute;a m&aacute;xima ser&aacute; de 200 &euro;. En caso de familias con mayor riesgo de brecha digital podr&aacute;n beneficiarse de un 50% adicional del coste de la tarifa con un importe m&aacute;ximo de 200 &euro;.</p>
<p>La solicitud est&aacute; disponible en: <br />
<a href="http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/hogardigital">http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/hogardigital</a></p>
<p><strong>Plazo presentaci&oacute;n solicitudes: desde el 18 de mayo hasta el 31 de julio de 2.007,</strong> cuando se agoten los recursos econ&oacute;micos disponibles, esta circunstancia se publicar&aacute; en los tablones de anuncios y pagina web de la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa.<br />
<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[11 de mayo de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas fomento calidad agroalimentaria]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas fomento calidad agroalimentaria]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 82 de 26 abril de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=187]]></link>      <description><![CDATA[18 abril de 2.007<br>Convocatoria ayudas fomento calidad agroalimentaria<br>Consejería Agricultura y Pesca<br><br><p>Resoluci&oacute;n de 18 de abril de 2007 (BOJA n&uacute;m. 82 de 26 de abril de 2.007 por la que se convocan para el a&ntilde;o 2007 las Ayuda para fomento de la calidad agroalimentaria prevista en la secci&oacute;n 3&ordf; del Decreto 280/2001 de 26 de diciembre, reguladas en la Orden de 11 de julio de 2002 (BOJA n&uacute;m. 87 de 25 de julio de 2002) modificada por Orden de 3 de enero de 2.006. <br />
(EXTRACTO DE LA ORDEN de 11 de julio de 2002)</p>
<p>La presente Orden tiene por objeto el desarrollo normativo de la Secci&oacute;n 3&ordf; sobre ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre. </p>
<p>Las ayudas tienen por objeto fomentar la implantaci&oacute;n de sistemas de aseguramiento y certificaci&oacute;n de calidad industrial en las empresas agroalimentarias. </p>
<p>Podr&aacute;n ser beneficiarios de las ayudas las empresas agroalimentarias individuales o sus agrupaciones.</p>
<p>Actuaciones subvencionables: Los proyectos de prestaci&oacute;n de servicios de asesoramiento, equipamiento y control externo dirigidos a la implantaci&oacute;n de sistemas de calidad industrial.</p>
<p>Gastos Subvencionables: <br />
a) Los gastos por contrataci&oacute;n de consultores externos para la elaboraci&oacute;n e implantaci&oacute;n de procedimientos operativos de calidad. <br />
b) Inversiones destinadas a la implantaci&oacute;n de par&aacute;metros de calidad, tales como programas inform&aacute;ticos y equipos de control de calidad. <br />
c) Gastos derivados de la Certificaci&oacute;n del Sistema de Calidad. </p>
<p>Las ayudas totales que se concedan no podr&aacute;n sobrepasar la cantidad de 100.000 euros por beneficiario en un periodo de tres a&ntilde;os o, trat&aacute;ndose de empresas que respondan a la definici&oacute;n de peque&ntilde;as y medianas empresas de la Comisi&oacute;n Europea, no podr&aacute;n sobrepasar el 50% de los gastos subvencionables, seg&uacute;n cual sea la cifra m&aacute;s favorable.</p>
<p>Convocatoria para el 2007, el plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes se establece desde el d&iacute;a <strong>27 de abril hasta el 15 septiembre.</strong></p>
<p><br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[18 abril de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía ]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía ]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 91]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=204]]></link>      <description><![CDATA[19 de abril de 2007<br>Bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía <br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><p>ORDEN de 19 de abril de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovaci&oacute;n y el desarrollo empresarial en Andaluc&iacute;a y se efect&uacute;a su convocatoria para los a&ntilde;os 2007 a 2009.</p>
<p><br />
A la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa le corresponden las competencias que la Junta de Andaluc&iacute;a tiene atribuidas en materia de coordinaci&oacute;n y fomento de la investigaci&oacute;n cient&iacute;fica y t&eacute;cnica, la innovaci&oacute;n y transferencia de tecnolog&iacute;a en el Sistema Andaluz de Ciencia, Tecnolog&iacute;a y Empresa; el fomento e implantaci&oacute;n de nuevas tecnolog&iacute;as y de la inversi&oacute;n empresarial en materia tecnol&oacute;gica; las pol&iacute;ticas de innovaci&oacute;n derivadas de la aplicaci&oacute;n de las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y las comunicaciones; la econom&iacute;a social, y en especial las cooperativas y sociedades laborales; y las actividades industriales, energ&eacute;ticas y mineras.<br />
<br />
La Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa mediante la Orden de 24 de mayo de 2005, por la que se establecieron las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovaci&oacute;n y el Desarrollo Empresarial en Andaluc&iacute;a y se efectu&oacute; su convocatoria para los a&ntilde;os 2005 y 2006, ha producido un positivo impacto en la actividad econ&oacute;mica de la regi&oacute;n, primando la innovaci&oacute;n como factor estrat&eacute;gico del desarrollo empresarial y potenciando el uso de las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y las comunicaciones, TICs, en todas las fases del devenir empresarial, as&iacute; como la investigaci&oacute;n, desarrollo e innovaci&oacute;n, y la cooperaci&oacute;n empresarial.<br />
<br />
El 1 de enero de 2007 ha comenzado el per&iacute;odo de aplicaci&oacute;n de un nuevo marco comunitario de ayudas que abarca desde el a&ntilde;o 2007 al a&ntilde;o 2013. La Comisi&oacute;n Europea ha aprobado el mapa de ayudas regionales para Espa&ntilde;a 2007- 2013 as&iacute; como los siguientes textos normativos que afectan a la Orden: Directrices sobre las ayudas de Estado de Finalidad Regional para el per&iacute;odo 2007-2013, Marco Comunitario sobre ayudas estatales de Investigaci&oacute;n y Desarrollo e Innovaci&oacute;n, Reglamento (CE) n&uacute;m. 1628/2006 de la Comisi&oacute;n de 24 de octubre de 2006 de exenci&oacute;n de ayudas regionales a la inversi&oacute;n y el Reglamento (CE) N&uacute;m. 1998/2006 de ayudas de m&iacute;nimos.<br />
<br />
La presente Orden, que establece el programa de incentivos para el fomento de la innovaci&oacute;n y el desarrollo empresarial en Andaluc&iacute;a para el per&iacute;odo 2007-2009, tiene su antecedente inmediato en la Orden de 24 de mayo de 2005, que se ha adaptado a la nueva situaci&oacute;n que impone el cambio de marco comunitario para el per&iacute;odo 2007-2013. En este sentido, se ha procedido a adaptar la Orden, al Decreto 21/2007, de 30 de enero, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de finalidad regional y a favor de las PYMEs que se concedan por la Administraci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a en los a&ntilde;os 2007, 2008 y 2009; al Decreto 22/2007, de 30 de enero, por el que se establece el marco regulador de las ayudas a favor del medio ambiente que se concedan por la Administraci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a y a la Orden de 22 de enero de 2007, que modifica el anexo del Decreto 116/2002, de 2 de abril, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de investigaci&oacute;n y desarrollo tecnol&oacute;gico e innovaci&oacute;n que se concedan por la Administraci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a.<br />
<br />
La Orden de 24 de mayo de 2005, que implant&oacute; de forma generalizada la tramitaci&oacute;n telem&aacute;tica, ha contribuido con ello a la simplificaci&oacute;n y agilizaci&oacute;n de los procedimientos administrativos y a la incorporaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n electr&oacute;nica, mediante el establecimiento de una entrada &uacute;nica para todas las solicitudes, un &uacute;nico &oacute;rgano gestor, un &uacute;nico procedimiento general de tramitaci&oacute;n, justificaci&oacute;n y de abono. Dicha Orden fue prorrogada mediante la Orden de 19 de septiembre de 2006 por la que se ampli&oacute; su aplicaci&oacute;n a todas aquellas solicitudes de incentivaci&oacute;n presentadas desde la fecha de entrada en vigor de &eacute;sta y hasta el 30 de diciembre de 2006.<br />
<br />
En la presente Orden, se mantienen los principales rasgos de la anterior, esto es, las cuatro grandes l&iacute;neas de incentivaci&oacute;n a la inversi&oacute;n empresarial para Creaci&oacute;n, Modernizaci&oacute;n, Cooperaci&oacute;n Competitiva e I+D+I con sus correspondientes categor&iacute;as y subcategor&iacute;as y se introducen determinadas mejoras que en adelante se detallan. En relaci&oacute;n a las novedades, destaca la inclusi&oacute;n de un nuevo tipo de incentivo, establecido por las Directrices sobre las ayudas de Estado de Finalidad Regional para el per&iacute;odo 2007-2013 y que tiene car&aacute;cter de adicional a la inversi&oacute;n. Su objetivo es apoyar la fase inicial de las peque&ntilde;as empresas innovadoras de reciente creaci&oacute;n, financiando determinados gastos de funcionamiento de las mismas.<br />
<br />
En la presente Orden se ha incluido asimismo, el programa InnoEmpresa, desarrollado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el r&eacute;gimen de ayudas y el sistema de gesti&oacute;n del Programa de Apoyo a la Innovaci&oacute;n de las Peque&ntilde;as y Medianas Empresas 2007-2013 (BOE n&uacute;m.29, 2.2.2007) que recoge la experiencia del Programa de Consolidaci&oacute;n y Competitividad de la PYME que se incluy&oacute; en la Orden de 24 de mayo de 2005. <br />
<br />
Se ha mejorado el tratamiento de los incentivos a la cooperaci&oacute;n empresarial, por la enorme importancia que tiene este tipo de actuaciones empresariales en contribuir al aumento de tama&ntilde;o de las empresas, a su internacionalizaci&oacute;n o al desarrollo de nuevos productos o servicios innovadores en un mercado global, y poder as&iacute; ganar en competitividad, solidez y futuro, especialmente las peque&ntilde;as y medianas empresas andaluzas. As&iacute;, se ha reducido el n&uacute;mero de categor&iacute;as, pero se han ampliado los conceptos que definen a las nuevas, para que se puedan beneficiar un n&uacute;mero mayor de proyectos de cooperaci&oacute;n.<br />
<br />
En la Orden de 24 de mayo de 2005, no se inclu&iacute;an las empresas mineras, salvo las actividades de restauraci&oacute;n de espacios afectados por la actividad extractiva y en materia de seguridad y calidad ambiental, que dispon&iacute;an de una categor&iacute;a propia. Al incluir la actividad minera como actividad incentivable, con las limitaciones que se establecen en el art&iacute;culo 4.4 de la presente Orden, ya no es necesaria la excepcionalidad en la categor&iacute;a de la Orden anterior, por lo que se ha suprimido. <br />
Estas actividades incentivables se recogen en el Anexo I de la Orden.<br />
<br />
La presente Orden trata de simplificar aquellos aspectos de la Orden de Incentivos de 24 de mayo de 2005 susceptibles de ello. La clasificaci&oacute;n de los proyectos incentivables, por categor&iacute;as y subcategor&iacute;as, as&iacute; como las intensidades m&aacute;ximas que se pueden alcanzar se han recogido en sendos cuadros dentro de los art&iacute;culos 10 y 14 respectivamente, con objeto de hacer m&aacute;s f&aacute;cil la identificaci&oacute;n de cualquier proyecto y su adscripci&oacute;n correspondiente. En el mismo sentido, se han reducido a tres el n&uacute;mero de Anexos de la misma. <br />
<br />
En el Anexo I se incluyen las definiciones de las categor&iacute;as y subcategor&iacute;as de la Orden. El Anexo II, por su parte, comprende, el conjunto de criterios de valoraci&oacute;n que se utilizar&aacute; en la evaluaci&oacute;n de las solicitudes. La aplicaci&oacute;n de estos criterios ser&aacute; analizada por una Comisi&oacute;n de Valoraci&oacute;n, creada al efecto, quien de forma objetiva propondr&aacute; la intensidad del incentivo a conceder por el &oacute;rgano de resoluci&oacute;n. El Anexo III desarrolla el programa Inno Empresa y define los proyectos o actuaciones incentivables. <br />
<br />
Se mantiene una entrada &uacute;nica para todas las solicitudes, un &uacute;nico &oacute;rgano gestor, un &uacute;nico procedimiento general de tramitaci&oacute;n, justificaci&oacute;n y de abono, lo que hace que se simplifique, agilice y optimice la eficiencia de los recursos p&uacute;blicos que se aportan. <br />
Las actuaciones de apoyo empresarial impulsadas por la Consejer&iacute;a de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa a trav&eacute;s de la presente Orden, se enmarcan dentro de las directrices del VI Acuerdo de Concertaci&oacute;n Social de Andaluc&iacute;a, Plan de Innovaci&oacute;n y Modernizaci&oacute;n de Andaluc&iacute;a, Plan Andaluz de Desarrollo Industrial 2007-2013 y en coherencia con el Programa Operativo FEDER de Andaluc&iacute;a 2007-2013 y sus instrumentos de aplicaci&oacute;n entre los que cabe destacar la Subvenci&oacute;n Global Innovaci&oacute;n-Tecnolog&iacute;a-Empresa de Andaluc&iacute;a 2007-2013.&nbsp;<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[19 de abril de 2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones para Transformación y Comercialización productos agricolas]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones para Transformación y Comercialización productos agricolas]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 90 de 8 de mayo de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=186]]></link>      <description><![CDATA[25 de abril de 2.007<br>Subvenciones para Transformación y Comercialización productos agricolas<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p>Subvenciones para transformaci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de productos agr&iacute;colas. Convocatoria 2.007. BOJA n&uacute;m. 90 de 8 de mayo de 2.007. (Extracto de la Orden ) &nbsp;Acceso a norma completa.<a href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/05/aj-bojaVerPagina-2007-05/0,23343,bi%253D694353121888,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/05/aj-bojaVerPagina-2007-05/0,23343,bi%253D694353121888,00.html</a>&nbsp; </p>
<p>Podr&aacute;n acogerse a las subvenciones las personas f&iacute;sicas y jur&iacute;dicas que ejerzan y asuman las actividades de transformaci&oacute;n y comercializaci&oacute;n de productos agr&iacute;colas en Andaluc&iacute;a y sean responsables finales de la financiaci&oacute;n de inversiones y titulares de microempreas, peque&ntilde;as y medianas empresas y grandes empresas.</p>
<p>Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes, as&iacute; como cualquier otra agrupaci&oacute;n de personas que carezcan de personalidad jur&iacute;dica. </p>
<p><strong>Inversiones subvencionables</strong>: <br />
La mejora o racionalizaci&oacute;n de los procedimientos de manipulaci&oacute;n y transformaci&oacute;n de productos agr&iacute;colas y de los canales de comercializaci&oacute;n. </p>
<p>La mejora de acondicionamiento y la presentaci&oacute;n de los productos agr&iacute;colas y el fomento de un mejor uso de los subproductos o eliminaci&oacute;n de los residuos generados en los distintos procesos productivos del sector as&iacute; como reducci&oacute;n de residuos y emisiones de CO2. </p>
<p>Aplicaci&oacute;n de nuevas tecnolog&iacute;as y el fomento de las inversiones innovadoras. </p>
<p>La mejora y control de calidad y de las condiciones sanitarias. </p>
<p>La protecci&oacute;n del medio ambiente fomentando la adaptaci&oacute;n ambiental. </p>
<p>Las inversiones no deber&aacute;n haberse comenzado antes de que se haya levantado acta de no inicio por la Delegaci&oacute;n Provincial de la Consejer&iacute;a de Agricultura y Pesca. Las industrias en las que se proyecten las inversiones deber&aacute;n estar inscritas en el Registro de Industrias Agroalimentarias. </p>
<p>En el <strong>Art. 5</strong> se establece las <strong>inversiones excluidas</strong> y las que lo son con car&aacute;cter sectorial. </p>
<p><strong>Gastos Subvencionables</strong>: <br />
Gastos de construcci&oacute;n y adquisici&oacute;n de bienes inmuebles. Los terrenos solo hasta el 10% de la inversi&oacute;n y cuando est&eacute;n ubicados en Parques Agroalimentarios y Tecnoalimentarios. </p>
<p>Gastos de adquisici&oacute;n e instalaci&oacute;n de equipos y maquinaria nuevos, incluidos inform&aacute;ticos que formen parte de automatizaci&oacute;n de procesos. </p>
<p>Los gastos generales tales como honorarios de arquitectura, ingenier&iacute;a, consultor&iacute;a, estudios viabilidad etc. </p>
<p><strong>No ser&aacute;n subvencionables</strong>: La maquinaria de segunda mano, reparaciones y obras mantenimiento, material amortizable y gastos, mano de obra propia y materiales propios, el Iva y otros tributos. </p>
<p>Para 2007 el <strong>plazo</strong> de presentaci&oacute;n de solicitudes de <strong>dos meses desde el d&iacute;a siguiente a la publicaci&oacute;n. <br />
</strong></p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25 de abril de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Emprender en Femenino]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Emprender en Femenino]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 10 del 26 de abril de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=185]]></link>      <description><![CDATA[23 de marzo de 2.007<br>Subvenciones Emprender en Femenino<br>Instituto de la Mujer. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales<br><br><P>El Instituto de la Mujer&nbsp;convoca la 12 edición de las subvenciones al empleo, “Emprender en Femenino”. BOE núm. 100 del jueves 26 de abril de 2.007. Pág. 18345 y siguientes. </P>
<P>(Extracto)</P>
<P>Las subvenciones “Emprender en Femenino” van dirigidas a mujeres que se hayan constituido como trabajadoras autónomas o que hayan creado una sociedad, cualquiera que sea la forma jurídica.</P>
<P>La cuantía vendrá determinada por el importe total sin incluir IVA, de los gastos justificados y que se especifican en el Art. 9, oscilando entre un mínimo de 6.000 y máximo 12.000 €. </P>
<P>Podrán ser beneficiarias, todas aquellas mujeres que: </P>
<UL>
<LI>&nbsp;Hayan <STRONG>iniciado su actividad entre el 1 de&nbsp;enero de 2.006 y el 26 de abril de 2.007.</STRONG></LI>
<LI>Que la actividad esté relacionada con los sectores de industria, construcción, nuevas tecnologías, medio ambiente, y conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes).</LI>
<LI>Que hayan creado su puesto de trabajo, que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.&nbsp;</LI>
<LI>Que hayan realizado unos gastos mínimos de 6.000 € sin computar el IVA en los conceptos del Art. 9.&nbsp;</LI>
<LI>Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.</LI>
<LI>En caso de comunidad de bienes o sociedades, tengan una plantilla inferior a 50 personas y que la administración la ejerza únicamente mujeres y que el capital social sea suscrito por mujeres en el 100%. </LI></UL>
<P>La solicitud se presentará en modelo normalizado, que se encuentra en el anexo I, acompañada de una memoria normalizada según anexo IV, memoria personalizada según anexo V, anexo II, III, VI y la documentación obligatoria que se especifica en el articulo 7. Se puede presentar en el Registro General del Instituto de la Mujer, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y en los registros y oficinas a que se refiere el Art. 38.4 de la Ley 30/1.992.</P>
<P><STRONG>El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días naturales desde el día siguiente de la publicación en el BOE, finaliza el 6 de mayo</STRONG>.</P>
<P>Teléfono información: 900 19 10 10</P>
<P>Acceso a BOE para consultar la resolución completa: <BR><A href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/26/pdfs/A18345-18355.pdf">http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/26/pdfs/A18345-18355.pdf</A> </P>
<P><BR><BR><BR>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[23 de marzo de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas Plan Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas Plan Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 64 de 30 de marzo de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=184]]></link>      <description><![CDATA[15 de marzo de 2.007<br>Ayudas Plan Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo<br>Consejería de Empleo<br><br><P>La Consejería de Empleo ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo.</P>
<P>La Orden de 15 de marzo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía se ha publicado en el BOJA núm. 64 de 30 de marzo de 2007, puede acceder a dicha orden en: <A href="http://www.andaluciajunta.es/BOJA">http://www.andaluciajunta.es/BOJA</A></P>
<P>También existe una pagina web donde puede encontrar toda la información e incluso los formularios de las ayudas en: <A href="http://www.juntadeandalucia.es/empleo/autonomos">http://www.juntadeandalucia.es/empleo/autonomos</A></P>
<P>Existe un Sistema de Atención al Autónomo de la Consejería de Empleo.</P>
<P>Las ayudas se distribuyen por capítulos, a continuación se enumeran únicamente las que se refieren tanto a inicio de la actividad como para la consolidación de la empresa, y que las puede solicitar las personas emprendedoras o las personas constituidas como personas físicas autónomas, para conocer el contenido completo consultar la Orden de 15 de marzo de 2.007.</P>
<P><STRONG>Capitulo II<EM>:</EM></STRONG> Programa de Fomento de Inicio de Actividad, incluye 3 medidas:</P>
<P>1. Ticket de Autónomo para inicio de actividad. (para personas en situación de desempleo)<BR>2. Financiación inicio actividad: incluye bonificación de intereses de préstamo y créditos sin aval o microcréditos. <BR>3. Medidas apoyo y gestión . Solicitantes: Personas que vayan a iniciar la actividad o que habiéndola iniciado lo soliciten durante el primer año de actividad, comprende contratación de servicios externos, entre otros la llevanza de contabilidad, gestión nominas, seguros sociales etc.</P>
<P>Plazo de presentación de solicitudes, enero, mayo y septiembre de cada año.</P>
<P>Las personas que se hayan dado de alta como trabajadores o trabajadoras autónomas entre el 1 de octubre de 2.006 y el 30 de marzo de 2.007, podrán solicitar el Ticket de autónomo en el plazo de un mes a partir del 30 de marzo, fecha de entrada en vigor de la orden.</P>
<P>Excepcionalmente para el año 2.007 la convocatoria de este capítulo se abre durante los meses de abril y septiembre. </P>
<P><STRONG>Capitulo V:</STRONG> Programa para la consolidación y apoyo de la actividad económica.</P>
<P>1. Medidas de apoyo a la/s primera/s constratacion/es de carácter indefinido, o transformación de contratos de duración determinada en indefinidos. Plazo de presentación solicitudes dos meses desde la formalización de la contratación.</P>
<P>2. Medida de apoyo a la financiación para consolidación o ampliación de negocio: aquí se incluyen medidas como bonificación de intereses de préstamo y créditos sin aval o microcreditos. Plazo de presentación de solicitudes, enero, mayo y septiembre de cada año. Excepcionalmente para el año 2.007 la convocatoria de este apartado se abre durante los meses de abril y septiembre. </P>
<P><STRONG>Capitulo VI:</STRONG> Programa de formación para los trabajadores y trabajadoras autónomas, tanto para personas desempleadas como formación continua para personas constituidas en autónomas. A estas ayudas optarán empresas publica o privadas, entidades sin animo de lucro y asociaciones trabajadores autónomos.</P>
<P>Plazo presentación solicitudes, diciembre ejercicio anterior a iniciar las acciones. </P>
<P><STRONG>Capitulo VII:</STRONG> Programa para fomentar la cultura preventiva en materia de riesgos laborales para los trabajadores autónomos y autónomas, comprende:</P>
<P>1. Proyectos de implantación de cultura preventiva. <BR>2. Proyectos de incorporación de medidas especificas. </P>
<P>Plazo presentación solicitudes, diciembre ejercicio anterior a iniciar las acciones. </P>
<P><STRONG>Capitulo VIII: </STRONG>Programa Apoyo a la trabajadora autónoma y proyectos conciliación familiar y laboral.</P>
<P>1. Medidas apoyo a la trabajadora autónoma: hasta 3.000 € para la contratación de una persona por motivo de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo. Plazo de presentación solicitudes dos meses desde la formalización de la contratación. <BR>2. Medidas de apoyo a proyectos destinados a la conciliación de la vida familiar y laboral. Podrán solicitarlas entidades de derecho público y entidades sin animo de lucro. <STRONG></STRONG></P>
<P>Plazo presentación solicitudes, diciembre ejercicio anterior a iniciar las acciones. </P>
<P><STRONG>Capitulo X: </STRONG>Premio anual a loa trabajadores y trabajadoras autónomos de Andalucía. <BR>Tiene carácter honorífico no devengando efecto económico. </P>
<P>La orden entra en vigor el día de publicación, 30 de marzo de 2007.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[15 de marzo de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria 2.007 ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria 2.007 ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 59 de 23 de marzo de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=183]]></link>      <description><![CDATA[9 de marzo de 2.007<br>Convocatoria 2.007 ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><P>Se convoca para 2.007 ayudas para organización y participación ferias agroalimentarias.&nbsp;En la &nbsp;Orden de 7 de diciembre de 2.005, de la Consejería de Agricultura y Pesca se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias. BOJA núm. 246 de 20 de diciembre de 2.005. Páginas núm. 14 y siguientes. <BR>(Extracto de la orden reguladora) </P>
<P>Hay dos modalidades de subvenciones.</P>
<P>a) Asistencia y participación en ferias agroalimentarias <BR>b) Organización de ferias agroalimentarias. </P>
<P>En este extracto nos centraremos en las primeras destinadas a empresas agroalimentarias.</P>
<P>Tendrán la consideración de gastos subvencionables para la asistencia y participación en ferias agroalimentarias los siguientes:</P>
<P>a) Canon de ocupación: Derechos inscripción, alquiler espacio, seguro, acometida y cuadro eléctrico, canon instalación eléctrica, consumo eléctrico, canon montaje, limpieza. <BR>b) Acondicionamiento: Alquiler stand, Montaje, Decoración y mobiliario. <BR>c) Transporte de material: Gastos transporte material a recinto ferial. <BR>d) Desplazamiento, alojamiento y manutención de dos personas por empresa o entidad. </P>
<P>Los gastos máximos por desplazamiento a considerar serán los ocasionados desde la localidad donde tenga su sede la entidad beneficiaria, no obstante podrá considerarse los causados desde la otra localidad donde haya tenido lugar la celebración de otras ferias agroalimentaria.</P>
<P>Los gastos máximos por desplazamientos realizados a través de autobús, tren o avión se considerarán por el importe del billete con las limitaciones que se establecen en el articulo 2.4, cuantía máxima del 30% de los gastos no pudiendo sobrepasar los 3.000 €, si la entidad pertenece al sector de la agricultura ecológica será hasta el 50% máximo 8.000 €.</P>
<P>En caso de vehículo particular el gasto máximo lo será por km y los gastos máximo de alojamiento y manutención serán considerados en las cuantías establecidas para personal funcionario según normativa vigente. </P>
<P>Los modelos de solicitud se podrán obtener y confeccionar y remitir a través de la página web de la Consejería en la dirección <A href="http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca">www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca</A></P>
<P>Plazo máximo de ejecución de las acciones subvencionadas, finaliza el mes siguiente a la celebración de la feria agroalimentaria.</P>
<P>Plazo presentación solicitudes: dos meses desde el día siguiente a la publicación en el BOJA( 23 mazo 2.007)</P>
<P>Acceso a Boja de la orden de la base reguladora. <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D699614546885,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D699614546885,00.html</A> </P>
<P>Acceso a boja de convocatoria 2.007: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/03/aj-bojaVerPagina-2007-03/0,23341,bi%253D694463591888,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2007/03/aj-bojaVerPagina-2007-03/0,23341,bi%253D694463591888,00.html</A>&nbsp;<BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[9 de marzo de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria IV Premio Mejores Quesos Españoles]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria IV Premio Mejores Quesos Españoles]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm 58 de 8 de Marzo de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=182]]></link>      <description><![CDATA[22 de Febrero de 2.007<br>Convocatoria IV Premio Mejores Quesos Españoles<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación <br><br><P>Las bases reguladores de esta convocatoria se establece en la Orden AOA 359/2007 de 14 de febrero publicada en el BOE núm. 45 de 21 de febrero. <BR>(Extracto de la convocatoria y bases reguladoras) .</P>
<P>Concesión en régimen de concurrencia competitiva, del Premio Mejores Quesos Españoles.</P>
<P>Podrán participar los establecimientos autorizados de producción de quesos según las normas específicas.</P>
<P>Cada empresa elaboradora podrá participar en las categorías y grupos de quesos que considere oportuno. Categorías de participación:</P>
<P>a) Quesos Autóctonos españoles. (se incluye lista en el Anexo de la orden) </P>
<P>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;1. Quesos frescos.&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;2. Quesos de pasta blanda.&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;3. Quesos de pasta prensada de oveja&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;4. Quesos de pasta prensada de vaca&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;5. Quesos de pasta prensada de cabra&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;6. Quesos de pasta prensada mezcla de oveja, vaca o cabra.&nbsp;<BR>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;7. Quesos de pasta azul </P>
<P>b) Quesos de Producción Ecológica. </P>
<P>c) Otros Quesos.</P>
<P>Los quesos presentados serán de elaboración propia del concursante, debiendo justificar la elaboración anual de un número mínimo de 2.000 piezas o 3.000 kilos, en las categorías de quesos autóctonos españoles y otros quesos, en la categoría de quesos de producción ecológica se deberá justificar la elaboración anual de un mínimo de 1.000 piezas o 1.500 kilos.</P>
<P>Los premios y accésit consistirán en una escultura original y un diploma acreditativo. <BR>Los galardonados podrán hacer mención del premio en sus acciones de promoción y publicidad, haciendo siempre referencia a la categoría, grupo, edición del premio y órgano convocante. </P>
<P>El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el <STRONG>9 de marzo hasta el 18 de abril de 2.007 inclusive.<BR><BR></STRONG></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[22 de Febrero de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Sociedad para el Desarrollo de la Vega: Bases de la convocatoria de ayudas al autoempleo]]></title>      <title><![CDATA[Sociedad para el Desarrollo de la Vega: Bases de la convocatoria de ayudas al autoempleo]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 20, 25/01/2007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=181]]></link>      <description><![CDATA[05/03/2007<br>Sociedad para el Desarrollo de la Vega: Bases de la convocatoria de ayudas al autoempleo<br>Rinconada - Sevilla<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Bases de la convocatoria de ayudas al autoempleo y a la creación de empresas del proyecto EQUAL MARE, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empleo.</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Preferentemente mujeres que antes del inicio de la actividad se encuentren inscritas en la Oficina del S.A.E. como demandantes de empleo y vayan a iniciar su actividad como empresarias en el Municipio de La Rinconada en algunas de las siguientes fórmulas:</P>
<UL>
<LI>Como empresaria individual.</LI>
<LI>Como socia de capital y trabajo en una sociedad civil.</LI>
<LI>Como socia de una sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa o sociedad anónima en la que las mujeres sean titulares de más del 50% del capital social y asuman la administración y gerencia de la misma.</LI>
<LI>Como socia de trabajo de una sociedad laboral o de una sociedad cooperativa andaluza.</LI></UL>
<P><STRONG>Requisitos de los Beneficiarios/as:</STRONG></P>
<P>Los beneficiarios/as deberán ejercer la actividad productiva en el Municipio de La Rinconada.</P>
<P>El/la beneficiario/a, en cualquier caso, deberá haberse constituido en autónomo o en el régimen que legal o estatutariamente le corresponda con fecha desde el 1 de mayo de 2006, hasta la finalización del plazo de la solicitud (30 de junio de 2007).</P>
<P>El inicio de la actividad productiva coincidirá con el alta en el IAE, y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, o el que legal o estatutariamente corresponda.</P>
<P>La condición de trabajadora autónoma o de miembro de una sociedad deberá mantenerse al menos durante un año desde que, una vez concedida la subvención, se haya producido el inicio de la actividad. Situación que deberá acreditarse con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.</P>
<P></CAMPO></P>
<P>&nbsp;</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[05/03/2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 48, 27/02/2007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=180]]></link>      <description><![CDATA[05/03/2007<br>Convocatoria de subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres<br>Provincia de Sevilla<br><br><P><STRONG>Título:</STRONG> Convocatoria de subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres.</P>
<P><STRONG>Materias:</STRONG> Empresa; Mujer; </P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Las ayudas podrán ser solicitadas por empresas de mujeres o empresarias individuales (autónomas), legalmente constituidas y con la declaración fiscal de comienzo de la actividad realizada antes del 1 de enero de 2006, que reúnan además los siguientes requisitos:</P>
<P>a) Aquellas que tengan un proyecto para la consolidación y/o mejora de sus empresas. Estas empresas habrán de estar gestionadas y participadas mayoritariamente por mujeres (se considerará que la participación de mujeres es mayoritaria cuando éstas sean propietarias, al menos, del 51% del capital y representen, como mínimo, el 50% del número de socios. La mayoría de las socias mujeres deberán actuar como trabajadoras o gestoras de la empresa y la representación legal de la misma deberá estar a cargo de mujeres). Se tendrá que presentar una declaración responsable de la solicitante donde se deje constancia de la participación y representación citadas.</P>
<P>Se considerarán, con carácter preferente, aquellas empresas que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en municipios con población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de Sevilla. Excluida Sevilla capital.</P>
<P>b) No podrá resolverse la concesión de ayudas a beneficiarias sobre las que haya recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro hasta que sea acreditado su ingreso.</P>
<P>c) La aportación mínima de la beneficiaria de estas subvenciones será del 25% del presupuesto aceptado a efectos de la subvención, libre de toda ayuda.</P>
<P>d) No haber obtenido subvención, durante los últimos dos años, mediante las convocatorias de ayudas para la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres del Área de Políticas de Igualdad de la Diputación de Sevilla 2.005 y 2.006 respectivamente.</P>
<P>e) Los requisitos que deben reunir las beneficiarias de las subvenciones deberán mantenerse hasta tanto se ejecute el programa subvencionado y se justifique de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.</P>
<P>– Se primarán aquellas solicitudes de empresas cuya actividad a efectos de C.N.A.E. sea clasificada como industrial, las que se dediquen a actividades económicas emergentes, innovadoras y actividades de escasa presencia en el mercado local y que cubran necesidades no satisfechas en la estructura existente, entre otras.</P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el BOP de Sevilla.</CAMPO></P>
<P></CAMPO></P>
<P>&nbsp;</P>
<P>&nbsp;</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[05/03/2007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria 2.77 ayudas a la Apicultura]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria 2.77 ayudas a la Apicultura]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 38 ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=179]]></link>      <description><![CDATA[6 de febrero 2.007<br>Convocatoria 2.77 ayudas a la Apicultura<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><P>Ayudas a la apicultura 2.007 regulada por Orden de 1 de abril de 2.005, se regulan las ayudas a la Apicultura. BOJA núm. 69 de 11 de abril de 2.005 paginas núm. 17 y siguientes.</P>
<P>Resolución de 6 de febrero de 2.007 convocatoria 2.007. Boja núm. 38 de 21 de febrero 2.007. <BR>(Extracto de la Orden).</P>
<P>Están destinadas a mejorar la producción y la comercialización de miel en la Comunidad Autónoma de Andalucía.</P>
<P>Tipos de Ayudas. <BR>Medida A: Información y asistencia técnica a los apicultores. <BR>Medida B: Lucha contra la varroasis <BR>Medida C: Racionalización de la trashumancia. <BR>Medida D: Apoyo a los análisis de miel <BR>Medida E: Repoblación de la cabaña apícola.</P>
<P>Beneficiarios/as: Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación apícola en la comunidad Autónoma de Andalucía, tenga inscrita la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Las cooperativas apícolas, las organizaciones profesionales agrarias y las federaciones de empresas cooperativas que cumplan con los requisitos anteriores.</P>
<P>Nos referimos aquí a lo que concierne a las ayudas a empresas. <BR>Medida B. Ayuda a la lucha contra la varroasis. Objetivo mejorar las condiciones sanitarias de las colmenas. Líneas: Tratamientos quimioterápicos, Métodos de Lucha biológica. Sustitución de envases de colmenas. Sobrealimentación de los enjambres.</P>
<P>Medida C. Líneas de ayuda. Adquisición de material para identificación de colmenas y cuadros. Inversiones en equipamiento de manipulación y trasporte. Suscripción de pólizas de seguros por daños propios y responsabilidad civil de las colmenas.</P>
<P>Medida E. Repoblación cabaña apícola. Inversiones para cría de reinas autóctonas. Reposición de reinas autóctonas por bajas, mejora o renovación de las mismas. Compra de enjambres de abejas autóctonas.</P>
<P>Solicitud disponible en web junta de Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.</P>
<P>Plazo 2.007: desde el 22 de Febrero hasta el 20 de abril 2007.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[6 de febrero 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas desarrollo proyectos y producción audiovisuales 2.007]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas desarrollo proyectos y producción audiovisuales 2.007]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 34 de 15 de febrero 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=177]]></link>      <description><![CDATA[16 enero 2.007<br>Convocatoria ayudas desarrollo proyectos y producción audiovisuales 2.007<br>Consejería de Cultura<br><br><P>Consejería de Cultura. Orden 30 de septiembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo de proyectos y a la producción de obras audiovisuales. BOJA núm. 199 de 11 de octubre de 2.005. <STRONG>Convocatoria 2007 Resolución 16 enero 2007</STRONG>, <STRONG>Boja. núm.34 15 de febrero 2.007.</STRONG> (Extracto de la Orden)</P>
<P>Podrán solicitar las ayudas: Las Empresas de producción audiovisual independientes establecidos en un Estado de la Unión Europea y con sede permanente en Andalucía que estén inscritos en el Registro Administrativos de Empresas Cinematográficas y de la Artes Audiovisuales del Ministerio de Cultura o en su caso el que exista en la Administración Andaluza. Para el caso de las ayudas al desarrollo podrá ser personas físicas o jurídicas. Para las ayudas a la producción empresas productoras audiovisuales con personalidad jurídica.</P>
<P>Modalidades de Ayudas: <BR>1.- Ayudas al desarrollo de proyectos: Conjunto de operaciones previas a la producción propiamente dichas, tales como guión, búsqueda de financiación, plan de marketing, localizaciones, casting inicial, etc. Comprende:<BR>1.1 Largometraje cinematográfico o televisión de ficción. <BR>1.2 Largometraje cinematográfico o televisivo de documental. <BR>1.3 Unidades de documental. <BR>1.4 Series de documentales o series de animación. </P>
<P>La cuantía de la ayuda podrá ascender hasta el 50% del coste del desarrollo y con unos máximos establecidos.</P>
<P>2.- Ayudas a la producción de obras audiovisuales. Comprende:<BR>2.1.- Largometrajes cinematográficos o televisivos de ficción y <BR>2.2 Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos o televisión de documental hasta el 25% del coste, con unos topes según tipo. <BR>2.3.- Ayudas a la producción de unidades de documental hasta el 25% del coste. <BR>2.4.- Ayudas a la producción de cortometrajes hasta el 75% del coste.</P>
<P>Plazo presentación solicitudes: del 16 de febrero a 17 de marzo de 2.007</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 enero 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Editorial andaluz ]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Subvenciones Editorial andaluz ]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 34 de 15 de febrero de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=178]]></link>      <description><![CDATA[1 febrero de 2.007<br>Convocatoria Subvenciones Editorial andaluz <br>Consejería de Cultura<br><br><P>Consejería de Cultura. Orden de 15 de marzo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de <STRONG>subvenciones</STRONG> de impulso al sector editorial andaluz y a la <STRONG>producción editorial de interés cultural para Andalucía</STRONG>. Boja núm. 62 Pág. 39 y siguientes. Convocatoria 2.007 Boja núm. 34 de 15 de febrero de 2.007. <BR>(Extracto de la Orden)</P>
<P>&nbsp;Hay tres modalidades: Obras editadas, Proyectos de edición y Publicaciones periódicas (números publicados y números no publicados).</P>
<P>Podrán Solicitar las Subvenciones: Empresas Mercantiles privadas, sean personas físicas o jurídicas, y en la modalidad de publicaciones periódicas también las instituciones sin ánimo de lucro que realicen las actividades y proyectos subvencionables contemplados.</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Requisitos según modalidad: <BR>A) Modalidad obras editadas y proyectos de edición: </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">a) Primeras ediciones o lleven más de diez años sin reeditarse. <BR>b) Que estén editadas o vayan a editarse en cualquier lengua oficial del Estado español. <BR>c) Que estén editadas o vayan a editarse en cualquier soporte. <BR>d) Que la tirada sea superior o igual a 1.200 ejemplares. <BR>e) Que el depósito legal definitivo se haya constituido en el año natural inmediatamente anterior al de la publicación del acto de la convocatoria anual.</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">B) Publicaciones periódicas:<BR>a) Que sean de carácter cultural. <BR>b) Que sean publicaciones periódicas, no diarias, editadas en serie continua con un mismo título a intervalos regulares durante un período indeterminado, de modo que los ejemplares de la serie lleven una numeración consecutiva. <BR>c) Que tengan periodicidad mínima mensual, y como máxima anual <BR>d) Que cuenten con dos años de antigüedad, como mínimo, salvo casos excepcionales. <BR>e) Que tengan una tirada mínima de 500 ejemplares. <BR>f) Que sean números publicados o que se vayan a publicar en el año de la solicitud. </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">En el Art. 5.2 se establecen las exclusiones.</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Cuantía subvención: Dependerá del precio de venta público del importe y el número de ejemplares, existiendo unos topes para cada una de las modalidades y una baremación a realizar en cada solicitud.</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Las solicitudes se ajustarán a los modelos del anexo.</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Plazo de solicitudes: <STRONG>del 16 de febrero al 17 de marzo de 2.007<BR></STRONG><BR><BR></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[1 febrero de 2.007]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Meridiana 2.007]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Premios Meridiana 2.007]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 11 de 16 de enero de 2.007]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=176]]></link>      <description><![CDATA[26 de diciembre de 2.006<br>Convocatoria Premios Meridiana 2.007<br>Consejería para la Igualdad. Instituto Andaluz de la Mujer<br><br><P>Se convoca la décima edición de los Premios Meridiana 2.007, con la finalidad de otorgar reconocimiento público a la labor desarrollada por personas, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.</P>
<P>Modalidades: </P>
<P>1. Iniciativas privadas o públicas en defensa de la igualdad. <BR>2. Iniciativas en los medios de comunicación o publicitarias a favor de al igualdad. <BR>3. Iniciativas de programas educativos, de sensibilización social o de cooperación al desarrollo. <BR>4. Iniciativas empresariales o tecnológicas a favor de la igualdad. <BR>5. Iniciativas de producción artística, cultural o deportiva. <BR>6. Iniciativas que contribuyan a la erradicación de la violencia de género. </P>
<P>Podrán optar todas aquellas personas mayores de edad, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas que con su trayectoria hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.</P>
<P>Las persona o entidades candidatas podrán ser propuestas por cualquier persona o entidad no pudiendo postularse a sí mismas, presentándose la siguiente documentación:<BR>Instancia de la persona, colectivo, entidad o institución que haga la propuesta con expresión de sus datos significativos y memoria justificativa de los méritos y razones que han motivado la presentación de la candidatura así como currículo vitae y/o memoria del proyecto o actividad desarrollada.</P>
<P>La documentación se dirigirá a la Directora de Instituto Andaluz de la Mujer, y se presentará preferentemente en el Registro General en Sevilla C/ Alfonso XII núm. 52 o en los lugares o medios establecidos en el Art. 38.4 de la ley 30/1992.</P>
<P>El plazo de presentación finaliza el <STRONG>7 de febrero de 2.007</STRONG>.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[26 de diciembre de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Turismo]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones en materia de Turismo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 239 de 13 de diciembre 2.006 pág. 173 y siguientes]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=174]]></link>      <description><![CDATA[9 de noviembre de 2.006<br>Subvenciones en materia de Turismo<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br><P>(Extracto) La orden contempla: Modalidad 1: Infraestructura Turísticas. Modalidad 2. Servicios turísticos y creación de nuevos productos. Modalidad 3. Actuaciones integrales que fomenten uso de las playas. Modalidad 4: Fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz. Modalidad 5: Implantación de sistemas de calidad. Modalidad 6: Formación, fomento de la cultura de la calidad e investigación en materia de turismo. </P>
<P><U>Aquí se hace referencia unicamente a la Modalidad 2. Servicios turísticos y creación de nuevos productos.</U></P>
<P>Podrán acogerse las pequeñas y medianas empresa, personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, con sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía y que estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.</P>
<P>El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. La documentación a presentar, se establece en el articulo 7 y 8 de la orden.</P>
<P>Podrán recibir subvenciones los gastos derivados de: <BR>a) Construcciones, excluidos los terrenos. <BR>b) Trabajos de proyecto y dirección facultativa. <BR>c) Mobiliario, instalación y decoración. <BR>d) Equipos para proceso de información. <BR>e) Maquinaria. <BR>f) Utillaje. <BR>g) Cualquier otra actuación que pueda ser catalogada como de infraestructura turística.</P>
<P>No se considerarán gastos subvencionables el IVA, excepto cuando se trate de entidades acogidas al régimen de exención de dicho impuesto.</P>
<P>Los gastos anteriormente relacionados se incluirán en alguno o algunos de los proyectos subvencionables siguientes:</P>
<P><U>1. Establecimientos de Alojamiento turístico.<BR></U>a) Establecimientos hoteleros: Reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización para la mejora de los sistemas de gestión. Implantación o adaptación de instalaciones de energías no contaminantes, ahorro energético y de agua, depuración, reciclado, reducción contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Reforma y modernización de establecimientos priorizándose las necesarias para obtener categoría superior a 3 estrellas y para incrementar la accesibilidad.</P>
<P>b) Campamentos de Turismo: Reforma y modernización instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamiento, cerramientos, sistemas seguridad, instalación eléctrica, agua potable, tratamiento y eliminación de residuos sólidos, servicios higiénicos. <BR>Se priorizarán: Las necesarias para incrementar la categoría del establecimiento. Las obras dirigidas a incrementar la accesibilidad. Reforma y modernización para implantar tecnologías y sistemas de mejora de la gestión. Implantación o adaptación de instalaciones de energías no contaminantes, ahorro energético y de agua, depuración, reciclado, reducción contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales.</P>
<P>c) Balnearios: Creación, reforma y modernización.</P>
<P><U>2. Alojamientos en el medio rural</U>.</P>
<P>a) Casas rurales, establecimientos hoteleros, complejos turísticos rurales y apartamentos turísticos rurales: Creación, ampliación, reforma y modernización, priorizándose: El acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares. Reforma y modernización para implantar tecnologías y sistemas para mejorar la gestión. Implantación o adaptación de instalaciones de energías no contaminantes, ahorro energético y de agua, depuración, reciclado, reducción contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Las necesarias para mejorar la categoría del establecimiento. Las dirigidas a incrementar accesibilidad.</P>
<P>b) Viviendas turísticas de alojamiento rural: Reformas para su transformación en algún tipo de establecimiento de alojamiento turístico de calidad.</P>
<P><U>3. Establecimientos de restauración con gastronomía típica andaluza</U>.</P>
<P>a) Restaurantes y Mesones rurales: Creación, reforma y modernización. Implantación o adaptación de instalaciones de energías no contaminantes, ahorro energético y de agua, depuración, reciclado, reducción contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad contraincendios y mejoras medioambientales. Mejora de la accesibilidad.</P>
<P><U>4. Agencias de viajes:</U></P>
<P>Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas que faciliten la reserva electrónica de productos turísticos.</P>
<P><U>5. Servicios de información turística.</U> <BR><U>6. Creación de nuevos productos</U>. Son prioritarias las iniciativas de la industria de ocio, el turismo de salud, y la creación de circuitos turísticos ligados a la naturaleza, la cultura y el deporte. <BR><U>7. Dotación de instalaciones para la escenificación de hechos históricos</U>. <BR><U>8 Implantación rutas tur</U>ísticas. <BR><U>9. Creación de oferta turística complementaria</U>. <BR><U>10. Creación de establecimientos con ofertas de turismo específicos. <BR>11. Implantación sistemas gestión para obtener certificaciones</U> y distintivos de gestión medioambiental. <BR><U>12. Adecuación turística o construcción de Centros de Iniciativas Turísticas</U>. <BR><U>13. Fortalecimiento de la competitividad del sector turístico local. <BR>14 otros proyectos subvencionables</U> (consultar Orden) </P>
<P>La cuantía de la subvención concedida será de hasta un 40% del proyecto de inversión aceptada. <BR>Plazo de presentación de solicitudes del 15 de enero al 15 de febrero. </P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[9 de noviembre de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 239 de 13 de diciembre de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=172]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 9 de noviembre 2006<br>Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deportes<br><br><P>Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía. BOJA núm. 239 de 13 de diciembre 2.006</P>
<P>(Extracto). Se hace referencia a la Modernización y fomento de la Artesanía. La Orden incluye: Urbanismo Comercial a Ayuntamientos. Actividad Comercial de establecimientos de Comercio Menor. Fomento Asociacionismo. Promoción Comercial. Promoción ferias comerciales oficiales. Promoción Eventos Comerciales.</P>
<P><STRONG>Modalidad 7. (ARA/E). Modernización y fomento de la artesanía</STRONG>.</P>
<P>Podrán acogerse a las subvenciones para esta modalidad, las empresas artesanas. Tienen esta consideración aquella organización de capital, bienes y personas que bajo la titularidad de una persona física o jurídica realiza actividad económica de producción de un producto o productos artesanales elaborados conforme al Art. 3 de la ley 15/2005 de 22 de diciembre, de artesanía de Andalucía.</P>
<P>La documentación a presentar se establece en el articulo 7 y 8de la orden. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.</P>
<P>Conceptos subvencionables: en el anexo 1, figuran los topes de inversión. <BR><STRONG>Línea 1.</STRONG> <STRONG>Material de modernización de la empresa artesanal</STRONG>: Adquisición maquinaria auxiliar. Adquisición equipos informáticos y programas gestión. Realización estudio calidad de la empresa. Implantación sistema normalizado de calidad. </P>
<P><STRONG>Línea 2. Promoción Comercial,</STRONG> gastos limitados al lanzamiento de un producto sea nuevo o ya existente ambos en nuevo mercado: Diseño, edición catálogos en soporte papel, magnéticos o CD/DVD. Diseño logotipo. Inserción publicitaria en revistas especializadas. Construcción pagina web. Participación en ferias y certámenes comerciales, gastos de inscripción y alquiler de espacio. Subvencionable la participación en 4 ferias.</P>
<P><STRONG>Línea 3. Perfeccionamiento profesional</STRONG>. Gastos de inscripción y asistencia a programas formativos relacionados con la actividad, desplazamiento y alojamiento.</P>
<P>Línea 4. Investigación: Contratación de proyectos de diseño de productos artesanales.</P>
<P><STRONG>Línea 5. Material de comercialización</STRONG>: Contratación de estudios o proyectos de comercialización de productos artesanales.</P>
<P>El importe de la ayuda a conceder será de hasta un 50% del importe de la inversión aprobada. Los conceptos subvencionables podrán realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, tratándose de pymes, los proyectos no podrán estar iniciados antes de la fecha de solicitud de la subvención. </P>
<P><STRONG>El plazo de presentación de las solicitudes será del 1 al 31 de enero de cada año. <BR><BR></STRONG></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 9 de noviembre 2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 239 de 13 de diciembre 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=173]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 9 de noviembre de 2006<br>Bases reguladoras concesión subvenciones en materia de Comercio y Artesanía<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><P>Orden de 9 de noviembre de 2.006. Este extracto hace referencia a la <STRONG>Actividad Comercial de establecimientos de Comercio Menor</STRONG>. La Orden incluye: Urbanismo Comercial a Ayuntamientos. Fomento Asociacionismo. Promoción Comercial. Promoción ferias comerciales oficiales. Promoción Eventos Comerciales. Modernización y fomento de la Artesanía.</P>
<P><STRONG>Modalidad 2. (PYM). Modernización de pequeña y mediana empresa comercial e implantación de sistemas de calidad.</STRONG></P>
<P>Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la orden, los Comerciantes minoristas, personas físicas o jurídicas que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, también las agrupaciones de personas físicas o jurídicas comunidades de bienes.</P>
<P>Otros requisitos son:</P>
<P>a) Ejercer una actividad comercial en Andalucía antes de la fecha de solicitud de la subvención y que cuenten con una preexistencia de al menos dos años ininterrumpidos de antigüedad. <BR>b) Estar inscrita en la Sección I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía antes de la fecha de solicitud. <BR>c) Que su actividad principal esté incluida en alguna de las agrupaciones de actividad de la disposición adicional segunda de la orden. Agrupación 64, 65, 66, salvo Grupo 646, 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.5., 659.8, 663, 664, 665. <BR>d) Que no hayan obtenido de la Consejería subvenciones para la misma actuación en los dos ejercicios anteriores a la solicitud. </P>
<P>La documentación a presentar se establece en el articulo 7 y 8 de la orden. <BR><U>El criterio a tener en cuenta en la resolución será el orden correlativo de entrada en el registro</U>. </P>
<P>Podrán ser objeto de subvención:</P>
<P><STRONG>a) Renovación y mejora tecnológica de al pequeña y mediana empresa comercial.</STRONG> La totalidad de los centros dependientes no pueden superar cinco personas en plantilla. Adquisición equipos informáticos, (limite 3.000 €). Adquisición de software (hasta 1.500 €). Adquisición equipo tecnológico (hasta 3.000 €). Conexión Internet (hasta 500 €). Gastos asistencia a ferias de nuevas tecnologías de información comercial (hasta 600€). Diseño e implantación sistemas de ventas no presenciales ( hasta 2.000 €). Servicios asociados a la venta. (hasta 1.200 €). Adecuación física de los establecimientos para implantación de nuevos sistemas de venta (hasta 18.000 €). Ampliación y reforma del establecimiento (hasta 60.000 €). Gastos equipamientos y mobiliario comercial (hasta 15.000 €).</P>
<P><STRONG>b) Innovación en la gestión de la empresa comercial.</STRONG> Que no supere 10 personas en plantilla. Diseño de proyectos de gestión que estimulen la innovación y su puesta en marcha (hasta 30.000 €). Desarrollo programas de análisis e incorporación de innovación (hasta 30.000 €). Apertura de nuevos centros en grandes establecimiento ( hasta 30.000€).</P>
<P><STRONG>c) Crecimiento interno de la pequeña y mediana empresa.</STRONG> No superen 25 personas en plantilla. Estudios de mercado para la apertura segundo y posterior punto de venta en la misma localidad (hasta 30.000 €). Estudios mercado para extender a otras localidades (hasta 30.000 €).</P>
<P><STRONG>d) Actuaciones derivadas de la implantación de norma de calidad UNE 175001/1.</STRONG> La totalidad de personas en plantilla no puede superar a cinco. Gastos de auditorias y consultarías externas para obtención de certificación (hasta 1.000 €). Gastos emisión certificado de calidad (hasta 500 €).</P>
<P><STRONG>e) Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadoras y comerciales andaluzas. <BR>f) Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales. <BR>g) Apertura de un segundo o posterior punto de venta <BR>h) Diseño planes estratégicos crecimiento. <BR>i) Inversiones en trasformar establecimiento comercial polivalente en especializado. <BR>j) Inversiones destinadas a que establecimiento especializados puedan ofrecer gama mas estrecha y profunda de productos. <BR>k) Articulación estrategias ventas basadas en la diferenciación de servicios- <BR>l) Adecuación física de las pymes comerciales para su conversión en franquiciadora.</STRONG></P>
<P><STRONG>m) Apoyo a las pymes comerciales en municipios menores de 5.000 habitantes.</STRONG> Acondicionamiento y optimización de la imagen de los comercios. Implantación nuevas técnicas de venta. Adopción de dinámicas de multiservicio. Diversificación oferta comercial con productos autóctonos. Desarrollo actividades fomentar la calidad.</P>
<P>El importe de la subvención a conceder será de hasta el 50% del total de la inversión aprobada subvencionable. No será subvencionable el IVA cuando sea recuperable.</P>
<P>El plazo para la realización del proyecto objeto de la subvención será de tres meses a contar desde la notificación de la resolución.</P>
<P><STRONG>El plazo de presentación de las solicitudes será del 1 al 31 de enero de cada</STRONG> .</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 9 de noviembre de 2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Mejores Aceites de Oiva Virgen Extra Españoles]]></title>      <title><![CDATA[Premio Mejores Aceites de Oiva Virgen Extra Españoles]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 255 de 25 de octubre]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=171]]></link>      <description><![CDATA[25 de octubre 2.006<br>Premio Mejores Aceites de Oiva Virgen Extra Españoles<br>Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación<br><br><P>Orden APA 3281/2006 de 18 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión del premio Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles. BOE núm. 255 de 25 de octubre de 2.006 Pág. 37335. Convocatoria BOE núm. 283, 27 de noviembre de 2.006 <BR>(Extracto) </P>
<P>Podrán participar los titulares de almazaras autorizadas que tengan su sede social en España.</P>
<P>Solo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña especificada en cada convocatoria.</P>
<P>Podrán optar al premio los aceites de las siguientes categorías:</P>
<P>Aceite de oliva virgen extra de producción convencional <BR>Aceite de oliva virgen extra de producción ecológica.</P>
<P>Cada almazara podrá presentar un lote como máximo en cada una de las dos categorías contempladas.</P>
<P>El aceite presentado al concurso en la categoría aceite de oliva virgen extra de producción convencional deberá proceder de un lote homogéneo de al menos 20.000 litros. Para la categoría de producción ecológica deberá proceder de un lote homogéneo de al menos 5.000 litros.</P>
<P>Los premios consistirán en una escultura original y un diploma acreditativo. Las almazaras ganadoras podrán hacer mención del premio en el etiquetado de sus envases del mismo lote de la muestra ganadora.</P>
<P>Plazo presentación solicitudes del 28 de noviembre de 2.006 hasta el 7 de febrero de 2.007 incluido.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25 de octubre 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Premio Mejor Empresa Alimentaria Española]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Premio Mejor Empresa Alimentaria Española]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 243 y 272]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=170]]></link>      <description><![CDATA[14 de noviembre de 2.006<br>Convocatoria Premio Mejor Empresa Alimentaria Española<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación<br><br><P>Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación. Oren APA/3120/2006 de 4 de octubre, se establecen las bases reguladoras para la concesión del premio Mejor Empresa Alimentaria Española. BOE núm. 243 de 11 de octubre de 2006 <BR>(Extracto)</P>
<P>Objeto: estimular la exportación, la innovación e inversión tecnológica, la cooperación empresarial, la protección del medio ambiente, el desarrollo rural la producción ecológica y la introducción de la mujer en el mundo empresarial en este sector en las categorías que se describen:</P>
<P>a) Exportación, dirigido a galardonar el esfuerzo por la internacionalización. <BR>b) Innovación e inversión tecnológica: dirigido a galardonar las mejores actuaciones de modernización <BR>c) Medio ambiente: dirigido a galardonar la utilización de técnicas mas limpias y más respetuosas con el medio ambiente. <BR>d) Desarrollo rural: Dirigido a galardonar las acciones en el medio rural, vinculadas a recursos primarios locales y contribuyan al desarrollo. <BR>e) Producción ecológica: dirigido a galardonar las acciones que de una manera global mejor integren aspectos relacionados con la contribución a la conservación de la biodiversidad y respeto al medio ambiente. <BR>f) La mujer en el mundo empresarial: para galardonar a las mejores mujeres empresarias que dirigen empresas alimentarias que se hayan constituido como trabajadoras autónomas o que hayan creado una sociedad cualquiera que se la forma jurídica. <BR>g) Cooperación empresarial. dirigido a galardonar las iniciativas de mejora de la competitividad y aumento de la dimensión empresarial. </P>
<P>Los premios consistirán en una escultura original y un diploma acreditativo. Se podrá hacer mención del premio en sus acciones de promoción.</P>
<P>Acceso al BOE con las bases completas:</P>
<P><A href="http://www.boe.es/g/es/boe/dias/2006/10/11/seccion3.php">http://www.boe.es/g/es/boe/dias/2006/10/11/seccion3.php</A></P>
<P>Plazo solicitudes: Orden APA/3477/2006, del 15 de noviembre de 2.006 a 14 febrero de 2.007. Acceso a BOE de la convocatoria:</P>
<P><A href="http://www.boe.es/g/es/boe/dias/2006/11/14/seccion3.php">http://www.boe.es/g/es/boe/dias/2006/11/14/seccion3.php</A></P>
<P><BR>&nbsp;</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[14 de noviembre de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Empresa Socialmente Responsable]]></title>      <title><![CDATA[Premio Empresa Socialmente Responsable]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=169]]></link>      <description><![CDATA[Premio Empresa Socialmente Responsable<br>Area Derechos Sociales. Diputación de Málaga<br><br><P>La Diputación de Málaga a través del Área de Derechos Sociales, convoca el Premio Empresa Socialmente Responsable, <STRONG>“Málaga.es Empresa Socialmente Responsable”,</STRONG> tiene por objeto distinguir a la empresa malagueña que haya implantado con mayor éxito los valores de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC), como forma de gestión integral, asumiendo su responsabilidad en la mejora de la sociedad y del medioambiente.</P>
<P>Podrán optar al premio todas las empresas cuya actividad empresarial se desarrolle en la provincia de Málaga, cualquiera que sea la forma jurídica de su constitución.</P>
<P>Las empresas que deseen optar al premio deberán presentar su candidatura acompañada de los siguientes documentos:</P>
<P>- Solicitud de presentación de la candidatura firmada por persona autorizada o representante legal de la empresa. <BR>- Ficha técnica de la empresa: nombre, CIF, razón social, domicilio social, número de empleados y volumen de facturación, representante legal y datos de contacto. <BR>- Memoria explicativa, de un máximo de 25 páginas, en la que se expongan las líneas básicas de su estrategia de Responsabilidad Social Corporativa, incluyendo necesariamente referencia a sus tres apartados básicos: ámbito laboral, mercado y medioambiente. <BR>- Dossier documental que no exceda de 150 folios, demostrativo de las estrategias y actuaciones llevadas a cabo, que puede estar compuesto por informes o documentos que contengan datos contables, laborales, memorias, contratos, convenios, códigos de buen gobierno, informes de auditoría o certificaciones, folletos, noticias de prensa, así como cartas de apoyo de terceros a la candidatura. <BR>- Declaración jurada del/la representante legal, de que la empresa no está inmersa en ningún proceso judicial, no ha sido denunciada por ningún grupo de interés (trabajadores, consumidores o proveedores) y se encuentre al corriente de las obligaciones fiscales y laborales exigidas por la normativa legal. <BR>- Certificado de auditores sobre el cumplimiento de la cuota de reserva legal en plantilla, del 2% de personas con discapacidad en el caso de que proceda.</P>
<P>El plazo de presentación de las candidaturas finaliza el 17 de noviembre de 2006.</P>
<P>Se otorgará un único premio para esta convocatoria. El premio consistirá en una figura representativa con una placa con la descripción del galardón y un diploma acreditativo, que será entregado en un acto público convocado a tal efecto.</P>
<P>Mas información en <A href="http://www.malaga.es">www.malaga.es</A> </P>
<P><BR>&nbsp;</P><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Emprendizaje Social]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Emprendizaje Social]]></title>      <category><![CDATA[BOP Málaga, núm. 194 de 10 de octubre de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=168]]></link>      <description><![CDATA[10 de octubre de 2.006<br>Subvenciones Emprendizaje Social<br>Área Derechos Sociales. Diputación de Málaga<br><br><P>Tiene como finalidad favorecer la inserción sociolaboral de los colectivos mas desfavorecidos de la provincia de Málaga, a través de la concesión de ayudas a aquellas iniciativas empresariales promovidas por personas físicas o jurídicas u organizaciones sociales, dirigidas a la creación de empresa o al autoempleo.</P>
<P>Se considera beneficiarias: </P>
<P>Mujeres, en especial victima violencia género, Jóvenes menores 30 años, Personas con discapacidad, Emigrantes españoles retornados, Población inmigrante, solicitantes asilo y refugiados, Familias monoparentales, especialmente mujeres, Personas drogodependientes, Población exreclusa, Personas paradas de larga duración, especialmente mayores 40años.</P>
<P>La convocatoria subvenciona los siguientes programas:</P>
<P><U>Programa microcrédito, para autoempleo</U>: <BR>- Personas emprendedoras que tengan como finalidad el autoempleo que puedan necesitar de la concesión de pequeño préstamo por entidad financiera. </P>
<P>- Empresas en consolidación, menos de un año de funcionamiento, que tenga como finalidad la consolidación o nueva contratación de puestos de trabajo para personas en situación de desventaja social.</P>
<P><U>Programa Empresas Inserción</U>: <BR>- Realización de actuaciones, iniciales o de preparación para la creación de empresas, preferentemente de economía social, para inserción de laboral de personas pertenecientes a colectivos en situación de desventaja social. </P>
<P>Gastos subvencionables: <BR>1. Reforma y alquiler de locales. <BR>2. Adquisición o alquiler de mobiliario. <BR>3. Adquisición de herramientas y alquiler de equipos. <BR>4. Adquisición de material didáctico y/o material fungible. <BR>5. Seguridad Social persona emprendedora, para el programa microcrédito. <BR>6. Gastos derivados de la contratación de personas en inserción sociolaboral. </P>
<P>Cuantía: dotación máxima de casa subvención no superará los 6.000 € para el Programa de Microcréditos y de 15.000 € por proyecto en el de Empresas de Inserción.</P>
<P>Plazo: <STRONG>45 días naturales</STRONG> a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP, fecha publicación 10 de octubre de 2.006. Las solicitudes formuladas en modelo oficial (anexo I) y su documentación se presentarán en el Registro General de Diputación o en cualquiera de los medios del art. 38.4 de la ley 30/1.992 de 26 de noviembre y la ley 4/1.999 de modificación de la anterior.<BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[10 de octubre de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para Programas de Información y Promoción de Productos Agroalimentarios]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para Programas de Información y Promoción de Productos Agroalimentarios]]></title>      <category><![CDATA[BOE, Orden APA/2758/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=166]]></link>      <description><![CDATA[24 de agosto de 2.006<br>Ayudas para Programas de Información y Promoción de Productos Agroalimentarios<br>Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación<br><br><P>Se convocan para el ejercicio 2.007 las ayudas para la realización de programas de información y promoción de productos agroalimentarios en el mercado interior.</P>
<P>Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las organizaciones profesionales e interprofesionales representativas del sector agroalimentario que lleven a cabo las acciones señaladas en el artículo 2 del Reglamento (CE) nº 2826/2000 del Consejo de 19 de diciembre de 2.000</P>
<P>Los proyectos deberán presentarse desde el día siguiente al de la publicación oficial de la orden hasta el <STRONG>20 de noviembre de 2.006</STRONG>.</P>
<P>El programa deberá ir acompañado de la documentación que se indica en el apartado 4 anexo I que establece el pliego de condiciones para la presentación y selección de programas.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[24 de agosto de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programas  de Incentivos para el fomento de la innovación y el Desarrollo]]></title>      <title><![CDATA[Programas  de Incentivos para el fomento de la innovación y el Desarrollo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 114 y 190]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=167]]></link>      <description><![CDATA[19 de septiembre de 2.006<br>Programas  de Incentivos para el fomento de la innovación y el Desarrollo<br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><P>Son beneficiarias las empresas con establecimiento operativo en Andalucía, preferentemente PYMES, que empleen menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio no exceda de 50 millones de euros. También podrán ser beneficiarios las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relalción con el ámbito empresarial.</P>
<P>Clases de incentivos: <BR><BR>a) Creación de empresas <BR>b) Modernización de empresas <BR>c) Cooperación competitiva de las empresas <BR>d) Investigación, desarrollo e innovación. </P>
<P>Modalidades de incentivos: <BR><BR>1. Incentivos directo a fondo perdido <BR>2. Incentivos reembolsables <BR>3. Bonificaciones de tipo de interés <BR>4. Prestamos participativos <BR>5. Aportaciones al capital social por entidades de capital riesgo. <BR>6. Prestamos con fondos de Banco Europeo de Inversiones <BR>7. Servicios prestados por la Red Territorial del Apoyo al Emprendedor. </P>
<P>Gastos objeto de incentivación: <BR><BR>1. Proyectos dirigidos a la realización de una inversión: , terrenos, urbanización, naves instalaciones equipamiento etc </P>
<P>2. Proyectos de incorporación de tecnología de la información y comunicación y de comercio electrónico: gastos consultoría, equipamiento, aplicaciones informáticas etc</P>
<P>3. Proyectos que no estén directamente relacionados con la realización de una inversión</P>
<P>4. Proyectos de I+D+I</P>
<P>La tramitación se realiza a tras de solicitudes presentadas por la Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.</P>
<P>Plazo presentación solicitudes. Hasta el 30 de septiembre de 2.006, por orden de 19 de septiembre de 2.006 se amplia el plazo hasta el <STRONG>30 de diciembre de 2.006.</STRONG><BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[19 de septiembre de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Orden de 25 de julio,  Nuevo Plazo Presentación Ayudas autoempleo.]]></title>      <title><![CDATA[Orden de 25 de julio,  Nuevo Plazo Presentación Ayudas autoempleo.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 150 de 4 de agosto 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=165]]></link>      <description><![CDATA[4 agosto<br>Orden de 25 de julio,  Nuevo Plazo Presentación Ayudas autoempleo.<br>Consejería Empleo<br><br><P>Segundo plazo de presentación solicitudes Ayudas Autoempleo 2.006</P>
<P>Desde el <STRONG>uno de septiembre hasta el uno de octubre, ambos inclusive, de 2.006</STRONG> podrán solicitar las ayudas de inicio de actividad que se establecen en el Capitulo II de la orden de 6 de mayo de 2.005, todas las personas que se hubieran dado de <STRONG>alta</STRONG> en el censo de obligados tributarios así como en el Régimen Especial de trabajadores autónomos de la S.S. entre el <STRONG>28 de abril al 30 de septiembre</STRONG>, ambos inclusive, de 2.006.</P>
<P>En el mismo plazo se podrán solicitar las ayudas establecidas en el Capitulo III, todas aquellas personas constituidas como autónomas que hubieran efectuado la/s primeras contrataciones de caracter indefinido y a jornada completa o la transformación de contrato/s de duración determinada en indefinido, durante el mismo periodo que el apartado anterior.</P>
<P>Las personas solicitantes habrán de cumplir los requisitos establecidos en la citada orden de 6 de mayo de 2.005.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[4 agosto]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvención Empresas para Prevención de Riesgos Laborales]]></title>      <title><![CDATA[Subvención Empresas para Prevención de Riesgos Laborales]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 129]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=164]]></link>      <description><![CDATA[8 de mayo de 2.006<br>Subvención Empresas para Prevención de Riesgos Laborales<br>Consejería de Empleo<br><br><p>Orden de 8 de mayo de 2.006 de bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones por la Consejer&iacute;a de Empleo a micro empresas, peque&ntilde;as y medianas que realicen proyectos e inversiones en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales. BOJA n&uacute;m. 106 de 5 de junio de 2.006. Convocatoria 2.006, orden de 21 de junio de 2.006. BOJA n&uacute;m. 129 de 6 de julio.</p>
<p>(Extracto de la Orden)</p>
<p>Bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones por la Consejer&iacute;a de Empleo a micro empresas, peque&ntilde;as y medianas que realicen proyectos e inversiones en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales.</p>
<p>Son beneficiarias las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas que tengan legalmente constituida la empresa, que ocupen a trabajadores por cuenta ajena y que re&uacute;nan las siguientes caracter&iacute;sticas:</p>
<p>Para la <strong>Modalidad de Subvenci&oacute;n 1</strong>. Las microempresas y peque&ntilde;as empresas con las siguientes actividad econ&oacute;mica: <br />
1. Agricultura, ganader&iacute;a, caza. <br />
2. Industrias de productos alimenticios, bebidas y tabacos. <br />
3. Industria de la confecci&oacute;n y de la peleter&iacute;a. <br />
4. Industria de la madera y corcho <br />
5. Fabricaci&oacute;n productos caucho y materias pl&aacute;sticas. <br />
6. Fabricaci&oacute;n productos minerales no met&aacute;licos <br />
7. Metalurgia <br />
8. Fabricaci&oacute;n productos met&aacute;licos excepto maquinaria <br />
9. Construcci&oacute;n maquinaria y equipo mec&aacute;nico <br />
10. Fabricaci&oacute;n otro material transporte. <br />
11. Fabricaci&oacute;n muebles y otras industrias manufactureras. <br />
12. Hosteler&iacute;a. <br />
13. Transporte por carretera. </p>
<p>Para la <strong>Modalidad de Subvenci&oacute;n 2 y 3,</strong> las microempresas y las peque&ntilde;as y medianas empresas con actividades encuadras en el apartado anterior.</p>
<p>Actividades susceptibles de subvenci&oacute;n (Art. 2): <br />
<strong>Modalidad 1:</strong> Proyectos de establecimiento de estructuras preventivas y a facilitar el cumplimiento de la normativa. </p>
<p><strong>Modalidad 2.</strong> Proyectos dirigidos a la incorporaci&oacute;n de medidas especificas en la planificaci&oacute;n preventiva de la empresa: entre otros, adquisici&oacute;n, adaptaci&oacute;n y renovaci&oacute;n equipos, adaptaci&oacute;n puestos trabajo, instalaciones control contaminantes etc. </p>
<p><strong>Modalidad 3</strong>. Proyectos innovadores y de desarrollo de buenas practicas preventivas que contribuyan a la mejora de la seguridad, entre otros: gastos externos, asistencia t&eacute;cnica, gastos contrataci&oacute;n t&eacute;cnicos superiores, etc.</p>
<p><strong>Plazo </strong>presentaci&oacute;n solicitudes, 60 d&iacute;as naturales desde d&iacute;a siguiente publicaci&oacute;n orden, del <strong>7 de julio a 4 septiembre de 2.006</strong>, en la Delegaciones Provinciales de la Consejer&iacute;a de Empleo.<br />
<br />
</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[8 de mayo de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premios Nacional de Artesanía]]></title>      <title><![CDATA[Premios Nacional de Artesanía]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 164 ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=163]]></link>      <description><![CDATA[29 de junio de 2.006<br>Premios Nacional de Artesanía<br>Ministerio Industria Turismo y Comercio<br><br><P>Orden ITC 2235/2006 de 29 junio se convoca la primera edición de los premios nacional de artesanía y se aprueban las bases reguladoras. BOE núm. 164 martes 11 de julio de 2.006.</P>
<P>La presentación de propuestas de candidatura deberá incluir, además de los datos de la entidad y los del firmante, los datos identificativos y la sede social de la empresa que se propone, persona de contacto, teléfono y fax así como la modalidad del Premio a que se presenta y meritos según anexo III.</P>
<P>Podrán presentar propuesta de candidatura a los premios:</P>
<P>Asociaciones y federaciones <BR>Departamentos de artesanía y otros organismos de los gobiernos de las CC.AA. con competencia. <BR>Centros de enseñanza públicos y privados. <BR>Centros artesanía y centros tecnológicos con personalidad jurídica propia <BR>Cámaras comercio, industria y navegación <BR>Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro <BR>Museos y cualquier otra entidad relacionado con el sector artesano. </P>
<P>Actuaciones que se galardonan:</P>
<P>Premio Nacional de Artesanía: Dotación 14.000 €, <BR>Premio Producto: Dotación 7.000 € <BR>Premio Innova: Dotación 7.000 € <BR>Premio Promociona: Dotación 6.000 € <BR>Premio Investiga: Dotación 6.000 € </P>
<P>La documentación que como mínimo deben incluir las Propuestas de candidatura se especifica en el apartado cuarto.</P>
<P>El plazo de presentación de candidaturas es <STRONG>hasta el 29 de septiembre de 2.006</STRONG> inclusive. Dirigidos a la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa y podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el articulo 38.4 de la ley 30/1992.<BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[29 de junio de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa Hogar Digital]]></title>      <title><![CDATA[Programa Hogar Digital]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 122 de 27 de junio]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=161]]></link>      <description><![CDATA[Programa Hogar Digital<br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><P>Orden de 25 de abril de 2.006 por la que se adaptan las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la incorporación de las familias al uso de las nuevas tecnologías, programa Hogar Digital (BOJA núm. 83) . Modifica las Bases Reguladoras de Orden de 4 de julio de 2.005 (BOJA núm 136, 2.005). Ampliación plazo solicitudes BOJA núm. 122 de 27 de junio de 2.006).</P>
<P>(Extracto)</P>
<P>Los incentivos previstos van destinados a favorefcer a las familias andaluzas ubicadas en municipios de andalucía entre los 10.000 y 50.000 habitantes cuyos ingresos de la unidad familiar en el que se integre el solicitante no deberá superar en computo anual los siguientes límites: </P>
<P>a) familias de 1 miembro, 3 veces el Salario Minimo Interprofesional. <BR>b) familias de 2 miembros, 4,8 veces el Salario Minimo Interprofesional <BR>c) familias de 3 miembros, 6 veces el Salario Minimo Interprofesional <BR>d) a partir del tercer miembro se computará 1 salario mínimo interprofesional por cada uno de los restantes. </P>
<P>Clases de incentivos: <BR>1. Conexión a Internet de forma que se facilite el acceso a los contenidos y servicios de la red a las familias andaluzas. <BR><BR>2. Cursos de formación para el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. </P>
<P>El plazo de presentación de solicitudes: <STRONG>hasta el 26 de julio de 2006</STRONG><BR></P><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Empresas Construcción en Prevención Riesgo Laborales]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Empresas Construcción en Prevención Riesgo Laborales]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=162]]></link>      <description><![CDATA[6 de julio de 2.006<br>Subvenciones Empresas Construcción en Prevención Riesgo Laborales<br>BOJA núm. 129 de 6 de julio de 2.006<br><br><p>Consejer&iacute;a de Empleo. Orden de 8 de mayo de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesi&oacute;n de subvenciones a empresas del sector de la construcci&oacute;n que realicen proyectos e inversiones en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales. BOJA n&uacute;m. 106 de 5 de junio de 2.006. Convocatoria Orden de 21 de junio de 2.006, BOJA n&uacute;m. 129 de 6 de julio de 2006 <br />
(Extracto) </p>
<p>Son beneficiarias las personas f&iacute;sicas o jur&iacute;dicas que tengan legalmente constituidas empresas, pertenecientes al sector de la construcci&oacute;n, que ocupen trabajadores por cuenta ajena.</p>
<p>Modalidad y conceptos subvencionables.</p>
<p>A) Modalidad 1. Proyectos dirigidos a establecer estructura preventiva especializad de la empresa y facilitar el cumplimiento de la normativa de prevenci&oacute;n de riesgos laborales, que incluyan alguna de las actividades siguientes: <br />
1. Elaboraci&oacute;n programas de actuaci&oacute;n espec&iacute;fico en prevenci&oacute;n riesgos laborales <br />
2. Dise&ntilde;o implantaci&oacute;n y certificaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de seguridad y saludo laboral <br />
3. implantaci&oacute;n del Plan de Prevenci&oacute;n de riesgos laborales <br />
4. Primer establecimiento de servicios de prevenci&oacute;n mancomunadas <br />
5. Formaci&oacute;n especializada preventiva <br />
6. Realizaci&oacute;n auditorias reglamentarias y diagn&oacute;sticos preventivos <br />
7. Desarrollo de planes de formaci&oacute;n espec&iacute;fica <br />
8. Asesoramiento para la realizaci&oacute;n de estudios de adecuaci&oacute;n de equipos de trabajo. <br />
9. Realizaci&oacute;n de estudios ergon&oacute;micos y psicosociales.</p>
<p>B) Modalidad 2. Inversiones para la sustituci&oacute;n de andamios de trabajo antiguos o defectuosos por sistemas de andamios modulares. Son conceptos subvencionables los costes de adquisici&oacute;n e instalaci&oacute;n de andamios especificados. <br />
C) Modalidad 3. Proyectos de adquisici&oacute;n y renovaci&oacute;n de equipos y maquinaria auxiliar de obra, tales como sistemas y equipos para la entibaci&oacute;n de zanjas, andamios motorizados, cuadros el&eacute;ctricos m&oacute;viles, peque&ntilde;as hormigoneras, sierras circular de mesa, cortadoras ...... Son conceptos subvencionables los costes de adquisici&oacute;n de la maquinaria y equipos anteriormente relacionados. <br />
D) Modalidad 4. Proyectos innovadores de dise&ntilde;o y desarrollo de protecciones colectivas y m&eacute;todos de trabajo y de atrapamiento de zanjas. </p>
<p>No se considerar&aacute;n susceptibles de subvenci&oacute;n las inversiones efectuadas bajo la f&oacute;rmula de arrendamiento financiero, el alquiler por obra o figuras similares, el IVA satisfecho por la adquisici&oacute;n de bienes o servicios facturados y cualquier tasa o impuesto.</p>
<p>Los proyectos acogidos a las modalidades 2 y 3 no podr&aacute;n estar iniciados antes de la fecha de solicitud de la ayuda. <br />
<br />
Plazo: 60 d&iacute;as naturales a partir del d&iacute;a siguiente a la publicaci&oacute;n de la Orden de convocatoria, <strong>hasta el 4 de septiembre</strong> <strong>2.006<br />
</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[6 de julio de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones al empleo "Emprender en femenino"]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones al empleo "Emprender en femenino"]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 140  de 13 de junio de 2.006 Pág. 22639]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=159]]></link>      <description><![CDATA[5 de junio de 2.006<br>Subvenciones al empleo "Emprender en femenino"<br>Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Instituto de la Mujer<br><br><P>Orden TAS/1843/2006 de 5 de junio por la que se establecen las bases de concesión y se convocan las subvenciones al empleo “Emprender en Femenino” del Instituto de la Mujer para fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres. (BOE núm. 140 de 13 de junio de 2006. Pág. 22639 y siguientes). <BR>Extracto de la Orden. </P>
<P>Las subvenciones al empleo Emprender en Femenino dirigidas a mujeres que se hayan constituido cono trabajadoras autónomas o que hayan creado una sociedad, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten.</P>
<P><STRONG>Requisitos:</STRONG></P>
<P>1. Que hayan iniciado su actividad en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2.005 hasta la publicación de la convocatoria, 13 de junio de 2.006. Se considera la fecha de alta en el IAE o Declaración Censal. <BR>2. Que la actividad esté relacionada con alguno de los siguientes sectores: industria, construcción, nuevas tecnologías, medio ambiente y conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes). <BR>3. Que haya creado su puesto de trabajo y que en el momento de publicación de la orden estén realizando la actividad. <BR>4. Que estén dadas de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social. <BR>5. Que hayan realizado en el momento de la publicación de la orden unos gastos mínimos de 6.000 € sin computar IVA, <BR>6. Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. <BR>7. En el caos de mujeres que hayan constituido sociedades o comunidad de bienes, solo podrán presentare aquellas con una plantilla inferior a 50 personas y que cumplan conjuntamente los siguientes requisitos: </P>
<P>a) Que la administración sea ejercida únicamente por mujeres. <BR>b) Que el 100% del capital social esté suscrito por mujeres. </P>
<P>En el caso de sociedad o comunidad de bienes, se otorgará una ayuda por sociedad o comunidad.</P>
<P>Los gastos a justificar son los que se hayan efectuado y pagado por la solicitante, desde el 1 de noviembre de 2.004 hasta la fecha de publicación de la convocatoria, que corresponda a alguna de las categorías:</P>
<P>Gastos de Constitución y puesta en marcha, Alquiler y traspaso de locales, adquisición equipamiento informático mediante leasing o compra directa, canon de franquicia, cuotas de colegiación, publicidad, software, formación en gestión empresarial, gastos seguridad social de las trabajadoras por cuenta propia y del contratado por cuenta ajena.</P>
<P>Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado según los anexos de la orden con la documentación que se especifica en el Art. 6.</P>
<P>El <STRONG>plazo </STRONG>de presentación de solicitudes es de <STRONG>15 días naturales</STRONG> desde el día siguiente a la publicación, <STRONG>del 14 de junio a 28 de junio incluidos</STRONG>. </P>
<P>Teléfono de información 900 19 10 10</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[5 de junio de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras de subvenciones a Asociaciones de Mujeres y Federaciones para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento y activid]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras de subvenciones a Asociaciones de Mujeres y Federaciones para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento y activid]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm. 96, 22/05/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=158]]></link>      <description><![CDATA[22/05/2006<br>Bases reguladoras de subvenciones a Asociaciones de Mujeres y Federaciones para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento y activid<br>Comunidad Autónoma de Andalucía<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Orden de 8 de mayo de 2006, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento, así como de actividades generales.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Mujer;</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG></P>
<P>1. Las subvenciones podrán ser solicitadas por las asociaciones de mujeres y las federaciones constituidas por éstas, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas y domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.<BR>2. Las asociaciones de mujeres deberán contar como mínimo con 30 mujeres socias, y las mujeres socias representarán, al menos, el 90% de la totalidad de personas asociadas.<BR>3. Las federaciones deberán estar integradas por, al menos, 20 asociaciones de mujeres, que deberán cumplir el requisito señalado en el punto anterior.</P>
<P><STRONG>Referencia documental: </STRONG></P>
<P><STRONG><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/05/aj-bojaVerPagina-2006-05/0,23161,bi%253D692773630887%257Cfm%253Dimpr,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/05/aj-bojaVerPagina-2006-05/0,23161,bi%253D692773630887%257Cfm%253Dimpr,00.html</A></STRONG></P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. </CAMPO></P>
<P></CAMPO></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[22/05/2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de subvenciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con destino a las asociaciones de mujeres]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de subvenciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con destino a las asociaciones de mujeres]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 109, 15/05/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=157]]></link>      <description><![CDATA[15/05/2006<br>Convocatoria de subvenciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con destino a las asociaciones de mujeres<br>Provincia de Sevilla<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Convocatoria de Subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con destino a las asociaciones de mujeres de la provincia de Sevilla.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Mujer; </P>
<P><STRONG>Referencia documental: <A href="http://www.dipusevilla.es/bop/200605/15.pdf">http://www.dipusevilla.es/bop/200605/15.pdf</A></STRONG></P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el «Boletín Oficial» de la provincia. </CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[15/05/2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayuda a las primeras contrataciones indefinidas]]></title>      <title><![CDATA[Ayuda a las primeras contrataciones indefinidas]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 79 de 27 de abril de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=156]]></link>      <description><![CDATA[Orden 17 de abril de 2.006<br>Ayuda a las primeras contrataciones indefinidas<br>Consejería de Empleo<br><br><P>Ayuda a la/s primeras contrataciones de carácter indefinido o transformación de contrato de duración determinadas. <BR>Convocatoria 2.006. Orden de 17 de Abril de 2006. BOJA núm.79 de 27 abril de 2.006 <BR>Consejería de Empleo, orden de 6 de mayo de 2005 por la que se desarrollan y convocan determinadas líneas de ayuda al autoempleo . <BR>BOJA núm.99 de 24 de mayo de 2005 Pág. núm. 8 a 15, <BR>(Extracto de la orden)</P>
<P>La orden desarrolla las ayudas de inicio de actividad y la/s primeras contrataciones de carácter indefinido o transformación de contrato de duración determinadas.</P>
<P>Capitulo III. Ayuda a las Primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido.</P>
<P>Ayuda a tanto alzado para personas constituidas como autónomas que realicen por primera vez la/s contratación/es laborales de carácter indefinido y a jornada completa o lleven a cabo las transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos, de personas pertenecientes a los siguientes colectivos.</P>
<P>a) Mujeres, preferentemente aquellas victimas de violencia de géneros <BR>b) Mayores de 45 años que lleven más de un año en situación legal de desempleo. <BR>c)Jóvenes menores de 30 años <BR>d) Personas con discapacidad <BR>e) Otros colectivos con especiales dificultades. </P>
<P>La ayuda consistirá en una cuantía a tanto alzado y con carácter de pago en firme por importe de 4.208 € por cada primera contratación de carácter indefinido y a jornada completa o transformación de contrato de duración determinada en indefinido.</P>
<P>El periodo mínimo de mantenimiento de los contratos será de tres años.</P>
<P>Plazo de presentación de solicitudes: un mes desde la entrada en vigor de la orden, del 28 de abril a 27 de mayo, las primeras contrataciones indefinidas o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos.</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden 17 de abril de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas autoempleo convocatoria 2.006]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas autoempleo convocatoria 2.006]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 79 de 27 de abril de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=155]]></link>      <description><![CDATA[Orden 17 abril de 2.006<br>Ayudas autoempleo convocatoria 2.006<br>Consejería de Empleo<br><br><P>Ayuda Autoempleo Convocatoria 2.006. Orden de 17 de Abril de 2006. BOJA núm.79 de 27 abril de 2.006 <BR>Consejería de Empleo, orden de 6 de mayo de 2005 por la que se desarrollan y convocan determinadas líneas de ayuda al autoempleo . <BR>BOJA núm.99 de 24 de mayo de 2005 Pág. núm. 8 a 15, <BR>(Extracto de la orden).</P>
<P>Capitulo II. Ayuda Inicio Actividad.</P>
<P>Personas Beneficiarias: <BR><BR>1. Mujeres y Hombres jóvenes hasta 30 años <BR>Antes del inicio de actividad tienen que reunir alguno de los requisitos siguientes: <BR>Personas usuarias del Servicio de Andalucía Orienta y en su itinerario de inserción contemple el autoempleo. <BR>Personas que hayan participado y superado Programas de Formación Profesional, Formación Profesional Reglada o Formación Continua en materias relacionadas con la actividad a desarrollar. <BR>Personas que hayan participado y superado en Programas de Escuela Taller o Casas de Oficio. </P>
<P>2. Mujeres mayores de 30 y menores de 45 años inclusive. <BR>3. Personas paradas de larga duración mayores de 45 años. <BR>En estos casos, deberán acreditar un currículo profesional que cuenta con una cualificación, experiencia labora o formación profesional suficiente en relación a la actividad a desarrollar, acreditada por Andalucía Oriente, Oficinas de Empleo o Administración Educativa. </P>
<P>4. Todas las personas que hayan completada su participación en un Taller de Empleo, siempre que la se relacione con la actividad a desarrollar.</P>
<P>5. Personas en las que concurra alguna de las siguientes características: <BR>a) Personas con discapacidad igual o superior al 33% <BR>b) Personas Inmigrantes. <BR>c) Personas pertenecientes a minorías étnicas <BR>d) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o reinserción social. <BR>e) Personas internas de centros penitenciarios cuya situación permita iniciar una actividad como autónomo. <BR>f) Personas liberadas condicionales y ex reclusas. </P>
<P>6. Todas las personas cuya situación legal de desempleo provenga de expediente de regulación de empleo.</P>
<P>Actividades a desarrollar vinculadas a: <BR>1. Nuevos yacimientos de empleo, siendo prioritarios, servicio a la vida diaria prioritariamente atención a la dependencia, fomento de actividades culturales y ocio en el ámbito rural, servicios relacionadas con el medio ambiente, servicios de mejora de la calidad de vida. <BR>2. Servicios vinculados al mantenimiento, reparación y acondicionamiento de instalaciones. <BR>3. Actividades vinculadas al sector industrial, audiovisual, y nuevas tecnologías.</P>
<P>Cuantía: Mujeres 6.011 € <BR>Jóvenes 4.508 € <BR>Personas paradas de larga duración mayores de 45 años y el resto de colectivos 3.006 €.</P>
<P>Requisitos: <BR>Que el mismo día o el anterior a su alta en el Censo de Obligados tributarios se encuentren inscritas como desempleadas en el SAE. <BR>A la fecha de la presentación de la solicitud estén dadas de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ante la Seguridad Social. <BR>Que el domicilio de la actividad a desarrollar esté en la Comunidad Autónoma Andaluza. <BR>Que la actividad tenga carácter estable, a tiempo completo y no se compatibilice con actividad por cuenta ajena. </P>
<P>Exclusiones: <BR>Personas que en los 3 años anteriores haya ejercido la misma actividad, o en el año anterior una distinta. <BR>Personas beneficiarias de estas ayudas en los tres ejercicios anteriores. </P>
<P>Plazo presentación solicitudes: <BR>Un mes desde la entrada en vigor de la orden, del 28 de abril al 27 de mayo de 2.006 <BR><BR></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden 17 abril de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones impulso sector editorial]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones impulso sector editorial]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 62 de 31 de marzo de 2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=154]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 15 de Marzo de 2006<br>Subvenciones impulso sector editorial<br>Consejería de Cultura<br><br><P>Orden de 15 de marzo de 2.006 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de impulso al sector editorial andaluz <BR><STRONG>BOJA núm. 62, de 31 de marzo</STRONG> de 2.006, Pág. núm. 39 y siguientes. <BR>(Extracto de la Orden).</P>
<P>La orden establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.</P>
<P>Modalidades de Proyectos y Actividades subvencionables: Las subvenciones tendrán las modalidades siguientes: <BR>a) obras editadas <BR>b) Proyectos de edición <BR>c) Publicaciones periódicas (números publicados y números no publicados) <BR></P>
<P>Los requisitos, según la modalidad de proyectos son los siguientes: <BR>A) Para la modalidad de obras editadas y proyectos de edición los obras que cumplan los siguientes requisitos: <BR>a) Que sean primeras ediciones o que lleven más de diez años sin reeditarse. <BR>b) Que estén editadas o vayan a editarse en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español. <BR>c) Que estén editadas o vayan a editarse en cualquier soporte. <BR>d) Que la tirada sea superior o igual a 1.200 ejemplares. <BR>e) Que el deposito legal definitivo se hay constituido en el año natural inmediatamente anterior al de la publicación del acto de la convocatoria anual. </P>
<P>B) Para la modalidad de publicaciones periódicas. <BR>a) Que sean publicaciones de carácter cultural. <BR>b) Que sean publicaciones periódicas, no diarias, editadas en serie continua con un mismo título a intervalos regulares durante el periodo indeterminado, de forma que los ejemplares de la serie lleven una numeración consecutiva. <BR>c) Que tengan periodicidad mínima mensual, y como máxima anual. <BR>d) Que cuente con dos años de antigüedad, como mínimo. <BR>e) Que tengan una tirada mínima de 500 ejemplares. <BR>f) Que sean números publicados o que se vayan a publicar en el año de la solicitud. <BR></P>
<P>En el Art. 5.2. se especifican las exclusiones, entre otras los libros de texto en cualquier nivel de enseñanza, las obras que cuenten con cualquier tipo de subvención igual o superior al 50% del coste de producción, temarios de oposiciones, ....</P>
<P>Podrán beneficiarse las empresas mercantiles privadas, sean personas físicas o jurídicas y en la modalidad de publicaciones periódicas también las instituciones sin ánimo de lucro que realicen las actividades y proyectos subvencionables.</P>
<P>El plazo de presentación de solicitudes será de <STRONG>30 días naturales desde el día siguiente a al publicación en el BOJA.</STRONG></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 15 de Marzo de 2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas a la Apicultura 2.006]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas a la Apicultura 2.006]]></title>      <category><![CDATA[BOJA 9 de marzo 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=153]]></link>      <description><![CDATA[2 marzo 2.006<br>Ayudas a la Apicultura 2.006<br>Consejería Agricultura y Pesca<br><br><P>Ayudas a la apicultura 2.006 regulada por Orden de 1 de abril de 2.005, se regulan las ayudas a la Apicultura y se convoca para 2005. BOJA núm. 69 de 11 de abril de 2.005 paginas núm. 17 y siguientes.</P>
<P>Resolución de 16 de febrero de 2.006 de ampliación del plazo hasta 12 abril de 2.006 <BR>(Extracto de la Orden) .</P>
<P>Están destinadas a mejorar la producción y la comercialización de miel en la Comunidad Autónoma de Andalucía.</P>
<P>Tipos de Ayudas. <BR>Medida A: Información y asistencia técnica a los apicultores. <BR>Medida B: Lucha contra la varroasis <BR>Medida C: Racionalización de la trashumancia. <BR>Medida D: Apoyo a los análisis de miel <BR>Medida E: Repoblación de la cabaña apícola.</P>
<P>Beneficiarios/as: Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación apícola en la comunidad Autónoma de Andalucía, tenga inscrita la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Las cooperativas apícolas, las organizaciones profesionales agrarias y las federaciones de empresas cooperativas que cumplan con los requisitos anteriores.</P>
<P>Nos referimos aquí a lo que concierne a las ayudas a empresa. <BR>Medida B, ayuda a la lucha contra la varroasis. Objetivo mejorar las condiciones sanitarias de las colmenas. Líneas: Tratamientos quimioterápicos, Métodos de Lucha biológica. Sustitución de envases de colmenas. Sobrealimentación de los enjambres. </P>
<P>Medida C. Líneas de ayuda. Adquisición de material para identificación de colmenas y cuadros. Inversiones en equipamiento de manipulación y trasporte. Suscripción de pólizas de seguros por daños propios y responsabilidad civil de las colmenas.</P>
<P>Medida E. Repoblación cabaña apícola. Inversiones para cría de reinas autóctonas. Reposición de reinas autóctonas por bajas, mejora o renovación de las mismas. Compra de enjambres de abejas autóctonas.</P>
<P>Plazo 2.006 hasta el 12 de abril.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[2 marzo 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones a empresas Andaluzas que desarrollen acciones positivas]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones a empresas Andaluzas que desarrollen acciones positivas]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 31 y BOJA núm. 46]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=152]]></link>      <description><![CDATA[17 febrero 2.006<br>Subvenciones a empresas Andaluzas que desarrollen acciones positivas<br>Consejería para la Igualdad y Bienestar Social<br><br><P>Orden de 27 de enero de 2.006. regula las bases y procedimiento de concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de acciones positivas. BOJA núm. 31</P>
<P>Convocatoria resolución de 17 de febrero de 2.006. BOJA núm. 46.</P>
<P>Estas subvenciones tiene como finalidad la financiación del desarrollo de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, para:</P>
<P>a ) Estudios que analicen la viabilidad de llevar a cabo una reorganización del trabajo que facilite la conciliación entre vida familiar y laboral de hombres y mujeres en la empresa. <BR>b) Gastos de guardería infantil, atención de personas mayores, personas enfermas y/o discapacitadas, siempre que los conceptos no estén financiados por el decreto de apoyo a las familias andaluzas. <BR>c) Asistencia técnica implantación de sistemas de gestión de recursos humanos con perspectiva de género, que garantice la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres. <BR>d) Gastos de implantación de nuevos sistemas de organización del trabajo que promuevan el acceso, permanencia y promoción de las mujeres y faciliten la conciliación entre la vida familiar y laboral de mujeres y hombres. <BR>e) Gastos derivados de la realización de acciones dirigidas a garantizar un clima laboral libre de acoso sexual. <BR>f) Cualquier otro gasto cuya finalidad sea combatir la segregación horizontal y vertical y conciliación de la vida laboral y personal. </P>
<P>Todos los proyectos deberán desarrollarse en la Comunidad Autónoma Andaluza, deberán mantenerse cuando sea posible en el establecimiento objeto de la ayuda al menos durante cinco años.</P>
<P>Podrán ser solicitadas por empresas cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de carácter público o privado.</P>
<P>Plazo de presentación de solicitudes será el que se fije en las respectivas convocatorias.</P>
<P>Para <STRONG>2.006,</STRONG> según resolución de 17 de febrero de 2.006, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de publicación de la resolución, del <STRONG>10 marzo al 9 de abril</STRONG>. </P>
<P>Los modelos se encuentran disponibles en: <BR><A href="http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias">www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias</A>&nbsp;<BR><BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[17 febrero 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones programas de implantación Sistemas Calidad]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones programas de implantación Sistemas Calidad]]></title>      <category><![CDATA[BOJA nùm. 55, y BOJA núm. 29]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=151]]></link>      <description><![CDATA[31 de enero de 2.006<br>Subvenciones programas de implantación Sistemas Calidad<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><P>Subvenciones para el desarrollo de programas de implantación de sistemas de calidad en empresas turísticas andaluzas y se efectúa convocatoria para el año 2005. BOJA núm. 55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. núm. 8 a 12., Modificada por Orden de 31 de enero de 2.006. BOJA núm. 29 de 13 de febrero de 2.006. </P>
<P>La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación de sistemas de calidad turística en las empresas turísticas andaluzas.</P>
<P>Las subvenciones están dirigidas a subvencionar los gastos efectuados para la obtención, seguimiento y/o renovación de las siguientes certificaciones:</P>
<P>a) ISO 9000 e ISO 14000, otorgadas por entidad oficialmente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación. <BR>b) La marca Q de Calidad Turística Española que otorga el Instituto para la Calidad Turística Española. <BR>c) Cualquier otro sistema de calidad certificado por normas UNE. </P>
<P>Serán subvencionables: <BR>a) Cuota de adhesión al sistema de calidad certificado <BR>b) Gastos ocasionados por la asistencia técnica. <BR>c) Gastos de auditorías externa. <BR>d) Gastos ocasionados por la obtención de las certificaciones y marcas de calidad, registro y adquisición del derecho de uso de la marca. </P>
<P>No se considerarán gastos subvencionables el IVA, excepto cuando se trate de entidades exentas. Las cuantías e intensidades máximas de las subvenciones serán:</P>
<P>a) Hasta el 65% de los gastos ocasionados por la obtención de las certificaciones por primera vez, con el limite máximo de 12.000 €. <BR>b) Hasta el 50% de los gastos ocasionados por el seguimiento y/o renovación de certificaciones con el límite máximo de 3.000 euros. </P>
<P>Son beneficiarios las pequeñas y medianas empresas turísticas andaluzas que hayan obtenido o cuenten con la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía o que presten otros servicios que sean susceptibles de integrar la actividad turística o tengan incidencia en el sector.</P>
<P>Los modelos de solicitud se podrán obtener en la página web:</P>
<UL>
<LI><A href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/">http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/</A></LI></UL>
<P>En los servicios centrales de la consejería y en sus Delegaciones Provinciales, las solicitudes irán acompañadas de la documentación que se especifica en el apartado 2 del articulo 6 de la orden.</P>
<P>El plazo de presentación de solicitudes será desde el <STRONG>1 de enero al 31 de agosto de cada año.</STRONG> Las solicitudes presentadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la orden, dispondrán de un plazo de 20 días a partir de la entrada en vigor de la orden para modificar o completar las solicitudes. La orden entra en vigor el 14 de febrero de 2.006.<BR><BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[31 de enero de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas para organización y participación ferias agroalimentarias]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria ayudas para organización y participación ferias agroalimentarias]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 16 de 25 enero de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=148]]></link>      <description><![CDATA[16 enero de 2.006<br>Convocatoria ayudas para organización y participación ferias agroalimentarias<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><P>Resolución de 16 enero por la que se convoca para 2.006 ayudas para organización y participación ferias agroalimentarias. Boja núm 16 de 25 de enero de 2.006. <BR>Consejería de Agricultura, y Pesca. Orden de 7 de diciembre de 2.005, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias. BOJA núm. 246 de 20 de diciembre de 2.005. Páginas núm. 14 y siguientes. <BR>(Extracto de la orden reguladora).</P>
<P>Hay dos modalidades de subvenciones <BR>a) Asistencia y participación en ferias agroalimentarias <BR>b) Organización de ferias agroalimentarias. </P>
<P>En este extracto nos centraremos en las primeras destinadas a empresas agroalimentarias.</P>
<P>Tendrán la consideración de gastos subvencionables para la asistencia y participación en ferias agroalimentarias los siguientes: <BR>a) Canon de ocupación: Derechos inscripción, alquiler espacio, seguro, acometida y cuadro eléctrico, canon instalación eléctrica, consumo eléctrico, canon montaje, limpieza. <BR>b) Acondicionamiento: Alquiler stand, Montaje, Decoración y mobiliario. <BR>c) Transporte de material: Gastos transporte material a recinto ferial. <BR>d) Desplazamiento, alojamiento y manutención de dos personas por empresa o entidad. </P>
<P>La cuantía máxima será de 30% de los gastos no pudiendo sobrepasar la cantidad de 3.000 €</P>
<P>Los modelos de solicitud se podrán obtener y confeccionar y remitir a través de la página web de la Consejería en la dirección <A href="http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca">www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca</A></P>
<P>Plazo máximo de ejecución de las acciones subvencionadas, finaliza el mes siguiente a la celebración de la feria agroalimentaria.</P>
<P>Plazo presentación <STRONG>solicitudes del 26 de enero a 31 marzo de 2.006</STRONG>.</P>
<P>Acceso a Boja de la convocatoria: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D694693876888,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D694693876888,00.html</A> </P>
<P>Acceso a Boja de la orden de la base reguladora. <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D699614546885,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D699614546885,00.html</A> </P>
<P><BR>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 enero de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones promoción productos agroalimentarios]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones promoción productos agroalimentarios]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm 16 de 25 de enero de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=149]]></link>      <description><![CDATA[16 enero de 2006<br>Convocatoria subvenciones promoción productos agroalimentarios<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><P>Resolución de 16 enero de 2.006 por la que se convocan para el año 2.006 las ayudas para la promoción de productos agroalimentarios. BOJA núm. 16 de 25 enero de 2006. <BR>Consejería de Agricultura y Pesca. Orden de 7 de diciembre de 2.005, por la que se establecen las bases reguladoras para las ayudas para promoción de productos agroalimentarios. BOJA núm. 246 de 20 de diciembre de 2.005 págs. Núm. 6 y siguientes. </P>
<P>Son beneficiarios: <BR>a) Los consejos reguladores de las denominaciones de calidad <BR>b) Asociaciones y Federaciones de entidades asociativas agrarias y Fundaciones y Organizaciones Empresariales. </P>
<P>Los beneficiarios deberán tener su sede en la Comunidad Autónoma de Andalucía.</P>
<P>Se consideran gastos subvencionables: <BR>a) Campañas de promoción genéricas. <BR>b) Campañas de publicidad genéricas <BR>c) Elaboración de material divulgativo y promocional <BR>d) Elaboración de y publicidad de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad andaluces. <BR>e) Realización de jornadas técnicas. <BR>f) Acciones de relaciones públicas <BR>g) Acciones de promoción por asistencia a ferias no subvencionadas por otras ayudas públicas para la misma finalidad. </P>
<P>El importe de las ayudas reguladas no podrá sobre pasar de 50% del gasto subvencionable modulado de la siguiente forma: <BR>Hasta 300.000 € máximo 50% <BR>De 300.001 a 600.000€ máximo 30% <BR>De 600.001 a 1.000.000€ máximo 20% <BR>Mas de 1.000.000 € máximo 15% </P>
<P>La cuantía máxima no sobrepasará la cantidad de 400.000 €</P>
<P>El plazo máximo de ejecución de las acciones subvencionadas finalizará el 31 de octubre de 2.006.</P>
<P>Plazo de presentación <STRONG>solicitudes del 26 de enero al 31 de marzo del 2.006</STRONG> ambos inclusive.</P>
<P>Acceso Boja resolución convocatoria: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D699703876885,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D699703876885,00.html</A> </P>
<P>Acceso Boja orden bases reguladoras: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D695264546881,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2005/12/aj-bojaVerPagina-2005-12/0,22952,bi%253D695264546881,00.html</A></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[16 enero de 2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones promoción comercial]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones promoción comercial]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 9 de 16 de enero de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=147]]></link>      <description><![CDATA[29 Diciembre 2.005<br>Subvenciones promoción comercial<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br><P>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Orden de 29 de diciembre de 2.005 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción comercial y se efectúa la convocatoria para 2.006. BOJA núm. 9 de 16 enero de 2.006 Pág. núm. 29 y siguientes. <BR>(Extracto de la Orden) </P>
<P>Personas beneficiarias: <BR>Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) productoras ya sean personas físicas o jurídicas, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. <BR>Agrupaciones de empresas productoras. Asociaciones empresariales sin animo de lucro.</P>
<P>Quedan expresamente excluidas de las subvenciones: <BR>Las asociaciones benéficas, recreativas, culturales y deportivas. <BR>Las organizaciones sindicales. <BR>Las empresas y asociaciones de empresas de servicios. <BR>Las empresas y asociaciones que fomenten el turismo y la construcción. <BR>Las empresas y asociaciones del sector de la distribución comercial. </P>
<P>Conceptos subvencionables: <BR>a) Participación en ferias, certámenes comerciales, demostraciones o conferencias. Gastos de contratación del espacio, derechos de inscripción, intérprete. <BR>b) Acciones promocionales en puntos de venta, limitadas al lanzamiento de un nuevo producto o de un producto ya existente, ambos en un nuevo mercado. Gastos de contratación de espacio. Interprete. <BR>c) Catálogos para lanzamiento de un nuevo producto o producto existente ambos en un nuevo mercado. Gastos de diseño y edición. <BR>d) Inserción en revistas especializadas del sector. <BR>e) Construcción de paginas web <BR>f) Realización estudios mercado. <BR>g) Diseño de logotipos y envases. <BR>h) Gastos de registro de patentes y marcas comerciales. <BR>i) Asesoramiento técnico en comercio exterior. <BR>j) Realización de estudios normalizados de calidad <BR>k) Implantación de sistemas normalizados de calidad</P>
<P>El importe de la subvención no podrá exceder de 50% de la inversión aprobada subvencionable. <BR>Los conceptos subvencionables podrán realizarse desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. </P>
<P>a orden tiene vigencia indefinida, las solicitudes se presentarán y resolverán anualmente, siendo el plazo entre el 1 y 31 de enero de cada año.</P>
<P>Para <STRONG>2006 </STRONG>el plazo es del <STRONG>17 de enero al 16 de febrero </STRONG>de 2.006</P>
<P>Accedo a BOJA de la orden: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D697044236890,00.html">http://www.andaluciajunta.es/portal/boletines/2006/01/aj-bojaVerPagina-2006-01/0,23157,bi%253D697044236890,00.html</A> <BR>Acceso a formularios <BR><A href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte">www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte</A> <BR><BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[29 Diciembre 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones modernización de pymes comerciales]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones modernización de pymes comerciales]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 9 de 16 de enero de 2.006 ]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=146]]></link>      <description><![CDATA[26 Diciembre 2.005<br>Subvenciones modernización de pymes comerciales<br>Consejería Turismo, Comercio y Deportes<br><br><P>Orden de 29 de diciembre de 2.005 subvenciones para la modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales y la implantación de sistemas de calidad.&nbsp; <BR>(Extracto de la Orden) </P>
<P>Podrán solicitar las subvenciones: <BR>Comerciantes minoristas que sean personas físicas o jurídicas con los siguientes requisitos: Ejercer la actividad en Andalucía. Estar inscritos en la Sección I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía. Tener consideración de PYME,. Que la actividad principal esté incluida en alguna de las agrupaciones o epígrafes siguientes: </P>
<P>Agrupación 64. Comercio Menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimiento permanente. Excepto epígrafe 646 <BR>Agrupación 65. Comercio Menor productos industriales no alimentarios en establecimiento permanente. Excepto epígrafes: 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.5, 659.8. <BR>Agrupación 66: Comercio Mixto o integrado. Excepto epígrafes: 663, 664, 665 </P>
<P>Podrán subvencionarse como máximo tres actuaciones por cada empresa solicitante, por el orden de preferencia que ésta establezca. <BR>El importe de la subvención a conceder no podrá exceder del 50% del total de la inversión aprobada subvencionable, no es subvencionable el IVA recuperable. </P>
<P>Conceptos Subvencionables con los limites que se relacionan:</P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px"><EM>Empresas cuyos centros en su totalidad no superen los cinco trabajadores/as:</EM> <BR>- Adquisición de equipos informáticos: Inversión máxima 3.000 € <BR>- Adquisición de software: Inversión máxima 1.500 € <BR>- Adquisición de equipo tecnológico: Inversión máxima 3.000 € <BR>- Conexión a Internet: Inversión máxima 500 € <BR>- Asistencia a ferias de nuevas tecnologías de información comercial: Inversión máxima 600 € <BR>- Diseño e implantación de sistemas de ventas no presenciales (comercio electrónico): Inversión máxima 2.000 € <BR>- Proyectos relativos al asesoramiento y puesta en práctica de servicios asociados a la venta (servicios postventa): Inversión máxima 1.200 € <BR>- Adecuación física de establecimiento, necesaria en la implantación de nuevos sistemas de venta: Inversión máxima 18.000 € <BR>- Ampliación y reforma de los locales afectos al comercio: Inversión máxima 60.000 € <BR>- Adquisición de equipamiento y mobiliario comercial: Inversión máxima 15.000 € </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px"><EM>Empresas cuyos centros en su totalidad no superen los diez trabajadores/as: <BR></EM>- Diseño de proyectos empresariales de gestión que estimulen y fomenten la innovación y su puesta en marcha: Inversión máxima 30.000 € <BR>- Desarrollo de programas de análisis e incorporación de innovaciones: Inversión máxima 30.000 € <BR>- Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales, manteniendo los existentes: Inversión máxima 30.000 € </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px"><EM>Empresas cuyos centros en su totalidad no superen los veinticinco trabajadores/as</EM>: <BR>- Estudios mercado sobre apertura segundo y posterior punto de venta en misma localidad: Inversión máxima 30.000 € <BR>- Estudios mercado sobre apertura en otras localidades y de proyectos de nuevos segmentos de mercado. Inversión máxima 30.000 € </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px"><EM>Empresas cuyos centros en su totalidad no superen los cinco trabajadores</EM>: <BR>- Gasto auditorias y consultorías para obtención certificado de calidad. Inversión máxima 1.000 € <BR>- Gastos derivados de emisión de certificados de calidad: Inversión máxima 500 euros </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Plazo de presentación de solicitudes del 1 al 31 de enero de cada año. <BR>Para ejercicio 2.006, un mes a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el BOJA, <STRONG>del 17 de enero al 16 de febrero de 2.006</STRONG> </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px">Impresos de solicitud se pueden obtener y confeccionar en la web: <BR>www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte <BR>Acceso a BOJA de la orden: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D694464236888,00.html">http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D694464236888,00.html</A> </P>
<P dir=ltr style="MARGIN-RIGHT: 0px"><BR><BR><BR><BR><BR>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[26 Diciembre 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones modernización y fomento artesanía andaluza 2.006]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones modernización y fomento artesanía andaluza 2.006]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 9 de 16 enero de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=145]]></link>      <description><![CDATA[29 Diciembre 2.005<br>Subvenciones modernización y fomento artesanía andaluza 2.006<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deportes<br><br><P>Orden de 29 de diciembre de 2.005 por la que se establecen las bases reguladores de la concesión de subvenciones para la modernización y fomento de la artesanía andaluza y se efectúa la convocatoria para 2.006. BOJA núm. 9 de 16 de enero de 2.006 Pág. núm. 50 y siguientes. (Extracto de la Orden) </P>
<P>Se establecen subvenciones para empresas artesanas y para asociaciones y federaciones, aquí solo haremos referencia a las primeras.</P>
<P>Personas Beneficiarias: Las empresas artesana ya sean personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, con lo siguientes requisitos: <BR>- No superar los 10 trabajadores/as. <BR>- Facturación en ejercicio anterior no superior a 300.000 € <BR>- Que no estén participadas en mas de un 25% por una empresa que tenga el carácter de PYME. </P>
<P>La ayuda a conceder no podrá exceder del 50% del importe de la inversión. <BR>Los conceptos subvencionables podrán realizarse del 1 enero a 31 de diciembre del año. <BR>No podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de solicitud. <BR>En casos de adquisición de bienes inventariables estos se destinaran a su fin como mínimo cuatro años. </P>
<P>Conceptos subvencionables: <BR>- Adquisición de maquinaria: Inversión máxima 30.050 € <BR>- Adquisición equipos informáticos y programas de gestión: Inversión máxima 4.000 € <BR>- Estudio de calidad de la empresa: Inversión máxima 4.000 € <BR>- Implantación de un sistema de calidad: Inversión máxima 8.000 € <BR>- Diseño y edición de catálogos: Inversión máxima 20.000 € <BR>- Diseño de logotipo: Inversión máxima 5.000 € <BR>- Inserción publicitaria en revistas especializadas: Inversión máxima 12.020 € <BR>- Construcción de páginas web: Inversión máxima 6.010 € <BR>- Participación en Feria interior en Andalucía: Inversión máxima 14.000 € <BR>- Participación en Feria interior en el resto de España: Inversión máxima 14.000 € <BR>- Participación en Feria exterior en el resto de Europa: Inversión máxima 22.000 € <BR>- Participación en Feria exterior en África: Inversión máxima 22.000 € <BR>- Participación en Feria exterior en América: Inversión máxima 22.000 € <BR>- Participación en Feria exterior en Asia: Inversión máxima 22.000 € <BR>- Participación en Feria exterior en Oceanía: Inversión máxima 22.000 € <BR>- En materia de perfeccionamiento profesional: Inversión máxima 6.010 € <BR>- En materia de investigación: Inversión máxima 9.015 € <BR>- En materia de comercialización: Inversión máxima 9.015 € </P>
<P>Participación en ferias como máximo cuatro.</P>
<P>Las solicitudes se podrán obtener y confeccionar en la pagina web: <BR><A href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte">www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte</A> </P>
<P>La orden tiene vigencia indefinida, las solicitudes se presentarán y resolverán anualmente, siendo el plazo entre el 1 y 31 de enero de cada año, sin previa convocatoria.</P>
<P>Para ejercicio 2.006 el plazo de presentación de solicitudes será del <STRONG>17 de enero al 16 de febrero de 2.006.</STRONG></P>
<P>Acceso a BOJA de la orden: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D696093236883,00.html">http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D696093236883,00.html</A> <BR></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[29 Diciembre 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria concesión subvenciones a las Empresas Privadas en materia de Turismo 2.006]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria concesión subvenciones a las Empresas Privadas en materia de Turismo 2.006]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 10 de 17 de Enero de 2.006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=144]]></link>      <description><![CDATA[29 Diciembre 2.005<br>Convocatoria concesión subvenciones a las Empresas Privadas en materia de Turismo 2.006<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><P>Resolución de 29 de diciembre de 2.005. Se convoca la concesión de subvenciones a las Empresas Privadas en materia de Turismo para el <STRONG>año 2.006</STRONG>.BOJA núm. 10 de 17 de enero de 2.006 Pág. núm. 34. Reguladas por:</P>
<P>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Orden de 8 de marzo de 2.005 se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas en materia de Turismo.. BOJA núm.55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. 41 a 48. Modificada por Orden de 12 de diciembre de 2.005 BOJA núm. 251 de 28 de diciembre <BR>(Extracto de la Orden) .</P>
<P>Son beneficiarios las pequeñas y medianas empresas, sean personas físicas o jurídicas que tengan abierta su sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía.</P>
<P>Podrán recibir subvención los conceptos subvencionables siguientes: <BR>a) Construcción, excluidos los terrenos. <BR>b) Trabajos de proyectos y dirección facultativa. <BR>c) Mobiliario, instalación y decoración. <BR>d) Equipos para procesos de información. <BR>e) Maquinaria. <BR>f) Utillaje. <BR>g) Cualquier otra actuación que pueda ser catalogada como infraestructura turística. <BR>La cuantía de la subvención no podrá en ningún caso superar el 46% del presupuesto del proyecto de inversión aceptada.</P>
<P>La aportación neta mínima por parte del beneficiario será del 25% de la inversión subvencionable.</P>
<P>Proyectos Subvencionables: <BR>I. Establecimientos de Alojamiento turísticos <BR>II. Alojamiento turístico en el medio rural. <BR>III. Establecimientos de restauración con gastronomía típica andaluza. <BR>IV. Agencias de Viajes. <BR>V. Servicios de Información Turística. <BR>VI. Creación de nuevos productos, actividades integrantes del turismo activo. </P>
<P>Los proyectos subvencionables no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud. </P>
<P>Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios objetivos de: <BR>a) Proyectos presentados por mujeres o jóvenes, en este caso con edad límite de 30 años a la fecha de terminación del plazo. <BR>b) El grado de cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas en materia de turismo. <BR>c) El grado de adecuación a las prioridades que en función del interés turístico se establezca. <BR>d) El interés turístico del proyecto. </P>
<P>El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas en el año 2.006 será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOJA.(del 18 de Enero al 17 de febrero de 2.006).</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[29 Diciembre 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Orientación y Preforma]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Orientación y Preforma]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm. 4, 09/01/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=142]]></link>      <description><![CDATA[13/01/2006<br>Convocatoria 2006 de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Orientación y Preforma<br>Comunidad Autónoma de Andalucía<br><br><P><STRONG>Convocatoria: </STRONG>Convocatoria 2006 de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Orientación y Preformación para el Empleo de las Mujeres (OPEM) </P>
<P><STRONG>Título: </STRONG>Resolución de 21 de diciembre de 2005, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Orientación y Preformación para el Empleo de las Mujeres (OPEM) durante el año 2006</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empleo; Formación e Inserción; Mujer; </P>
<P><STRONG>Observaciones:&nbsp; </STRONG><FONT face=NewsGothicT-Light color=#231f20 size=2>Se convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio de 2006, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas de mujeres en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejería para Ia Igualdad y Bienestar Social de 1 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 245, de 19 de diciembre). La Unión Europea participa en la financiación de estas ayudas a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, que aporta un 75% de la cuantía que se conceda.</FONT></P>
<P><FONT face=NewsGothicT-Light color=#231f20 size=2>&nbsp;El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 16 de enero de 2006 y el 15 de febrero de 2006, ambos inclusive. La presentación de la solicitud implicará que se autoriza a este Organismo para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella.</P>
<P align=left>Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo establecido en el Anexo 1 de la Orden reguladora, acompañadas de la documentación prevista en su artículo 6. Dicho Anexo y los de números 2, 3, 4 y 5 que se citan en dicho artículo se encuentran disponibles en la página web del Instituto Andaluz de Ia Mujer: <A href="http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias">http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias</A>.</P></FONT>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[13/01/2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm. 4, 09/01/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=143]]></link>      <description><![CDATA[13/01/2006<br>Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas<br>Comunidad Autónoma de Andalucía<br><br><P><STRONG>Convocatoria: </STRONG>Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas.</P>
<P><STRONG>Título:&nbsp; </STRONG>Resolución de 21 de diciembre de 2005, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca la concesión de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el año 2006.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empresa; Mujer; </P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG><FONT face=NewsGothicT-Light color=#231f20 size=2>1.º Se convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio de 2006, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas de mujeres en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejería para Ia Igualdad y Bienestar Social de 1 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 245, de 19 de diciembre). La Unión Europea participa en la financiación de estas ayudas a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, que aporta un 75% de la cuantía que se conceda. </FONT></P>
<P><FONT face=NewsGothicT-Light color=#231f20 size=2>2.º El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido&nbsp; entre el 16 de enero de 2006 y el 15 de febrero de 2006, ambos inclusive. La presentación de la solicitud implicará&nbsp;que se autoriza a este Organismo para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella.</P>
<P align=left>3.º Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo establecido en el Anexo 1 de la Orden reguladora, acompañadas de la documentación prevista en su artículo 6. Dicho Anexo y los de números 2, 3, 4 y 5 que se citan en dicho artículo se encuentran disponibles en la página web del Instituto Andaluz de Ia Mujer: <A href="http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias">http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias</A>.</P></FONT>
<P>&nbsp;</P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[13/01/2006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm. 4, 09/01/2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=150]]></link>      <description><![CDATA[Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas<br>Comunidad Autónoma de Andalucía<br><br><P><STRONG>Convocatoria: </STRONG>Convocatoria 2006 de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas.</P>
<P><STRONG>Título: </STRONG>Resolución de 21 de diciembre de 2005, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca la concesión de subvenciones a mujeres para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el año 2006.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empresa; Mujer; </P>
<P><STRONG>Observaciones:</STRONG> </P>
<P>1.º Se convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio de 2006, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para la creación, consolidación y mejora de pequeñas y medianas empresas de mujeres en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejería para Ia Igualdad y Bienestar Social de 1 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 245, de 19 de diciembre). La Unión Europea participa en la financiación de estas ayudas a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, que aporta un 75% de la cuantía que se conceda. </P>
<P>2.º El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 16 de enero de 2006 y el 15 de febrero de 2006, ambos inclusive. La presentación de la solicitud implicará que se autoriza a este Organismo para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella. </P>
<P>3.º Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo establecido en el Anexo 1 de la Orden reguladora, acompañadas de la documentación prevista en su artículo 6. Dicho Anexo y los de números 2, 3, 4 y 5 que se citan en dicho artículo se encuentran disponibles en la página web del Instituto Andaluz de Ia Mujer:</P>
<UL>
<LI><A href="http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias">http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/convocatorias</A></LI></UL>
<P>4.º La concesión de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria estará limitada por las disponibilidades presupuestarias del ejercido 2006. La cuantía de cada una de las subvenciones que se concedan no podrá superar el 65% del Importe del presupuesto que se acepte en la Resolución de concesión para Ia inversión a realizar; además, con objeto de que el número de subvenciones sea lo más elevado posible, la cuantía de las ayudas no excederá en ningún caso de 15.000 euros. <BR><BR><BR><BR></P><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones  apoyo productos procedentes de la agricultura ecológica]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria subvenciones  apoyo productos procedentes de la agricultura ecológica]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 7 de 12 de enero de 2006]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=141]]></link>      <description><![CDATA[12 Enero de 2.006<br>Convocatoria subvenciones  apoyo productos procedentes de la agricultura ecológica<br>Consejeria de Agricultura y Pesca<br><br><P>Resolución de 22 de diciembre de 2005 de la Dirección General de Agricultura Ecológica. Convocan para el año 2006 concesión de subvenciones para el apoyo a la manipulación, transformación y comercialización de productos procedentes de la agricultura ecológica.</P>
<P>Estas ayudas están previstas en la Orden de 29 de julio de 2005 de la Consejería de Agricultura y Pesca, en la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria. BOJA núm. 156 de 11 de agosto de 2.005, página núm. 5 y siguientes.</P>
<P>Extracto:</P>
<P>1. Ayudas a la creación de industrias en el sector ecológico y adaptación de las existentes. <BR>2. Ayudas para la implantación de sistemas de calidad en empresas agroalimentarias ecológicas. <BR>3. Ayudas fomento del asociacionismo en el sector agroalimentario ecológico. <BR>4. Ayudas de la concentración de la oferta de productos agrarios ecológicos. </P>
<P>Para cada tipo de ayuda se especifica los conceptos y gastos subvencionables.</P>
<P>Pagina de acceso al Boja de las Bases Reguladoras: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2005/08/AJ-verPagina-2005-08/0,22563,bi%253D692461356887,00.html">http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2005/08/AJ-verPagina-2005-08/0,22563,bi%253D692461356887,00.html</A> <BR></P>
<P>Pagina de acceso al Boja de la Convocatoria: <BR><A href="http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D699201136885,00.html">http://www.andaluciajunta.es/SP/AJ/CDA/Secciones/Boja/AJ-BojaPagina/2006/01/AJ-verPagina-2006-01/0,23145,bi%253D699201136885,00.html</A> <BR></P>
<P>Plazo de presentación de solicitudes será de 40días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA.(12 de enero 2.006)</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[12 Enero de 2.006]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Mejora Control ambiental en la empresa]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Mejora Control ambiental en la empresa]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 219 de 9 de noviembre de 2.005 Pág. núm. 12 a 17]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=140]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 10 de octubre de 2.005<br>Subvenciones Mejora Control ambiental en la empresa<br>Consejería de Medio Ambiente<br><br><P>La Orden tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para:</P>
<UL>
<LI>Facilitar la acreditación del cumplimiento por los laboratorios de ensayo de la norma UNE –EN –ISO 17025 en la realización de ensayos. 
<LI>Facilitar el cumplimiento de la norma anterior por las empresas obligadas a realizar autocontroles. 
<LI>Certificar por la Entidades Colaboradoras los equipos de medición automáticas en continuo instaladas en las empresas. 
<LI>Apoyar la implantación de sistemas de gestión y auditoria medioambiental en las empresas. 
<LI>Desarrollar actuaciones en el campo de la divulgación, realización de diagnósticos y estudios.</LI></UL>
<P>Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la orden las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica.</P>
<P>Son conceptos subvencionables:</P>
<UL>
<LI>Gastos para la adquisición e instalación de monitores automáticos de medidas de emisión y vertidos contaminantes. 
<LI>Gastos en consultaría externa. 
<LI>Gastos de certificación o acreditación.</LI></UL>
<P>El plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año natural, siendo el 30 de junio de 2.006 el último día de presentación de solicitudes.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 10 de octubre de 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Regulación y Convocatoria ayudas asistencia técnica almazaras y aceitunas mesa]]></title>      <title><![CDATA[Regulación y Convocatoria ayudas asistencia técnica almazaras y aceitunas mesa]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 212 de 31 de octubre de 2.005, Pág. núm. 13 a 16]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=139]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 17 de octubre de 2.005<br>Regulación y Convocatoria ayudas asistencia técnica almazaras y aceitunas mesa<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><P>(Extracto de la Orden) </P>
<P>Se establece la regulación y convocatoria de ayudas para la asistencia técnica de las almazaras y a las empresas de transformación de aceitunas de mesa con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y aumento de la calidad de la producción de aceitunas y de la transformación en aceite y en aceituna de mesa.</P>
<P>Podrán solicitar y ser beneficiarios de las ayudas, las organizaciones profesionales agrarias, asociaciones, federaciones y organizaciones sin ánimo de lucro directamente relacionadas con el sector olivarero-almazarero y de transformación de aceitunas de mesa.</P>
<P>Será objeto de subvención el apoyo técnico-económico para el diagnóstico de la implantación y mejora de Sistemas de Trazabilidad realizados en industrias del sector olivarero-almazarero y de transformación de aceitunas de mesas entre el 1 de mayo de 2.005 y el 30 de abril de 2.006.</P>
<P>Los estudios y actuaciones que se aprueben deberán estar finalizados antes del 30 de abril de 2.006.</P>
<P>El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el BOJA.<BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 17 de octubre de 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria Premio Arco Iris del Cooperativismo 2.004]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria Premio Arco Iris del Cooperativismo 2.004]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 199 de 11 de Octubre de 2.005 página núm. 2 y siguientes.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=138]]></link>      <description><![CDATA[11 octubre de 2.005<br>Convocatoria Premio Arco Iris del Cooperativismo 2.004<br>Consejería de Innocación, Ciencia y Empresa<br><br><P>Extracto de la Orden 22 de septiembre de 2.005 por la que se convocan los Premios Arco Iris del Cooperativismo 2.004 en su decimoséptima edición:</P>
<P>En el anexo de la orden se publican las Bases de la convocatoria de los Premios Arco Iris del Cooperativismo 2004- en las siguientes modalidades:</P>
<P>- A la mejor experiencia de Cooperativa juvenil: Se entenderá como cooperativa juvenil aquella que esté integrada mayoritariamente por socios/as menores de 35 años.</P>
<P>- A la mejor experiencia de integración cooperativa: Dirigido a cooperativas de segundo o ulterior grado y otras formas de integración.</P>
<P>- A la mejor labor de fomento de cooperativismo andaluz: Dirigido a personas e instituciones que se hayan significado en los últimos años por su participación y apoyo en proyectos cooperativos.</P>
<P>- A la mejor labor de divulgación de cooperativismo: Dirigido a personas e instituciones que en los últimos años se hayan destacado en dar a conocer el cooperativismo de forma revelante y eficaz.</P>
<P>- A la mejor cooperativa: Profundización y esfuerzo en la aplicación de los principios cooperativos, esfuerzo en la formación permanente, distribución de excedentes, etc.</P>
<P>- A la mejor iniciativa cooperativa: Al proyecto más emprendedor.</P>
<P>- A la mejor investigación cooperativa: Trabajos de investigación de carácter jurídico, histórico, socio económico, etc.</P>
<P>El plazo para presentar la documentación que se especifica en el número 5 de las bases será de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el BOJA.</P>
<P>El premio consistirá en una figura alusiva al símbolo cooperativo, el premio a la modalidad de mejor investigación estará dotado con 6.010,12 €.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[11 octubre de 2.005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases y convocatoria de la 10.ª edición de las subvenciones al empleo «Emprender en femenino» ]]></title>      <title><![CDATA[Bases y convocatoria de la 10.ª edición de las subvenciones al empleo «Emprender en femenino» ]]></title>      <category><![CDATA[BOE, núm. 229, 24/09/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=137]]></link>      <description><![CDATA[06/10/2005<br>Bases y convocatoria de la 10.ª edición de las subvenciones al empleo «Emprender en femenino» <br>Nacional<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>ORDEN TAS/2966/2005, de 21 de septiembre, por la que se establecen las bases de concesión y se convoca la 10.ª edición de las subvenciones al empleo «Emprender en femenino» del Instituto de la Mujer para fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empleo; Empresa; Mujer; </P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria todas aquellas mujeres que, en el momento de la publicación de la presente Orden, cumplan los siguientes requisitos:<BR>a) Que hayan iniciado su actividad en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2004. A efectos del cómputo de este plazo se tendrá en cuenta la fecha de entrada del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas. En el caso de que hubiera varias altas, se tendrá en consideración el de la actividad principal que coincidirá con aquélla para la que se ha solicitado la ayuda.<BR>En los casos de exención de Alta de este impuesto que contempla la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se tendrá en cuenta para computar la fecha de inicio de la actividad, la fecha de entrada que conste como tal en la Declaración Censal.<BR>b) Que dicha actividad esté relacionada con: la conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes), las nuevas tecnologías, el medio ambiente, los sectores de la industria o construcción.<BR>c) Que hayan creado su propio puesto de trabajo.<BR>d) Que estén dadas de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o en el que legal o estatutariamente le corresponda en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2004.<BR>e) Que hayan realizado, en el momento de la publicación de la presente Orden, unos gastos mínimos de 6.000 €, sin computar el IVA, en los conceptos que se especifican en el artículo 10 de la misma.<BR>f) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.<BR>g) En el caso de las mujeres que hayan constituido sociedades o comunidades de bienes, sólo podrán presentarse aquéllas que, a la fecha de publicación de esta Convocatoria, dispongan de una plantilla inferior a 50 trabajadores, y que además cumplan conjuntamente los siguientes requisitos:<BR>Que la administración sea ejercida únicamente por mujeres.<BR>Que el 100% del capital social esté suscrito por mujeres.</P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>El plazo de presentación será de quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».</P>
<P></CAMPO></CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[06/10/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Mujer emprende]]></title>      <title><![CDATA[Mujer emprende]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=136]]></link>      <description><![CDATA[7 de octubre de 2005<br>Mujer emprende<br>CADE. Parque Tecnoógico de Ciencias de la Salud. Avenida de la Innovación 1 Edif. BIC Armilla. Granada<br><br><P>Una jornada a través de Videocinferencia en horario de&nbsp;10.30h. a 14h. que pretende la Promoción, Sensibilización y Difusión entre las Mujeres Andaluzas de la&nbsp;Cultura Emprendedora mediante las NTTC.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[7 de octubre de 2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[ Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales]]></title>      <title><![CDATA[ Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 70, 29/03/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=133]]></link>      <description><![CDATA[06/09/2005<br> Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales<br>Sevilla<br><br><P><STRONG>Título:&nbsp; </STRONG>Bases reguladoras del IV Concurso de Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales </P>
<P><STRONG>Materias:&nbsp; </STRONG>Empresa; Desarrollo Rural; </P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Podrán acceder a las ayudas aquellas iniciativas empresariales, que cumplan los siguientes requisitos:</P>
<P><BR><BR>a) No haber iniciado su actividad como empresa con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud a este concurso.<BR><BR>b) Que la producción de bienes y servicios esté relacionada con actividades económicas emergentes, o que dentro de una actividad tradicional de la zona, cubra necesidades no satisfechas en la estructura existente.<BR><BR>c) Tener la consideración de pequeña empresa, es decir una plantilla inferior a 50 trabajadores y un volumen de negocios y un balance de situación inferiores a 10.000.000 de euros, y no estar participada por ninguna empresa que incumpla dichas condiciones.<BR><BR>d) Reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.<BR><BR>e) Los proyectos empresariales presentados al amparo de la presente convocatoria deberán ubicarse en la provincia de Sevilla, preferentemente en municipios con población inferior a 20.000 habitantes.</CAMPO></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[06/09/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras para ayudas a la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras para ayudas a la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 206, 06/09/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=134]]></link>      <description><![CDATA[06/09/2005<br>Bases reguladoras para ayudas a la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres<br>Sevilla<br><br><P><STRONG>Título: &nbsp;</STRONG>Bases reguladoras para ayudas a la consolidación y mejora de la actividad empresarial de mujeres</P>
<P><STRONG>Materias:&nbsp; </STRONG>Mujer, Empresa. </P>
<P><STRONG>Solicitantes:&nbsp; </STRONG><FONT face=TimesNewRoman size=1>Las ayudas podrán ser solicitadas por empresas de mujeres o empresarias individuales (autónomas), legalmente constituidas y dadas de alta en el I.A.E. desde, al menos, el 1 de enero de 2004, que reúnan los siguientes requisitos:</P>
<P align=left>a) Aquellas que tengan un proyecto para la consolidación y/o mejora de sus empresas.</P>
<P align=left>Estas empresas habrán de estar gestionadas y participadas mayoritariamente por mujeres (se considerará que la participación de mujeres es mayoritaria cuando éstas sean propietarias, al menos, del 51% del capital y representen, como mínimo, el 50% del número de socios. La mayoría de las socias mujeres deberán actuar como trabajadoras o gestoras de la empresa y la representación legal de la misma deberá estar a cargo de mujeres). Se tendrá que presentar una declaración responsable de la solicitante donde se deje constancia de la participación y representación citadas.</P>
<P align=left>Se considerarán, con carácter preferente, aquellas empresas&nbsp;<FONT face=TimesNewRoman size=1>que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en municipios con población inferior a 20.000 habitantes de la Provincia de Sevilla. Excluida Sevilla capital.</P>
<P align=left>b) No podrá resolverse la concesión de ayudas a beneficiarias sobre las que haya recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro hasta que sea acreditado su ingreso.</P>
<P align=left>c) La aportación mínima de la beneficiaria de estas subvenciones será del 25% del presupuesto aceptado a efectos de la subvención, libre de toda ayuda.</P>
<P align=left>d) Los requisitos que deben reunir las beneficiarias de las subvenciones deberán mantenerse hasta tanto se ejecute el programa subvencionado y se justifique de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.</P>
<P align=left>– Se primarán aquellas solicitudes de empresas cuya actividad a efectos de C.N.A.E. sea clasificada como industrial, las que se dediquen a actividades económicas emergentes, innovadoras y actividades de escasa presencia en el mercado local y que cubran necesidades no satisfechas en la estructura existente, entre otras.</P></FONT></FONT><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[06/09/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Segunda Edición del Concurso a la Mejor Idea Empresarial]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Segunda Edición del Concurso a la Mejor Idea Empresarial]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=131]]></link>      <description><![CDATA[18/05/2005<br>Convocatoria de Segunda Edición del Concurso a la Mejor Idea Empresarial<br>Ámbito Estatal<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Segunda Edición del Concurso a la Mejor Idea Empresarial</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empresa; Emprendedores.</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Podrán presentarse todas aquellas personas con vocación emprendedora que tengan una idea de negocio y la intención de convertirse en empresario. No obstante, se dará especial relevancia a iniciativas presentadas por mujeres y jóvenes; parados mayores de 45 años o de larga duración; discapacitados y emigrantes retornados. No es necesario tener una experiencia empresarial previa y la localización del proyecto puede situarse en cualquier punto de la geografía española. </P>
<P><STRONG>Referencia documental: <A href="https://www.camaras.org/publicado/prensa_546.jsp?PRODID=6443">https://www.camaras.org/publicado/prensa_546.jsp?PRODID=6443</A></STRONG></CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[18/05/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con el sector agrario que faciliten datos estadí]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con el sector agrario que faciliten datos estadí]]></title>      <category><![CDATA[BOE, núm. 172, 20/07/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=128]]></link>      <description><![CDATA[20/07/2005<br>Convocatoria de Bases reguladoras de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con el sector agrario que faciliten datos estadí<br>Ámbito provincial, regional y nacional<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>ORDEN APA/2361/2005, de 8 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Agricultura / Ganadería /Acuicultura.</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades o empresas legalmente constituidas, así como profesionales relacionados con la producción y la comercialización agraria, que cumplan los siguientes requisitos técnicos:<BR><BR>Ser entidades, empresas o profesionales con implantación en mercados agrarios de ámbito provincial, regional o nacional.<BR>Disponer de capacidad técnica para presentar los datos con las formalidades requeridas por la normativa nacional y de la Unión Europea, que sea de aplicación en cada caso.</P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>Las correspondientes convocatorias se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.<BR>En la convocatoria figurará la referencia a las presentes bases reguladoras como la normativa complementaria que pudiera serle de aplicación.</CAMPO><BR><BR></CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[20/07/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de economía social, responsabilidad social de empresa]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de economía social, responsabilidad social de empresa]]></title>      <category><![CDATA[BOE, núm. 169, 16/07/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=129]]></link>      <description><![CDATA[21/07/2005<br>Convocatoria de Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de economía social, responsabilidad social de empresa<br>Ámbito Estatal<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Orden TAS/2303/2005, de 4 de Julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, la responsabilidad social de las empresas y el autoempleo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal, y se convoca su concesión para el año 2005 </P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Economía Social; </P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en la presente Orden las siguientes entidades:<BR>a) Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, otros entes representativos de la economía social que integren a dichas entidades, las entidades sin ánimo <BR>de lucro, todos ellos de ámbito estatal, así como las<BR>universidades, para las actuaciones señaladas en los párrafos a), b) y c) del artículo 2 de la presente Orden.<BR><BR>b) Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales, de ámbito estatal, para las actuaciones señaladas en el párrafo d) del artículo 2 de la presente Orden.<BR><BR>c) Las entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, de ámbito estatal, para las actuaciones señaladas en el párrafo e) del artículo 2 de la presente Orden.<BR><BR>d) Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales de ámbito estatal, para las actuaciones señaladas en el párrafo f) del artículo 2 de la presente Orden.<BR></CAMPO></P>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[21/07/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Subvenciones del Área de Políticas de Igualdad de la Diputación de Sevilla, con destino a Asociaciones de la provincia de Sevilla]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Subvenciones del Área de Políticas de Igualdad de la Diputación de Sevilla, con destino a Asociaciones de la provincia de Sevilla]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 147, 28/06/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=127]]></link>      <description><![CDATA[05/07/2005<br>Convocatoria de Subvenciones del Área de Políticas de Igualdad de la Diputación de Sevilla, con destino a Asociaciones de la provincia de Sevilla<br>Sevilla y Provincia<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Convocatoria de subvenciones del Área de Políticas de Igualdad para la promoción de la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con destino a Asociaciones de la provincia de Sevilla.</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Mujer;</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG></P>
<P>Línea 1: <STRONG>ASOCIACIONES DE MUJERES</STRONG>.<BR>Podrán optar a estas ayudas las Asociaciones de Mujeres y<BR>las Federaciones constituidas por éstas que promuevan la participación ciudadana. Deberán ser organizaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas y domiciliadas oficialmente en la Provincia de Sevilla, en municipios, con carácter preferente, de menos de 20.000 habitantes y con sede en dichos municipios.</P>
<P><BR>Línea 2: <STRONG>MUJERES EN ASOCIACIONES</STRONG>.<BR>Podrán optar a estas ayudas las Asociaciones y las Federaciones constituidas por éstas que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres. Deberán ser organizaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas y domiciliadas oficialmente en cualquier municipio de la provincia de Sevilla.</P>
<P><STRONG>Observaciones: </STRONG>En base a esta especial preocupación por las necesidades y demandas de la población femenina, surge esta convocatoria de subvenciones para Asociaciones. Su finalidad esencial es alcanzar mayores cuotas de Igualdad real entre mujeres hombres. Para ello, por un lado se pretende fomentar la participación ciudadana de las mujeres en la Provincia de Sevilla; y por otro impulsar proyectos específicos de Igualdad. </P>
<P>Diferenciamos dos líneas distintas en la convocatoria:</P>
<P>Primera.—Dirigida a Asociaciones de mujeres para la ejecución de actividades que desarrollen los objetivos de sus Estatutos.<BR>Segunda.—Dirigida a Asociaciones donde las mujeres jueguen un papel representativo fundamental y desarrollen proyectos que promuevan la Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres de la Provincia: Mujeres en Asociaciones.</P>
<P><BR>En este caso se apoyarán:</P>
<P>1) Proyectos que favorezcan la integración de la mujer en la vida laboral.<BR>2) Proyectos de educación para la igualdad dirigidos a niños/as y adolescentes.<BR>3) Proyectos encaminados a la corresponsabilidad ética de los cuidados (conciliación de la vida laboral y familiar).<BR>Las Asociaciones de mujeres podrán presentarse a cualquiera de las dos líneas de la convocatoria, pero habrán de elegir una sola de ellas acogiéndose a las bases que regulan dicha línea.<BR></CAMPO><BR><BR></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[05/07/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras y convocatoria 2005 y 2006 de un programa de incentivos para el fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial]]></title>      <title><![CDATA[Convocatoria de Bases reguladoras y convocatoria 2005 y 2006 de un programa de incentivos para el fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm. 114, 14/06/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=130]]></link>      <description><![CDATA[21/07/2005<br>Convocatoria de Bases reguladoras y convocatoria 2005 y 2006 de un programa de incentivos para el fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial<br>Andalucía<br><br><P><STRONG>Título: </STRONG>Orden de 24 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2005 y 2006</P>
<P><STRONG>Materias: </STRONG>Empresa; Innovación.</P>
<P><STRONG>Solicitantes: </STRONG>Los beneficiarios serán, con carácter general, las empresas con establecimiento operativo en Andalucía, preferentemente las PYMES, entendiéndose por tal aquellas empresas, que empleen a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, así como que cumpla el criterio de independencia, tal como se define en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124, 20 de mayo 2003). <BR><BR>También podrán ser beneficiarios las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial. Para la determinación del beneficiario se tendrán en cuenta las directrices sectoriales específicas y demás normas y criterios de la Unión Europea sobre sectores considerados sensibles, así como la naturaleza de los fondos que financien los incentivos.</P>
<P></CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[21/07/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Orden de 6 de mayo de 2005, por la que se desarrollan y convocan determinadas líneas de ayuda al autoempleo]]></title>      <title><![CDATA[Orden de 6 de mayo de 2005, por la que se desarrollan y convocan determinadas líneas de ayuda al autoempleo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA, núm.99,24/05/05]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=126]]></link>      <description><![CDATA[Desde 24 de Mayo al 24 de Junio 2005<br>Orden de 6 de mayo de 2005, por la que se desarrollan y convocan determinadas líneas de ayuda al autoempleo<br>Andalucía<br><br>El objeto de esta ayuda es contribuir a que aquellas personas desempleadas que pertenezcan a los colectivos descritos por el artículo 4de la presente Orden, y que se constituyan como autónomas para el ejercicio de una actividad que se encuentre encuadrada en alguna de las establecidas en el artículo 5 de la misma, dispongan de una ayuda a tanto alzado, con carácter de pago en firme, al inicio de la actividad.&nbsp;<br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde 24 de Mayo al 24 de Junio 2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[V Concurso de Proyectos Empresariales de Alcalá de Guadaira]]></title>      <title><![CDATA[V Concurso de Proyectos Empresariales de Alcalá de Guadaira]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=125]]></link>      <description><![CDATA[25/05/2005<br>V Concurso de Proyectos Empresariales de Alcalá de Guadaira<br>Alcalá de Guadaira (Sevilla)<br><br><P>Título: V Concurso de Proyectos Empresariales Alcalá de Guadaíra.</P>
<P>Materias: Empresa; Emprendedores; </P>
<P>Solicitantes: Podrán participar todos aquellos proyectos empresariales cuya localización esté prevista en el término municipal de Alcalá de Guadaíra, promovidos de forma individual o colectiva.</P>
<P>Observaciones: Varias modalidades de participación:<BR>- Actividades industriales<BR>- Actividades del Sector Audiovisual y Sevicios a Empresas<BR>- Actividades Comerciales, de Ocio y Servicios.</P>
<P></CAMPO><BR><BR></P></CAMPO>
<P>&nbsp;</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25/05/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[VI Premio Andaluz a la Excelencia.]]></title>      <title><![CDATA[VI Premio Andaluz a la Excelencia.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 84 de 3 de mayo de 2005. Pág. núm 11 a 13]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=122]]></link>      <description><![CDATA[Orden de 6 de abril de 2005<br>VI Premio Andaluz a la Excelencia.<br>Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa<br><br><p>El VI Premio Andaluz a la Excelencia está destinado a distinguir a las empresas andaluzas que, cumpliendo los requisitos expuestos en la base segunda, hayan conseguido mejoras sustanciales en su competitividad mediante la aplicación de métodos y herramientas de excelencia en la gestión y que contribuyan, por tanto, a reforzar la cultura de la calidad en la sociedad andaluza.</p>

<p>Se establecen dos modalidades de reconocimiento.</p>

<p>1. Premios a la Excelencia Empresarial. Entre los finalistas en esta modalidad se seleccionarán los premiados de las dos categorías.</p>

<p>Premio a la Excelencia Empresarial para PYMES.<br>
Premio a la Excelencia Empresarial para Grandes Empresas.</p>

<p>2. Premio a las Mejores Prácticas de Gestión. Pymes que más se hayan distinguido en la implantación de Prácticas de Gestión que incrementen la calidad de los productos y/o servicios que suministran a sus clientes.</p>

<p>El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la orden en el BOJA, y finalizará el 15 de julio del año 2005.</p>
<br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Orden de 6 de abril de 2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Sevilla Siglo XXI, S.A. y La Caixa: Línea de Microcréditos para proyectos empresariales]]></title>      <title><![CDATA[Sevilla Siglo XXI, S.A. y La Caixa: Línea de Microcréditos para proyectos empresariales]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=121]]></link>      <description><![CDATA[Desde 16 de Mayo 2005.<br>Sevilla Siglo XXI, S.A. y La Caixa: Línea de Microcréditos para proyectos empresariales<br>Sevilla<br><br><P>Título: Sevilla Siglo XXI, S.A. y La Caixa: Convenio de Colaboración para la financiación de nuevos proyectos empresariales a través de una Línea de Microcréditos.</P>
<P>Materias: Emprendedores; Empresa; Empleo.</P>
<P>Solicitantes: A partir del 5 de Mayo de 2005, a través de Sevilla Siglo XXI, S.A., que actúa como Institución de Asistencia Social (IAS) y certificará la viabilidad del proyecto, podrán solicitar un contrato de préstamo los siguientes colectivos:</P>
<P>Son beneficiarios de esta línea aquellas personas físicas que, por carecer de garantías e historial crediticio, tengan dificultades de acceso a la financiación por los canales habituales del sistema financiero.</P>
<P>Con carácter general, se establecen como preferentes para obtener la financiación los que, cumpliendo el requisito definido anteriormente, se encuadren dentro de los grupos de población siguientes:</P>
<P>Mayores de 45 años<BR>Hogares monoparentales<BR>Inmigrantes<BR>Mujeres<BR>Discapacitados</P>
<P>Información: </P>
<P>Departamento de Asesoramiento Empresarial<BR>Sevilla Siglo XXI, S.A.<BR>Avda. Marie Curie s/n<BR>41092 Sevilla <BR><BR>Teléfonos: 954 486 862 / 954 486 858</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde 16 de Mayo 2005.]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premios Andalucía de Turismo]]></title>      <title><![CDATA[Premios Andalucía de Turismo]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 83  de 29 de abril de 2005, Pág. 26y 27]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=110]]></link>      <description><![CDATA[Premios Andalucía de Turismo<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Orden de 14 de abril de 2005, por la que se crean y regulan los Premios Andalucía de Turismo.</p>
<p>(Extracto de la Orden)</p>

<p><b>Los Premios Andalucía de Turismo tendrán las siguientes modalidades:</b></p>

<p><b>1</b>. Institución pública o privada, asociación o colectivo.<br>
<b>2</b>. Empresa o empresario/a turístico/a. <br>
<b>3</b>. Trabajador/a perteneciente al sector turístico Andaluz.<br>
<b>4</b>. Comunicación. Mejor Actividad periodística en medios de comunicación. <br>
<b>5</b>. Innovación. Se reconocerá la introducción de novedades tecnológicas, de promoción o gestión en el ámbito turístico.<br>
<b>6</b>. Embajador de Andalucía, se reconocerá la labor de aquellas destacadas personalidades, que hayan contribuido de forma notable al conocimiento y difusión de los recursos turísticos andaluces.</p>

<p>Podrán ser candidatos/as, las personas o grupos de personas físicas y entidades públicas y privadas que hayan contribuido al fomento de los recursos turísticos de nuestra región.</p>

<p>Las propuestas de candidaturas para la concesión de los Premios Andalucía del Turismo se efectuarán por aquellas personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que tengan conocimiento del trabajo o actividades realizadas mediante presentación de una solicitud.</p>

<p>La documentación que se deberá acompañar a la solicitud se establece en el artículo 4.</p>

<p>El plazo de presentación de candidaturas será desde el 1 de enero y hasta el 30 de abril del año para el que se pretenda la distinción.</p>

<p>Los Premios Andalucía de Turismo se concederán anualmente salvo el referido a la modalidad de Embajador de Andalucía que tendrá carácter bienal.</p>

<p>Los Premios tienen carácter honorífico y no llevarán aparejados contraprestación económica alguna.</p>

<p>El plazo de presentación de candidaturas para el año 2005, finalizará el 14 de mayo del año en curso.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases para la concesión de las ayudas al Proyecto de Apoyo al Empleo]]></title>      <title><![CDATA[Bases para la concesión de las ayudas al Proyecto de Apoyo al Empleo]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 91, 22/04/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=119]]></link>      <description><![CDATA[Desde 22 Abril hasta agotamiento presupuestario.<br>Bases para la concesión de las ayudas al Proyecto de Apoyo al Empleo<br>Sevilla<br><br><P>Título: Bases para la concesión de las ayudas del Proyecto de Apoyo al Empleo para ejercicio 2005.</P>
<P>Solicitantes: A la presente convocatoria podrán concurrir empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, personas físicas y organizaciones o asociaciones sin ánimo de lucro que contraten laboralmente a personas que hayan participado en Programas de Formación y Empleo desarrollados por el Servicio de Desarrollo Local del Área de Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.</P>
<P>Observaciones: La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP, y se mantendrá hasta el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias.</P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde 22 Abril hasta agotamiento presupuestario.]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que trabajan en la promoción de la mujer]]></title>      <title><![CDATA[Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que trabajan en la promoción de la mujer]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 91, 22/04/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=118]]></link>      <description><![CDATA[Desde el 22 de Abril al 23 de mayo 2005.<br>Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que trabajan en la promoción de la mujer<br>Sevilla<br><br><p>Título: Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que trabajan en la promoción de la mujer, por el Área de Igualdad del Ayuntamiento de Sevilla.</p>

<p>Materias: Asuntos Sociales; Mujer.</p>

<p>Solicitantes: Podrán solicitar subvención las Asociaciones de Mujeres de Sevilla capital y las federaciones constituidas por éstas que trabajan para la promoción de la Mujer, que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, que tengan intención de desarrollar actividades descritas en el apartado primero, y reúnan los requisitos previstos en las presentes Bases, acompañando la documentación que se relaciona en las mismas.</p>

<p>Observaciones: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el <Boletín Oficial> de la provincia.</p><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde el 22 de Abril al 23 de mayo 2005.]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas Apicultura 2005]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas Apicultura 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 69 de 11 de abril de 2.005 paginas núm. 17 y siguientes.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=109]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas Apicultura 2005<br>Consejería de Agricultura y Pesca.<br><br><p>Orden de 1 de abril de 2.005, se regulan las ayudas a la Apicultura y se convoca para 2005. BOJA núm. 69 de 11 de abril de 2.005 paginas núm. 17 y siguientes.<br>

<p>(Extracto de la Orden)</p>

<p>Están destinadas a mejorar la producción y la comercialización de miel en la Comunidad Autónoma de Andalucía.</p>

<p><b>Tipos de Ayudas</b>.<br>
Medida A: Información y asistencia técnica a los apicultores.<br>
Medida B: Lucha contra la varroasis.<br>
Medida C: Racionalización de la trashumancia.<br>
Medida D: Apoyo a los análisis de miel.<br>
Medida E: Repoblación de la cabaña apícola.</p>

<p><b>Beneficiarios/as</b>: </p>
<p>Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación apícola en la comunidad Autónoma de Andalucía, tenga inscrita la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Las cooperativas apícolas, las organizaciones profesionales agrarias y las federaciones de empresas cooperativas que cumplan con los requisitos anteriores.</p>

<p>Nos referimos aquí a lo que concierne a las ayudas a empresa.<br>
Medida B. Ayuda a la lucha contra la varroasis. Objetivo mejorar las condiciones sanitarias de las colmenas. Líneas: Tratamientos quimioterápicos, Métodos de Lucha biológica. Sustitución de envases de colmenas. Sobrealimentación de los enjambres.</p>

<p>Medida C. Líneas de ayuda. Adquisición de material para identificación de colmenas y cuadros. Inversiones en equipamiento de manipulación y trasporte. Suscripción de pólizas de seguros por daños propios y responsabilidad civil de las colmenas.</p>

<p>Medida E. Repoblación cabaña apícola. Inversiones para cría de reinas autóctonas. Reposición de reinas autóctonas por bajas, mejora o renovación de las mismas. Compra de enjambres de abejas autóctonas.</p>

<p>El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el BOJA.( hasta el 12 de mayo).</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones publicaciones relacionadas con la mujer]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones publicaciones relacionadas con la mujer]]></title>      <category><![CDATA[BOE 12 abril 2.005.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=108]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones publicaciones relacionadas con la mujer<br>Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.<br><br><p>Orden TAS/715/2005 de 9 de marzo por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la edición de publicaciones relacionadas con la mujer.<br>
(EXTRACTO DE LA ORDEN)</p>

<p>Podrán solicitar estas subvenciones las/os editoras/es bien sean personas físicas o jurídicas que vayan a editar obras relacionadas con la mujer.</p>

<p><b>Se excluyen de la convocatoria la edición de las siguientes obras</b>:</p>
<p>a) Novela, poesía y teatro, excepto obras literarias escritas por mujeres que vayan acompañadas de un estudio sobre la obra o biografía de dichas autoras, que suponga, como mínimo, veinte por ciento del conjunto de la publicación.<br>
b) Libros a publicar por instituciones públicas, aun cuando sean editados por encargo a través de editoriales de carácter privado.<br>
c) Libros a publicar por entidades sin ánimo de lucro.<br>
d) Libros de texto para la enseñanza, las obras de fascículos o separatas, los editados por sus autores/as, los anuarios y publicaciones periódicas.<br>
e) Las reimpresiones.</p>

<p>La solicitud de subvención se formalizará en el modelo de instancia que figura con anexo de la orden.</p>

<p>El plazo de presentación será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOE. (12 abril 2.005)</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa de ayudas a nuevas iniciativas y actividades empresariales en la ciudad de Sevilla.]]></title>      <title><![CDATA[Programa de ayudas a nuevas iniciativas y actividades empresariales en la ciudad de Sevilla.]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 79, 08/04/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=117]]></link>      <description><![CDATA[Desde 8 de Abril al 9 de Julio de 2005.<br>Programa de ayudas a nuevas iniciativas y actividades empresariales en la ciudad de Sevilla.<br>Sevilla<br><br><p>Título: Bases para la convocatoria del Programa de ayudas a nuevas iniciativas empresariales del año 2005.</p>

<p>Materias: Emprendedores; Empresa.</p>

<p>Solicitantes: Con carácter general, los requisitos que deben cumplir los proyectos son los siguientes:</p>

<p>a) No haber iniciado la actividad empresarial con anterioridad a doce meses desde la fecha de solicitud de ayuda al presente programa.</p>

<p>b) La actividad empresarial tendrá lugar en el término municipal de Sevilla.</p>

<p>c) Las inversiones descritas en el proyecto empresarial serán adquiridas con posterioridad a la entrega de solicitud de ayuda.</p>

<p>d) Se adjuntará toda la documentación exigida en las bases que regulan la convocatoria.</p>

<p>e) Se mantendrán las condiciones establecidas para beneficiarse de este programa, al menos durante dos años desde la fecha de reolución de concesión de la ayuda, según dispuesto en el art. 31.4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p>

<p>Observaciones: El presentación de las solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el <Boletín Oficial> de la provincia.</p>


<br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde 8 de Abril al 9 de Julio de 2005.]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Programa de ayudas para la consolidación de empresas artesanales de la ciudad de Sevilla.]]></title>      <title><![CDATA[Programa de ayudas para la consolidación de empresas artesanales de la ciudad de Sevilla.]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 79, 08/04/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=120]]></link>      <description><![CDATA[Desde el 8 de Abril al 9 de Julio de 2005.<br>Programa de ayudas para la consolidación de empresas artesanales de la ciudad de Sevilla.<br>Sevilla<br><br><p>Título: Bases para la convocatoria del programa de ayudas para la consolidación de empresas artesanales y de sus asociaciones, para el año 2005.</p>

<p>Materias: Empresa; Artesanía.</p>

<p>Solicitantes:</p> 
<p>a) Las empresas artesanales, ya sean personas físicas o jurídicas, establecidas en la ciudad de Sevilla, con la condición de PYME, según lo dispuesto en la Recomendación de la Comisión Europea (2003/361/CE), de 6 de mayo de 2003.</p>
<p>b) Las asociaciones y federaciones de artesanos sin ánimo de lucro legalmente constituidas en la ciudad de Sevilla.</p>

<p>Observaciones: El plazo de presentación de las solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.</p>

<br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[Desde el 8 de Abril al 9 de Julio de 2005.]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Mejores Quesos Españoles 2005]]></title>      <title><![CDATA[Premio Mejores Quesos Españoles 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 57 de 8 de marzo páginas 8193 y siguientes.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=107]]></link>      <description><![CDATA[Premio Mejores Quesos Españoles 2005<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.<br><br><p>Orden APA/761/2005, por el que se convoca el Premio Mejores Quesos Españoles en su edición de 2005.<br>
(Extracto de la Orden)</p>

<p>La convocatoria se rige por las bases reguladores establecida en la orden APA/529/2005 de 2 de marzo publicada en el BOE núm. 57 de 8 de marzo páginas 8193 y siguientes.</p>

<p><b>En el artículo tres de la base reguladora, se establecen los grupos de quesos</b>:<br>
a) Quesos frescos.<br>
b) Quesos de pasta blanda.<br>
c) Quesos de pasta prensada de oveja.<br>
d) Queso de pasta prensada de vaca.<br>
e) Queso de pasta prensada de cabra.<br>
f) Queso de pasta prensada mezcla de oveja, vaca o cabra.<br>
g) Quesos de pasta azul.<br>
h) Quesos de producción ecológica.</p>

<p>Los premios consistirán en una escultura original y un diploma acreditativo. Los galardonados podrán hacer mención del premio en sus acciones de promoción y publicidad.</p>

<p>Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente ficha de inscripción y las declaraciones juradas según modelos de los anexos 1, 2, 3. Se acompañará además una fotocopia del Registro Sanitario de Alimentos.</p>

<p>El plazo de inscripción comprende del día 30 de marzo al 18 de abril de 2.005 inclusive.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales]]></title>      <category><![CDATA[BOP, núm. 70, 29/03/2005]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=124]]></link>      <description><![CDATA[25/05/2005<br>Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales<br>Sevilla<br><br><P>Título: Bases reguladoras del IV Concurso de Ayudas a la Iniciativa Empresarial para el Desarrollo de Zonas Rurales.</P>
<P>Materias: Empresa; Desarrollo Rural; </P>
<P>Solicitantes: Podrán acceder a las ayudas aquellas iniciativas empresariales, que cumplan los siguientes requisitos:</P>
<P><BR><BR>a) No haber iniciado su actividad como empresa con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud a este concurso.</P>
<P><BR><BR>b) Que la producción de bienes y servicios esté relacionada con actividades económicas emergentes, o que dentro de una actividad tradicional de la zona, cubra necesidades no satisfechas en la estructura existente.</P>
<P><BR><BR>c) Tener la consideración de pequeña empresa, es decir una plantilla inferior a 50 trabajadores y un volumen de negocios y un balance de situación inferiores a 10.000.000 de euros, y no estar participada por ninguna empresa que incumpla dichas condiciones.</P>
<P><BR><BR>d) Reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.</P>
<P><BR><BR>e) Los proyectos empresariales presentados al amparo de la presente convocatoria deberán ubicarse en la provincia de Sevilla, preferentemente en municipios con población inferior a 20.000 habitantes.</CAMPO></P><br>]]></description>      <pubDate><![CDATA[25/05/2005]]></pubDate>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones para empresas turismo 2005]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones para empresas turismo 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm.55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. 41 a 48.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=105]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones para empresas turismo 2005<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Orden de 8 de marzo de 2.005 se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas en materia de Turismo y se efectúa su convocatoria para el año 2.005. BOJA núm.55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. 41 a 48.<br>
(Extracto de la Orden )</p>

<p>Son beneficiarios las pequeñas y medianas empresas, sean personas físicas o jurídicas que tengan abierta su sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía.</p>

<p><b>Podrán recibir subvención los conceptos subvencionables siguientes</b>:</p>

<p>a) Construcción, excluidos los terrenos.<br>
b) Trabajos de proyectos y dirección facultativa. <br>
c) Mobiliario, instalación y decoración.<br>
d) Equipos para procesos de información.<br>
e) Maquinaria.<br>
f) Utillaje.<br>
g) Cualquier otra actuación que pueda ser catalogada como infraestructura turística.</p>

<p>La cuantía de la subvención no podrá en ningún caso superar el 46% del presupuesto del proyecto de inversión aceptada.</p>

<p>La aportación neta mínima por parte del beneficiario será del 25% de la inversión subvencionable.</p>

<p><b>Proyectos Subvencionables</b>:
I. Establecimientos de Alojamiento turísticos.<br>
II. Alojamiento turístico en el medio rural.<br>
III. Establecimientos de restauración con gastronomía típica andaluza.<br>
IV. Agencias de Viajes.<br>
V. Servicios de Información Turística.<br>
VI. Creación de nuevos productos, actividades integrantes del turismo activo.</p>

<p>Los proyectos subvencionables no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud. </p>

<p><b>Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios objetivos de</b>:</p>

<p>a) Proyectos presentados por mujeres o jóvenes, en este caso con edad límite de 30 años a la fecha de terminación del plazo.<br>
b) El grado de cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas en materia de turismo.<br>
c) El grado de adecuación a las prioridades que en función del interés turístico se establezca.<br>
d) El interés turístico del proyecto.</p>

<p>El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas en el año 2.005 será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el BOJA.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones sistemas calidad turismo 2005]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones sistemas calidad turismo 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. núm. 8 a 12.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=106]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones sistemas calidad turismo 2005<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Orden de 8 de marzo, bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de implantación de sistemas de calidad en empresas turísticas andaluzas y se efectúa convocatoria para el año 2005. BOJA núm. 55 de 18 de marzo de 2.005, Pág. núm. 8 a 12.<br>
(Extracto de la Orden)</p>

<p>La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la implantación de sistemas de calidad turística en las empresas turísticas andaluzas y establece su convocatoria para el año 2.005.</p>

<p><b>Las ayudas objeto de la orden subvencionarán</b>:</p>
<p>a) Los gastos generados por la obtención de la certificación por primera vez de las modalidades, ISO 9000 e ISO 14000, la marca Q de Calidad Turística Española, cualquier otro sistema de calidad certificado por normas UNE.</p>

<p>b) Los gastos ocasionados por las consultorías realizadas por asesorías externas para la realización de auditorias de seguimiento y/o renovación de la certificación.</p>

<p>No se considerarán gastos subvencionables el IVA.</p>

<p>Las cuantías e intensidades máximas de las subvenciones serán:</p>

<p>Hasta el 75% de los gastos ocasionados por las certificaciones, con el limite máximo de 12.000 € para cada una de las modalidades reconocidas si la certificación se obtiene por primera vez. Hasta el 50% de los gastos de las auditorias de seguimiento y/o renovación de la certificación, con un límite máximo de 3.000 €.</p>

<p>Son beneficiarios las pequeñas y medianas empresas turísticas andaluzas que hayan obtenido o cuenten con la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía o que presten otros servicios que sean susceptibles de integrar la actividad turística o tengan incidencia en el sector.</p>

<p>Los modelos de solicitud se podrán obtener en la página web <a href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/" >www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/</a>, en los servicios centrales de la consejería y en sus Delegaciones Provinciales, las solicitudes irán acompañadas de la documentación que se especifica en el apartado 2 del articulo 6 de la orden.</p>

<p>El plazo de presentación de solicitudes será desde el º de enero al 31 de agosto de cada año, para el 2.005 se establece desde el día de entrada en vigor ( 19 marzo) hasta el 1 de septiembre de 2.005.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones Asociaciones Turismo 2005]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones Asociaciones Turismo 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 52 de 15 de marzo de 2005 páginas 13 a 18]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=104]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones Asociaciones Turismo 2005<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Orden de 25 de febrero de 2005, bases reguladoras para la concesión de subvenciones para asociaciones Turísticas de ámbito regional o supraprovincial. BOJA núm. 52 de 15 de marzo de 2005 páginas 13 a 18.<br>
(Extracto de la Orden)</p>

<p>La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2005, de la concesión de subvenciones a asociaciones sin animo de lucro y de implantación regional o supraprovincial que contribuyan al impulso del asociacionismo empresarial dentro del sector turístico andaluz.</p>

<p>Serán beneficiarias de la presente orden las entidades asociativas sin ánimo de lucro, de ámbito regional o supraprovincial, legalmente constituidas que agrupen a profesionales, empresarios y empresas que presten servicios turísticos u otros servicios que sean susceptibles de integrar la actividad  turística o tengan incidencia directa sobre el sector turístico.</p>

<p><b>Conceptos subvencionables</b>:</p>

<p>a) La adquisición en régimen de propiedad de equipos ofimáticos y mobiliario destinados a la adecuación de locales como sedes de las entidades.<br>
b) Ayuda a la financiación de la estructura profesional de las asociaciones beneficiarias, equipo directivo, personal administrativo y/o asistencias técnicas.</p>

<p>La cuantía de la subvención no podrá en ningún caso superar el 60% del presupuesto del proyecto de inversión aceptada.<br>
Los bienes objeto de subvención deberán mantenerse y dedicarse a los fines previstos durante un período como mínimo de cinco años.</p>

<p>Los modelos de solicitud podrán obtenerse y confeccionarse en la web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte,  <a href="www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/">www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/</a> y en los Servicios Centrales de la Consejería y sus Delegaciones Provinciales.</p>

<p>A la solicitud se deberá acompañar la documentación genérica y específica que se establece en el articulo 8 dela orden.</p>

<p>El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente de publicación de la orden en el BOJA.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Subvenciones para el desarrollo de acciones sensibilización turismo - 2005]]></title>      <title><![CDATA[Subvenciones para el desarrollo de acciones sensibilización turismo - 2005]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 52 de 15 de marzo de 2.005, páginas 23 a 28]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=103]]></link>      <description><![CDATA[Subvenciones para el desarrollo de acciones sensibilización turismo - 2005<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Orden de 2 de marzo de 2.005 por la que se establecen las bases reguladores para la concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones de sensibilización y concienciación de la cultura de la calidad turística andaluza y se efectúa su convocatoria para el año 2.005. BOJA núm. 52 de 15 de marzo de 2.005, páginas 23 a 28. </p>
<p>(Extracto de la Orden)</p>

<p>La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladores para la concesión de subvenciones para acciones de concienciación y acciones de concienciación y sensibilización de la cultura de la calidad turística de Andalucía y efectuar su convocatoria para el año 2.005.</p>

<p><b>Conceptos subvencionables</b>:</p>
<p>Gastos asociados a la realización de proyectos de información, publicidad, difusión y sensibilización, con carácter sectorial o territorial, que contribuyan a la extensión de la cultura de la calidad, no solo entre las empresas turísticas andaluzas, sino también entre la ciudadanía.</p>

<p>No se consideran gastos subvencionables: El IVA excepto cuando se trate de entidades acogidas al régimen de exención, los gastos corrientes y de funcionamiento de los beneficiarios, los gastos financieros ocasionados por el desarrollo del proyecto.</p>

<p>La cuantía será de hasta el 75% de los gastos subvencionables asociados a la realización de proyectos de información, difusión y sensibilización, tales como encuentros técnicos, jornadas, concursos, publicaciones o conferencias, con un límite máximo de 30.000 euros.</p>

<p>Las acciones se desarrollarán en el periodo comprendido entre la finalización del plazo de presentación de solicitudes y el 1 de octubre de año en curso.</p>

<p><b>Son beneficiarios</b>:</p>
<p>a) Las pequeñas y medianas empresas turísticas andaluzas que hayan obtenido o cuenten con la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía o que presten otros servicios que sean susceptibles de integrar la actividad turística o tengan incidencia sobre el sector turístico.<br>
b) Las entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, relacionadas con el sector turístico.</p>

<p>Los modelos de solicitud podrán obtenerse y confeccionarse en la web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, <a href="http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/">www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/</a> y en los Servicios Centrales de la Consejería y sus Delegaciones Provinciales.</p>


<p>Las solicitudes irán acompañadas por la documentación relativa al proyecto, documentos acreditativos de la personalidad de la entidad solicitante y de la representación y demás documentación que se especifica en e Artículo 7 apartado 2.</p>

<p>El plazo de presentación de las solicitudes en el año 2.005 será de 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la orden. La orden entra en vigor el día siguiente al de la publicación en el BOJA.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Línea de Financiación PYME 2005 - Fórmulas de financiación]]></title>      <title><![CDATA[Línea de Financiación PYME 2005 - Fórmulas de financiación]]></title>      <category><![CDATA[]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=102]]></link>      <description><![CDATA[Línea de Financiación PYME 2005 - Fórmulas de financiación<br>ICO Instituto de Crédito Oficial - www.ico.es<br><br><p>La Línea PYME está destinada a financiar el desarrollo de proyectos de inversión de las pequeñas y medianas empresas españolas en condiciones preferentes.</p>
<p><font color="red">Vigencia: Hasta el 31 de Diciembre de 2005 o finalización de fondos.</font></p>
<p><b>Beneficiarios/as: </b>Pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea, en vigor desde el 1 de enero de 2005, cumplan los siguientes requisitos: </p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;<b>- Microempresas: </b> De 1 a 9 empleados. Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros.</p>
<p>No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados.</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;<b>- PYME: </b>De 10 a 249 empleados. Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros.</p>
<p>No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados.</p>
<p><b>Inversiones financiables: </b><p>Activos fijos nuevos. Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión, deberán cumplirse los siguientes límites:</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- Si el proyecto presentado incluye inversión inmobiliaria, esta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar.</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- Si el proyecto incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación.</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el Plan General Contable, no será superior al 50% de la inversión total a financiar.</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- <font color="red">Las partidas de activo material no están sujetas a limitación.</font></p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- Se financian los gastos de constitución y primer establecimiento en empresas de nueva creación (antigüedad no superior a 12 meses).</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- En todo caso no se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.</p>
<p><b>Inversión máxima: </b>El importe máximo financiable será del 80% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 70% para el resto de las PYME, de acuerdo con las definiciones antes citadas.</p>
<p><b>Plazos de amortización: </b>El/La empresari/a puede elegir entre:</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;<b>- 3 años, sin carencia</b></p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;<b>- 5 años, sin carencia o con un período de carencia de 1 año</b></p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;<b>- 7 años, sin carencia o con un período de carencia de 2 años</b></p>
<p><b>Importe máximo de financiación por beneficiario/a: </b>El importe máximo de financiación será de 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una única operación o varias.</p>
<p><b>Tipos de interés: </b> El/La empresario/a puede optar entre:</p>
<p><b>Tipo Fijo: </b>según referencia ICO + 0,40 puntos porcentuales.</p>
<p><b>Tipo Variable: </b>referenciado a EURIBOR 6 meses + 0,40 puntos porcentuales.</p>
<p>El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, estudio o de disponibilidad.</p>
<p><b>Cancelación anticipada: </b>Podrá efectuarse la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- En las operaciones formalizadas a tipo fijo, se imputará un 2% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado.</p>
<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;- En las operaciones formalizadas a tipo variable, no llevarán penalización las amortizaciones anticipadas voluntarias, debiendo realizarse en las fechas de revisión semestral del tipo de interés.</p>
<p><b>Tramitación: </b>Directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro establecidas en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por Bancos y Cajas en las condiciones indicadas.</p>
<p><b>Documentación: </b>El/La empresario/a tendrá que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación. El/La empresario/a debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.</p>
<p><b>Garantías: </b>Cada entidad de crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo, Hipotecarias, Personales, Avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca.</p>
<p><b>Compatibilidad de ayudas: </b>Esta Línea está sometida a la condición de “mínimis” de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayuda Fomento Calidad Agroalimentaria]]></title>      <title><![CDATA[Ayuda Fomento Calidad Agroalimentaria]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 12 de 19 de enero de 2.005. Pág. 21]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=101]]></link>      <description><![CDATA[Ayuda Fomento Calidad Agroalimentaria<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p><b>Descripción:</b><br><br><br>
Resolución de 11 de enero de 2005 de la Dirección General de Industria y Promoción Agroalimentaria,  por la que se convocan para el año 2.005 las ayudas previstas para fomentar la calidad agroalimentaria.</p>
<p>(EXTRACTO)</p>
<p>La Orden de 11 de julio de 2.002 publicada en el BOJA núm. 87 de 25 de julio, tiene por objeto desarrollar las ayudas para el fomento de la calidad agroalimentaria del decreto 280/2001 de 26 de diciembre.</p>
<p>Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas agroalimentarias individuales o sus agrupaciones.</p>
<p>Gastos Subvencionables: <br><br><br>
a) Los gastos por contratación de consultores externos para la elaboración e implantación de procedimientos operativos de calidad.</p>
<p>b) Inversiones destinadas a la implantación de parámetros de calidad, tales como programas informáticos y equipos de control de calidad.</p>
<p>c) Gastos derivados de la Certificación del Sistema de Calidad.</p>
<p>Se convoca para el año 2.005 las ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, el plazo de presentación de solicitudes se establece desde el 1 de febrero hasta el 31 de octubre de 2005 ambos inclusive</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles. Cosecha 2004-2005]]></title>      <title><![CDATA[Premio Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles. Cosecha 2004-2005]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 300 de 14 de diciembre de 2004, Pág. 40792 a 40794]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=99]]></link>      <description><![CDATA[Premio Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles. Cosecha 2004-2005<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación<br><br><p>Orden APA/4086/2004 de 26 de noviembre de 2.004 por la que se convoca y regula el Premio “ Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Españoles: Cosecha 2004-2005”. 
(Extracto de la Orden)</p>
<p>Podrán participar en el concurso los titulares de las almazaras autorizadas que tengan su sede social en España.</p>
<p>Solo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2004-2005, según lo define el Reglamento (CEE) nº 1638/98 de 20 de julio de 1998 que modifica el reglamento nº 136/66/CEE. Dichos aceites deberán cumplir los requisitos que, para los aceites de oliva virgen extra, establece el Reglamento (CEE) nº 2568/91 de la Comisión de 11 de julio, relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y sus posteriores modificaciones.</p>
<p>Se establecen categorías:</p>
<p>Aceites de oliva virgen extra procedentes de producción convencional.<br><br><br>Aceites de oliva virgen extra procedentes de producción ecológica.</p>
<p>Cada muestra de aceite presentada al concurso deberá proceder de un lote homogéneo de la menos 20.000 litros, obtenido de aceitunas recolectadas en el territorio nacional durante la campaña 2004-2005.</p>
<p>Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente ficha de inscripción y declaración de no haber sido sancionado por infracción a la legislación agroalimentaria.</p>
<p>Las almazaras que concursen a la categoría de aceite de oliva virgen extra procedente de producción ecológica deberán presentar, además, un certificado emitido por el Órgano de Control competente justificativo de que el aceite que se desea presentar al concurso ha sido certificado como aceite de oliva virgen extra de producción ecológica.</p>
<p>Los premios consistirán en una escultura original y un diploma acreditativo.</p>
<p>Las almazaras ganadoras podrán hacer mención del premio en el etiquetado de sus envases de aceite de oliva virgen extra del mismo lote de la muestra ganadora.</p>
<p>El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación adquirirá el número de litros necesarios de cada aceite ganador, para su utilización en acciones promocionales del aceite de oliva virgen extra español, catas, degustaciones, y regalos institucionales.</p>
<p>El plazo de inscripción comprenderá desde la entrada en vigor de la orden hasta el 7 de febrero de 2005 inclusive.</p>
<p>La orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas en materia de promoción comercial.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas en materia de promoción comercial.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 4 de 8 de enero de 2004.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=94]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas en materia de promoción comercial.<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.<br><br><p>Esta Orden afecta a lo relativo a los nuevos modelos de solicitud, los cuales se pueden obtener y confeccionar en la pagina web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.</p>
<p>La Orden tiene vigencia indefinida, estableciéndose que las solicitudes se presentarán y resolverán anualmente, siendo el plazo de presentación de las mismas el comprendido entre los días 1 y 31 de enero de cada año.</p>
<p>Esta Orden tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión de ayudas por la Consejería de Economía y Hacienda en materia de promoción comercial, con la finalidad de mejorar la comercialización de los productos andaluces.</p>
<p><b> Beneficiarios:</b></p>
<p>Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden:<br><br><br>
a) Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) productoras, ya sean empresas personas físicas o jurídicas, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que reúna los siguientes requisitos:</p>

<p>- Que empleen a menos de 250 personas<br>
- Que tengan un volumen de negocio anual que no exceda de 40 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 27 millones de euros.<br>
- Que cumplan el criterio de independencia, de conformidad 
</p>
<p>b) Agrupaciones de empresas.<br><br><br>

c) Asociaciones empresariales si animo de lucro, establecidas en la Comunidad Autónoma Andaluza que integren a un único sector productivo.
</p>
<p><b>Acciones subvencionables:</b><br><br><br>

- Los gastos de desplazamiento y alojamiento, como máximo para dos representantes, en el caso de empresas y de cuatro en el caso de asociaciones, agrupaciones y consorcios.<br><br><br>
b) Acciones promocionales en puntos de venta, limitadas al lanzamiento de un nuevo producto en un nuevo mercado. Se considerarán gastos subvencionables los relativos a:<br><br><br>
- Contratación del espacio<br>
- El personal de apoyo<br>
- El material promocional<br><br><br>

c) Los catálogos, repertorios sectoriales, folletos y cartelería, limitados al lanzamiento de un nuevo producto en un nuevo mercado. Se consideran gastos subvencionables los relativos a:<br><br><br>
- El diseño y confección<br>
- La edición<br><br><br>
d) La inserción en revistas especializadas del sector.<br>
e) Las paginas publicitarias en Internet.<br>
g) El diseño de logotipos y de envases.<br>
h) Los gastos de registro de patentes y marcas comerciales.<br>
i) El asesoramiento técnico en comercio exterior cuando se trate de agrupaciones de empresas y asociaciones empresariales sin animo de lucro, que integren a un único sector.</p>
<p><b>Cuantía de las ayudas</b><br><br><br>
El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder del 50% de la inversión aprobada subvencionable. En ningún caso será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido.<br><br><br>
El importe de las ayudas reguladas en la presente orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Las acciones a subvencionar podrán realizarse desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.<br><br><br>
En ningún caso las acciones a subvencionar podrán estar iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.<br><br><br>
Las solicitudes de ayudas reguladas en la presente Orden, se dirigirán a la Delegación Provincial correspondiente conforme el impreso que figura  en el anexo 1 de la Orden en el Registro de la respectiva Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda, o en los registros de los demás órganos conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.<br><br><br>
A la solicitud se acompañará la documentación original o fotocopia compulsada que se especifica en el Art.7.2 de la presente Orden.</p>
<p><b>Criterios de valoración:</b><br><br><br>
Solicitante y el porcentaje de gastos destinados a promoción comercial.<br><br><br>
La propuesta de resolución contendrá la relación de beneficiarios ordenados conforme a la puntuación total.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 1 y 31 de enero de cada año.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para asistencia a ferias agroalimentarias]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para asistencia a ferias agroalimentarias]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 231 de 25 de noviembre de 2004 Pág. 27.253]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=95]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas para asistencia a ferias agroalimentarias<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p>Por esta resolución de 4 de noviembre de 2004 se convoca para el año 2005 las ayudas destinadas a la organización y participación en ferias agroalimentarias para fomentar la calidad agroalimentaria prevista en al sección 3 del Decreto 280/2001.</p>
<p>Según lo establecido en la Orden de 5 de noviembre:<br><br><br>Son beneficiarios/as:<br><br><br>
a) Las empresas agroalimentarias.<br>
b) Las agrupaciones de empresas agroalimentarias sin animo de lucro.<br>
c)Las entidades locales de Andalucía y las Entidades promotoras de ferias agroalimentarias.<br><br><br>
Las acciones subvencionables:<br><br><br>
a) Asistencia y participación en ferias agroalimentarias<br>
b) Organización de ferias agroalimentarias.</p>
<p>Nos referiremos a lo relativo a la participación y asistencia a ferias agroalimentarias, de empresas agroalimentarias.<br><br><br>
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, (articulo 5) los siguientes conceptos:<br><br><br>
- Para la asistencia y participación en ferias agroalimentarias:<br><br><br>
 a) Canon de ocupación<br>
 b) Acondicionamiento<br>
 c) Transporte de material<br>
 d) Desplazamiento de dos personas por empresa o entidad.<br><br><br>
Plazo de presentación de solicitudes se establece desde le día 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2005, ambos inclusive.
</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para la modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para la modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA num. 46 de 10 de marzo de 2003, páginas. Num 5.071 a 5.076]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=97]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas para la modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales.<br>Consejería de Turismo, Comercio y Deporte<br><br><p>Acceso a formulario en la web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.</p>
<p>Extracto de la orden 27/02/2003 que regula las ayudas:<br><br><br>Podrán solicitar las ayudas reguladas en la presente orden el/la comerciante ya sea persona física o jurídica, en el que concurran los siguientes requisitos:<br><br><br>a) Ejercer una actividad comercial en Andalucía.<br>
b) Estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.<br><br><br>
c) Tener la consideración de pequeña o mediana empresa<br><br><br>
d) Realizar alguna actividad relacionada con los epígrafes:<br><br><br>Agrupación 64: Comercio menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, excepto grupo 646.<br><br><br>Agrupación 65: Comercio menor productos industriales no alimenticios, excepto grupo: 652.1, 654, 655, 659.1, 659.3, 659.5, 659.8.<br><br><br>Agrupación 66: Comercio mixto o integrado, comercio menor fuera establecimiento comercial permanente, excepto grupos 663, 664, 665.</p>
<p>Serán subvencionables las actuaciones que se enmarquen en alguna de las siguientes medidas:<br><br><br>a) Renovación y mejora tecnológica de la pequeña y mediana empresa comercial que en la totalidad de los centros dependientes de la misma no supere el número de cinco trabajadores y que consista en las que se establecen en la orden, art. 3 apartado 1 a).<br><br><br>
b) La innovación en al gestión de la pequeña y mediana empresa comercial que en la totalidad de los centros dependientes de la misma no supere el número de diez trabajadores, siendo subvencionables las especificadas en el Art. 3 apartado 1 b).<br><br><br>
c) Crecimiento interno de la pequeña y mediana empresa comercial que en la totalidad de los centros dependientes de la misma no supere el número de 25 trabajadores siendo subvencionables los que se establecen en el Art. 3 apartado 1 c).</p>
<p>Los proyectos subvencionables no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.</p>
<p>La inversión a realizar deberá mantenerse en el establecimiento objeto de la ayuda al menos durante cinco años.<br><br><br>El importe de la ayuda no podrá exceder del 50% del total de la inversión, y serán compatibles con otras otorgadas por la misma finalidad siempre que el importe de todas ellas no supere el 65% de la inversión.<br><br><br>El plazo de presentación de las solicitudes será el comprendido entre el 1 y el 31 de Enero de cada año.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para la modernización y fomento de la artesanía andaluza.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para la modernización y fomento de la artesanía andaluza.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 7 de 13 de enero de 2.004]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=98]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas para la modernización y fomento de la artesanía andaluza.<br>Consejería de Economía y Hacienda<br><br><p>Esta orden de 22 de diciembre de 2.003 modifica la orden de 27/02/2002 en lo relativo a los modelos de solicitudes los cuales se pueden obtener y confeccionar en la pagina web de la Consejería de Economía y Hacienda </p>
<p>Extracto de la orden de 27/02/02  por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de ayudas por la Consejería de Economía y Hacienda en materia de artesanía, con la finalidad de modernizar y fomentar el sector artesano de Andalucía.</p>
<p><b>Beneficiarios/as:</b><br><br><br>a) Las empresas artesanas, ya sean empresas personas físicas o jurídicas, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que reúnan los siguientes requisitos:<br><br><br>Que no superen los 10 trabajadores.<br><br><br>Que no tengan una facturación en el ejercicio inmediatamente anterior superior a 300.506,05 €.<br><br><br>Que cumplan el criterio de independencia, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria.<br><br><br>b)	Las asociaciones y federaciones de artesanos sin ánimo de lucro legalmente constituidas.</p>
<p><b>Acciones subvencionables:</b><br><br><br>En el supuesto de empresas artesanas podrán ser objeto de ayuda<br><br><br><b>Línea 1:</b> En materia de modernización de taller artesanal, la adquisición en régimen de propiedad de maquinaria y equipos informáticos.<br><br><br><b>Línea 2:</b> En materia de promoción comercial, los gastos limitados al lanzamiento de un nuevo producto en un nuevo mercado en los siguientes conceptos:<br><br><br>
- Realización de catálogos de productos, folletos, cartelería y diseño de logotipo.<br><br><br>
- La inserción publicitaria en revistas especializadas.<br><br><br>
- Paginas publicitarias en Internet.<br><br><br>
- Participación en ferias, certámenes comerciales... en lo relativo a gastos derivados de derechos de inscripción, alquiler de espacios, servicios de acondicionamiento del stand, transporte del material y desplazamiento y alojamiento como máximo de dos representantes.</p>
<p><b>Línea 3:</b> En materia de perfeccionamiento. Gastos derivados de la inscripción y asistencia a programas formativos relacionados con la actividad</p>
<p><b>Línea 4:</b> En materia de investigación: la contratación de proyectos de diseño de productos artesanales.</p>
<p><b>Línea 5:</b> En materia de comercialización: la contratación de estudios o proyectos de comercialización de productos artesanales.</p>
<p>También se contemplan líneas de ayudas para Asociaciones y federaciones artesanales.
Cuantía de las Ayudas: El importe de las ayudas no podrá exceder del 50% del importe de la inversión aprobada subvencionable. En ningún caso será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido.</p>
<p>El importe de las ayudas reguladas en la presente orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
</p>
<p>Las acciones a subvencionar podrán realizarse desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.</p>
<p>En ningún caso las acciones a subvencionar podrán estar iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 1 y 31 de enero de cada año.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Premio Mejor Empresa Alimentaria Española. 2004.]]></title>      <title><![CDATA[Premio Mejor Empresa Alimentaria Española. 2004.]]></title>      <category><![CDATA[BOE núm. 310 de 25 diciembre de 2004 Pág.  41817 a 41818]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=100]]></link>      <description><![CDATA[Premio Mejor Empresa Alimentaria Española. 2004.<br>Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación<br><br><p>Orden APA/4216/2004 de 17 de diciembre por el que se convoca y regula el Premio “Mejor Empresa Alimentaria Española, en su edición 2004”.</p>
<p>(Extracto de la Orden)</p>
<p>Se convoca el Premio Mejor Empresa Alimentaria Española en su edición 2004. en las modalidades que a continuación se describen para estimular la promoción, la calidad, la investigación, la protección del medio ambiente y seguridad alimentaria en este sector.</p>
<p>a) Exportación: dirigido a galardonar el esfuerzo de las empresas, entidades asociativas o cualquier agrupación de empresas alimentarias, por la internacionalización de usus productos y sus acciones promocionales en el exterior.</p>
<p>b) Innovación: dirigido a galardonar las mejores actuaciones en la innovación, diversificación y diseño de productos.</p>
<p>c) Inversión tecnológica: dirigido a galardonar las mejores actuaciones en la inversión tecnológica, en I+D y en la formación de sus trabajadores.</p>
<p>d) Medio ambiente: dirigido a galardonar las empresas que utilizan técnicas más limpias y son más respetuosas con el medio ambiente.</p>
<p>e) Desarrollo rural: dirigido a galardonar las empresas, entidades asociativas o cualquier agrupación de empresas alimentarias ubicadas en el medio rural, vinculadas a recursos primarios locales que contribuyen al desarrollo de su ámbito geográfico y a la mejora de las rentas del sector productor.</p>
<p>f) Producción ecológica: dirigido a galardonar a las empresas, entidades asociativa o cualquier agrupación de empresas alimentarias dedicadas a la producción ecológica que de una manera global mejor integren los siguientes aspectos: su contribución a la conservación de la biodiversidad y respeto al medio ambiente, su potenciación del desarrollo rural y de los recursos locales.</p>
<p>Pueden participar todas aquellas empresas alimentarias y agrupaciones de empresas alimentarias, cuya sede principal esté situada dentro del territorio nacional, en relación con las actuaciones que hayan desarrollado durante el año 2004.</p>
<p>Los premios, accésit y los premios especiales, en cada una de las modalidades consistirá en una escultura original y un diploma acreditativo.</p>
<p>Los galardonados podrán hacer mención del premio en sus acciones promocionales y de publicidad.</p>
<p>La forma de presentación y documentación se establece en el artículo 4 de la orden.</p>
<p>Las solicitudes se podrán presentar a partir del día de entrada en vigor de la orden (26 de diciembre de 2004) y hasta el día 14 de febrero de 2005 incluido éste.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 151 de 3 de agosto]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=96]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p>Extracto de la Orden de 23 julio BOJA 151 de 3 de agosto.<br><br><br>Podrán se objeto de estas ayudas las campañas y acciones de promoción genérica que tiendan a dar a conocer o mejorar la imagen de producto y sus características, incluyendo la elaboración del material promocional correspondiente.<br><br><br>
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, siempre que tengan su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: <br><br><br>a) Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad.<br>
b) Asociaciones y Federaciones de entidades asociativas agrarias y Fundaciones y Organizaciones Empresariales.</p>
<p>El importe de las ayudas reguladas en la orden no podrá sobrepasar el 50% del gasto subvencionable.<br><br><br>Se convocan para el año 2005 las ayudas destinadas a la promoción de los productos agroalimentarios regulados por la orden de 23 de julio de 2004.<br><br><br>El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el 1 de diciembre de 2004 hasta el 31 de marzo de 2005 ambos inclusive.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas a las agrupaciones de gestión de explotaciones agrarias]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas a las agrupaciones de gestión de explotaciones agrarias]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 134 de 9 de julio de 2004, Pág.15348 a 15352.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=88]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas a las agrupaciones de gestión de explotaciones agrarias<br>Consejería de Agricultura y Pesca<br><br><p>Orden de 1 de julio de 2004 desarrolla las ayudas a las agrupaciones de gestión empresarial de las explotaciones agrarias.</p>

<p>Las ayudas que regula esta orden tienen como finalidad la mejora de la gestión empresarial de las explotaciones agrarias mediante la creación y potenciación de las agrupaciones de gestión.</p>

<p>Podrán ser beneficiarios las asociaciones y agrupaciones agrarias que tengan por objeto la prestación de servicios de apoyo a la mejora de la gestión empresarial de las explotaciones agrarias y adopten una de las figuras jurídicas siguientes:<br><br><br>
a) Sociedades Cooperativas Agrarias o Secciones que se constituyan en el seno de las mismas.<br><br><br>
b) Sociedades Agrarias de Transformación.<br><br><br>
c) Asociaciones Profesionales, integradas por agricultores/as profesionales.</p>

<p>Las ayudas irán destinadas a la cobertura de los costes de la actividad de los servicios efectivamente prestados a los agricultores/as y ganaderos/as agrupados correspondientes a los siguientes conceptos:<br><br><br>

a) Gastos de contratación de los agentes encargados del servicio de apoyo a la gestión técnica, económica, financiera y administrativa de las explotaciones agrarias.<br><br><br>
b) Dotación de material informático, telemático y mobiliario auxiliar.<br><br><br>
c) Contratación de personal auxiliar al agente.</p>

<p>La solicitud se presentará antes del comienzo de la realización de la inversión, la agrupación solicitante deberá tener al menos 10 asociados.</p>

<p>El plazo de presentación estará abierto todo el año.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas abono de las cuotas de la Seguridad Social, pago unico desempleo.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas abono de las cuotas de la Seguridad Social, pago unico desempleo.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 48 de 10 de marzo de 2,004. Pág. 5,992 a 5,995]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=80]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas abono de las cuotas de la Seguridad Social, pago unico desempleo.<br>Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico<br><br><p>Orden de 17 de febrero de 2.004 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas consistentes en abono de las cuotas a la Seguridad Social a los /as trabajadores/as que hayan percibido la prestación por desempleo en la modalidad de pago único.</p>

<p>(Extracto de la Orden)<br><br><br>

La ayuda consistirá en el abono del 50% de la Cuota del Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as.</p>

<p>Serán beneficiarios/as de esta ayuda:<br><br><br>
<img src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif"> Los/as trabajadores/as perceptores/as de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, que pretendan constituir cooperativas o sociedades laborales en la Comunidad Autónoma Andaluza o incorporarse de forma estable a una de ellas como socios/as trabajadores/as.<br><br><br>
<img src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif"> Los/as trabajadores/as con discapacidad igual o superior al 33% perceptores/as de la prestación por desempleo, en la modalidad de pago único que se conviertan en trabajadores/as autónomos/as en la comunidad andaluza.</p>

<p>El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde que el/la interesado/a cause alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social.</p><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas a empresas calificadas como I + E, dirigidas al fomento del desarrollo local.]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas a empresas calificadas como I + E, dirigidas al fomento del desarrollo local.]]></title>      <category><![CDATA[BOJA núm. 22, de 2 de febrero de 2.004 pág. 2.788 a 2797.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=74]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas a empresas calificadas como I + E, dirigidas al fomento del desarrollo local.<br>Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico<br><br><P>Orden de 21 enero de 2.004, por la que se establecen las bases de concesión de ayudas a empresas calificadas como I + E dirigidas al fomento del desarrollo local.</P>
<P>(Extracto de la Orden Capitulo IV)<BR>Proyectos y Empresas Calificadas como I + E</P>
<P>Tendrán la consideración de I+E los proyectos empresariales que cuenten con el impulso y el apoyo de un Consorcio de UTEDLT o una Corporación Local con le fin de crear actividad económica y puestos de trabajo en el ámbito territorial.</P>
<P>Podrán acceder a la calificación de I+E, empresas que se constituyan bajo cualquier forma jurídica. Corresponde al Servicio Andaluz de Empleo la calificación de un proyecto como I+E.</P>
<P>Requisitos para la calificación:<BR><BR><BR>1. Que una UTEDLT ayude a la puesta en práctica y gestión del negocio, que la Corporación Local, ponga a disposición recursos económicos y/o materiales tales como infraestructura o servicios.<BR><BR><BR>2. Que contemplen la contratación de trabajadores/as o la incorporación de socios/as trabajadores/as al proyecto de cooperativas o sociedades laborales.<BR><BR><BR>3. Empresa de nueva creación.<BR><BR><BR>4. Que la empresa tenga una actividad económica emergente o que cubra necesidades no satisfechas.<BR><BR><BR>5. Que tenga viabilidad económica y financiera.<BR><BR><BR>En los doce meses siguientes a la notificación de la resolución de I+E los promotores/as deberán constituir la empresa.</P>
<P>Ayudas:<BR><BR><BR>a) Ayudas financieras: reducción de intereses de préstamos para inversión.<BR><BR><BR>b) Apoyo a la función gerencial, 75% del coste de los servicios hasta un máximo de 12.020,24 €.<BR><BR><BR>c) Ayudas asistencia técnica, 50% de los costes laborales hasta un máximo de 18.030,36€.<BR><BR><BR>d) Ayudas por contratación indefinida con trabajadores/as desempleados/as en los dos años siguientes de iniciar la actividad, 4.808 € por contrato indefinido a jornada completa. Las cooperativas y sociedades laborales calificadas como I+E tendrán derecho a la ayuda por cada socio/a trabajador/a que se integre en la misma con carácter indefinido.</P>
<P>Si la actividad principal se inscriba en unos ámbitos determinados que se especifican en el Art.22 apartado 1. e) tendrán derecho a un incremento del 10% de la cuantía de las ayudas.</P>
<P>Las solicitudes de ayudas descritas en el apartado a), b) y c) se presentarán en el plazo máximo de un año desde que se inició la actividad. Las solicitudes de las ayudas del apartado d) se presentaran en el plazo de 2 meses desde la contratación.</P><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas Programa Andaluz de Promoción de instalaciones de energías renovables 2003-2006]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas Programa Andaluz de Promoción de instalaciones de energías renovables 2003-2006]]></title>      <category><![CDATA[BOJA num 33 de 18 de febrero pg. 3.621 a 3.628.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=30]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas Programa Andaluz de Promoción de instalaciones de energías renovables 2003-2006<br>Consejeria de Empleo y Desarrollo Tecnológico<br><br><P>Orden 24 Enero de 2003, normas reguladoras y convocatoria para el periodo 2003-2006 del régimen de ayudas de Programa Andaluz de Promoción de instalaciones de energías renovables. </P>
<P>(EXTRACTO DE LA ORDEN)<BR><BR><BR>Podrán ser objeto de subvención las promociones de instalaciones de energía renovables que tengan las características recogidas en el articulo 4º de la presente Orden.</P>
<P>La concesión de las ayudas que regula esta Orden se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.</P>
<P>Se considerarán subvencionables las promociones de inversiones en elementos de trasformación de fuentes energéticas renovables y en instalaciones de aprovechamiento de energías renovables, cuya ejecución comience el año en que se presenta la solicitud. En ningún caso será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido.</P>
<P>Características de las instalaciones a subvencionar:<BR><BR><BR>1.- Instalaciones solares térmicas para producción de agua caliente, cualquiera que sea su uso.<BR><BR><BR>2..- Instalaciones solares fotovoltaicas aislada que estén a mas de 500 m de la red eléctrica de servicio público, cualquiera que sea su uso.<BR><BR><BR>3.- Instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica de servicio publico, cualquiera que sea su uso.<BR><BR><BR>4.- Instalaciones de energía eólica para producción de electricidad.<BR><BR><BR>5.- Instalaciones de generación de energía térmica con biomasa, con potencias superiores a12 kw térmicos y en caso de uso final para calefacción que dispongan de un sistema de distribución de calor.<BR><BR><BR>6.- Instalaciones mixtas de dos o más de los tipos anteriores.</P>
<P>Beneficiarios:<BR><BR><BR><IMG src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif"> Se podrán conceder ayudas del Programa PROSOL a las empresas promotoras de instalaciones de energías renovables de los tipos definidos en el articulo 4.</P>
<P>La ayuda pública consistirá en una subvención a fondo perdido que se concederá en régimen de concurrencia no competitiva.</P>
<P>La subvención estará vinculada directamente al precio de la instalación para la cual se concede y por ello el beneficiario la descontará del precio final de venta de la instalación.</P>
<P>La presentación de solicitudes para el año 2003 podrá realizarse a partir del día de entrada en vigor de la presente Orden, terminando el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2006 como máximo el 15 de octubre de 2006.</P>
<P>La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.</P><br>]]></description>   </item>   <item>      <title><![CDATA[Ayudas para el fomento de la seguridad y calidad de la Industria]]></title>      <title><![CDATA[Ayudas para el fomento de la seguridad y calidad de la Industria]]></title>      <category><![CDATA[BOJA num 43 de 11 de abril de 2000 pag, 5772 a5.776, modificada por Orden de 20 de enero de 2003, BOJA num 29 de 12 de febrero de 2003.]]></category>      <link><![CDATA[http://www.mercadeando.net/interes/ficha_conv.asp?cod_home=29]]></link>      <description><![CDATA[Ayudas para el fomento de la seguridad y calidad de la Industria<br>Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico<br><br><p>Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se regula la concesi&oacute;n de ayudas para el fomento de la seguridad y calidad de la industria.modificada por Orden de 20 de enero de 2003.</p>
<p>(EXTRACTO DE LA ORDEN)<br />
<br />
<br />
Regulaci&oacute;n de concesi&oacute;n de subvenciones a las actuaciones y proyectos destinados a la creaci&oacute;n de infraestructura para la calidad y seguridad industrial, el fortalecimiento de la seguridad y calidad de los productos, instalaciones y empresas industriales, as&iacute; como la difusi&oacute;n e informaci&oacute;n en seguridad y calidad industrial.</p>
<p>Beneficiarios/as:<br />
<br />
<br />
1.- Empresas privadas o publicas cuya actividad principal sea alguna de as relacionadas en el articulo 3.1 de la ley 21/1992de 16 de julio.<br />
<br />
<br />
2.- Las empresas de servicios a la actividad industrial:<br />
<img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Consultoras de Ingenier&iacute;a.<br />
<br />
<br />
<img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Instaladoras.<br />
<br />
<br />
<img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Conservadoras y mantenedoras.<br />
<br />
<br />
3.- Las empresas cuya actividad principal sea la de generaci&oacute;n, distribuci&oacute;n y suministro de energ&iacute;a y de productos energ&eacute;ticos.<br />
<br />
<br />
4.- Las industrias denominadas agroalimentarias siempre que su actividad sea de segunda transformaci&oacute;n de los productos.<br />
<br />
<br />
5.- Las empresas dedicadas a la transformaci&oacute;n de productos minerales, salvo las expresamente incluidas en la ley 22/73 de 21 de julio de Minas y el Real Decreto 2857/1978 de 25 de agosto.<br />
<br />
<br />
6.- Las asociaciones sin animo de lucro y cualquier otra entidad, para la realizaci&oacute;n de actividades de fomento de la seguridad y calidad industrial incluidas en el Grupo II y en el Grupo III de esta Orden.</p>
<p>Conceptos subvencionables:<br />
<br />
<br />
<img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Grupo I:<br />
<br />
<br />
a) Inversiones destinadas a la adaptaci&oacute;n y mejora de las condiciones de seguridad de los equipos, procesos e instalaciones industriales.<br />
<br />
<br />
b) Implantaci&oacute;n de sistemas de gesti&oacute;n de la seguridad industrial.<br />
<br />
<br />
c) Implantaci&oacute;n y certificaci&oacute;n de sistemas de aseguramiento de la Calidad conforme a las normas ISO 9000/2000.<br />
<br />
<br />
d) Adaptaci&oacute;n de los sistemas de calidad ya certificados conforme a las normas de la serie ISO 9000/1994 a la nueva normativa ISO 9000/2000.<br />
<br />
<br />
e) Implantaci&oacute;n y certificaci&oacute;n de sistemas de calidad conforme a la norma UNE 91/00/2002 en las industrias del sector aeron&aacute;utico.</p>
<p><img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Grupo II:<br />
<br />
<br />
- Implantaci&oacute;n y desarrollo de infraestructura para la calidad y seguridad industrial en actuaci&oacute;n es ligadas a la Acreditaci&oacute;n, Normalizaci&oacute;n, Auditoria, Inspecci&oacute;n, Certificaci&oacute;n, Laboratorios de Ensayos y de Calibraci&oacute;n.</p>
<p><img alt="" src="/mercadeando/_include/pagina/dibujos/punto1.gif" /> Grupo III:<br />
<br />
<br />
a) Difusi&oacute;n e informaci&oacute;n de cualquier naturaleza que suponga la divulgaci&oacute;n de los conocimientos en materia de seguridad y calidad industrial.<br />
<br />
<br />
b) Realizaci&oacute;n de auditorias, diagnosis y asesor&iacute;as a empresas, con objeto de que estas adecuen las condiciones de seguridad industrial y de calidad de sus instalaciones y productos.<br />
<br />
<br />
c) Actuaciones de orientaci&oacute;n empresarial. <br />
<br />
<br />
En el articulo 6 aparecen las limitaciones de la cuant&iacute;a de la subvenci&oacute;n seg&uacute;n los grupos y tipo de inversi&oacute;n.<br />
<br />
<br />
El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes finaliza el 30 de junio de 2.006.</p><br>]]></description>   </item></channel></rss>